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Operación Renta 2019: Cotización de trabajadores que emiten boletas de honorarios

Para efectos del pago de las cotizaciones a través de la declaración anual de impuesto a la renta 2019, la cobertura mencionada anteriormente se extenderá desde julio de 2019 hasta junio de 2020.

Estamos a menos de 20 días comenzar el proceso de Operación Renta, y tal como lo indicamos hace unas semanas atrás, a partir de este año los trabajadores que emiten boletas de honorarios por un monto bruto anual o superior a cinco ingresos mínimos mensuales (un millón 440 mil pesos a la fecha) estarán obligados a cotizar por el 80% de sus rentas brutas anuales, lo que se traduce en cotizaciones por el 17%.

Esto significa que para el proceso de Operación Renta 2019 (que comienza el próximo 01 de abril) y considerando las rentas por concepto de honorarios percibidas durante el 2018, se tendrán que considerar las cotizaciones previsionales que la ley señala. Desde la perspectiva social esta ley postergada por muchos años, permitirá que los trabajadores que emiten boletas de honorarios accedan a la misma protección de los regímenes de seguridad social a la que tienen derecho los trabajadores dependientes.

Para efectos del pago de las cotizaciones a través de la declaración anual de impuesto a la renta 2019, la cobertura mencionada anteriormente se extenderá desde julio de 2019 hasta junio de 2020.

Sabemos que, para cumplir con el marco normativo, se aumentará gradualmente la retención de impuestos del 10% que afecta las boletas de honorarios. En abril de 2019, la cotización partirá en 10% y el 2020 comenzará el alza paulatina de 0,75%; el noveno año subirá 1% para llegar al 17% el 2028. Quedan exentos de esta obligación de cotizar las mujeres de 50 años de edad o más y los hombres de 55 años de edad o más, al 1 de enero de 2018; y quienes hayan emitido Boletas de Honorarios por un valor inferior o igual a $ 1.440.000 durante el 2018.

Veamos un caso práctico que simule la obligación de pago de impuestos y descuentos por cotizaciones pagadas durante 2018:

Supongamos un monto total de las boletas de honorarios emitidas durante el año calendario 2018 y registradas en el Servicio de Impuestos Internos (SII) por un monto de $15.000.000

Se destina el total de la retención de impuestos a pagar cotizaciones por el 100% de la Renta Imponible, obteniendo Protección Completa de los regímenes de Seguridad Social, entre julio 2019 y junio 2020.


Honorarios Brutos Anuales

100%

$15.000.000

Base Imponible Anual para efectos previsionales

80%

$12.000.000

Retención de Impuesto

10%

$1.500.000

Cotizaciones a pagar en la operación renta 2019

Descuentos Previsionales

%

$

Seguro de Invalidez y Sobrevivencia

1,53%

$183.600

Seguro de Accidentes y Enfermedades Laborales + Ley SANNA

0,93%

$111.600

Salud

7%

$840.000

Pensiones y Comisión AFP (0,77% considera AFP Modelo)

3,04%

$364.800

Total Descuentos Previsionales

12,50%

$1.500.000

Retención disponible para Devolución/Pago de impuestos

$0

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