Normativa reafirma aplicación del gravamen que creó la Reforma Tributaria a cualquier industria que tenga una potencia térmica mayor o igual a 50 MWt.
Fuente: http://www.pulso.cl/noticia/economia/economia/2017/01/7
Tuvieron que pasar casi siete meses para que la Contraloría General de la República (CGR) diera su visto bueno y permitiera la publicación como normal general del reglamento que regula la aplicación del nuevo impuesto a la emisión de contaminantes como MP, SO2, NOx y CO2, de calderas y turbinas, como parte de la Reforma Tributaria aprobada en 2014.
El gravamen que debutó a contar del 1 de enero, afectará a 85 compañías por sus emisiones fijas y recaudará US$130 millones anuales para el Fisco, esto último, según el informe financiero de la reforma impositiva que elaboró la Dirección de Presupuestos (Dipres).
Antes de la publicación del reglamento, que diseñaron los ministerios del Medio Ambiente y Hacienda en el Diario Oficial (el 30 de diciembre de 2016), la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) publicó el instructivo para la cuantificación de emisiones de fuentes fijas afectas al gravamen que creó la Reforma Tributaria.
Asimismo, el Ministerio del Medio Ambiente informó en diciembre las 85 compañías que se verán afectadas por el nuevo tributo. Entre las seleccionadas destacan generadoras, cementeras, papeleras, metalúrgicas y firmas alimenticias. Sin embargo, el reglamento precisó que la publicación de dicho listado "tiene un carácter meramente informativo, por lo que la omisión de uno o más establecimientos en la publicación señalada en el inciso anterior no significará necesariamente que estos no se encuentren o no puedan encontrarse en el futuro en la hipótesis establecida".
El reglamento que operativiza la aplicación del "impuesto verde" reitera los principios que quedaron consagrados en la ley. No obstante, innova con la creación de un Registro de Calderas y Turbinas.
La normativa establece que el Ministerio del Medio Ambiente administrará el registro para efectos de determinar el listado anual de los establecimientos afectos. Este se encontrará dentro del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC), establecido mediante un decreto de 2013.
Estarán obligados al registro toda persona natural o jurídica, propietaria de una o más calderas y/o turbinas con una potencia térmica nominal superior a 5 MWt, las que deberán registrarse ante el Ministerio del Medio Ambiente. Esto pese a que la ley y el mismo reglamento dicen que sólo serán gravadas con el tributo las fuentes fijas que sumen una potencia térmica mayor o igual a 50 MWt.
A juicio del ex director del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), Ricardo Irarrázabal, "el registro es interesante porque sirve para hacer un catastro y tener un control sobre todas las fuentes fijas que hay en el país". Añade que eventualmente con este registro se puede tener un control sobre las industrias que han incrementado sus niveles de emisiones, dando paso en el futuro a su inclusión dentro de la aplicación del gravamen.
El reglamento determina que los sujetos obligados al registro tendrán 30 días hábiles para registrarse, a contar de la publicación en el Diario Oficial del decreto. Además el Ministerio del Medio Ambiente podrá solicitar la rectificación o ampliación de la información contenida en el artículo 5, sin perjuicio de poder efectuar cruces de información con los organismos sectoriales con competencia en la materia y con los datos registrados en el Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes.
El reglamento de fuentes fijas también confirma el criterio de que el impuesto verde se aplicará a todas las industrias con una potencia térmica mayor o igual a 50 MWt, más allá de las generadoras eléctricas. También incluye dentro del cálculo de los montos del gravamen al Servicio de Impuestos Internos y a la Superintendencia de Medio Ambiente.
Instructivo
Junto con el reglamento, la Superintendencia de Medio Ambiente también publicó un instructivo con el propósito de "aterrizar" aún más la entrada en vigencia de este gravamen. En ese sentido, este instructivo creó once formas distintas para cuantificar el material particulado, ya que no todas las turbinas operan de las mismas formas.
Las propuestas de medición de estas emisiones se publicaron en noviembre y se extendieron hasta fines de diciembre. En ese plazo, las 85 empresas afectas a este impuesto tuvieron que decidir e informar cuál sería el protocolo con que se iba a medir la emisión.
Ahora desde enero se irá publicando la resolución de la superintendencia que aprueba la metodología para cada empresa. "No es una resolución general sino que es para cada empresa en particular", aclaran desde la entidad fiscalizadora.
Las emisiones gravadas son las MP, NOx, SO2 y CO2. Y de acuerdo a la Reforma Tributaria la que más paga impuesto es el CO2 y, por ende, las termoeléctricas que son las que más estarán afectas a este impuesto, pero para este tipo de empresas no representa un gran cambio ya que actualmente su emisión es medida a través de un instrumento que se llama monitoreo continúo de emisiones.
Ahora bien, para quienes sí representa un cambio mayor es para las agroindustria, y viñas, ya que todas ellas tienen turbina, pero no son de generación termoeléctrica y por ello, son las que más han manifestado sus resquemores.