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A un mes de la reforma laboral hay 108 negociaciones colectivas en curso

26 acuerdos de servicios mínimos fueron concordados entre las partes y cumplieron requisitos

Fuente: emol.cl

Dirección del Trabajo tiene actualmente 69 requerimientos de calificación de servicios mínimos , los que debe contestar en 45 días de corrido. De lo contrario, se debe suspender la negociación colectiva.

Fiorenza Gattavara

Este lunes la reforma laboral cumple un mes desde que entró en vigencia el pasado 1 de abril y ya hay 108 procesos de negociación colectiva en curso que operarán bajo la nueva ley.
La ministra del Trabajo, Alejandra Krauss, señaló que el balance en este primer mes es positivo. "La nueva ley representa un avance importante, ya que la cantidad de instituciones que invitan al diálogo permanente entre la empresa y los trabajadores hace que esta reforma sobreponga la conversación al conflicto, y promueve negociaciones más informadas, más equilibradas, donde esperamos acuerdos más sustantivos", dijo.
Uno de los temas que generaron controversia y preocupación durante la tramitación de la reforma fue la calificación de los servicios mínimos que deben mantenerse en caso de huelga, los que pueden ser definidos por acuerdo entre las partes -entre el empleador y los trabajadores-, o ser requeridos a la Dirección del Trabajo (DT).
Según datos entregados por la DT, actualmente hay 69 requerimientos de definición de servicios mínimos, a los que tiene un plazo para responder de 45 días de corrido.
Luis Lizama, asesor laboral de Sofofa, señaló que "las empresas que solicitaron la calificación de los servicios mínimos dentro del plazo legal no podrán negociar colectivamente hasta que la DT efectúe la calificación, ya que el dictamen establece que si no se ha efectuado la calificación, se suspende el inicio de la negociación colectiva".
En cuanto a los servicios que resultaron ser por mutuo acuerdo, estos deben ser revisados por la DT. Wendoling Silva, del área de relaciones laborales de la DT, comenta que "no se revisa el fondo del acuerdo, sino que cumplan con dos requisitos. El primero es que el acuerdo debe incluir a todos los sindicatos de la empresa y, segundo, que sea único y general".
De los 45 acuerdos que han llegado hasta la DT, 26 fueron confirmados, nueve han sido rechazados por no incluir a todos los sindicatos y 10 están pendientes de revisión (ver infografía).
Cómo operarán los grupos negociadores es otro de los temas que generaron diferencias desde un principio. Precisamente, luego de que el Tribunal Constitucional (TC) manifestara que la titularidad sindical que impulsaba el Gobierno -y que era uno de los ejes centrales de la reforma- era inconstitucional.
Tras ello, quedó un vacío en la ley respecto de la situación de los grupos. La Dirección del Trabajo emitió un dictamen en respuesta a una consulta particular del abogado Héctor Humeres, donde señaló que no tenía las competencias para interpretar algo que no estaba en la ley, pero que de todas formas las negociaciones por dicha vía estarían fuera del marco del Código del Trabajo.
El abogado laboral y asesor de la Sofofa, Luis Lizama, dijo que si bien la ley no lo prohíbe explícitamente, "el dictamen (de los grupos negociadores) hace riesgoso para el empleador abordar una negociación colectiva con un grupo negociador, y no considera el fallo emitido por el Tribunal Constitucional".
Una de las peticiones que surgieron tras el fallo del TC fue que el Gobierno enviara al Congreso una ley corta para solucionar los vacíos que habían quedado en la nueva ley laboral. Sin embargo, la ministra de Trabajo, Alejandra Krauss, lo ha descartado. "Nuestra tarea hoy día es asegurar la adecuada implementación; no existe espacio político para una nueva ley. Sabemos que asegurando una buena implementación damos certeza a todas las partes, y a eso estamos abocados. Además, lo prudente hoy es analizar con serenidad cómo se ajustan los actores a la nueva ley", indicó.

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