Un premio en dinero obtenido en un concurso de televisión, el pago por los derechos de autor de la canción de moda, o el ingreso que recibe el dueño de una propiedad por la instalación de una antena de telefonía móvil.
Son todos ejemplos en que una persona -natural o jurídica- puede recibir ingresos de un tercero, que deben ser incluidos en la propia declaración de renta y, si corresponde, estarán afectos a una devolución o al pago del Impuesto Global Complementario.
Sin embargo, la realidad muestra que no todos están enterados de esta obligación. De hecho, datos del Servicio de Impuestos Internos (SII) correspondientes al reciente proceso de Operación Renta 2018, muestran que de un total de 77.909 contribuyentes que, registrando ingresos durante 2017, no realizaron su declaración de renta, 6.004 correspondió precisamente a esta situación: personas naturales o jurídicas que obtuvieron rentas de terceros, por un total de $29.509 millones, unos US$ 45 millones.
¿Cómo el SII llegó a estos datos? Dicha información la obtuvo gracias a la Declaración Jurada (DJ) 1932, "de rentas nacionales o extranjeras, obtenidas mediante terceros, custodios o intermediadores, que no son instituciones financieras". En simple, es una nueva declaración jurada que rige desde el año tributario 2017 -o sea, este 2018 es la segunda vez en exigirse- y que forma parte de la reciente Reforma Tributaria, en el marco de las nuevas facultades fiscalizadoras que le fueron entregadas al SII en dicha ley. Esta DJ hace que esos terceros que remuneraron a una persona, deban declarar ante el SII dichos pagos, por lo que el Servicio obtiene el detalle sobre quiénes percibieron esas remuneraciones.
Por lo mismo, el SII fijó como uno de sus focos principales de fiscalización esta Declaración Jurada 1932. "Lo que buscamos es apoyar con todas las herramientas disponibles a quienes por desconocimiento puedan cometer errores en sus obligaciones tributarias y focalizar nuestras acciones de control más profundo a quienes, de manera reiterada o deliberada, no cumplen con dichas responsabilidades tributarias", dicen desde la entidad.
También explican que los motivos de este incumplimiento pueden ser diversos y son parte de la información que buscan identificar en la etapa de fiscalización que iniciaron hace un par de semanas. "Podrían encontrarse empresas que dejaron de funcionar y que no han dado aviso de término de giro, una reorganización empresarial, agentes que erróneamente ofrecen productos exentos, desconocimiento de los contribuyentes, entre otros", explican desde la institución.
Con todo, esos 6.004 contribuyentes que no declararon rentas percibidas desde terceros, es una cantidad baja respecto del total de contribuyentes que aparecieron con rentas percibidas por esta vía: 264.961 en esta operación renta 2018 (en 2017 habían sido 141.419 contribuyentes). Gran parte de los "declarantes" correspondió a Sociedades de Responsabilidad Limitadas (SRL) y Sociedades Anónimas Cerradas (SAC).
Cómo opera la DJ 1932
¿Quiénes deben presentar esta DJ 1932 ante el SII? Los contribuyentes que sean la contraparte contractual del beneficiario de la renta. Por ejemplo, una empresa eléctrica que paga derechos de servidumbre de paso a particulares (se excluyen los préstamos otorgados por bancos, instituciones financieras, cooperativas o cajas de compensaciones, entre otros).
También las empresas que prestan servicios de custodia de acciones o contratos trus t al beneficiario; y los intermediarios de operaciones de las cuales se obtiene una renta. Todo esto, a menos que estas rentas deban informarse en otras declaraciones juradas específicas.
La DJ 1932 debe, por regla general, presentarse hasta el día 21 de marzo del año siguiente a aquel en que el tercero ha percibido o devengado la renta.
¿Qué ocurría antes de la exigencia de esta DJ? Contrario a lo que podría pensarse, desde el SII explican no existía un vacío legal, ya que independiente que un agente retenedor y/o pagador no informara al SII las rentas de los contribuyentes, "estos últimos tienen la obligación legal de declarar sus impuestos, cuando corresponda (...) En Chile opera el principio de autodeterminación y la auto declaración de los impuestos", dicen en la entidad.
Según el SII, el Modelo de Gestión de Cumplimiento Tributario que ha llevado adelante en los últimos cuatro años se caracteriza por un énfasis preventivo, "dejando atrás la mirada puramente correctiva, considerando acciones de tratamiento proporcionales al nivel de cumplimiento tributario que se inician con la orientación y acompañamiento a nuestros contribuyentes".
Bajo este modelo, la institucionalidad tributaria ubica a los contribuyentes en cuatro niveles de riesgo: Alto (contribuyentes que no cumplen y tienen un impacto alto en la recaudación); Medio (cumple cuando es fiscalizado); Clave (cumple y su impacto es significativo en la recaudación); y Bajo (cumple).
En el caso específico de los 6.004 contribuyentes con rentas percibidas a través de terceros sin declarar, la gran mayoría (5.463) se ubica en el nivel "bajo" de riesgo; en la vereda contraria, los contribuyentes con riesgo "alto" alcanzan los 41 (ver infografía).
LA DECLARACIÓN JURADA 1932 debe, por regla general, presentarse hasta el día 21 de marzo del año siguiente a aquel en que el tercero ha percibido o devengado la renta.
Fuente: www.emol.com