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Mayor valor obtenido por personas naturales de nacionalidad argentina, domiciliados o residentes en Chile, en la enajenación de un bien raíz situado en ese país.

Oficio 1.096, de 23 de abril de 2019, Servicio de Impuestos Internos.

De acuerdo a los antecedentes que se proporcionan en el requerimiento, la situación tributaria del contribuyente en consulta, se rige por las normas del inciso 1°, del artículo 3° de la LIR, atendido a que se trataría de un contribuyente domiciliado o residente en Chile por más de tres años, debiendo pagar sus impuestos sobre las rentas que obtengan de cualquier origen, sean éstas de fuente chilena o extranjera, aplicándose en la especie el principio de la renta mundial. El contribuyente podrá hacer efectivo las disposiciones contenidas en el Tratado para Evitar la Doble Tributación suscrito con Argentina.


Ver Oficio [.PDF]

JURISPRUDENCIA TRIBUTARIA - Mayor valor obtenido por personas naturales de nacionalidad argentina, domiciliados o residentes en Chile, en la enajenación de un bien raíz situado en ese país.