Para el cálculo de las vacaciones de una persona a finiquitar, se debe considerar los meses trabajados por 1.25 o por el factor 1.75?......
19/02/2016
CONSULTA.
Para el cálculo de las vacaciones de una persona a finiquitar, se debe considerar los meses trabajados por 1.25 o por el factor 1.75?.
Si trabaja de octubre 2015 a diciembre 2015 son 3 meses por lo tanto debería pagar 3.75 o 5.25 días, y agregar un día más considerando que el 1 de enero es feriado.
Favor de indicar el procedimiento para pago en este caso.
RESPUESTA:
En conformidad a lo señalado por la Dirección del Trabajo se debe usar el factor 1,25 (15: 12=1,25), y luego se deben agregar los días inhábiles: sábado, domingo y festivos.
En el caso de un contrato por 3 meses que termina el 31.12.2015, multiplicamos 3 x 1,25 = 3,75. Luego agregamos 3 días inhábiles (viernes 1 de enero feriado, sábado 2 y domingo 3) y nos da un resultado total de 6,75 días de vacaciones proporcionales.
(Fuente: Portal Laboral - Tributario).