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Cómo obtener beneficios tributarios mediante su crédito hipotecario, APV o el pago del colegio de sus hijos

Ante la situación obligatoria en que se encuentran los contribuyentes a declarar impuestos en la Operación Renta 2018, existen algunas opciones a las que estos pueden acceder con el objetivo de rebajar su renta bruta imponible; o bien, contar con una devolución de gravámenes, siendo bien recepcionada tras los gastos incurridos, principalmente, en el mes de marzo.

Fuente: www.emol.com

Ante la situación obligatoria en que se encuentran los contribuyentes a declarar impuestos en la Operación Renta 2018, existen algunas opciones a las que estos pueden acceder con el objetivo de rebajar su renta bruta imponible; o bien, contar con una devolución de gravámenes, siendo bien recepcionada tras los gastos incurridos, principalmente, en el mes de marzo.

 

 

Con la llegada de abril se dio inicio oficial al proceso en el cual las personas deben declarar los ingresos obtenidos durante el año anterior y pagar los impuestos correspondientes a dichas rentas, sumario de nombre Operación Renta 2018.

Pese a los problemas que se generaron a comienzos de semana en la página web del Servicio de Impuestos Internos (SII), el sistema ya se encuentra operativo para que las personas realicen sus declaraciones correspondientes.

Si bien es un proceso que se realiza todos los años, existen algunos beneficios para los contribuyentes que permiten recibir una devolución o rebaja del total de impuestos a pagar en la operación, siendo bien recepcionada tras los múltiples gastos que se generan en, principalmente, el mes de marzo.

Uno de los más conocidos es el de rebajas o devolución por servicios profesionales, en donde las personas que emiten boletas de honorarios -en su mayoría trabajadores independientes- pueden rebajar los gastos efectivos en que hayan incurrido en la prestación de sus servicios, o un monto de gasto presunto equivalente al 30% de la renta. Para este caso, el tope máximo de rebaja es de 15 unidades tributarias anuales (UTA), cerca de $8,5 millones.

Rebaja de impuestos por gastos en educación: solo para hijos en el colegio

Este es un beneficio para los padres y madres, el cual establece que por cada hijo, menor de 25 años al finalizar 2017, que se encuentre matriculado en una institución de educación media o menor y que cuente con un mínimo de asistencia del 85% podrá acceder a una rebaja de impuestos en la declaración de renta. Para este período tributario, el beneficio tope al que se puede acceder es de 4,4 UF por cada hijo, unos $118 mil, que se dividen en partes iguales entre ambos padres.

Según explica la senior manager en consultoría de personas de EY, Bárbara Veloso, "uno de los requisitos básicos para poder acceder a este beneficio es que la renta conjunta anual de ambos padres no supere las 792 UF, cerca de $21 millones".

Desde el SII señalan que mientras se llegue a un común acuerdo, los padres pueden optar por designar a uno de ellos como el beneficiario del 100% de la rebaja mediante una declaración jurada simple en su sitio web. De no ser así, el monto reembolsado será dividido en partes iguales.

Exento de impuesto como incentivo de ahorro

"Este beneficio tributario a personas naturales consiste en que los intereses, dividendos y otras ganancias provenientes de los instrumentos en que se haya invertido se descuentan de los ingresos gravados con Impuesto Global Complementario mientras estos no sean retirados", explica Rodrigo Benítez, de BDO.

Asimismo, los trabajadores dependientes que solo perciben su sueldo como único ingreso declarado, poseen el beneficio de la exención de intereses por rescate de fondos mutuos siempre y cuando sus límites de renta se encuentren dentro del rango de 20 a 30 UTM, unos $900 mil a $1,5 millones, respectivamente, según explica Bárbara Veloso, de EY.

Descuentos por donaciones solo en entidades certificadas

Este beneficio es un crédito contra el impuesto o una rebaja de la base de impuesto, dependiendo de la donación que se trate.

Sin embargo, para optar a la franquicia no basta con realizar dicha donación, sino que se debe cumplir con diferentes requisitos con distintos topes, además de que la institución receptora debe encontrarse certificada por el SII.

Algunas de estas normas que facilitan este beneficio en contra de los impuestos personales son las que se realizan para fines sociales, a universidades o con fines educativos, para fines culturales deportivos y de reconstrucción, entre otros.

En cuanto a las instituciones, tras ser certificadas como receptoras por el SII, estas deberán de informar anualmente a la institución fiscalizadora los datos de sus dadores, para que se realice el descuento por planilla a la hora de que los donantes hagan su declaración de impuestos.

Desde extranjeros hasta fomento a la inversión

Y aportes por el Papa El beneficio que tienen los extranjeros es temporal, quienes durante sus primeros tres años de estadía en Chile pagan impuestos solo por la renta de fuente chilena. Esta última es la que proviene de bienes situados o de servicios prestados en el país.

"Es así como los ingresos que les lleguen a ellos desde el extranjero no pagan impuestos durante estos primeros tres años", explica Bárbara Velasco, de EY Chile.

Otra garantía dentro de las que existen en materia de ahorro y/o rebajas es el fomento a las inversiones en acciones y fondos acogidos al artículo 107 de la Ley de Renta. Según Rodrigo Benítez, de BDO, "las personas que han invertido en acciones o fondos de este tipo no deberán pagar impuestos por las ganancias que se produzcan por la venta". Es decir, al enajenar una acción que posea presencia bursátil y que haya sido adquirida mediante un corredor de bolsa o algún tipo de instrumento, las ganancias que se puedan haber generado en esa transacción quedan afectas a impuestos; pero se tiene la obligación de reportarlo en la declaración mediante un recuadro informativo que no generará créditos ni rebajas.

En tanto, para este y el próximo año se sumará un descuento a las contribuciones que se realizaron para la venida del Papa Francisco en enero pasado, en donde se estableció un beneficio únicamente para los contribuyentes que declaren sus rentas efectivas mediante un balance general o estén acogidos al artículo 14 ter A) de la LIR, por lo que no habría un beneficio especial para los trabajadores dependientes o independientes. Estas cargas deberán ser declaradas en este período si los aportes fueron hechos hasta el 31 de diciembre de 2017. Las que se realizaron en enero pasan a la próxima declaración tributaria.

Devolución de intereses por dividendos hipotecarios

Los intereses pagados por créditos con garantía hipotecaria son posibles de recuperar mediante este beneficio, el cual es destinado para adquirir o construir una o más viviendas, o bien, en créditos de igual naturaleza destinados a pagar los créditos señalados, según información proporcionada por el SII.

Según explica el socio tax & legal de BDO, Rodrigo Benítez, "es posible rebajar por este concepto intereses de hasta $4.540.000 aproximadamente", equivalentes a 8 UTA, considerando las siguientes restricciones. En caso de que la renta bruta imponible anual sea menor a 90 UTA ($50,7 millones), la rebaja será del monto total de intereses pagados durante el período 2017. Entre 90 y 150 UTA ($84,5 millones), la devolución será proporcional a los intereses cancelados siempre respetando el tope máximo. Superior a este último rango de renta, no se tiene derecho a rebaja alguna.

Beneficio del APV con un tope anual de 600 UF

Los contribuyentes podrán rebajar los intereses pagados mediante la herramienta del APV (Ahorro Previsional Voluntario), con un tope mensual de 50 UF, equivalente a 600 UF anuales, siempre y cuando estos hayan efectuado sus respectivas cotizaciones obligatorias (AFP) y depósitos de APV, cotizaciones voluntarias o APV colectivos (realizados por el empleador).

En el caso de los trabajadores dependientes, estos podrán obtener rebajas de forma mensual o anual mediante los intereses que se generan por el descuento en sus remuneraciones con un máximo de $1,3 millones (50 UF).

En cuanto a los independientes, estos deberán realizar el trámite de forma anual con un monto tope de 600 UF ($16 millones). "Cabe señalar que para este tipo de contribuyentes no operan los ahorros previsionales colectivos, dada su naturaleza", señalan desde el SII.

Nueve de abril vence el plazo para la presentación de declaraciones juradas.

3,6 mills. de declaraciones se espera recibir en el proceso de Operación Renta 2018

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