Circular 25, de 24 de abril de 2018, Servicio de Impuestos Internos.
El pago diferido se genera a raíz de la solicitud del contribuyente para no pagar el total del impuesto calculado en su Formulario N° 22 de Impuestos Anuales (código [91]), al momento de efectuar su declaración de Renta. En Circular N° 17 de fecha 17 de marzo de 2006, se emiten las instrucciones relacionadas con el pago diferido del impuesto a la renta, el cual se debe solicitar en la Unidad correspondiente a la jurisdicción del contribuyente. La presente Circular tiene por objeto instruir sobre la solicitud del pago diferido del impuesto a la renta, a través de Internet, complementando la Circular antes señalada.