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Reclamación de ilegalidad acogida. Exención de pago de patente. Oficio impugnado tiene naturaleza de resolución y por lo tanto es reclamable.

Rol 29.909-2017, de 5 de diciembre de 2017, Corte Suprema de Justicia.

El oficio impugnado efectivamente contiene una decisión administrativa que lo hace susceptible de ser objeto del reclamo en estudio. En efecto, en él se plasma la declaración de la voluntad administrativa de rechazar la solicitud de la empresa en orden a renovársele la exención del pago de patente municipal de que gozaba a esa fecha, con el consecuente cobro del periodo." (Corte Suprema, considerando 4º).
En este escenario, fluye que los sentenciadores, al razonar que la naturaleza del acto cuya ilegalidad se reclama no se ajusta a ninguna de aquellas que la ley hace susceptibles de ser objeto de esta acción, se han apartado de la recta aplicación del artículo 151 de la Ley N° 18.695, infracción que tuvo influencia sustancial en lo dispositivo del fallo, puesto que se trató de uno de los motivos que sustentó el rechazo del reclamo de ilegalidad deducido." (Corte Suprema, considerando 5º).


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JURISPRUDENCIA JUDICIAL - Reclamación de ilegalidad acogida. Exención de pago de patente. Oficio impugnado tiene naturaleza de resolución y por lo tanto es reclamable.