Decreto 415, D.O. de 14 de diciembre de 2019, Ministerio de Hacienda.
Reajústese en 1,3% las tasas fijas de impuesto contenidas en el decreto ley N° 3.475, de 1980, sobre Impuesto de Timbres y Estampillas, a contar del 1 de enero de 2020, en conformidad con lo dispuesto en los artículos 30 y 31 del mencionado decreto ley. 2. Fíjase el monto de las tasas señaladas en el numeral precedente, en las cantidades que a continuación se indican: