Circular 10, de 20 de febrero de 2019, Servicio de Impuestos Internos.
La Superintendencia de Pensiones, considerando la variación definitiva del Índice de Remuneraciones Reales entre noviembre de 2017 y noviembre de 2018, informada por el Instituto Nacional de Estadísticas -la que difiere de la cifra provisoria que fue informada en enero de 2019-, con fecha 12 de febrero de 2019 procedió a emitir las Resoluciones Exentas N° 321 y 322, mediante las cuales fijó el nuevo límite máximo imponible establecido en el artículo 16 del D.L. N° 3.500, de 1980, vigente a partir del 1° de febrero de 2019, para los fines del cálculo de las cotizaciones previsionales a que se refiere el Título III y el artículo 84 del referido D.L. N° 3.500; y el nuevo límite máximo imponible establecido en el artículo 6° de la Ley N° 19.728, vigente a partir del 1° de febrero de 2019, para los fines del cálculo de las cotizaciones del Seguro de Cesantía a que alude el artículo 5° de la ley antes mencionada, dejando sin efecto, a partir de la referida fecha, las Resoluciones Exentas N° 45 y 46, de fecha 8 de enero de 2019.