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Los efectos del nuevo impuesto comenzarán a verse en 2017

Originalmente, el IVA fue concebido para gravar el consumo y de esta manera solo afectaba la venta de bienes corporales muebles y excepcionalmente ciertos servicios.

Fuente: El mercurio.com

Dado que las empresas constructoras debían soportar IVA por los materiales e insumos, el que no podía ser compensado contra un débito fiscal, en 1987 se modificó el hecho gravado con este impuesto. De esta manera pasaron a afectarse con IVA la venta y otros contratos sobre bienes raíces de propiedad de una empresa constructora construidos totalmente por ella o que en parte hubieran sido construidos por un tercero para ella.
Paralelamente se estableció un crédito especial para la venta de viviendas de manera que no se afectara el precio de casas y departamentos a pesar de la modificación legal.
El mensaje presidencial de la Ley 20.780 sobre Reforma Tributaria señala: "como lo anunciamos en nuestro programa, terminaremos con la elusión del pago del IVA en la venta de bienes inmuebles nuevos. Para eso, se gravarán con IVA las ventas de inmuebles, cualquiera sea el vendedor. Para ventas de inmuebles usados, realizadas por un vendedor (habitual), la base imponible será la diferencia entre los precios de venta y compra".
Como queda de manifiesto, la reforma del IVA a la venta de bienes raíces tuvo como finalidad evitar la elusión del impuesto sobre propiedades nuevas pero terminó afectando la generalidad de las ventas de inmuebles, con total independencia del uso de estructuras elusivas.
Los efectos de este nuevo impuesto comenzarán a verse a partir de 2017 ya que existen normas transitorias que han atenuado las alzas, las que la industria estima en un 5% del precio final.
En un escenario en que los precios de bienes raíces han aumentado dada la falta de terrenos y las mayores restricciones de los Bancos, el IVA se sumará a las dificultades para cumplir el arraigado sueño de la casa propia.