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IFRS 9: ¿cómo afecta mis coberturas?

La nueva norma agrega mayor flexibilidad a la definición de este instrumento.

Fuente: pulso.cl

El 2018 está cada vez más cerca y con él se deja atrás la norma contable NIC 39 y comienza a regir NIIF 9, con todas las implicancias que esto conlleva. Es por esto que las empresas deben estar preparadas para los cambios que se vienen en materia contable.

En términos generales, NIIF 9 mantiene los aspectos de NIC 39, agregando mayor flexibilidad en los instrumentos que podrán definirse como cobertura. Los principales puntos que incluye NIIF 9, es que podrán calificar como cobertura instrumentos financieros no derivados medidos a valor razonable con cambios en pérdidas y ganancia, podrán designarse coberturas globales, incluso si incluyen derivados dentro de la partida cubierta o incluso cubrir componentes de riesgo de partidas financieras no identificados contractualmente.

En cuanto a derivados, los principales cambios se ven en contabilidad de coberturas, donde se sustituye el complejo y estricto enfoque que tiene NIC 39, por un principio conceptual más básico, en donde se busca alinear la gestión del riesgo financiero con las reglas contable. Es decir, lo que se busca lograr es poder transmitir a la contabilidad la finalidad y el efecto de los instrumentos utilizados para gestionar el riesgo financiero.

Respecto a la aplicación de contabilidad de coberturas, esta seguirá siendo voluntaria, por lo que constituye una excepción a los requisitos contables normales. A su vez en NIIF 9 aumenta la exigencia de los requisitos de designación y documentación, ya que será necesario incluir nueva información como explicaciones de causas de inefectividad o como se va a calcular el ratio de cobertura.

En cuanto a la medición de la eficacia de las coberturas, actualmente la NIC 39 exige que la cobertura debe ser altamente eficaz, tanto en su carácter prospectivo como retrospectivo. Por su parte en NIIF 9 solo se medirá la eficacia prospectiva para evaluar la cobertura, sin fijar límites como el actual 80%-125%. A su vez se debe continuar calculando la eficacia retrospectiva, pero solo para el registro contable.

El cambio de normativa está cada vez más cerca y con ello el aumento tanto en la flexibilidad de los objetos a cubrir cómo la severidad en las documentaciones. Las empresas deben evaluar como este cambio las pudiese afectar.

*El autor es gerente general de Netgo.

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