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Dirección del Trabajo emite nuevo dictamen sobre pactos negociadores

Permite a las partes acordar libremente y fijar condiciones especiales de trabajo.

Fuente: emol.com

F. Gattavara

El quinto dictamen de la reforma laboral emitió ayer la Dirección del Trabajo (DT). El texto señala la facultad que tendrán las partes negociadoras (empleadores y trabajadores) a partir del 1 de abril, cuando empiece a regir la reforma, para llegar a acuerdos beneficiosos y fijar condiciones de trabajo.

En la nueva ley se aborda la posibilidad de que empleadores y trabajadores acuerden cumplir con la jornada ordinaria de 45 horas semanales en solo cuatro días o que los trabajadores puedan trabajar a distancia, en lugares distintos a los de la empresa, para cumplir responsabilidades familiares o por otras razones acordadas entre las partes, entre otros.

Los pactos podrán tener una duración de máximo tres años y serán factibles en empresas que cuenten con una afiliación sindical igual o superior al 30%, y no serán acordados en negociaciones colectivas regladas.

El funcionamiento de estos pactos será fiscalizado por la DT, organismo que deberá habilitar un sistema para su registro electrónico. En caso de que haya incumplimientos, que pueden ser de requisitos o vulneración de normas de higiene y seguridad, el director del Trabajo podrá dejar sin efecto el pacto vía resolución fundada.

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