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¿Salvavidas a los Tribunales Tributarios?

El tiempo de tramitación promedio es de 745 días hábiles (dos años y medio), sólo en primera instancia. Si a esto sumamos eventuales recursos, un juicio podría extenderse aún más.

Fuente: www.pulso.cl

La justicia tardía no es justicia, y los Tribunales Tributarios y Aduaneros (TTA) cada día demoran más en resolver las causas que se tramitan ante ellos.

De las 2.309 causas acumuladas en 2016 en todos los TTA de Chile, 78% de ellas están radicadas en los cuatro TTA de Santiago, concentrándose el mayor número en el tercer y cuarto juzgado.

El tiempo de tramitación promedio es de 745 días hábiles (dos años y medio), sólo en primera instancia. Si a esto sumamos eventuales recursos ante la Corte de Apelaciones y la Suprema, un juicio podría extenderse fácilmente por dos años adicionales. El panorama puede ser incluso menos alentador, si se suma la complejidad de la implementación de la Reforma Tributaria y las nuevas atribuciones entregadas al SII.

Para enfrentar esta situación, el Gobierno envió en 2015 un proyecto de ley que moderniza la estructura de los TTA, el que aún está en discusión en el Congreso. El proyecto incluye una redistribución equitativa de las causas entre los cuatro TTA de Santiago y un aumento de doce funcionarios de planta. Este aumento de funcionarios parece irrisorio para subsanar la demora de las causas. La redistribución además hace pensar que probablemente los cuatro TTA colapsen con la carga. Parecería sensato entonces evaluar la creación de un quinto TTA en Santiago.

El proyecto además incorpora, por petición expresa de los jueces de TTA, para aumentar la eficiencia y eficacia de estos tribunales, una instancia de conciliación. La conciliación es una audiencia donde el juez cita a las partes antes que se rinda la prueba y propone bases de acuerdo. Si las partes aceptan, se levanta un acta, que tiene el valor de una sentencia, poniendo fin al juicio.

Esta medida, si bien podría reducir sustancialmente el tiempo de tramitación y ahorrar recursos al Estado y los contribuyentes, en el proyecto se señala que el acuerdo debe ser ratificado por el director nacional del SII. Tal ratificación puede transformarse en otro cuello de botella, que haga la medida ineficaz.

Comentario aparte es advertir la inconveniencia de que el proyecto no incluya a los jueces de TTA en el escalafón judicial. Esta exclusión hace que estos jueces no puedan postular a ser magistrados de la Corte de Apelaciones; esto no sólo es un desincentivo para el desarrollo de carrera, sino que, además, una privación a los contribuyentes de tener jueces especializados en los tribunales superiores.

El proyecto pareciera un pequeño alivio para descongestionar los TTA, pero difícilmente será una solución definitiva al problema.

*El autor es abogado Área Tributaria Guerrero Olivos.
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