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Obligación de empresas importadoras y comercializadoras de vehículos de entregar la información necesaria para la determinación de los avalúos.

Resolución 64, de 13 de agosto de 2018, Servicio de Impuestos Internos.

Establece un nuevo procedimiento para la declaración que, según lo señalado en el considerando tercero de esta Resolución, deben efectuar las empresas importadoras, distribuidoras y comercializadoras de vehículos motorizados nuevos. A partir del 01.09.2018 las empresas obligadas deberán entregar la información requerida a través de una declaración realizada vía internet, mediante la aplicación disponible en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos, "www.sii.cl", "Servicios online", opción "Tasación fiscal de vehículos", ingresando a "Declaración de Vehículos Motorizados.


Ver resolución [.PDF]

Nueva codificación de actividades económicas.