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Gastos rechazados: recaudación aumenta 1.074% en 8 años

Análisis del estudio Recabarren&Asociados muestra un fuerte salto entre 2014 y 2017, lo que atribuye a cambios en la interpretación de la norma por parte del SII.

Uno de los debates del proyecto de Modernización Tributaria que ingresó el Ejecutivo a trámite, tiene que ver con la nueva definición de gastos, que corresponde al artículo 31 de la Ley de la Renta.

Según el cambio propuesto por Hacienda, el concepto se amplía para evitar una interpretación literal de la definición de gasto "necesario y obligatorio" de una empresa para funcionar a una que incorpore la razonabilidad del gasto y la vinculación con el giro del negocio. Esto, con el objetivo de acotar la discrecionalidad en la aplicación de la norma por parte del SII, que incluso ha llegado a los tribunales de justicia.

Es que el diagnóstico que motiva el cambio -común entre los estudios de abogados y expertos tributarios- es que la norma se ha convertido en un instrumento más recaudatorio que fiscalizador, por las sanciones que implican los gastos rechazados, de 40% sobre el monto rechazado si beneficia a un tercero, y de 10% sobre la tasa de global complementario, si beneficia a uno de los socios de la empresa.

Según un análisis del estudio Recabarren&Asociados, pese a no existir cambios normativos relevantes en los últimos años, ha habido un aumento explosivo de la recaudación por este concepto. Así con datos del SII, este aumento ha sido sistemático desde 2009, con un fuerte salto entre 2014 y 2017, al pasar $81.146 millones de recaudación, a $280.483 millones el año pasado (ver gráficos).

¿Qué hay detrás de este aumento? Manuel Montero, abogado de Recabarren&Asociados explica a que pueden haber varias razones. "Cambios de criterio por parte del Servicio, en el sentido de aplicar de la manera más estricta posible la norma, pasando en ciertos casos a absurdos o a niveles imposibles de cumplir", afirma.

El conflicto de fondo, subraya el abogado de Recabarren&Asociados, es "el problema es la interpretación que ha dado el SII a la palabra "necesarios", en el sentido que exige que sean indispensables o ineludibles, lo que puede llevar al extremo que sea el fiscalizador quien decida si un gasto era o no necesario, con lo que el SII se convierte en una especie de "administrador" decidiendo si los gastos eran o no correctos".

En esa línea, agrega que "la lista de gastos del artículo 31 actualmente se ha estado aplicando como que fueran los únicos gastos aceptados, olvidando que son casos especiales y no los únicos casos de gastos existentes".

Un tema no menor podría tener que ver con el financiamiento de la política, y el reconocimiento de algunas empresas de gastos sobre los cuales han debido pagar multas.

Montero admite que "en su momento tiene que haber influido", aunque complementa en que "esto no es determinante, considerando el alza sostenida de los últimos 8 años. Si bien habrán años en que la estadística está contaminada con este concepto, estimo que las razones de peso son los cambios de criterio". Desde esa perspectiva, coincide con la necesidad de ajustes en la normativa: "Considerando que no hay cambios normativos, solo se puede concluir que el aumento corresponde a un cambio de criterio sistemático del Servicio de Impuestos Internos, el cual no cambiará a menos que cambie la ley", concluye.


Fuente; www.pulso.cl

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