En los últimos 12 meses, el ausentismo laboral provocado por enfermedades ha promediado 10,4 días de faltas, según datos de la Cámara de Comercio de Santiago e Inmune, donde el 81% de estas se explica por licencias médicas de origen común, las que registraron un aumento de 22% entre los años 2012 y 2016.
¿Cómo se sabe si fue aceptada?
El cotizante se enterará a través de una resolución emitida por su sistema de salud, la cual será enviada por correo certificado al domicilio del afiliado dentro del plazo de dos días hábiles contando desde la fecha del pronunciamiento.
La isapre o Fonasa contará con la potestad de efectuar visitas al domicilio, con el fin de verificar el cumplimiento del reposo indicado en la licencia médica si así lo estiman conveniente.
¿Cuál es el plazo para presentarla?
En el caso de los trabajadores dependientes del sector privado, son dos los días hábiles con los que cuentan (desde el inicio del reposo) para presentar el certificado médico al empleador, mientras que los colaboradores del sector público contarán con tres días hábiles. En ambos casos, el empleador contará con otros tres días hábiles para tramitar la licencia ante la entidad que corresponda.
Por su parte, los empleados independientes deberán entregar la licencia médica directamente a la institución de salud en un plazo máximo de dos días hábiles desde la fecha de su emisión.
¿Qué sucede si rechazan la licencia?
Si la licencia médica es rechazada, el trabajador deberá reintegrarse a sus funciones habituales, salvo que reclame ante la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin), o bien, y en última instancia, ante la Superintendencia de Seguridad Social.
El plazo de que dispone el trabajador para apelar del rechazo de la licencia médica a la Compin es de 15 días hábiles, contados desde la recepción del pronunciamiento de la institución previsional respectiva.
De no quedar conforme con el resultado de esta reconsideración, el trabajador puede apelar a la Superintendencia de Seguridad Social, cuya resolución será irrevocable.
Fuente: Dirección del Trabajo y Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez.
¿Qué son las licencias médicas y quiénes pueden emitirlas?
Las licencias médicas son un derecho que poseen los trabajadores acogidos a un sistema de salud, ya sea Fonasa o isapres, que les permite ausentarse o reducir su jornada de trabajo durante un período determinado. Estas solo pueden ser prescritas por un médico cirujano (incluidos los psiquiatras), un cirujano dentista o una matrona.
10,4 fueron los días perdidos por ausentismo laboral provocado por enfermedades en los últimos 12 meses, según cifras de la CCS e Inmune.
US$ 1.600 mills. Gastaron en conjunto las isapres y Fonasa en el pago de licencias médicas durante el año pasado.
55 años o más es el rango de edad donde más inasistencias al trabajo se concentran por esta causa.
Fuente: www.emol.com