DINERO & INVERSIÓN |
Los Pendientes de la Ley que transforma la SVS y que el Gobierno espera dejar funcionando este año |
Para que la Ley 21.000 -que cambia la institucionalidad del organismo regulador-pueda cumplir con todas sus facultades, también debe ser aprobada la reforma a la Ley General de Bancos. En tanto el Gobierno trabaja en un decreto para agilizar su puesta en vigencia. |
miércoles, 10 de mayo de 2017 20:48
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La recién aprobada ley 21.000 que crea la Comisión para el Mercado Financiero y que reemplaza a la actual Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), fue destacada por el Ministro Rodrigo Valdés, como un "salto" importante para reglar el proceso sancionatorio en el mundo financiero. Sin embargo, la normativa aún debe resolver ciertos desafíos antes de ser implementada. En el seminario "Cambios en el regulador: de SVS a Comisión para el Mercado Financiero", realizado este miércoles, el fiscal de Valores José Antonio Gaspar y el fiscal de Seguros Gonzalo Zaldívar, explicaron cómo quedará la nueva institucionalidad, y cómo aumentarán las atribuciones de la entidad regulatoria. "Este es un trabajo que tiene su génesis hace 10 años, e ingresó como proyecto de Ley durante el periodo del Superintendente Fernando Coloma en el gobierno anterior. Se revisó con Carlos Pavez y el gobierno estimó oportuno hacer un cambio más radical, de hacer todo la estructura, todo el andamiaje para que esto no solamente abarcara el mercado de valores y seguros, sino que a otros ámbitos como el bancario", dijo Gaspar. En concreto, la Ley 21.000 que se publicó el 23 de febrero de este año reemplaza íntegramente al decreto Ley 3.538 de 1980. Y uno de los cambios más relevantes, es la nueva institucionalidad que se crea. La SVS funcionaba al igual que otras entidades fiscalizadoras dando autoridad al Superintendente. Ahora esta autoridad pasará a un órgano colegiado, donde habrá un jefe de servicio. En tanto la línea investigativa quedará a cargo de un fiscal, que instruirá la investigación y formulará cargos. Y que también podrá solicitar autorización al Consejo, y al Ministro de la Corte de Apelaciones, para usar mayores facultades intrusivas en el marco de investigaciones, como por ejemplo, revisar cuentas corrientes bancarias, allanar, e intervenir teléfonos. Su entrada en funcionamiento será escalonada, teniendo un plazo máximo de 18 meses desde la fecha de publicación, por lo que estaría entrando en vigencia el 23 de agosto del 2018. Sin embargo, puede entrar de forma anticipada mediante la dictación de un decreto, "actualmente se está trabajando en ese decreto y el gobierno espera hacer todos los esfuerzos para que entre en vigencia este año, y estamos a la espera de esa labor", afirmó Gaspar. Desafíos La Ley 21.000 que esperan poner en vigencia este año, y que regula con mirada integral el mercado financiero,"que puede hacerle bien a la coordinación en cuanto a las normativas y directrices que esta Comisión va a impulsar", explica Roberto Guerrero, profesor de Derecho Económico, Comercial y Tributario, y director de Centro Gobierno Corporativo, de la Universidad Católica. Lo que implica cambios que no son rápidos, y para que la implementación se pueda realizar lo más pronto posible, "requerirán un acuerdo político más amplio", señala Guerrero, puesto que la elección de los comisionados, le corresponde tanto al Senado como al Presidente. Junto con esto, se deberá lidiar con el tema presupuestario, para llevar a cabo las investigaciones del fiscal y cumplir las 31 facultades que la Ley establece para la Comisión y las más de 20 facultades específicas que tiene cada organismo al interior, "el presupuesto tendrá que ser relevante", advierte Guerrero. Y ver además como se resolverá el tema de los sueldos de los comisionados que hoy "es bajo", por tanto el perfil va a ser difícil de suplir, y llegarán "personas que no estén informados de cómo funciona el mercado financiero día día". El tema de los tiempos es crucial. "Para afectar lo que es la actual competencia de la Superintendencia de Bancos, la ley está sujeta a que entre una reforma a la Ley General de Bancos, y mientras no se modifique esta, el efecto de la ley 21.000 quedará radicado a lo que es competencia de la actual SVS en este punto", señala el fiscal Gaspar. Respecto a la mirada sistémica del mercado financiero que hace la Ley, -ya que no estará enfocada solamente en el mercado de capitales-, Guerrero es escéptico: "La relación con otros organismos que forman parte en lo regulatorio en la supervisión también va a presentar dilemas complejos y negociaciones y articulaciones obviamente con el Banco Central, con la Superintendencia de Pensiones, pero principalmente, donde se ve un menor grado de realidad es con la regulación concreta de los bancos, y la relación con la actividad que realiza la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF). Específicamente porque hay nula experiencia internacional, en países desarrollados, y de la OCDE donde esté unido lo bancario, con el mercado de capitales, y además con el mercado de seguros. En la realidad, cuando hay riesgos sistémicos, no son este tipo de Comisiones los que lo resuelven, sino los gobiernos. Veo difícil esta articulación. Además que se agrega esta obligación al presidente, que señala la ley, de enviar antes de febrero de 2018 una nueva ley de Bancos". "No hay una regulación expresa de coordinación, con otros organismos", explica Gaspar, y señala respecto a los problemas de coordinación que también pueden tener con otros fiscales: "En ese sentido, como buena parte de las facultades intrusivas son más propias de experiencias del Ministerio Público, vamos a tener que entrar a conversar más, para ver en la práctica cómo se ejercitan, y ahí se va a ir generando esta sinergia y coordinación". En materia de fiscalizados, la nueva ley incluye una figura similar a la delación compensada, y quien se autodenuncie podrá acceder a una reducción de hasta el 80% de la sanción pecuniaria aplicable. Aunque ahí existen algunas limitaciones, no se puede autodenunciar el líder de la operación, más bien, la ley permite que se autodenuncie un observador. "Y lo importante es que los implicados puedan auto-denunciarse para poder llevar adelante los casos", dice Guerrero. Como explica Gaspar: "Se discutió bastante en la historia de la Ley, y fue un raciocinio dentro de que lo quedó en acta, de que si el mismo líder se organizaba en el ilícito en calidad de infractor, y era el que después los denunciaba a todos, después se iba para la casa sin sanción". Respecto a la aplicación de las sanciones, "hay un avance, porque se establecerán los criterios para la aplicación de las multas, lo que resuelve un problema que en la Ley anterior no estaba", dice Guerrero. Y eso en referencia a la multa que defiende la SVS ante el TC por el caso Cascadas, y que la defensa de Julio Ponce acusa de arbitraria. "En la aplicación de la sanción también debe haber coordinación, se anuló una multa de La Polar, al ex Presidente, Pablo Alcalde, porque ya se había aplicado una sanción similar, porque el Estado está sancionando dos veces", dijo Guerrero.
Fotografía: Gonzalo Zaldívar, Claudia Soriano (Coordinadora jurídica corporativa de valores de la SVS), Roberto Ríos, Carlos Frontaura (decano Derecho UC), Roberto Guerrero y José Antonio Gaspar.
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