Búsqueda

Consiste esta infracción, en la presentación de una declaración incompleta o errónea, la omisión de balances o documentos anexos a la declaración o presentación incompleta de éstas, que pueda inducir a la liquidación de un impuesto inferior al que corresponda, salvo que el contribuyente pruebe que ha empleado la debida diligencia.

Esta infracción consiste en no llevar adecuadamente los medios de prueba y la documentación soportante del contribuyente o bien presentar una declaración inconsistente, lo que trae como consecuencia que el contribuyente haya declarado un impuesto menor.

Se señala por la norma que el contribuyente se exonera de responsabilidad si acredita que ha empleado la debida diligencia.
La sanción es pecuniaria:

Multa del 5% al 20% de las diferencias de impuestos que se adeuden.

Formulario de feedback
  • Contenido
  • Diseño
  • Estructura
  • Ingeniería