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Visa de Trabajo

Tipos de visa y sus condiciones.

Por: Valerie Oyanadel

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Visa de Trabajo

La visa de Residencia sujeta a contrato es el permiso que se otorga a los ciudadanos extranjeros por causa de un contrato de trabajo, que autoriza a trabajar exclusivamente con el empleador que suscribe el contrato que origina la visa.

La duración de esta visa está directamente relacionada a la duración del contrato de trabajo y puede ser por un período máximo de 2 años, prorrogables por un período de igual duración.

  • Prórroga de la Visa:

La solicitud puede ser presentada por todo trabajador extranjero que ya posea una visa sujeta a contrato y que continúe trabajando con el mismo empleador.

El plazo para presentar la solicitud de prórroga debe ser dentro de los 90 días antes del vencimiento de la visa.

  • Caducidad de la Visa:

El término anticipado del contrato de trabajo produce automáticamente la caducidad de esta visa. El finiquito respectivo debe ser informado siempre a la Policía de Investigaciones de Chile y a la Gobernación Provincial correspondiente a su domicilio, en Santiago debe comunicarse al Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio de Interior. La comunicación debe efectuarse dentro de los 15 días siguientes al hecho.

Visa sujeta a contrato en condiciones de DEPENDIENTES

Es aquella visa que se otorga al cónyuge, padres e hijos de ambos o de uno de ellos que vivan a expensas del titular de la visa o permiso; quedando bajo la condición de no estar autorizados a realizar actividades remuneradas dentro de país; por tratarse de un permiso o visa de residencia no de trabajo.

Esta Visa caduca desde el momento en que se pone término a la relación contractual por cualquiera de las partes, luego de lo cual, el extranjero tiene 30 días para presentar una nueva solicitud de residencia, acompañando el finiquito, el cual debe estar legalizado y ratificado por ambas partes ante notario, y un nuevo contrato de trabajo. De no cumplir con lo anterior se cometería una infracción a la normativa legal vigente.

Visa sujeta a contrato por Cambio de empleador:

El cambio de calidad de visa, es la posibilidad que tiene la persona extranjera para solicitar otra visación con un nuevo empleador, cuando el contrato que dio origen a la visa ha finalizado

Si durante la tramitación de su visa ha cambiado de empleador, debe solicitar una ratificación por cambio de empleador.

VISA DE RESIDENCIA TEMPORARIA POR MOTIVOS LABORALES (Técnico, Profesional o Inversionista)

La visa de residencia temporaria se otorga a aquellos extranjeros que acreditan tener vínculos de familia o intereses en el país, y cuya residencia se estime útil y conveniente. En términos generales permite realizar en Chile cualquier actividad, sin más limitaciones que las establecidas por la ley. Se otorga por un período máximo de un año, renovable hasta completar dos años, al término de este el extranjero debe solicitar la Permanencia Definitiva o abandonar el país.

Técnicos de Nivel Superior corresponden a carreras con un mínimo de 1.600 horas académicas; si el título técnico no señala el número de horas cursadas, debe adjuntar un certificado de la Institución que acredite las horas, debidamente legalizado.

Ingenieros y Técnicos Graduados en el Extranjero. De acuerdo a Ley N° 12.851 y en cumplimiento del Art. 6°, que señala que "los ingenieros y técnicos graduados en el extranjero y especialmente contratados para ejercer una función determinada en Chile, deberán solicitar autorización del respectivo Colegio para su ejercicio, el cual procederá a inscribirlos en un Registro Especial, en el que se dejará constancia de la actividad específica que se le autoriza realizar y el plazo del respectivo contrato"

  • Prorroga:

Podrán solicitar una Prórroga de Visa de Residencia Temporaria aquellas personas que no cumplan con los requisitos legales y reglamentarios para solicitar la Permanencia Definitiva. Una vez otorgado este permiso de residencia, el titular de la visa estará obligado a pedirla o en caso de no hacerlo, deberá abandonar el país.

Esta prórroga de visa temporaria está orientada para aquellas personas que hayan obtenido su primera visa de residencia por un tiempo menor al año establecido para solicitar la permanencia definitiva y deseen completar los plazos para realizar una presentación de este tipo.

También podrán optar a este permiso aquellas personas que cumpliendo los plazos previstos para solicitar la permanencia definitiva no deseen hacerlo y en cambio opten por prolongar su estadía sólo por un año más a través de un permiso de residencia temporal

PERMISO DE PERMANENCIA DEFINITIVA:

El Permiso de Permanencia Definitiva deberá presentarse dentro de los 90 días anteriores al vencimiento de la visa, siempre y cuando el solicitante no tenga ausencias del país por un total de 180 días el último año de la visa, y si ha completado dos años de residencia sujeta a contrato.

Para el otorgamiento de la Permanencia Definitiva a los extranjeros que posean visaciones de residentes en condición de dependientes, será necesario que el titular de la visa respectiva haya cumplido con el período de residencia requerido por la ley, cualquier sea el tiempo de residencia del dependiente.

  • Indicaciones Generales:

Desde la fecha en que estampó la visación Ud. Dispone de 30 días para inscribirse en los respectivos registros de Policía Internacional o, si en su localidad no existe este Servicio, en Carabineros. También debe, dentro del mismo plazo, solicitar cédula de Identidad en el Servicio de Registro Civil e Identificación.

Todo cambio de domicilio o de actividad debe ser informado dentro de los 30 días siguientes a la Policía de Investigaciones o Carabineros.

En caso de que se constaten infracciones a las obligaciones indicadas precedentemente, pueden aplicarse multas. En caso de contravenciones graves y/o reiteradas a las normas de Extranjería, podrán aplicarse sanciones que van desde la revocación del permiso de residencia hasta la expulsión del país.

  • Los trámites se realizan en:

Todas las solicitudes se hacen en el Departamento de Extranjería de la gobernación provincial que corresponda a su domicilio. La información de las oficinas y sus direcciones se encuentran en el sitio web del Departamento de Inmigración y Extranjería.


Referencias Legales.

Para mayor información y detalle de este tema puede revisar las siguientes fuentes legales:

https://www.extranjeria.gob.cl

https://www.leychile.cl/

https://www.bcn.cl/+

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