Resolución 85, D.O. 3.10.2018, Ministerio del Trabajo Y Previsión Social.
Establece que se mantendrán hasta el 30 de septiembre de 2020, la comisión o retribución máxima de intermediación de rentas vitalicias a que se refiere el inciso decimocuarto del artículo 61 bis, del DL Nº 3.500, de 1980, y la tasa máxima para determinar los honorarios por concepto de asesoría previsional y el monto máximo a pagar por tal concepto, a que se refiere el artículo 179 del mencionado decreto ley.