Fisco recaudó US$ 144 millones en 2016 por este concepto, un 0,32% de la recaudación tributaria total
Fuente: http://diario.elmercurio.com
El año pasado, 5.314 contribuyentes debieron pagar, en promedio, $17,7 millones por este concepto. Expertos reconocen que el gravamen es "anacrónico" y que actualmente la planificación tributaria está enfocada solo a buscar fuentes de financiamiento para el pago. C. Agurto
os vimos en la obligación de deshacernos de parte de los bienes de nuestra familia para pagar el impuesto al Servicio de Impuestos Internos", dice Eduardo, quien prefiere guardar reserva de su apellido para contar la única forma que él y sus cuatro hermanos tuvieron para cerrar el proceso de posesión efectiva de sus padres.
Esta es la realidad que deben enfrentar muchas familias al momento del fallecimiento de un pariente directo. Porque al recibir como herencia la casa familiar, vehículos o cuentas de ahorro del fallecido, muchos no tienen liquidez propia para hacer frente a este pago, y deben sacarlo de los mismos bienes que heredarán.
Son los problemas del impuesto a la herencia -también conocido como "impuesto a la muerte"-, que en 2016 generó una recaudación tributaria de $94.217 millones (unos US$ 144 millones), y que solo representó el 0,32% de los ingresos tributarios totales del Estado durante el 2016, los que ascendieron a US$ 44.780 millones .
Este monto está muy por encima de los obtenidos desde 2010 a la fecha por este concepto, aunque por debajo de los $199.679 millones que recibió el fisco en 2009. Tras el fallecimiento del empresario Anacleto Angelini, en 2007 -artífice de Empresas Copec-, sus herederos cancelaron $172.174 millones al fisco en 2009, unos US$ 323 millones de la época, transformándose en un hito en la historia tributaria chilena.
La cifra del año pasado se explica por los más de $17,7 millones que, en promedio, debió pagar cada uno de los herederos (5.314 contribuyentes), de un universo de 77.730 posesiones efectivas que se realizaron ante el Registro Civil (ver infografía).
Impuesto genera distorsiones y obliga, en muchos casos, a deshacerse de bienes
Aunque se paga de una forma progresiva -hay un tramo exento, y luego se paga de forma gradual, con una tasa que va de 1 a 25%, dependiendo del monto a heredar (ver recuadro)-, ha sido objeto de frecuente controversia no solo en Chile, sino que también en otros países.
De hecho, hace dos semanas, el Presidente de Estados Unidos, Donald Trump, anunció su intención de eliminarlo, como parte de su plan tributario de reducción de impuestos. Otros países de la OCDE tampoco lo aplican, o han establecido exenciones para fomentar la economía, y aunque algunos lo mantienen, en el promedio general de este grupo de países, la tasa es 10 puntos más baja que el tramo máximo de la chilena (ver recuadro). Actualmente hay candidaturas, como la del representante de Evópoli, Felipe Kast, que han planteado su eliminación. El encargado económico del ex ministro de Piñera, Pablo Correa, explica que este es un impuesto que afecta a la clase media, "de una administración y fiscalización fiscal compleja y, desde el punto de vista recaudatorio, su aporte es marginal, por lo que su eliminación se compensa con otros ingresos", afirma. El programa del candidato del PRO, Marco Enríquez-Ominami, también tiene contemplada su eliminación.
Una de las más importantes distorsiones que destacan detractores del impuesto es que grava un patrimonio que ya tributó en su origen, por ejemplo, con el impuesto global complementario.
"Hay que tener en cuenta que esta plata ya pagó impuesto a la renta. Si ves que las personas de alto patrimonio pagan hasta un 40% por los bienes, una vez que heredan tienen que pagar un 25% adicional", destaca Hugo Hurtado, socio de Tax & Legal de Deloitte.
Además, otra distorsión sucede cuando al poco tiempo de la muerte del padre muere también la madre. "Se genera un efecto cascada, porque los herederos deben pagar dos veces el impuesto", advierte el experto.
Asimismo, los especialistas afirman que muchas veces los herederos se ven en la obligación de vender parte de la herencia para pagar el impuesto, porque no tienen los recursos, lo que obliga incluso a vender el inmueble familiar para costear el pago del tributo.
En estos casos, la ley permite que los herederos enajenen algunos de los bienes para asegurar el pago que exige el SII, y es lo que le pasó a la familia de Eduardo. "Como familia, tuvimos que pagar una cantidad de plata, el 3% de valor de los bienes, luego de heredar unos ahorros depositados en fondos mutuos por nuestros padres. Al no tener la liquidez necesaria, debimos ocupar parte de esos ahorros", explica este afectado, quien, en representación de cinco hermanos, realizó hace unos meses un proceso de posesión efectiva.
Hay casos más dramáticos. Blanca es una mujer de 63 años, hija única, soltera, que vivía con sus padres, y tras la muerte de ellos debió vender su única herencia, el departamento en el que vivían en Las Condes. "Debí deshacerme de él para hacer frente a las deudas; entre ellas, el impuesto a la herencia que me exigían. Con la diferencia que quedó a mi favor, pude comprarme al contado un departamento nuevo en Bellavista. Sin embargo, el golpe fue duro, pues perdí mi barrio de toda la vida, y ahora vivo más lejos de otros familiares. Ha sido muy difícil volver a generar contactos de amistad", explica.
Pymes también afectadas
A nivel productivo también ocurre con familias que manejan, por ejemplo, una pyme.
"Me encontré con el caso de una empresa, con un patrimonio de $3 mil millones, que se dedica a la elaboración de pernos y tuercas para la minería. El patrimonio está formado por la maquinaria, el bien raíz donde están ubicados, y su inventario. Son cuatro socios -dos padres y sus hijos-, que obtienen utilidades anuales de alrededor de $30 millones . Es decir, tienen un patrimonio grande que está rentando poco, por la situación que enfrenta el sector minero. Si cualquiera de los padres muriera, el impuesto que debería pagar sería de alrededor de $200 millones. ¿Cómo pagas esa plata? Te endeudas o vendes parte de la empresa. No tienes otra opción", relata Hurtado.
"Entre pagar el impuesto o seguir con la empresa, prefieren liquidarla. Muchas veces, a la gente no le falta patrimonio, les falta liquidez", agrega Christian Blanche, abogado del estudio jurídico especializado en asesoría tributaria Tax Advisors.
"El impuesto a la herencia es un poquito anacrónico si ves la cantidad de países que lo han ido eliminando. Probablemente en Chile no hay posibilidades políticas de eliminarlo, porque sería percibido como algo que favorece a los ricos, y probablemente ningún candidato lo va a enarbolar como su bandera de lucha. Pero sí se pueden aplicar otras medidas. Por ejemplo, en España o Inglaterra las empresas que sigan siendo operativas quedan exentas, y si se venden luego de un tiempo, tienen que pagar impuesto, lo que parece lógico. Aplicar una medida así tiene un impacto recaudatorio mínimo, y sería un alivio para las empresas", plantea Hugo Hurtado.
Esta es la campaña en que ha estado enfocada en los últimos años la organización Familias Empresarias de Chile (FEC). "En España se exime del pago de impuesto a las nuevas generaciones que mantengan el control de empresas productivas por diez años. Si en Chile no existiese el actual impuesto a la herencia y se reemplazara por un estímulo a que la empresa siguiera, te aseguro que muchas más pymes podrían salvarse", dice el presidente de la organización, Andrés Vial.
Reforma tributaria hizo subir los montos recaudados a partir de 2015
Si se observan las cifras, se ve que en los últimos dos años la recaudación por el impuesto a la herencia subió de manera importante. Mientras que en 2014 fue de $36.944 millones, en 2015 saltó a $83.085 millones y en 2016 subió a los mencionados $94 mil millones.
Los expertos explican que esto se debió a la implementación de la reforma tributaria en 2014, por dos razones: "Hay un patrimonio que no estaba en el radar de la autoridad, y ahora está con la norma de repatriación de capitales. La otra razón es la mayor preocupación de los contribuyentes ante la fiscalización que, correctamente, está haciendo el SII", explica Hugo Hurtado.
Hasta antes de la entrada en vigencia de la reforma, para reducir el pago del impuesto, por ejemplo, los herederos de una empresa entraban en su propiedad comprando a un valor nominal o valor libro. "Si una empresa vale 100 y el hijo paga 10, ahora, el SII dice: 'perfecto, usted está recibiendo una donación de 90, pague el impuesto a la donación'. Ahora eso está siendo fiscalizado", detalla el socio de Deloitte.
En este sentido, Hurtado plantea que "la norma antielusión de la ley al impuesto a la herencia es más dura que la del régimen general".
El presidente de FEC, Andrés Vial, reconoce que actualmente no es posible realizar planificación tributaria para estos casos. "Si quiero transferirles en vida participación de mi empresa a mis hijos, tengo que llamar a un abogado tributarista, y me va a proponer esperar a la muerte para pagar un 25%, o venderle la empresa a precio de mercado. Es decir, para hacer cualquier movimiento tributario con la herencia, hay que hacer un gasto en asesores, en tiempo, dedicarle muchas horas hombre para tratar de pagar un impuesto justo".
Con todo, Blanche asegura que actualmente la planificación tributaria está enfocada a buscar mecanismos de financiamiento "regular y legítimo" que permitan acceder a las compañías a pagar este impuesto.
LA LEY CONSIDERA una exención de 600 UTM (unos $28 millones) para el pago del impuesto. A partir de dicho monto, el gravamen va del 1% al 25%.
2009 FUE EL AÑO DE RECAUDACIÓN HISTÓRICA de este impuesto, debido al pago que realizó la familia Angelini, tras el fallecimiento de Anacleto Angelini