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Fuero Maternal para funcionarias de las Fuerzas Armadas y de Carabineros de Chile.

Ley 21.129, publicada en el Diario Oficial de 17 de enero de 2019.

Al personal de las Fuerzas Armadas y de Carabineros de Chile, les será aplicable el derecho a fuero laboral establecido en el artículo 201 del Código del Trabajo, conforme a este estatuto. Respecto de quienes sean comprendidos en retiro por contraer enfermedad declarada incurable o enfermedad curable que los imposibilite temporalmente para el servicio, les será aplicable el referido fuero.


Ver Ley [.PDF] Ley 21.129

NORMAS LEGALES Y REGLAMENTARIAS - Fuero Maternal para funcionarias de las Fuerzas Armadas y de Carabineros de Chile.