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Programa de formación en el puesto de trabajo.

Decreto 8, D.O. de 10 de febrero de 2017, Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

Modifica el decreto supremo N° 28, de 2011, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que establece los Componentes, líneas de acción, procedimientos, modalidades y mecanismos de control del Programa de Formación en el Puesto de Trabajo, el cual tiene por objeto generar acciones para facilitar la inserción laboral de las personas desempleadas a través del desarrollo de iniciativas de capacitación y/o de entrega de beneficios a empleadores, de acuerdo a las líneas de acción que más adelante se detallan.

Núm. 8.-

Santiago, 30 de enero de 2017.

Visto:

Lo dispuesto en el artículo 32 N° 6, de la Constitución Política de la República; el decreto con fuerza de ley N° 1, de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que establece la Reestructuración y Funciones de la Subsecretaría del Trabajo; en la ley N° 20.981 de Presupuestos del Sector Público para el año 2017; en el decreto N° 28, de 2011, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que establece Componentes, líneas de acción, procedimientos, modalidades y mecanismos de control del Programa de Formación en el Puesto de Trabajo y sus modificaciones; en los decretos supremos N° 1.727, de 18 de noviembre de 2016, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra Ministra del Trabajo y Previsión Social, y N° 14, de 2014, que designa Subsecretario del Trabajo, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; el decreto exento N° 16, de 2017, que aprueba orden de subrogación del Subsecretario del Trabajo, y la resolución N° 40 que dispone nombramiento de Jefe de Gabinete del Subsecretario, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

Considerando: Que el decreto supremo N° 28, de 2011, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, establece los Componentes, líneas de acción, procedimientos, modalidades y mecanismos de control del Programa de Formación en el Puesto de Trabajo, el cual tiene por objeto generar acciones para facilitar la inserción laboral de las personas desempleadas a través del desarrollo de iniciativas de capacitación y/o de entrega de beneficios a empleadores, de acuerdo a las líneas de acción que más adelante se detallan. Que para efectos de perfeccionar algunos aspectos relacionados con líneas de acción, requisitos de ingresos y mecanismos de control del Programa y, en especial, para facilitar la actuación del Servicio Nacional de Empleo y Capacitación ante situaciones de catástrofes que afecten o pongan en riesgo las fuentes laborales de zonas determinadas afectadas por las situaciones señaladas, es necesario efectuar ajustes y adecuaciones al decreto supremo N°28 antes individualizado.

Decreto: 1º Modifícase el decreto Nº 28, de 2011, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, en el siguiente sentido: 1) Sustitúyese el texto del artículo primero por el siguiente: "El Programa de Formación en el Puesto de Trabajo, en adelante "El Programa", tiene como objetivo generar acciones para facilitar la inserción laboral de las personas desempleadas, o la conservación de la fuente laboral de los trabajadores ya contratados, a través del desarrollo de iniciativas de capacitación y/o de entrega de beneficios a empleadores de acuerdo con las líneas de acción que más adelante se indican.".

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