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Publicada Resolución que establece estándar OCDE para intercambio automático de información financiera

SII compartirá información con 91 jurisdicciones, incluidos gran parte de los paraísos tributarios, acerca de personas y empresas con residencia tributaria en el extranjero que tienen inversiones en Chile.

El Servicio de Impuestos Internos publicó la Resolución que permite cumplir con el nuevo estándar internacional diseñado por la OCDE sobre intercambio automático de información financiera para combatir la evasión y elusión tributaria, CRS. Se trata de la Resolución N°48, cuya versión definitiva se publicó el 31 de mayo pasado, luego de que una semana antes finalizara el período de Consulta Pública de la normativa realizada a través de la página web de la institución para recibir las consultas y comentarios de los contribuyentes respecto de la materia.
 
La resolución marca la etapa final de implementación del Common Reporting Standard, CRS, que es un estándar internacional de intercambio automático de información financiera elaborado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), que busca evitar estrategias de planificación tributaria agresiva, y, de este modo, lograr que los contribuyentes de los distintos estados cumplan con el pago de los impuestos que les corresponden.
 
El proceso de implementación del CRS en nuestro país comenzó el año 2015, cuando Chile ratificó su compromiso de comenzar los intercambios de información a partir del año 2018. Las obligaciones de identificación de cuentas de residentes tributarios de otra jurisdicción que deben efectuar las instituciones financieras entraron en vigencia el año pasado, con la publicación en el Diario Oficial del decreto de Hacienda N°418 que aprobó el reglamento respectivo.

De esta manera, las instituciones financieras deben presentar al Servicio de Impuestos Internos una Declaración Jurada anual, a más tardar el 30 de junio de cada año, informando cada una de las “Cuentas Financieras Relacionadas con Personas con Residencia Tributaria en el Extranjero” que hayan sido mantenidas en ellas en cualquier tiempo, desde el 1 de enero al 31 de diciembre del año calendario anterior, sin perjuicio de las normas especiales que se indican en la Resolución para los años 2018 y 2019. Se trata de datos básicos de extranjeros residentes en Chile, como nombre, domicilio, tipo de cuenta, nombre de institución financiera y saldo en la cuenta al 31 de diciembre de cada año.
 
Cabe hacer presente que para que las instituciones financieras cumplan con su obligación de reportar, deben previamente estar enroladas siguiendo el procedimiento señalado en la página  Intercambios de Información – Estándar CRS, disponible en sii.cl, para efectos de estar habilitados para poder remitir la Información al SII.
 
La información recabada acerca de las cuentas cuyos titulares o controladores sean residentes tributarios de otros países, será enviada automáticamente por el SII a la autoridad tributaria del país de residencia de esos contribuyentes, sobre la base de tratados internacionales, antes del 30 de septiembre de cada año.
 
Por su parte, el SII recibirá, de parte de las demás autoridades tributarias, la información sobre las cuentas financieras que los contribuyentes de Chile (residentes tributarios de Chile) tengan en instituciones financieras extranjeras.

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