Programas para mantener la mano de obra en las zonas afectadas por los incendios forestales.
 
 
 
 
 
 
 
 
 

 
Boletín Informativo
LABORAL - PREVISIONAL
14 de febrero de 2017
 
 

 
  ARTICULOS TECNICOS
Con la colaboración de Alejandro Lillo Arzola, Asesor Laboral [[email protected]]
 
ACTIVIDADES PELIGROSAS PARA LA SALUD, QUE IMPIDEN LA CONTRATACIÓN DE MENORES.
El artículo 13 del Código del Trabajo, como norma de protección, establece claramente las condiciones básicas para la contratación de menores de edad y cuáles son las actividades consideradas como peligrosas para la salud y el desarrollo de los menores... ver más
 
 
  NOVEDADES DIRECCIÓN DEL TRABAJO
 
MINISTRA KRAUSS “ESTAMOS INFORMANDO TODOS LOS PROGRAMAS QUE NOS PERMITAN MANTENER LA MANO DE OBRA”
La ministra del Trabajo y Previsión Social, Alejandra Krauss, junto al subsecretario del Trabajo (s) Jorge Millaquen, participaron en una serie de reuniones encabezadas por el ministerio de Economía con empresas y estamentos privados, con el objetivo de establecer distintas acciones tendientes a potenciar el desarrollo productivo y laboral de las zonas afectadas por los incendios... ver más
 
 
  NORMAS LEGALES Y REGLAMENTARIAS
 

PROTOCOLO DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA DE TRABAJADORES EXPUESTOS A PLAGUICIDAS.
Decreto 140, D.O. de 8 de febrero de 2016, Ministerio de Salud.
1.- Aprueba el "Protocolo de Vigilancia Epidemiológica de Trabajadores expuestos a Plaguicidas", documento que consta de treinta y cuatro páginas, que se entiende formar parte integrante de la presente resolución. 2.- El original del protocolo que se aprueba por el presente acto administrativo, debidamente visado por el Sr. Subsecretario de Salud Pública, se mantendrá en el Departamento de Salud Ocupacional de la División de Políticas Públicas Saludables y Promoción del Ministerio... ver más

 
 
  NORMATIVA LABORAL
 
SINDICATO INTEREMPRESA; DIRECTOR; FUERO; EMPRESA SIN TRABAJADORES AFILIADOS AL SINDICATO; TRABAJADORES AFILIADOS A EMPRESAS DE DISTINTO RUBRO O ACTIVIDAD ECONÓMICA
Dictamen 550/13, de 31 de enero de 2017, Dirección del Trabajo.
El director de un sindicato interempresa tiene derecho a invocar ante su empleador el fuero laboral de que goza, siempre que en la respectiva empresa existan trabajadores afiliados a la organización sindical que representa. Esta Dirección carece de competencia para informar acerca de la eventual existencia de trabajadores de una empresa determinada que tengan la calidad de afiliados a una organización sindical. El rubro o actividad económica común a todas las empresas en que laboran trabajadores que conforman la base de un sindicato interempresa no es un requisito exigido para la constitución de dichas organizaciones por la normativa laboral vigente, razón por la cual, tal circunstancia no puede servir de fundamento. para cuestionar el fuero que tiene derecho a invocar ante su empleador el director de un sindicato interempresa, en los términos expuestos... ver más
 
JORNADA DE TRABAJO; CAMBIO DE VESTUARIO Y ASEO.
Oficio 561, de 1 de febrero de 2017, Departamento Jurídico Dirección del Trabajo.
El tiempo destinado a aseo y cambio de vestuario por parte de los trabajadores motivo de esta consulta, que son miembros del sindicato Nº 2 de la empresa Fundición Hernán Videla Lira, constituye jornada laboral y procede su compensación en los términos expresados en este informe... ver más
 
CONTRATO DE TRABAJO; CLÁUSULAS; NATURALEZA DE LAS FUNCIONES; FUNCIÓN COMPLEMENTARIA; CALIFICACIÓN; CLÁUSULA TÁCITA.
Oficio 560, de 1 de febrero de 2017, Departamento Jurídico, Dirección del Trabajo.
La cláusula que incorpora la función de conducción a los contratos de trabajo es de naturaleza complementaria a la otra función determinada en el contrato, no ajustándose a derecho en los términos que ha sido expresada. Los trabajadores cuyos contratos de trabajo no tienen escriturada la función complementaria de conducción, no pueden negarse a cumplir aquella, por cuanto dicha función se entiende incorporada a sus contratos de trabajo en virtud de la manifestación tácita de sus voluntades a través del tiempo. Incurre en infracción aquel empleador cuyos contratos de trabajo escriturados no contienen las cláusulas básicas legales, en virtud del artículo 10 N°3 del Código del Trabajo. Asimismo, aquel empleador cuyo Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad no contiene el registro que consigne los diversos cargos o funciones en la empresa, en virtud del artículo 154 N°6 del mismo cuerpo legal... ver más
 
EMPLEADOR; DEBER DE PROTECCIÓN; SISTEMA DE TRANSPORTE POR UBER O CABIFY; RESPONSABILIDAD; CALIFICACIÓN; TRIBUNALES DE JUSTICIA.
Oficio 559, de 1 de febrero de 2017, Departamento Jurídico, Dirección del Trabajo.
Las implicancias jurídicas de que el empleador efectúe el traslado de sus trabajadores en sistemas de transporte privado, tales como Uber o Cabify, y un eventual incremento de la responsabilidad del empleador a causa del incumplimiento del deber de protección que le impone la ley, debe ser objeto de prueba en una instancia judicial... ver más
 
 
  JURISPRUDENCIA SEGURIDAD SOCIAL
 
PLAZO PARA QUE LAS MUTUALIDADES RESPONDAN REQUERIMIENTOS.
Dictamen 4438, de 27 de enero de 2017, Superintendencia de Seguridad Social.
Mediante carta de antecedentes, esa Mutualidad ha hecho presente a esta Superintendencia que a través de su Circular N° 1917, de 2001, se estableció un plazo de 20 días hábiles para responder la generalidad de los requerimientos y un plazo de 7 días hábiles para el sólo envío de antecedentes. No obstante lo cual, señala que desde noviembre de 2016 a la fecha, en aproximadamente un 90 % de los casos se le ha establecido plazos de 10 días para responder los requerimientos. Al respecto, solicita la ampliación a 20 días del plazo fijado para los requerimientos de los casos de las tablas que adjunta y que en el futuro, los plazos se ciñan a lo establecido en la referida Circular... ver más
 
REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DEL “SUBSIDIO FAMILIAR”.
Dictamen 12, de 26 de enero de 2017, Superintendencia de Seguridad Social.
El artículo 3° de la Ley N°18.020, establece que serán beneficiarios del subsidio familiar causado por un menor o el inválido que viva a sus expensas, la madre y en su defecto el padre, los guardadores o personas que hayan tomado a su cargo el menor o el inválido, siempre que hayan solicitado por escrito el beneficio en la municipalidad que corresponda a su domicilio y que no estén en situación de proveer por sí o en unión de su grupo familiar a la mantención y crianza del causante atendidas las condiciones sociales y económicas del beneficiario. Por su parte, el Alcalde comprobará la calidad de beneficiario y la existencia de los requisitos señalados en la ley, mediante declaraciones, informes, encuestas u otras diligencias que lo lleven a la convicción de la procedencia del beneficio... ver más
 
 
  JURISPRUDENCIA JUDICIAL
Con la colaboración de José Luis Zavala Ortíz, abogado [[email protected]].
 
MUTACIÓN DE CONTRATO DE PLAZO FIJO A DURACIÓN INDEFINIDA POR LLEGADA DEL PLAZO ES IRRENUNCIABLE PARA EL TRABAJADOR.
Rol 1380-2016, 12 de octubre de 2016, Corte de Apelaciones de Santiago.
De acuerdo a lo prescrito en el artículo 159 N° 4 del texto laboral el contrato de trabajo termina por el vencimiento del plazo convenido en el contrato y, el contrato a plazo fijo no puede ser superior a un año. Estableciendo el legislador en el inciso cuarto una consecuencia de pleno derecho por la circunstancia de “. continuar el trabajador prestando servicios con conocimiento del empleador después de expirado el plazo, lo transforma en contrato de duración indefinida.”. De esta manera, la transformación de un contrato a plazo fijo a uno de duración indefinida, ha sido consecuencia expresa de una norma laboral, condición que no puede ser variada por la sola voluntad de las partes, toda vez que está afectando una materia respecto de la cual la ley ha declarado su irrenunciabilidad, pues en la especie se trata de un derecho que emana de la ley y no del acuerdo de voluntades... ver más
 
 
  NOTICIAS
 
FONDO A DE LAS AFP INICIÓ EL AÑO RENTANDO 0,95% Y RECUPERÓ TODO LO PERDIDO EN 2016
No existe consenso entre expertos acerca de cómo será el desempeño de la renta fija y las bolsas hacia adelante. Afirman que en Chile las elecciones serán determinantes... ver más
 
LAS CIFRAS DEL SUBEMPLEO: 356 MIL PERSONAS TRABAJAN EN LA CALLE, 53 MIL MÁS QUE EN MARZO DE 2014
Esta cifra representa el 20% de los trabajadores por cuenta propia, que llegan a 1 millón 758 mil... ver más
 
EL FIN DE LOS EMPLEADOS
Las grandes firmas de EE.UU., de Google a Wal-Mart, delegan sus negocios a contratistas. La tercerización está reduciendo cada vez más la seguridad laboral de millones... ver más
 
LOS 10 TRABAJOS MÁS ESTRESANTES DE 2017
Las condiciones ambientales, demanda física, el escrutinio público y los potenciales daños físicos son cuatro de los 11 factores que el buscador de empleos CareerCast toma en cuenta para elaborar su ranking anual con las profesiones más estresantes. El estudio evaluó 200 profesiones en EE.UU. y les asignó un puntaje de acuerdo a su nivel de tensión... ver más
 
ANTOFAGASTA PAGA LAS REMUNERACIONES MÁS ALTAS DE PYMES EN CHILE: SUPERAN EN 42% EL PROMEDIO NACIONAL
La zona concentra altos ingresos, gracias al desarrollo de la minería y los requerimientos que esta supone para funcionar... ver más
 
 
 
 
 
 
 
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