Ley 21.2187, publicada en el Diario Oficial de 28 de noviembre de 2019.
Autoriza al Ministro de Hacienda para que, mediante uno o más decretos expedidos bajo la fórmula "Por orden del Presidente de la República", efectúe, durante los seis meses siguientes a la publicación de la presente ley y previo informe favorable de la Comisión para el Mercado Financiero, un aporte extraordinario de capital al Banco del Estado de Chile, por un monto de hasta 500.000.000 de dólares, moneda de los Estados Unidos de América, o su equivalente en moneda nacional, en una o más transferencias.