Fuera de los problemas financieros propios de un negocio con pérdidas, debe analizarse su impacto tributario desde dos perspectivas: i) la fiscalización; ii) el cumplimiento.
En la primera, la más compleja en mi opinión dada las prácticas de revisión bastante amplias del SII, pareciera que existe un paradigma alineado más bien a la ejecución de las revisiones, que, al modelo de riesgo incorporado por el servicio. Ello, dado que no siempre se pondera el entorno de los negocios y actividades del contribuyente. Por la vía ejemplar, crisis de determinada industria, financiamiento, periodo de maduración de la inversión, cambios en los hábitos de consumo de los clientes, entre otros. Por cierto, todos elementos relevantes al momento de acreditar una pérdida tributaria.
La segunda perspectiva, pareciera ser más simple, pero no menos importante en cuanto al efecto final. Pongo sobre la mesa el refrán anglosajón que dice que el diablo está en los detalles. Un buen sistema tributario debe construirse sobre la base de una estructura de información que provea de forma simple y estructurada datos para la declaración de impuestos. Pese a notables avances, no siempre ocurre esto al momento de preparar y presentar la información de toda operación renta. Estos últimos años desde la adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera, se observa una brecha cada vez mayor entre la información contable y la tributaria, administrada por medio de controles manuales.
En términos prácticos, para esta declaración anual de impuestos debemos poner especial cuidado en la presentación y declaración de las pérdidas tributarias, dadas las singularidades con las cuales nos podemos encontrar (especialmente producto de la última reforma tributaria). Entre ellas, el caso de sociedades que presentan utilidades tributarias acumuladas con pérdidas de arrastre o pérdidas tributarias de ejercicios anteriores absorbidas por dividendos recibidos del ejercicio anterior o de este ejercicio, por nombrar algunas.
Presumo que este es el motivo de fondo, por el cual, SII incorporó dos códigos en el formulario 22 del presente año, que vienen a reponer la información de las pérdidas tributarias contenida en la declaración de la renta del año tributario 2017, con las cuales se controlaban los arrastres e imputaciones de las pérdidas.
Este es un ejemplo claro de cómo una reforma tributaria incide en el área chica, y lo que nos dice la práctica, toda modificación en las reglas del juego generará un incremento en los errores en las declaraciones de impuestos, lo que recaerá en mayores costos de cumplimiento, en un escenario donde la percepción y las formas de abordar esta temática se escapa muchas veces del entorno de negocios de cada contribuyente.
Bernardo Marchant
Socio de Sapag&González, ex director de Grandes Contribuyentes del SII
Fuente: www.estrategia.cl