Respecto de los ingresos, deberá individualizarse con el RUT a cada una de las personas naturales o jurídicas de quienes se percibió el 80% de los ingresos más importantes, sean estos domiciliados o residentes en Chile o el extranjero.
Fuente: http://www.pulso.cl/
Por Ximena Niño
Recientemente el Servicio de Impuestos Internos (SII) publicó la Resolución N° 103 que contiene la nueva declaración jurada N° 1945, que obliga a informar al ente regulador en junio de 2018 los ingresos obtenidos y los egresos realizados en el año comercial 2017 a las entidades sin fines de lucro como corporaciones, fundaciones, asociaciones, sindicatos, cooperativas, organizaciones no gubernamentales, organizaciones religiosas, y a toda entidad que se encuentre inscrita en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro del Registro Civil, que en el año 2017 tengan ingresos superiores a UF12.000, así como también a los partidos políticos y corporaciones municipales, con independencia del monto de sus ingresos.
Debido a que será la primera vez que estas entidades tendrán que proveer al SII la información requerida, sean o no sean contribuyentes de algún impuesto, deberán prepararse para entregar de manera adecuada la información solicitada.
Respecto de los ingresos, deberá individualizarse con el RUT a cada una de las personas naturales o jurídicas de quienes se percibió el 80% de los ingresos más importantes, sean estos domiciliados o residentes en Chile o el extranjero, el 20% restante se deberá informar como un solo ítem. De igual forma, en los egresos se deberá informar con el RUT a cada una de las personas domiciliadas en Chile o en el extranjero que percibieron el 80% de los egresos más importantes realizados en el año, agrupando también en un solo ítem el 20% restante.
Otros antecedentes que se tendrán que informar son los siguientes: pagos realizados a personas relacionadas con los directores, administradores, asociados o fundadores de tales entidades; todas las exenciones que aplican de cualquier impuesto; los bienes raíces de su propiedad y el uso de los mismos. Por otra parte, las remuneraciones y honorarios quedan excluidos de esta nueva declaración, puesto que dicha información debe proveerse a través de otras declaraciones juradas.
Además, resulta importante que las entidades mencionadas se preparen con tiempo para cumplir con este nuevo requerimiento y no tengan que incurrir en multas por presentar declaraciones juradas fuera de plazo, incompletas o erróneas.
*La autora es socia Tax & Legal de Deloitte.