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El principio consagrado en el Código Civil, es que la ley tiene vigencia dentro del territorio del Estado y sólo excepcionalmente se aplica fuera de él. El Código Tributario no trata en absoluto el tema de la territorialidad de la ley, materia que sí es regulada en los siguientes textos legales tributarios:

- Ley de impuesto a la Renta

El D.L. N°824, en su artículo 3º, consagra el principio de que toda persona domiciliada o residente en Chile pagará impuestos sobre sus rentas de cualquier origen, sea que la fuente de ellas esté o no en Chile. Agrega la misma disposición que los no residentes en el país deberán pagar impuestos por las rentas cuya fuente está en el país.

El inciso segundo de este precepto establece que el extranjero con domicilio o residencia en Chile, durante los 3 primeros años contados desde su ingreso al país, sólo estará afecto a los impuestos que gravan las rentas de fuentes chilenas, franquicia que se puede prorrogar en casos calificados.

Cabe señalar que, en este caso, el beneficio no opera de pleno derecho sino que se debe solicitar autorización previa del Director Regional.

- Ley de Impuesto a las ventas y servicios

El D.L. N°825 señala que estarán gravados con el impuesto de esa ley la venta de bienes corporales muebles e inmuebles gravados por dicha ley, ubicados en territorio chileno, independiente del lugar en que se celebre la transacción. Al igual, se gravarán los servicios prestados o utilizados en el territorio nacional, sea que la remuneración se pague o perciba en Chile o el extranjero. Se entiende que el servicio es prestado en Chile independiente del lugar donde se utilice.

- Ley de impuesto de herencia

Esta ley, en su artículo 1º, señala que para determinar el impuesto a pagar que recae sobre la masa hereditaria se deberán colacionar los bienes que están en Chile con los situados en el extranjero. Señala la misma ley, que en las sucesiones de extranjeros, los bienes situados en el extranjero se deberán colacionar sólo si hubiesen sido adquiridos con recursos provenientes del país.

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