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Término de contrato

Existe el caso de un trabajador el cual se le dio carta término de contrato. Según su contrato él cumplía funciones de control de calidad....

02/06/2016

CONSULTA.

Existe el caso de un trabajador el cual se le dio carta término de contrato. Según su contrato él cumplía funciones de control de calidad, pero estaba hace ya 6 meses trabajando como encargado de bodega.

Al finiquitar se registró que él cumplía funciones de control de calidad.

Existe la posibilidad de alguna denuncia por parte del trabajador que aluda a este cambio de funciones que no fue escriturado en un anexo anterior?.

Cómo debemos proceder?.

RESPUESTA.

El Código del Trabajo establece:

"Art. 10.- El contrato de trabajo debe contener, a lo menos, las siguientes estipulaciones:

3. determinación de la naturaleza de los servicios y del lugar o ciudad en que hayan de prestarse.

El contrato podrá señalar dos o más funciones específicas, sean éstas alternativas o complementarias;".

En conformidad a esta norma las funciones del trabajador deben estipularse en el contrato de trabajo.

También se debe tener presente el Art. 9° del Código del Trabajo: "El contrato de trabajo es consensual;". Es decir, el contrato de trabajo se puede modificar por el solo consentimiento de las partes. En este caso, existió una costumbre durante 6 meses y se puede considerar una modificación tácita del contrato de trabajo.

De esta manera, en caso de fiscalización, la empresa puede decir que existe una cláusula tácita que complementa la determinación de los servicios del trabajador.

(Fuente: Portal Laboral - Tributario).