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Fija límites periféricos de la zona franca de la región de Aysén del General Carlos Ibáñez del campo.

Decreto 79, D.O. de 18 de abril de 2017, Ministerio de Hacienda.

Vistos:

Lo dispuesto en la ley Nº 20.655, que establece incentivos especiales para las zonas extremas del país; el decreto supremo Nº 1.296, del Ministerio de Hacienda de 3 de octubre del año 2013, que establece que la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, cumple con el requisito de región geográficamente aislada, habilitante para el establecimiento de una Zona Franca; el DFL Nº 2, del Ministerio de Hacienda, de 2001, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL Nº 341, de 1977, del Ministerio de Hacienda, sobre Zonas Francas; la resolución exenta Nº 1.273, de la Secretaría Regional Ministerial del Ministerio de Bienes Nacionales, de la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, de 14 de diciembre del año 2016, que destina al Ministerio de Hacienda - Subsecretaría del Ministerio de Hacienda, el inmueble fiscal que individualiza, sujeto, entre otras condiciones, para que se destine única y exclusivamente para la creación e implementación de la "Zona Franca" de la Región de Aysén; el oficio ord. Nº 42, de 13 de enero de 2017, y sus antecedentes, de la Intendenta Regional de Aysén, y lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile,

Decreto:

Fíjanse los siguientes límites periféricos de la Zona Franca de la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, correspondientes al inmueble, según el título inscrito a fojas 741, Nº 713, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces y Archivero Judicial de Puerto Aysén, correspondiente al año 2016, Fusión Fisco de Chile - Ministerio de Bienes Nacionales, Rep. Nº 1.773, documento que forma parte integrante del presente decreto, que señala que, el Fisco de Chile - Ministerio de Bienes Nacionales, Rol Único Tributario Nº 61.402.000-8, es dueño del inmueble denominado Lote A, ubicado en el sector "Río Álvarez", comuna y provincia de Aysén, Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, de una superficie total de veinte hectáreas, y cuyos deslindes particulares son los que a continuación se indican: Norte: Camino Público de Puerto Chacabuco a Puerto Aysén, en línea recta de cuatrocientos once metros comprendida entre los vértices A guion B; Este: Lote b guion uno, en línea recta de cuatrocientos ochenta y cinco coma treinta metros, comprendida entre los vértices B guion C, Sur: Lotes b guion uno y B, en línea recta de cuatrocientos once metros comprendida entre los vértices C guion D guion E; y Oeste: Lotes B y Dos, en línea recta de cuatrocientos ochenta y ocho coma veinte metros comprendida entre los vértices E guion F guion A.- El inmueble singularizado y deslindado precedentemente, es resultante de la fusión de los Lotes signados como Lote Tres de una superficie de seis coma dieciséis hectáreas, Lote C, de una superficie de tres coma ochenta y cuatro hectáreas, y Lote b guion dos, de una superficie de diez hectáreas; lo expuesto consta de la escritura pública de 29 de noviembre del año 2016, Repertorio Nº 1350-2016, suscrita ante don Lorgio Oñate Herrera, Notario Público Titular Aysén.

El título de dominio de los inmuebles que dan origen a la fusión rolan inscritos a fojas 460, Número 440, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Aysén, correspondiente al año 2016; a fojas 459, número 439 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Aysén del año 2016; y a fojas 461, número 441, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Aysén del año 2016. Rol de Avalúo Nº 1300-160, comuna de Aysén.

Anótese, tómese razón y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Rodrigo Valdés Pulido, Ministro de Hacienda. Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda Atte. a usted, Alejandro Micco Aguayo, Subsecretario de Hacienda.

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