La movilidad geográfica es un tema país que se tomó la agenda pública, especialmente en temas laborales. De hecho, actualmente el gobierno trabaja en una propuesta que elevaría de 15% a 30% el número de trabajadores de otras nacionalidades en las compañías locales.
¿Qué porcentaje de trabajadores extranjeros puede tener una empresa?
El Código del Trabajo establece que, a lo menos, el 85% de los trabajadores que sirvan a un mismo empleador tendrán que ser de nacionalidad chilena. Es decir, el porcentaje de trabajadores extranjeros permitidos por empresa es de un 15%.
Sin embargo, se exceptúa de esta restricción a los empleadores o firmas que no cuenten dentro de su planilla con más de veinticinco trabajadores.
No obstante, el Gobierno, a través del proyecto de ley Misceláneo de Productividad y Emprendimiento, tiene una propuesta que elevaría el límite de contratación de extranjeros a 30%.
¿Qué necesitan las empresas para su contratación?
La empresa, institución o persona que contrate al trabajador extranjero deberá contar con un domicilio legal en Chile, que el contrato de trabajo esté firmado en Chile ante notario por el empleador y el trabajador o quien lo represente y que cuente con todas las disposiciones laborales y previsionales pertinentes. Junto con eso que, tratándose de profesionales o técnicos especializados, que estos acrediten su título respectivo legalizado en su país de origen.
Sumado a lo anterior, el empleador deberá garantizar -mediante una cláusula de viaje- el retorno con todos los costos asociados para el trabajador y su familia una vez finalizado el acuerdo laboral. Esta obligación del empleador existirá hasta que el extranjero salga del país u obtenga nueva visa o permanencia definitiva.
¿Qué es la visa sujeta a contrato?
Es el permiso que se otorga a los ciudadanos extranjeros que viajan a Chile con el objeto de cumplir con un contrato de trabajo. Se podrá otorgar este permiso a aquellas personas que se encuentren en el territorio nacional y que tengan el propósito de radicarse en el país con el mismo fin.
También se otorgará visa de residencia sujeta a contrato al cónyuge, padre e hijos de ambos o de uno de ellos, siempre que vivan a expensas del titular del permiso. Estos beneficiarios en condición de dependiente no están habilitados para realizar actividades remuneradas en el país. Este permiso caducará desde el momento en que se ponga término a la relación contractual por cualquiera de las partes, en donde el extranjero tendrá 30 días para presentar una nueva solicitud de residencia, acompañando el finiquito y un nuevo contrato de trabajo.
Fuente: Dirección del Trabajo
15% es el límite permitido para la contratación de extranjeros actualmente, el cual se busca elevar a un 30% mediante el proyecto de ley misceláneo de productividad y emprendimiento.
1.110.000 extranjeros se encuentran en territorio chileno, donde las regiones de Antofagasta y Metropolitana son las que concentran la mayor parte de estos.
6% de la población total de Chile es representada por inmigrantes. Perú, Colombia y Venezuela son los que tienen la mayor proporción.
Fuente: www.emol.com