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Reajusta en 1,4% las tasas fijas contenidas el el d.l 3475, de 1980.

Decreto 498, D.O. de 16 de diciembre de 2016, Ministerio de Hacienda.

De acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1° del artículo 30 del decreto ley N° 3.475, de 1980, faculta para que, mediante la dictación de un decreto supremo se reajusten semestralmente las tasas fijas establecidas en dicho decreto ley, reajusta a contar del 1° de enero de 2017, en 1,4% las tasas fijas de los impuestos establecidos en dicho decreto ley.

Núm. 498 exento.-

Santiago, 25 de noviembre de 2016.

Vistos:

Lo informado por el Servicio de Impuestos Internos mediante el oficio Res. N° 157, de 25 de noviembre de 2016, y sus antecedentes; lo dispuesto en los artículos 30 y 31 del decreto ley N° 3.475, del año 1980, sobre Impuesto de Timbres y Estampillas; el decreto supremo N° 19, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, del año 2001; la resolución N° 1.600, de la Contraloría General de la República, de 2008, y

Considerando:

1.- Que, el inciso 1° del artículo 30 del decreto ley N° 3.475, de 1980, faculta para que, mediante la dictación de un decreto supremo se reajusten semestralmente las tasas fijas establecidas en dicho decreto ley, en hasta un 100% de la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor entre el 1° de noviembre y el 30 de abril y entre el 1° de mayo y el 31 de octubre, con vigencia a contar del 1° de julio y el 1° de enero del año que corresponda, respectivamente; y

2.- Que, en el período comprendido entre el 1° de mayo de 2016 y el 31 de octubre de 2016, el Índice de Precios al Consumidor llevado por el Instituto Nacional de Estadísticas, registra una variación de 1,4%,

Decreto:

Reajústanse, a contar del 1° de enero de 2017, en 1,4% las tasas fijas de impuestos contenidas en el decreto ley N° 3.475, de 1980, y fíjase su monto de acuerdo con lo previsto en sus artículos 30 y 31, en las cantidades que a continuación se indican:

TASAS FIJAS TASA ANTERIOR TASA NUEVA
Artículo 1° N° 1 $ 3.615 $ 3.666
Artículo 4° $ 3.615 $ 3.666

Anótese, comuníquese y publíquese.-

Por orden de la Presidenta de la República,

Rodrigo Valdés Pulido, Ministro de Hacienda.

Lo que transcribo a usted para su conocimiento.-

Saluda Atte. a Ud., Alejandro Micco Aguayo, Subsecretario de Hacienda.

Normas Leg y Reg - Reajusta en 1,4% las tasas fijas contenidas el el d.l 3475, de 1980.