El empleador debe dar aviso inmediato a la mutualidad a la que está adherida la empresa con el fin de que el trabajador sea trasladado al servicio de urgencia de la mutualidad, quien debe otorgarle asistencia de manera inmediata, sin la exigencia de ninguna formalidad o trámite previo.
Si por determinadas circunstancias el trabajador fuera atendido en una unidad hospitalaria distinta a la de su organismo administrador, una vez estabilizado y con la certificación del médico tratante, será trasladado a las dependencias médicas de su mutualidad.
Posteriormente, el empleador deberá denunciar el accidente a través del formulario DIAT (Denuncia Individual de Accidente de Trabajo).
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