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Para el cálculo de las vacaciones de una persona a finiquitar, se debe considerar los meses trabajados por 1.25 o por el factor 1.75?......

19/02/2016

CONSULTA.

Para el cálculo de las vacaciones de una persona a finiquitar, se debe considerar los meses trabajados por 1.25 o por el factor 1.75?.

Si trabaja de octubre 2015 a diciembre 2015 son 3 meses por lo tanto debería pagar 3.75 o 5.25 días, y agregar un día más considerando que el 1 de enero es feriado.

Favor de indicar el procedimiento para pago en este caso.

RESPUESTA:

En conformidad a lo señalado por la Dirección del Trabajo se debe usar el factor 1,25 (15: 12=1,25), y luego se deben agregar los días inhábiles: sábado, domingo y festivos.

En el caso de un contrato por 3 meses que termina el 31.12.2015, multiplicamos 3 x 1,25 = 3,75. Luego agregamos 3 días inhábiles (viernes 1 de enero feriado, sábado 2 y domingo 3) y nos da un resultado total de 6,75 días de vacaciones proporcionales.

(Fuente: Portal Laboral - Tributario).