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Resolución N°32 (12/03/2013)

Modifica plazo de presentación de Declaración Jurada Formulario 3325, establecida por Resolución Ex SII N° 57, de 2011, que establece la obligación de presentar esta declaración a los contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado que tengan derecho a recuperar el Impuesto Específico a los Combustibles en virtud de la Ley N° 20.493. (Extracto de Resolución publicado en el D.O de fecha 15.03.2013)

Documentos relacionados

CIRCULAR

Circular N°47 (12/07/2016)

Imparte instrucciones sobre declaración y pago del impuesto a las emisiones de compuestos contaminantes producidas por fuentes fijas, contenido en el artículo 8° de la Ley N° 20.780, de 29 de septiembre de 2014, modificado por el artículo 8° N°2, de la Ley N° 20.899, de 8 de febrero de 2016, que simplifica el sistema de tributación a la renta y perfecciona otras disposiciones legales. Deroga Circular N° 52, de 2015 (Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 19.07.2016).

Circular N°25 (03/05/2016)

Adecua instrucciones de acuerdo a las modificaciones introducidas por la Ley N° 20.899, que simplifica el sistema de tributación a la renta y perfecciona otras disposiciones legales, a los artículos 75, 84 bis y 88 del Código Tributario. Complementa Circulares N°s 43, de 2015 y 51, de 2015. (Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 07.05.2016).

Circular N°21 (19/04/2016)

Instruye sobre la vigencia y transición de las normas contenidas en la Ley N° 20.899, de 8 de febrero de 2016, que simplifica el sistema de tributación a la renta y perfecciona otras disposiciones legales tributarias. (Reforma Tributaria).(Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 23.04.2016).

Circular N°13 (24/03/2016)

Imparte instrucciones sobre las modificaciones introducidas por la Ley N° 20.899, que simplifica el sistema de tributación a la renta y perfecciona otras disposiciones legales tributarias, en lo que dice relación con el D.L. N° 825 sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, Ley 20.780 y Art. 21°, del D.L. N° 910, sobre crédito especial de empresas constructoras.

Circular N°60 (07/07/2015)

Modifica instrucciones impartidas en Circular N° 23, del 03 de Mayo de 2013, referente a la obligación de informar ciertas modificaciones directamente al Servicio de Impuestos Internos para Sociedades por Acciones, Sociedades en Comandita por Acciones, Sociedades Anónimas Cerradas y Sociedades Anónimas de Garantía Recíproca.

Circular N°52 (23/06/2015)

Imparte instrucciones sobre declaración y pago del impuesto a las emisiones de compuestos contaminantes producidas por fuentes fijas, contenido en el artículo 8° de la Ley N° 20.780, de 29 de septiembre de 2014, sobre Reforma Tributaria (Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 27.06.2015). Derogada por Circular N° 47, de 2016.

Circular N°43 (09/06/2015)

Facultad de exigir la emisión de facturas y boletas especiales en medios distintos al papel, de acuerdo a lo dispuesto por el nuevo inciso cuarto del artículo 88 del Código Tributario incorporado por la Ley N° 20.780, sobre Reforma Tributaria (Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 16.06.2015) Complementada por Circular N° 25, de 2016.

Circular N°21 (24/03/2015)

Instruye sobre procedimiento para efectuar el Acuse de Recibo señalado en el nuevo N°7 del artículo 23 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 28.03.2015).

Circular N°55 (16/10/2014)

Instruye sobre la vigencia y transición de las normas contenidas en la Ley N° 20.780, de 29 de septiembre de 2014, sobre reforma tributaria, que modifica el sistema de tributación a la renta e introduce diversos ajustes en el sistema tributario. (Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 21.10.2014). Complementada por Circular N° 42, de 2016.

Circular N°56 (27/11/2013)

Imparte instrucciones sobre cesión de créditos contenidos en una factura electrónica y establece procedimiento de anotaciones, correcciones o revocaciones de anotaciones en el Registro Público Electrónico de Transferencias de Crédito. Deroga Circular N° 23 de 2005 y Circular N° 27 de 2009(Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 30.11.2013)

Circular N°23 (03/05/2013)

Imparte instrucciones sobre cumplimiento de obligaciones de Inscripción en el Rol Único Tributario, dar Aviso de Inicio de Actividades y Aviso de Modificaciones, a partir de la vigencia de la Ley N° 20.659, de 2013, que simplifica el régimen de constitución, modificación y disolución de las sociedades comerciales.(Modificada por Circular N° 60, de 2015.)

Circular N°51 (08/11/2012)

Imparte instrucciones para la aplicación de la Ley N° 20.493, la cual crea nuevos mecanismos de protección para los contribuyentes de los Impuestos Específicos establecidos en la Ley N° 18.502, ante las variaciones en los precios internacionales de algunos combustibles derivados del petróleo, en lo que dice relación al sistema denominado SIPCO. (Extracto de Resolución publicado en el D.O. de 13.11.2012.)

Circular N°62 (19/11/2009)

Factibilidad de efectuar en diarios electrónicos las publicaciones dispuestas por las Resoluciones N° 109, de 1976, y N° 2301, de 1986, como medios válidos para que los contribuyentes puedan realizar en ellos las publicaciones que corresponden en caso de pérdida, inutilización, robo o hurto de facturas, facturas de compra, guías de despacho, notas de débito o notas de crédito, liquidaciones o liquidaciones facturas (Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 23.11.2009)

Circular N°27 (08/05/2009)

Modifica instrucciones contenidas en la Circular N°23, del 14 de Abril de 2005, en el sentido de dejar en carácter de opcional la inclusión en el archivo electrónico de cesión la imagen de la representación impresa del documento cedido. Derogada por la Circular N°56, de 27.11.2013.

Circular N°56 (03/10/2008)

Rebaja transitoria en la tasa del impuesto específico a las gasolinas contenido en el artículo 6 de la Ley 18.502.

Circular N°40 (10/07/2008)

Recuperación parcial del impuesto específico al petróleo diesel establecido en el artículo 6° de la Ley N° 18.502, por las empresas de transporte de carga, según lo establecido por el artículo 2° de la Ley N° 19.764, y sus modificaciones posteriores.

Circular N°11 (14/02/2008)

Imparte instrucciones para inscripción en el registro de agentes de aduanas acogidos a la Resolución N° 18 del 01 de febrero de 2008. Traslado de mercaderías desde los recintos portuarios de Valparaíso hasta la dirección de destino utilizando una copia de la Declaración de Ingreso (DIN).

Circular N°60 (03/11/2006)

Modifica el párrafo primero relativo a la compra efectuada a un vendedor de la letra H), número 2), del enunciado 20) Tributación de comisionistas, consignatarios, martilleros y, en general de toda persona que compre o venda por cuenta de terceros vendedores, de la Circular N° 126, de 23 Septiembre de 1977.

Circular N°54 (03/10/2006)

Emisión de las notas de débito, para los efectos de la aplicación del Decreto Ley N° 825, de 1974. Notas de crédito.

Circular N°49 (13/09/2005)

Tipificación como infracción tributaria de la omisión de la tercera copia cuadruplicado, que exige el artículo primero de la Ley 19.983, en facturas y guías de despacho.

Circular N°32 (20/06/2005)

Instruye sobre las acciones de presencia y de verificación de la representación impresa de un documento tributario electrónico.

Circular N°23 (14/04/2005)

Define archivos electrónicos aplicables a la cesión traslaticia de dominio de créditos contenidos en una factura electrónica y la anotación de las cesiones en el registro público electrónico de transferencias de créditos. Derogada por Circular N°56, de 27.11.2013.

Circular N°43 (31/08/2004)

Instrucciones sobre el establecimiento de Bolsas de Productos Agropecuarios. Ley N° 19.220, devengo especial del IVA.

Circular N°11 (02/03/2004)

Resume las disposiciones relativas a las obligaciones tributarias de los establecimientos de educación.

Circular N°47 (12/09/2003)

Aumenta tasa del IVA y reitera instrucciones sobre devengo del impuesto.

Circular N°34 (02/05/2002)

Instrucciones sobre la determinación o visación opcional del impuesto que afecta a los vehículos que utilicen como combustible, gas natural comprimido o gas licuado de petróleo.

Circular N°98 (24/12/2001)

Instruye sobre obligación de cancelar los giros efectuados por concepto de declaración fuera de plazo y/o rectificatorias de Formulario 29, para efectos de solicitar autorización de timbraje de documentos.

Circular N°93 (19/12/2001)

Actualiza instrucciones sobre procedimientos que deben observarse en caso de detectarse documentos que no dan derecho a crédito fiscal. Deroga Circulares N° 59 y 73, ambas de 1996.

Circular N°92 (11/12/2001)

Instrucciones sobre Resolución N° Ex. 40 de 2001, la cual dispone que todo vendedor o prestador de servicios podrá ejercer la opción de cambio de sujeto de derecho del IVA, durante el período que indica, para todas las operaciones que realicen con otros contribuyentes del IVA, inscritos como agentes retenedores.

Circular N°60 (04/09/2001)

Instruye sobre procedimiento a seguir en caso de detección de facturas falsas, en que no corresponda ejercer, en principio, una acción para perseguir la aplicación de sanciones por delito tributario. Derogada por la Circular N° 8 de 2010.

Circular N°39 (02/06/2000)

Imparte instrucciones sobre modificaciones introducidas a la Resolución Ex. N° 6080, de 1999, por las Resoluciones Exs N° 6444 y 8377, de 1990, que regulan el otorgamiento de documentos tributarios para acreditar los ingresos provenientes de operaciones exentas o no gravadas con IVA.

Circular N°32 (09/06/1999)

Elimina la autorización de facturas ocasionales, para acreditar servicios personales prestados por personas naturales sin domicilio ni residencia en Chile.

Circular N°30 (04/06/1999)

Sustitución a contar del 1° de enero del año 2000 y a contar del 1° de enero de 2001, de la tasa de impuesto específico a las gasolinas automotrices que se establece en el artículo 6° de la Ley N° 18.502.

Circular N°80 (24/12/1998)

Tasas de los impuestos a los tabacos manufacturados a contar del 1° de enero de 1999.

Circular N°78 (15/12/1998)

Instruye sobre nuevos requisitos para la emisión de facturas y guías de despacho en operaciones realizadas en locales o establecimientos destinados a la atención directa a consumidores.

Circular N°73 (19/11/1998)

Procedimiento a seguir para definir la utilización de maquinas registradoras, para la emision de vales-boletas ó facturas. Ver Resolución Nº 6.761, de 1998.

Circular N°64 (26/10/1998)

Instrucciones sobre Resolución N°Ex. 5.927 de 1998 respecto de los requisitos y procedimientos de la solicitud de devolución que deben presentar los compradores de carne o beneficiario de servicios de faenamiento de ganado de acuerdo a la obligación establecida mediante la Resolución N°Ex. 2.705 de 1998 (Circular N° 51 de 1998).

Circular N°51 (31/08/1998)

Instrucciones sobre Resolución N° Ex. 2.705 de 1998 modificada por la Resolución N° Ex. 3.784 de 1998, respecto de la obligación establecida a los mataderos y plantas faenadoras a incluir en las facturas que emitan por servicios de faenamiento un 5% de retención, además del IVA, por el servicio prestado.

Circular N°50 (28/08/1998)

Elimina timbraje de rollos de auditoria, de maquinas autorizadas para emitir documentos por medio mecanizados en reemplazo de las boletas de ventas y servicios. Ver Resolución Nº 4.947, de 1998.

Circular N°48 (28/08/1998)

Instrucciones sobre Resolución N° Ex. 2.379 de 1998 modificada por Resolución N° Ex. 3.785 de 1998, respecto del cambio parcial de sujeto de derecho del IVA en las ventas de ganado vivo.

Circular N°37 (06/07/1998)

Establece procedimiento de operación en las ventas de colaciones por medio de vales o cupones.

Circular N°18 (05/03/1998)

Complementa instrucciones impartidas en las Circulares Nº 77, de 23 de Diciembre de 1997 y Nº 16 ,de 18 de Febrero de 1998, sobre declaraciones juradas a presentar al SII.

Circular N°63 (16/10/1997)

Prestadores de servicios que efectúen transporte de pasajeros y carga entre dos puntos del extranjero, son considerados exportadores.

Circular N°28 (17/04/1997)

Instrucciones sobre Resolución N° Ex. 4.182 de 1996, respecto del cambio total de sujeto de derecho del IVA, en las ventas de chatarra que realicen "vendedores" a determinados adquirentes.

Circular N°26 (14/04/1997)

Instrucciones sobre Resolución N° Ex. 5.552 de 1996, modificada por la Resolución N° Ex. 16 de 1997, respecto del cambio parcial de sujeto de derecho de IVA, en las ventas de legumbres que realicen "vendedores" a exportadores y a otros adquirentes.

Circular N°25 (14/04/1997)

Instrucciones sobre Resolución N° Ex. 539 de 1997, respecto de la emisión por las Municipalidades, de un documento denominado Guía de traslado de Productos Agrícolas, que ampara el traslado de los productos de los Pequeños Productores Agrícolas a quienes les retiene el IVA a los lugares de comercialización.

Circular N°24 (14/04/1997)

Instrucciones sobre Resolución N° Ex. 5.550 de 1996, modificada por Resolución N° Ex. 15 de 1997, respecto del cambio parcial de sujeto de derecho del IVA, en las ventas de trigo que realicen "vendedores" a molinos, fábricas de fideos, de sémolas y otros adquirentes.

Circular N°23 (14/04/1997)

Instrucciones sobre Resolución N° Ex. 5.551 de 1996 modificada por la Resolución N° Ex. 17 de 1997, que disponen una retención parcial del IVA, como anticipo que deben efectuar por sus ventas de harina de trigo los molinos y otros "vendedores".

Circular N°13 (24/02/1997)

Instrucciones sobre Resolución N° Ex.4.181 de 1996 respecto del cambio de sujeto de derecho en las ventas de productos silvestres, que realice a exportadores y acopiados.

Circular N°73 (20/12/1996)

Facturas que no se objetan cuando adolezcan de defectos, para los efectos del N° 5 del Articulo 23 de la Ley del IVA.

Circular N°62 (18/10/1996)

Instrucciones sobre Resolución N° Ex. 4325 de 1996 respecto del cambio parcial del sujeto de derecho del IVA, en las ventas de madera. Cambio total del sujeto de derecho del IVA en casos especiales.

Circular N°59 (17/10/1996)

Refunde y actualiza instrucciones impartidas sobre procedimientos que deben observarse en caso de detectarse documentos irregulares.

Circular N°44 (02/08/1996)

Base imponible del IVA en los servicios de conservación, reparación y explotación de bienes de uso publico, cuyo precio se paga con la concesión temporal del derecho a explotarlos.

Circular N°34 (05/07/1996)

Imparte instrucciones relativas a situación tributaria y trámites que deben realizar los expositores que participen en ferias o muestras nacionales o internacionales.

Circular N°28 (05/06/1996)

Instrucciones sobre Resolución N°Ex. 2.192 de 1996 respecto de la retención del Impuesto de tabacos manufacturados que deben efectuar los usuarios de zonas francas.

Circular N°27 (31/05/1996)

Instrucciones sobre Resoluciónes N° 2.190 y N° 2.171 ambas de 1996, respecto de la retención del IVA, de los impuestos adicionales del DL N° 825 de 1975, que deben efectuar los usuarios de zonas francas.

Circular N°25 (16/05/1996)

Instrucciones relativas a los documentos que deben emitirse en las transacciones de monedas extranjeras, efectuadas en el mercado informal por particulares, cuando el valor de la transacción es por un monto equivalente o superior a US$ 10.000.

Circular N°20 (16/04/1996)

Instrucciones relativas a la utilización de un sistema electrónico para la emisión, transmisión y recepción de documentos tributarios por los contribuyentes.

Circular N°15 (15/03/1996)

Instrucciones sobre Resolución N° Ex. 260 de 1996, respecto del cambio parcial de sujeto de derecho del IVA, en las ventas de arroz que realicen "vendedores" a molinos de arroz y otras adquirentes.

Circular N°14 (13/03/1996)

Amplia, complementa y modifica Circulares N°s. 4, 17, 19 y 20, de fechas 10.01.1995, 10.05.95, 11.05.95 y 11.05.95. Las partes de esta circular referentes a la solicitud de RUT y a la declaración de inicio de actividades fueron derogadas por la Circular N° 31 de 01 de junio de 2007. Las partes de esta circular referentes a verificación de actividades fueron derogadas por la Circular N° 10 de 20 de enero de 1998. Timbraje de documentos.

Circular N°43 (31/10/1995)

Instrucciones sobre Resolución N° Ex. 3.887 de 1995 respecto del cambio total de sujeto de derecho del IVA, en las ventas de chatarra que realicen "vendedores" a determinados adquirentes.

Circular N°40 (23/10/1995)

Establece obligaciones de emisión de documentos tributarios y registros de operación en libros a contribuyentes dedicados al analisis de oro y platino. Ver Resolución Nº 4750, de 1995.

Circular N°34 (09/08/1995)

Modificaciones introducidas por la Ley N° 19.398, al D.L N° 828, sobre Impuesto a los tabacos manufacturados y a la Ley 18.502, sobre impuesto a las gasolinas automotrices y al petróleo diesel.

Circular N°25 (09/06/1995)

Instrucciones sobre Resolución N° Ex. 1871 de 1995 respecto, de los requisitos y condiciones que deben reunir las empresas que puedan retener el IVA a los pequeños productores agrícolas, que tienen el derecho a solicitar la devolución de los créditos fiscales de acuerdo al régimen establecido por la Ley N° 19.034 de 1991.

Circular N°24 (09/06/1995)

Instrucciones sobre Resolución N° Ex. 1872 de 1995 respecto de los requisitos y procedimientos para impetrar la devolución de los créditos fiscales de IVA para los pequeños productores agrícolas que sean personas naturales acogidas a renta presunta, por el impuesto retenido por el adquirente, según régimen establecido por la Ley N° 19.034 de 1991.

Circular N°19 (11/05/1995)

Imparte instrucciones sobre timbraje de documentos. Incluye facturas de exportación.

Circular N°55 (30/12/1994)

Fecha en la que se entiende entregados los bienes que se exportan, para los efectos de lo dispuesto en el artículo 55 del D.L N° 825, de 1974.

Circular N°54 (26/12/1994)

Instrucciones sobre Resolución N° Ex.5024 de 1994 respecto del cambio parcial de sujeto de derecho del IVA, en las ventas de tipo que realicen "vendedores" a molinos fábricas de fideos, de sémolas y a otros adquirentes.

Circular N°53 (26/12/1994)

Instrucciones sobre Resolución N° Ex.5025, de 1994, respecto de la obligación que tienen los molinos y otros contribuyentes, a incluir además del IVA un 12% de retención en las facturas que emitan por las ventas de harina de trigo que efectúen.

Circular N°39 (20/09/1994)

Instrucciones sobre Resolución N° Ex.3707 de 1994, respecto del cambio de sujeto de derecho del IVA, en las ventas de productos silvestres, que realice toda persona que sea o no contribuyente a los exportadores o acopiadores.

Circular N°23 (13/04/1994)

Precisa instrucciones respecto del cambio de sujeto del derecho del IVA en las ventas de especies hidrobilógicas, según Resoluciones N° Ex. 3664 y N°Ex.5754 ambos de 1993.

Circular N°2 (03/01/1994)

Instrucciones sobre Resolución N° Ex. 6176, de 1993, respecto del cambio parcial de sujeto de derecho de IVA, en las ventas de trigo que realicen "vendedores" a molinos, fábricas de fideos de sémolas y a otros adquirentes.

Circular N°1 (03/01/1994)

Instrucciones sobre Resolución N° Ex.6160, de 1993 que dispone una retención parcial de IVA, con anticipo que deben efectuar por sus ventas de harina de trigo las empresas que comercialicen dicho producto.

Circular N°57 (03/12/1993)

Instrucciones de Resolución N° Ex. 6111 de 1993 respecto del cambio parcial de sujeto de derecho del IVA, en las ventas de legumbres, cuando los adquirentes sean exportadores y otros adquirentes.

Circular N°55 (22/11/1993)

Instrucciones sobre Resolución N°Ex. 3664 de 1993, respecto del cambio parcial o total del sujeto de derecho del IVA en las ventas de especies hidrobiológicas.

Circular N°46 (08/10/1993)

Instrucciones sobre la obligación de indicar en las boletas de ventas de harina igual o superior a 50 kilos los datos del adquirente, por parte de los contribuyentes que se detallan según lo dispuesto en Resolución N° 4573, de 1993.

Circular N°45 (27/09/1993)

Instrucciones sobre Resolución N° Ex. 4840 de 1993, respecto del cambio de sujeto de derecho del IVA, en las ventas de productos silvestres al adquirente exportador y otros adquirentes.

Circular N°41 (09/09/1993)

Instrucciones sobre Resolución N°4870 de 1993, que modifica la Resolución N° 3338 de 1992, en el sentido de dejar con vigencia indefinida el cambio de sujeto de derecho del IVA e impuesto adicional en las ventas de oro y artículos de oro y de productos con contenido de oro, metales y minerales, sobre cierto precio.(Circular N° 44 de 1992).

Circular N°3 (08/01/1993)

Instrucciones sobre Resolución N° Ex. 3978 de 1992, respecto del cambio parcial del sujeto del derecho del IVA, en las ventas de trigo, cuando los adquirentes sean molinos, fábricas de fideos, de sémolas y otros adquirentes.

Circular N°28 (24/06/1993)

Complementa instrucciones impartidas en la Circular N° 8, de 1984, respecto a numeración de boletas y utilización de series en las letras de cambio y pagarés.

Circular N°2 (08/01/1993)

Instrucciones sobre Resoluciones N° Ex. 4058 y N° Ex.4080 ambos de 1992, respecto de la retención del IVA, en el cambio de sujeto de derecho a empresas que comercialicen harina de trigo, a los molinos y otros contribuyentes en las ventas de harina.

Circular N°11 (01/02/1993)

Régimen preferencial aduanero y tributario para las comunas de Porvenir y Primavera de la Provincia de Tierra del Fuego de la XII Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.

Circular N°46 (13/10/1992)

Instrucciones sobre Resolución Ex. N° 3351 de 1992, que introduce modificaciones a la Resolución Ex. N° 2053 de 1992, que dispuso el cambio de sujeto de derecho del IVA, en las ventas de especies hidrobiológicas, incorporando nuevos retenedores.

Circular N°44 (09/10/1992)

Instrucciones sobre Resolución Ex. N° 3338, de 1992, respecto del cambio de sujeto de derecho del IVA y del impuesto adicional al IVA en las ventas de oro, productos semielaborados de oro, y en las ventas de productos con contenido de oro, metales y minerales sobre cierto valor.

Circular N°33 (08/07/1992)

Instrucciones sobre Resolución Ex. N° 2053 de 1992, respecto del cambio parcial o total del sujeto de derecho del IVA, en las ventas de especies hidrobiológicas.

Circular N°15 (05/03/1992)

Instrucciones para el cambio de sujeto de derecho de IVA a los compradores del producto silvestre rosa mosqueta.

Circular N°34 (05/07/1991)

Modificaciones al impuesto a las gasolinas automotrices establecido en el Art. 6 de la Ley 18.502.

Circular N°12 (22/02/1991)

Imparte instrucciones sobre emisión de factura de moneda extranjera.

Circular N°55 (22/10/1990)

Imparte instrucciones sobre documentos que se deben emitir en las transacciones de monedas extranjeras, oro en forma de monedas, cospeles u onzas troy, efectuadas en el Mercado Informal, por vendedores habituales en este tipo de operaciones, por cuenta de terceros. Complementa a Circulares Nºs. 25\90 y complementada por Circular Nº 25\96.

Circular N°25 (04/06/1990)

Imparte instrucciones relativas a normas sobre emisión de facturas y boletas en compras y venta de monedas extranjeras, oro en forma de moneda, cospel u onza en troy.

Circular N°56 (09/12/1988)

Imparte instrucciones sobre el cambio de sujeto pasivo del IVA en las ventas de trigo, efectuadas por vendedores a molinos, fábricas de fideos, de sémolas, y a otros contribuyentes que indica, dispuesto en Resolución Nº 2828, de 1988, publicada en el Diario Ofical del 7 de Diciembre de 1998.

Circular N°23 (30/03/1988)

Obligación de exigir únicamente boletas por personas que no tienen derecho a crédito fiscal en la adquisición de combustibles. Prorroga plazo para emitir la Orden de Compra en la asdquisición de combustibles (Circular N° 46/1987).

Circular N°48 (14/12/1987)

Instrucciones sobre aplicación de Resolución Nº Ex. 2563, del 04/11/87 que dispone requisitos para el timbraje de libros y/o documentos. Además, se indican procedimientos alternativos en la numeración de los voucher.

Circular N°46 (09/12/1987)

Instrucciones sobre aplicación de la Resolución Nº Ex. 2565 del 4 de Noviembre de 1987, que establece la emisión obligatoria de la Orden de compras de combustibles en los casos que señala.

Circular N°45 (09/12/1987)

Instrucciones sobre aplicación de la Resolución Nº Ex. 2564 del 04 de Noviembre de 1987, que establece el sistema de cupones en la venta de combustible.

Circular N°44 (23/11/1987)

Momento en que se devenga el impuesto establecido en el artículo primero de la Ley N° 18.502, que grava los vehículos autorizados para usar gas natural comprimido o gas licuado, como combustible, dentro del territorio nacional.

Circular N°39 (14/10/1987)

IVA a la construcción. Obligación de emitir facturas en operaciones exentas del Impuesto al Valor Agregado.

Circular N°26 (05/08/1987)

Instrucciones generales sobre las modificaciones contenidas en la Ley N° 18.630, que incorporó la actividad de la construcción al Impuesto al Valor Agregado. Utilización como Crédito Fiscal del IVA soportado por construcción de inmuebles antes de la fecha de publicación de la Ley. Nuevo texto del Art. 21 del D.L. N° 910, de 1975. Se excluye de la base imponible del IVA, los reajustes que pagarán impuestos.

Circular N°24 (24/07/1987)

Instrucciones sobre las normas transitorias de la Ley que incorpora la actividad de la construcción al impuesto al Valor Agregado.

Circular N°12 (18/03/1987)

Recuperación del IVA y de los Impuestos Adicionales en el caso de la declaración de quiebra del comprador.

Circular N°55 (29/10/1986)

Impuesto a los vehículos motorizados, autorizados para usar gas natural comprimido o gas licuado, como combustible, dentro del territorio nacional.

Circular N°50 (09/10/1986)

Instrucciones sobre requisitos y obligaciones que deben cumplirse y los antecedentes que deben acompañarse respecto de solicitudes administrativas que menciona.

Circular N°32 (13/05/1986)

Instrucciones sobre la recuperación del Impuesto al petróleo diesel soportado en sus adquisiciones por las empresas afectas al IVA. El impuesto debe registrarse separadamente en las facturas.

Circular N°3 (09/01/1986)

Complementa instrucciones impartidas en la Circular Nº 33, de 1985, en relación a "Facturas de Exportación".

Circular N°29 (28/04/1986)

Instrucciones sobre la tributación de las gasolinas automotrices y petróleo diesel, establecida en el artículo 6 de la Ley 18.502

Circular N°19 (06/03/1986)

Establece procedimiento y declaración jurada para el timbraje de documentos y de libros de contabilidad y/o auxiliares.

Circular N°33 (09/08/1985)

Imparte instrucciones sobre nuevos requisitos y obligaciones en la emisión de facturas y otros documentos, según D.S. de Hacienda N° 592, y Resolución N° Ex.1661, ambos de 1985.

Circular N°8 (07/02/1984)

Instrucciones sobre aplicación de las Resoluciones Nºs. 2107 y 2252 publicadas en el Diario Oficial de los días 05 y 30 de Diciembre de 1983, sobre numeración correlativa única nacional del timbraje de facturas, boletas y otros documentos; centralización de la contabilidad; emisión de vales por máquinas registradoras; avisos de apertura y cierre sucursales o locales, y otras materias anexas.

Circular N°36 (03/09/1984)

Complementa instrucciones sobre la improcedencia del uso del crédito fiscal del IVA, recargado o retenido en facturas falsas, no fidedignas o extendidas sin los requisitos legales o reglamentarios.

Circular N°11 (13/02/1984)

Instrucciones sobre aplicación de las Resoluciones Nºs 13 y 93 publicadas en el Diario Oficial de los días 05 y 13 de Enero de 1984, sobre ventas de ganado realizadas por intermedio de mandatarios. Dispone el cambio de sujeto en los casos que indica y deroga la resolución Nº 281 de 1977.

Circular N°48 (30/12/1983)

Normas sobre redondeo de los centavos en las anotaciones contables.

Circular N°25 (10/05/1982)

Improcedencia del uso del crédito fiscal del IVA recargado o retenido en facturas no fidedignas, falsas, extendidas sin los requisitos legales o reglamentarios o por personas que no sean contribuyentes del tributo.

Circular N°55 (30/10/1981)

Empresas de diversión y esparcimiento que funcionen en forma itinerante, deben solicitar la autorización de boletas que servirán de entradas, en la Unidad del Servicio que corresponda al domicilio del empresario.

Circular N°62 (28/08/1980)

Reitera y amplia instrucciones sobre infracciones a la obligación de emitir y exhibir guías de despacho. Complementa Circular N° 103, de 1979.

Circular N°103 (14/11/1979)

Instrucciones sobre emisión de guías de despacho, exhibición de facturas, guías de despacho durante el traslado de especies.

Circular N°88 (01/09/1978)

Impuesto adicional al IVA a las ventas e importaciones de bebidas analcohólicas, jarabes y otros productos que las sustituyan, y aguas minerales o termales a las cuales se les haya adicionado colorantes, sabor o edulcorantes.

Circular N°87 (28/08/1978)

Incorporación de las transferencias de gasolina y otros productos derivados del petróleo al sistema IVA.

Circular N°81 (17/08/1978)

Imparte instrucciones sobre Resolución Nº 1.496, de 1976, que dejó sin efecto la Resolución N° 558, de 1975, referida al cambio de sujeto de derecho del IVA a los contribuyentes de difícil fiscalización y a empresas del Estado, semifiscales, o de administración autónoma.

Circular N°8 (17/01/1978)

Imparte instrucciones para la aplicación de la Resolución Nº 1525 de 1977, que exime de la obligación de otorgar boletas a los contribuyentes que indica.

Circular N°57 (27/04/1977)

Impuesto al Valor Agregado que afecta a las ventas de especies corporales muebles realizadas por expositores en Ferias Internacionales.

Circular N°44 (01/04/1977)

Retención IVA en ventas de ganado, hortalizas, verduras y frutas efectuadas por consignatarios y martilleros que actúen por cuenta de agricultores, en ferias, vegas, mercados u otros establecimientos mayoristas del ramo.

Circular N°129 (30/09/1977)

Carácter de facturas documentos que emiten los bancos, respecto de aquellas personas que tengan derecho a crédito fiscal.

Circular N°126 (23/09/1977)

Imparte instrucciones respecto de la incorporación al sistema del IVA el impuesto a los servicios; definición de los conceptos de "servicio" y "prestador de servicios", y modificaciones a los hechos gravados del artículo 8 del D.L Nº 825, de 1974.

Circular N°74 (17/06/1976)

Opción para determinar una nueva tasa de PPM para el año tributario 1976.

Circular N°159 (30/12/1976)

Imparte instrucciones sobre Resolución Ex.N° 1423, de 1976, respecto al cambio de sujeto de derecho del IVA, en las ventas de diarios y revistas.

Circular N°15 (10/02/1976)

Reslución Nº 109 Ex., publicada en el Diario Oficial del 4 de febrero de 1976 que establece obligaciones a contribuyentes que extravíen o le sean robadas o hurtadas facturas, notas de créditos o notas de débitos legalmente autorizadas.

Circular N°129 (04/11/1976)

Requisitos que deben cumplirse en la emisión de las factuas y boletas.

Circular N°12 (03/02/1976)

Indicación de las fechas de emisión de las boletas de ventas y servicios en palabras o cifras, con exclusión de los números romanos. Instrucciones sobre la Resolución Nº 1267, de 1975.

Circular N°98 (06/08/1975)

Imparte instrucciones sobre Resolución N°Ex.558, de 1975, referente al cambio de sujeto de derecho del IVA de comerciantes, agricultores, artesanos, pescadores, ferias de animales, bienes primarios de la minería, de difícil fiscalización.

Circular N°81 (18/06/1975)

Imparte instrucciones sobre facturas de compras y boletas de servicios que deben emitir las empresas que indica. Resolución N° 551, de 1975.

Circular N°36 (24/02/1975)

Documentos que deben emitir los contribuyentes que celebren contratos o convenciones de los mencionados en los Títulos II, II, y IV del D.L N° 825, de 1974. Facturas, boletas, notas de débitos y notas de crédito. Orden de prestación de servicios.

Circular N°23 (06/02/1975)

Tratamiento tributario de las modificaciones introducidas al Código Tributario por el Decreto Ley N° 830, de 1974.

Circular N°134 (05/11/1975)

Impuesto al Valor Agregado. Débito Fiscal. Crédito Fiscal. Notas de Débito. Notas de Crédito.Infracciones en IVA que pueden ser sancionadas al amparo del artículo 97 N°s 4 y 7 del Código Tributario.

Circular N°106 (25/08/1975)

Institutos y salones de belleza y peluquerías. Impuesto a los servicios que les afectan. Determinación base imponible. Forma de extender la boleta y otros.

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OFICIOS

Oficio N°15 (05/01/2017)

Implementación de Sistema de Factura Turista en Aeropuerto Internacional de Santiago .En la medida que el Aeropuerto Internacional antes mencionado, no se encuentre emplazado en un territorio calificado como Zona Franca de Extensión requisito legal conforme a lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley N° 18.841, tanto en la adquisición de las especies como respecto de su exportación no resulta procedente su incorporación al sistema de devolución del IVA a turistas a que se refiere dicha norma legal.

Oficio N°883 (05/04/2016)

Solicita eliminar exención de impuesto específico al petróleo diesel de que gozan las grandes mineras. No corresponde establecer, por vía administrativa, que cierta clase o categoría de contribuyentes, no señalados por la ley, resulten excluidos de su aplicación, si cumplen los requisitos legales.

Oficio N°866 (05/04/2016)

Los premios pactados en los contratos generales de construcción, se encuentran siempre gravados con Impuesto al Valor Agregado, independientemente, en el caso de aquellos contratos de construcción de obras públicas que éstos sean pagados en efectivo o mediante el otorgamiento de la concesión para explotar la obra objeto del contrato.

Oficio N°865 (05/04/2016)

Tributación de Gift Cards adquiridas en el extranjero y comercializadas en Chile. Las operaciones descritas no se encuentran afectas a IVA, ya que no constituyen venta, en razón de que aquéllas solo importan la entrega o transferencia de un crédito personal, el cual está conformado por la adquisición de los códigos alfanuméricos (Gift Card) por parte del consultante que luego vende a terceros para que éstos los canjeen en alguna tienda vía página web por el monto del crédito adquirido. Sin perjuicio, que dicho contribuyente, está obligado a emitir una Factura de Ventas y Servicios No Afectos o Exentos de IVA, o una Boleta de Ventas y Servicios No Afectos o Exentos de IVA, según corresponda.

Oficio N°85 (13/01/2016)

Previendo futuras contingencias de prestadores de servicios de transporte de carga en sus distintas modalidades logísticas de operación y la utilización de distintos vehículos de carga en la cadena del transporte de inicio, distribución y destino final, y atendidas las consultas de diversos contribuyentes que manifiestan dificultades operacionales en la implementación de la citada resolución, la Resolución Ex. SII N° 51, de 2015, ha sido dejada sin efecto por Resolución EX. SII Nº 117, de 29 de diciembre de 2015.

Oficio N°84 (13/01/2016)

Previendo futuras contingencias de prestadores de servicios de transporte de carga en sus distintas modalidades logísticas de operación y la utilización de distintos vehículos de carga en la cadena del transporte de inicio, distribución y destino final, y atendidas las consultas de diversos contribuyentes que manifiestan dificultades operacionales en la implementación de la citada resolución, la Resolución Ex. SII N° 51, de 2015, ha sido dejada sin efecto por Resolución EX. SII Nº 117, de 29 de diciembre de 2015.

Oficio N°52 (08/01/2016)

La fórmula de cálculo del impuesto Adicional aplicable a los vehículos motorizados nuevos, durante el año calendario 2016 es la que dispone el artículo décimo transitorio, inciso segundo, numeral 2.-, de la Ley N° 20.780, para todos los pagos del impuesto que deban efectuarse a contar del 01.01.2016, sin distinguir la fecha en que se facturó la venta o consumó legalmente la importación. Hasta el 31 de diciembre de 2015 se estableció una fórmula aplicable de impuesto, fórmula que, trascurrida la fecha señalada, ha perdido vigencia de pleno derecho.

Oficio N°3400 (27/12/2016)

Es procedente emitir una nota de crédito electrónica a efectos de anular una factura electrónica o los demás documentos tributarios señalados en la Resolución N°45, de 2003. Dicha anulación sólo puede efectuarse en el mismo período tributario o a más tardar en el período tributario siguiente. El efecto propio de la anulación de un documento tributario es la pérdida de eficacia o eliminación de sus efectos, de tal manera que resulta procedente rebajar del débito fiscal generado en la factura primitiva, el ajuste consignado en la nota de crédito que determina su anulación.

Oficio N°3310 (16/12/2016)

Documentación que se debe emitir en la venta de productos ópticos a afiliados de Isapres.

Oficio N°3190 (25/11/2016)

Una empresa de transporte uruguaya que carece de número de RUT, por no tener domicilio ni residencia en Chile, para fines de acreditar el gasto ante la Administración Tributaria de su país por el combustible que carga en sus camiones en estaciones de servicios en Chile, deberá solicitar facturas electrónicas o manuales, que consignen el RUT N° 55.555.555-5 y adicionalmente el nombre o tax-id o número identificador del receptor extranjero, registrando además en el documento, la individualización de la persona que realiza la operación.

Oficio N°3008 (04/11/2016)

No existe la obligación de emitir documentos tributarios por los anticipos de dinero, en aquellas convenciones en que se pacta la entrega de las especies a futuro, por lo que si no se hace, no es posible aplicar sanción alguna. En el evento de que se emita una boleta, factura o comprobantes de pago por transacciones con tarjetas de crédito o débito por dicho anticipo de dinero antes de la entrega de los bienes, en ese momento se produciría el devengo del impuesto al valor agregado por el monto del anticipo, debiendo recargarse dicho tributo en el referido documento, por lo que no resulta procedente la emisión de una nota de crédito a su respecto.

Oficio N°2871 (18/10/2016)

En las operaciones en moneda extranjera, en las que no se ha establecido un plazo para el cumplimiento de las obligaciones emanadas de un contrato, las diferencias generadas debido a la variación del tipo de cambio ocurridas entre la fecha de la facturación y el tiempo que efectivamente se realizó el pago, forman íntegramente parte del precio pactado en la respectiva operación y si en el referido período se produce una baja en el tipo de cambio, teniendo como consecuencia el pago de una suma menor a la originalmente facturada, procede en tal caso la emisión de una Nota de Crédito, pues ello se traduce en una rebaja en el precio pactado. El criterio expuesto es plenamente aplicable si la operación es pactada en dólares y pagada en esa misma moneda, pues el elemento de referencia es el precio de venta consignado en la factura, la cual necesariamente debe encontrarse expresado en moneda de curso legal.

Oficio N°2482 (05/09/2016)

No compete al SII pronunciarse sobre el carácter, procedencia o validez de la fotocopia autorizada ante notario del duplicado de una factura en soporte papel, para efectos de rendir un gasto con cargo a fondos públicos.

Oficio N°2218 (05/08/2016)

La Ley N° 20.780, sobre Reforma Tributaria, estableció en su artículo 3° un impuesto adicional que deben pagar por única vez los vehículos motorizados nuevos, livianos y medianos, en función del rendimiento urbano, el nivel de emisiones de óxidos de nitrógeno del vehículo y el precio de venta, entre otros factores, cuyo pago corresponde a la persona a nombre de quien deba inscribirse el vehículo respectivo en el Registro de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación. Dicha norma no contempla un exención aplicable, en términos amplios, a los Cuerpos de Bomberos y/o su Junta Nacional respecto de cualquier tipo de vehículos adquiridos por éstos, siendo procedente exclusivamente respecto de los vehículos importados especificados en la subpartida 8705.30 (camiones de bomberos) del Arancel Aduanero, en los términos señalados precedentemente.

Oficio N°2147 (01/08/2016)

De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 55 del D.L N° 825/74, fecha en que deben emitirse las facturas.

Oficio N°1774 (22/06/2016)

La Ley N° 20.780, con la finalidad de cuidar el medio ambiente introdujo un conjunto de medidas tributarias que gravan el uso de tecnologías ineficientes y contaminantes, como el impuesto a las emisiones de fuentes fijas y un impuesto a vehículos motorizados nuevos, livianos y medianos. Por otra parte, para desincentivar el consumo de ciertos productos nocivos para la salud, se aumentó la tributación de las bebidas alcohólicas, analcohólicas con alto contenido de azúcar y a los cigarrillos. En lo que respecta específicamente a los impuestos que gravan los combustibles, se hace presente que, mediante la Ley N° 20.765, qeu creó un mecanismo de estabilización de precios de los combustibles, complementada por la Ley N° 20.794, se dispone un sistema de incrementos y rebajas a los impuestos específicos a los combustibles establecidos en la Ley N° 18.502.

Oficio N°1747 (17/05/2016)

La operación consistente en la celebración de préstamos de consumo por medio de los cuales se transfiere el dominio de GNL (Gas Natural Licuado) entre los clientes de la llamada Terminal, no está afecta a IVA, ya que no se cumple con el requisito previo establecido en el artículo 18 del D.L. 825, de 1974, esto es, que las partes contratantes tengan la calidad de vendedores de los bienes que serán objeto de los respectivos préstamos de consumo. Producto de dichas operaciones el contribuyente deberá aplicar las normas de los artículos 23 N° 3 del D.L. N° 825 y 43 del Reglamento de IVA, con respecto al cálculo de crédito fiscal proporcional del período respectivo. En relación a la obligatoriedad de emitir factura éstas operaciones, se debe emitir factura no afecta a IVA.

Oficio N°157 (20/01/2016)

El mero reemplazo de productos de manera gratuita hecho en virtud del deber de garantía legal, no constituye una venta, consecuentemente no procede la emisión de boletas o facturas, como tampoco notas de crédito o débito por cuanto en la condición de gratuidad, no hay una modificación en el impuesto previamente facturado. Consecuentemente para respaldar el traslado de dichos productos, se deberá emitir una guía de despacho, en la que se indique expresamente que la salida del bien de inventario de la empresa es a causa del cumplimiento del deber de garantía legal o convencional.

Oficio N°1310 (11/05/2016)

No procede que los establecimientos que prestan el servicio de Jardín Infantil y Sala Cuna emitan las boletas por el servicio correspondiente a nombre del Servicio Público que financia este beneficio, por cuanto dicha entidad no es el beneficiario de los mismos, debiendo emitirse dicha documentación a nombre del apoderado/funcionario, que obtiene el beneficio o derecho.

Oficio N°943 (02/04/2015)

Los vehículos motorizados nuevos, livianos y medianos estarán exentos del impuesto adicional establecido en el artículo 3° de la Ley N° 20.780 en la medida que se encuentren permanente situados dentro del Departamento de Isla de Pascua. Para la debida aplicación de este beneficio y asegurar el cumplimiento de los requisitos legales, la persona que deba inscribir el vehículo respectivo debe hacerlo ante el Oficial Civil Adjunto de Isla de Pascua. Atendido que la exención se mantiene bajo condición que los bienes se encuentren efectivamente situados en el Departamento de Isla de Pascua, dicha exención se perderá al momento de incumplirse la condición.

Oficio N°608 (26/02/2015)

Las empresas que desarrollen entre sus giros el de transporte de carga terrestre sólo podrán recuperar el impuesto soportado en la adquisición de dicho combustible, cuando éste sea utilizado en camiones que cumplen con los requisitos del artículo 2° de la Ley 19.764, quedando vedada la recuperación en virtud de lo dispuesto en la Ley 18.502. Se hace presente que a la luz de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 3° del Código Civil, las sentencias judiciales sólo tienen fuerza obligatoria respecto de las causas en que actualmente se pronunciaren. Luego, no procede hacer extensiva la interpretación judicial a casos no sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia.

Oficio N°596 (25/02/2015)

Procedencia de incluir las ventas de mercaderías situadas en el extranjero o situadas en Chile y no nacionalizadas, en el total de las operaciones para los efectos de calcular la proporcionalidad establecida en el Art. 1°, inciso segundo, del D.S. de Economía N° 348, de 1975, y de esta manera determinar la proporción del crédito fiscal a que se tiene derecho a solicitar como devolución por la actividad de exportación. Confirma criterios contenidos en Oficios N° 2654, de 1995 y 611, de 2011.

Oficio N°330 (06/02/2015)

Pueden recuperar el impuesto específico a los combustibles las empresas de transporte de carga por vía marítima o aérea, en la medida que utilicen como combustible para sus embarcaciones el petróleo diésel, a través de su imputación como crédito en contra del IVA, según el mecanismo que regulan las Leyes números 18.502 y 20.765. Las empresas de transporte de pasajeros (tanto marítimo como aéreo) por encontrarse exentas de IVA, en virtud de lo dispuesto en el artículo 13 N° 3 del DL N° 825 de 1974, Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, no pueden recuperar el impuesto específico que grava el petróleo diésel.Tampoco pueden recuperar el impuesto específico las empresas de transporte aéreo o marítimo que utilicen combustibles distintos al petróleo diésel.

Oficio N°253 (29/01/2015)

Cálculo impuesto adicional vehículos motorizados nuevos, livianos y medianos.Las facturas de compraventa de vehículos nuevos se deben emitir incluyendo solamente el valor de la venta y el IVA correspondiente. Para los reembolsos de gasto, se deberá emitir un documento de carácter interno que dé cuenta fehaciente de esta operación accesoria a la venta. En caso que la operación incluya una comisión asociada a los reembolsos de gastos indicados anteriormente, está deberá ser facturada separadamente incluyendo el IVA cuando corresponda, monto que no debe ser considerado para el cálculo del impuesto establecido por el artículo 3° dela Ley N°20.780.

Oficio N°2210 (28/08/2015)

La explotación de máquinas tragamonedas de destreza se encuentra afecta al pago del Impuesto al Valor Agregado y las utilidades devengadas por las personas que desarrollan esa actividad se encuentras afectas con los impuestos generales de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Establecer un impuesto especial que grave a las máquinas tragamonedas de destrezas cuyo monto sea destinado a las comunas donde se emplacen las máquinas, constituye una materia de reserva legal cuya iniciativa es de competencia exclusiva del Presidente de la República.

Oficio N°1581 (12/06/2015)

Están exentos del impuesto adicional a los vehículos motorizados establecido en el artículo 3° de la Ley N° 20.780, los vehículos "oficiales" y vehículos de "uso personal de los diplomáticos acreditados", entendidos éstos como aquellos vehículos importados por las "representaciones de nacionaes extranjeras acreditadas en el país" y por "los diplomáticos y funcionarios internacionales de acuerdo a los convenios suscritos por Chile", respectivamente. Para aplicar la exención se confecciona el Formulario N°88 sobre Declaración y Pago de impuesto, presentarlo en las Oficinas del Servicio de Registro Civil e Identificación y, en ese momento, hacer efectiva la exención acreditando poseer la calidad que corresponda.

Oficio N°1495 (03/06/2015)

En relación con los contratos de construcción regulados por el Decreto N° 75, de 2004, del Min. de Obras Públicas corresponde que la empresa constructora facture recargando el IVA por el monto total de las retenciones por formar éstas partes intengrante del precio del contrato de construcción. Respecto de la emisión de una factura de compra por parte del mandante de la obra, para documentar la operación, si éste no se encuentra dentro de aquellos consignados como agente retenedor, en virtud de alguna de las Resoluciones de cambio de sujeto emitidas por el SII, no es posible que emita la documentación que se propone, y además, no es posible ejercer la facultad contenida en el Art. 3°, del D.L. N° 825, pues no es el objetivo de ésta subsanar el tipo de situaciones que se describen.

Oficio N°1447 (29/05/2015)

La camioneta individualizada en la presentación (camioneta con capacidad máxima de 735 kilos que forma parte del activo inmovilizado) se encontraría exenta del impuesto adicional aplicable a los vehículos motorizados nuevos establecido en el artículo 3° de la Ley N° 20.780, de 2014. Sin perjuicio de lo anterior, para los efectos de instar propiamente por la devolución de los impuestos pagados indebidamente o en exceso al amparo del artículo 126 del Código Tributario, la presentación respectiva debe ser interpuesta ante la Dirección Regional competente para que determine si efectivamente procede devolver algún impuesto atendiendo a los antecedentes de hecho que correspondan.

Oficio N°1446 (29/05/2015)

La camioneta individualizada en la presentación (camioneta con capacidad máxima de 735 kilos que forma parte del activo inmovilizado) se encontraría exenta del impuesto adicional aplicable a los vehículos motorizados nuevos establecido en el artículo 3° de la Ley N° 20.780, de 2014. Sin perjuicio de lo anterior, para los efectos de instar propiamente por la devolución de los impuestos pagados indebidamente o en exceso al amparo del artículo 126 del Código Tributario, la presentación respectiva debe ser interpuesta ante la Dirección Regional competente para que determine si efectivamente procede devolver algún impuesto atendiendo a los antecedentes de hecho que correspondan.

Oficio N°1425 (28/05/2015)

Alcances sobre el impuesto específico a los combustibles establecido en la Ley N° 18.502. El reemplazo de dicho tributo por un impuesto al lujo, es una materia que requiere de una modificación legal, que no esta en el ámbito de la competencia del SII.

Oficio N°1183 (30/04/2015)

Los vehículos nuevos importados con franquicias hacia las Zonas Francas no se encuentran gravados con el impuesto adicional contenido en el artículo 3° de la Ley N° 20.780, atendido que tales vehículos han sido importados desde Zona Franca a su respectiva Zona Franca de Extensión. Por otra parte, se confirma que la importación de vehículos nuevos con franquicias desde las Zonas Francas a que se refiere el DFL N° 341 de 1977, del Ministerio de Hacienda, a sus respectivas Zonas Francas de Extensión se encuentra exenta del impuesto adicional que grava a los vehículos conforme al artículo 3° de la Ley N° 20.780.

Oficio N°1145 (27/04/2015)

Documento a emitir en caso de servicios gravados con Impuesto al Valor Agregado, prestados a empresas sin domicilio ni residencia en Chile. El contribuyente deberá emitir a su cliente una factura o boleta, dependiendo de si éste es o no contribuyente del Impuesto al Valor Agregado, en los términos señalados en el Art. 3°, del D.L. N° 825. Si el documento a emitir es una factura pero no se cuenta con el número de R.U.T. del beneficiario porque éste no tiene domicilio ni residencia en Chile, debe individualizarse al receptor del documento tributario electrónico o manual, con el R.U.T. 55.555.555-5, y adicionalmente, mediante su nombre y tax-id o número identificador.

Oficio N°1059 (16/04/2015)

Los vehículos importados al amparo de alguna franquicia del Capítulo Cero del Arancel Aduanero se encontrarán exentos del impuesto adicional a los vehículos motorizados en la medida que, a su vez, se encuentren mencionados en alguna de las exenciones señaladas en el artículo 43 bis del DL N° 825 de 1974. En cuanto a la importación de vehículos destinados a personas con discapacidad cabe señalar que, si bien el impuesto adicional a los vehículos motorizados establecido en el artículo 3° de la Ley N° 20.780 no constituye propiamente un impuesto que grava la importación o internación de vehículos, quedan liberados del referido impuesto adicional los automóviles acondicionados para personas con discapacidad por considerarse un impuesto interno distinto del Impuesto al Valor Agregado.

Oficio N°1058 (16/04/2015)

En cuanto a la importación de vehículos destinados a personas con discapacidad cabe señalar que, si bien el impuesto adicional a los vehículos motorizados establecido en el artículo 3° de la Ley N° 20.780 no constituye propiamente un impuesto que grava la importación o internación de vehículos, quedan liberados del referido impuesto adicional los automóviles acondicionados para personas con discapacidad por considerarse un impuesto interno distinto del Impuesto al Valor Agregado (artículo 48 de la Ley N° 20.422, en relación al inciso final del artículo 6° de la Ley N° 17. 238). Tratándose de vehículos distintos a los automóviles, éstos además pueden acogerse a algunas de las exenciones dispuestas en el mismo artículo 3° de la Ley N° 20.780; en particular, aquellos clasificados para fines aduaneros como vehículos especiales bajo la partida 87.03 del Arancel Aduanero dependiendo de su diseño y equipamiento .

Oficio N°698 (10/05/2013)

Los ingresos percibidos por una sociedad cuyo objeto es el desarrollo, coordinación, promoción y apoyo a las actividades que realice otra empresa en materias de adaptación y desarrollo a la Tecnología, asistencia técnica, educación continua y prestación de servicios técnicos orientados hacia la comunidad en general , por concepto de Derecho Universitario, no se encuentran afectos a IVA, toda vez que el mandato encomendado, a saber, realizar la gestión administrativa de los proyectos efectuados por dicha empresa, es de carácter civil y no comercial, no encontrando dicha actividad una clasificación dentro de aquellas detalladas en el N° 3 ó 4, del art. 20 de la LIR, presupuesto básico para que los servicios se encuentren gravados con IVA. Respecto de la emisión de documentos tributarios, procede emitir por la percepción de los referidos ingresos, facturas por servicios no gravados y/o exentos de IVA, según lo establecido en la Res. Ex. N°6080, de 1999.

Oficio N°490 (12/03/2013)

Tratamiento tributario de la compensación por interrupción o suspensión de servicios de distribución de electricidad, establecida en el artículo 16 B, de la Ley N° 18.410, de 1985. Dicha compensación, ya sea, que la responsabilidad por la falla del suministro haya sido de la compañía distribuidora obligada por Ley a efectuar la compensación, o bien, en el caso que dicha responsabilidad haya sido de terceros, la referida compensación para la empresa no constituye un gasto necesario para producir la renta de Primera Categoría, quedando afecta a las disposiciones del artículo 21 de la LIR.

Oficio N°484 (12/03/2013)

Confirma el criterio contenido en el Oficio N° 3.259, de 9/11/2009, referido a las ventas realizadas en el extranjero por un contribuyente nacional de bienes situados fuera del país, y al constituir estas operaciones no gravadas con el IVA, deben ser consideradas para el cálculo de la proporcionalidad del Crédito Fiscal establecido en el artículo 43 del D.S N° 55, de 1977, Reglamento de la Ley del IVA.

Oficio N°483 (12/03/2013)

Procede la aplicación del beneficio establecido en el Art. 29°, de la Ley N°18.591, a créditos impugnados por el síndico de quiebras en el marco de la Declaratoria de Quiebra de una empresa generadora eléctrica, cuando el acreedor ha verificado el título justificativo de su crédito, sea éste una factura, o bien, otro documento fehaciente, dentro del plazo establecido en el Art. 131° del referido texto legal, y dicho crédito no ha sido impugnado o mediando una impugnación, éste ha sido resuelta por el Tribunal en favor del acreedor.

Oficio N°2599 (17/12/2013)

Los servicios consistentes en la realización de un taller de capacitación, se encuentran clasificados en Segunda Categoría del impuesto a la Renta, y por lo tanto, procede la emisión de una boleta de honorarios por las sumas percibidas por tal concepto y no una factura.

Oficio N°218 (01/02/2013)

En el caso de operaciones pactadas en dólares, cuando ambos contribuyentes llevan contabilidad en moneda extranjera, no procede la emisión de notas de crédito por la fluctuación negativa que pueda experimentar la moneda en que se pactó la operación, en el período que transcurre entre la emisión de la factura y el pago, por cuanto se estima que en dicho caso las diferencias de cambio que pudieran generarse entre la fecha de facturación y pago de la operación, no implican variaciones en el precio originalmente pactado, no generándose un mayor ingreso para el vendedor, ni un mayor desembolso para el comprador.

Oficio N°2137 (03/10/2013)

De constituir el cereal integral de trigo tostado, harina industrial con características especiales y harina láctea una premezcla, de acuerdo a la definición comprendida en la Resolución N° 5.282, del 31.11.2000, el molino queda sujeto a la obligación de incluir en la factura y retener el 12% del valor neto facturado por concepto de anticipo de IVA, cuando tales productos se vendan en cantidades iguales o superiores a 50 kg. De igual forma, si los productos comercializados por el molino no calificaren como una premezcla pero sí corresponden a harina de trigo, el molino asímismo debe incluir y retener el 12% de su valor neto en las facturas extendidas con ocasión de la venta de ellos, sin atender al peso de la harina vendida.

Oficio N°2135 (03/10/2013)

Se ratifica el criterio contenido en Ordinario 2409 de 2009, en cuanto a que, tratándose de empresas publicitarias, procede el uso del crédito fiscal por el impuesto soportado en la adquisición de bienes corporales muebles destinados a ser entregados de manera gratuita en el marco de las campañas de publicidad que ésta realice. Lo anterior no resulta aplicable respecto de aquel impuesto soportado en la adquisición de automóviles, el cual conforme a lo dispuesto en el N° 4 del artículo 23 del D.L N°825, de 1974, no da derecho a crédito fiscal.

Oficio N°1997 (11/09/2013)

La remuneración percibida por concepto de arriendo de máquinas de lavar y secar ropa de propiedad de una comunidad de copropietarios de un edifico, que realiza a sus usuarios o habitantes del mismo, constituye un hecho gravado con el Impuesto al Valor Agregado. Po lo tanto, en la medida que la comunidad realice estas operaciones u otras afectas a IVA, es un contribuyente para los efectos de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios y, consecuentemente, se encontrará obligada a emitir boletas o facturas, según el caso, por las operaciones que efectúe y a presentar los respectivos formularios de declaración y pago del referido impuesto.

Oficio N°1458 (03/07/2013)

Las gestiones que se realicen consistente en prestar servicios de asistencia fúnebre a sus contratantes a través de un mandato, en que se actuará a nombre del mandante, no constituyen actos de comercio, puesto que las actividades a realizar se enmarcan dentro de un mandato de carácter civil, por lo tanto, el contrato no se afectará con el Impuesto al Valor Agregado, por tratarse de una actividad que no encuentra una clasificación en los N°s 3 ó 4 del artículo 20° de la Ley sobre Impuesto a la Renta. La provisión de fondos destinada a cubrir los gastos efectivos en que incurra su cliente en las gestiones propias del encargo, tampoco se encuentra afecta al IVA, por tratarse de un reembolso de gastos y no un hecho gravado. El mandatario deberá emitir a su mandante la respectiva boleta o factura no gravada o exenta de IVA, de acuerdo a lo establecido en la Resolución N°6.080, de 1999, modificada por las Resoluciones N°s 6.444 y 8.377, ambas del año 1999.

Oficio N°1355 (20/06/2013)

Tratamiento tributario frente a las normas de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR) y del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de los premios pagados y de las devoluciones de fichas vendidas y no usadas, en la explotación de máquinas electrónicas tragamonedas de destreza,fuera de un casino autorizado.

Oficio N°127 (22/01/2013)

No procede autorizar al Centro de Educación y Trabajo Régimen Cerrado, de un Complejo Penitenciario para que emita facturas de compra a los internos del taller artesanal, por los productos manufacturados por ellos y comercializados por el Centro en una sala del Complejo Penitenciario. Para documentar la operación, el Centro de Educación y Trabajo deberá proceder conforme a lo señalado en los Art. 22° y 73°, del D.S. de Hacienda N° 55, de 1977, emitiendo en cada período tributario las correspondientes liquidaciones a los internos artesanos por las ventas efectuadas por cuenta de éstos, debiendo además retener, declarar y pagar el IVA contenido en dichos documentos, por ser el mandante de la operación de un contribuyente de difícil fiscalización.

Oficio N°122 (22/01/2013)

Las máquinas tragamonedas calificadas como juegos de destreza, se encuentran gravadas con el IVA, al igual que su arrendamiento, usufructo o cualquier otra forma de cesión de su uso o goce temporal , como , su explotación al tratarse de una prestación de servicio, constituyendo una actividad destinada a otorgar diversión o esparcimiento a los clientes o a terceros. La base imponible para la aplicación del IVA está constituida por todo el dinero que introducen los clientes a las máquinas o la cantidad total pagada al adquirir las fichas u otros medios necesarios para jugar.

Oficio N°55 (06/01/2012)

El único documento tributario válido que corresponde emitir en la venta de instrumentos de prepago entre un distribuidor y un comerciante establecido, es la factura de venta con IVA monto cero, según la Res. Ex. SII N° 109, de 2005. La no emisión del citado documento, constituye una infracción sancionada según el Art. 97, N° 10 del Código Tributario. El documento denominado " liquidación factura" que se desea emitir, es un documento de carácter tributario utilizado por mandatarios cuando actúan por cuenta de sus mandantes y que tiene por objeto, por una parte, trasladar al mandante el IVA recargado en las operaciones realizadas por cuenta de éste y, por la otra, recargar el IVA correspondiente a la comisión cobrada por los mandatarios. Por lo tanto, no procede, la emisión de dicho documento, toda vez que el IVA en las ventas de medios de prepago según la Res. Ex. N° 109, de 2005, ha sido retenido y enterado en arcas fiscales por el emisor de dichos medios.

Oficio N°3435 (18/12/2012)

Sobre la procedencia de autorizar la devolución de remanente de crédito fiscal acumulado producto de la aplicación de la Res. Ex. N° 109, de 2005, que dispone cambio de sujeto de derecho del IVA en las ventas de medios de prepago de telefonía e internet, el SII mediante el Oficio N° 2.936, de fecha 29.10.2012, ya emitió un pronunciamiento al respecto.

Oficio N°3155 (15/11/2012)

Caso en que opera el cambio de sujeto de derecho del IVA en las ventas de medios de prepago de telefonía e internet,efectuadas a través de recargas electrónicas, respecto de la totalidad del IVA que se recarga en las ventas posteriores.

Oficio N°3154 (15/11/2012)

En virtud de la normativa e instrucciones especialísimas impartidas para salvaguardar el uso como crédito fiscal del IVA recargado en una factura falsa o no fidedigna, el crédito fiscal sólo podrá utilizarse cuando concurran los requisitos del N°5 del Art. 23 del Decreto ley N°825, de 1974, cuyas instrucciones se impartieron a través de la Circular N°93 del 19.12.2001, las que son aplicables inclusive en aquellos casos en que la factura irregular haya sido cedida en conformidad con la Ley N° 19.983. Por tanto, en la medida que no se haya podido acreditar que el IVA recargado en las facturas irregulares haya sido efectivamente enterado en arcas fiscales por el vendedor o prestador del servicio, no procedería el uso como crédito fiscal del IVA recargado en facturas no fidedignas o falsas atendido que, el pago de las facturas no fue efectuado por medio de un cheque nominativo a nombre de su emisor.

Oficio N°301 (31/01/2012)

Las maquinas de juego denominadas maquinas pelucheras, en su calidad de maquinas expendedoras de servicios, habilitadas para operar con monedas de curso legal o dinero en efectivo deben ser autorizadas previamente a su funcionamiento, siendo aplicable para estos efectos el procedimiento establecido por la Resolución Ex. SII N° 63, de 2005, de 2005 de acuerdo a lo instruido por este el SII en Ordinario 2.181 de 2009.

Oficio N°2994 (05/11/2012)

Tratándose de una resciliación de servicios, el prestador del servicio debe emitir una Nota de Crédito, la cual rebajará de su débito fiscal el IVA recargado en la obligación resciliada siempre que la resciliación de los servicios se haya producido dentro del plazo fatal de 3 meses contados desde la fecha en que el prestador del servicio percibió la remuneración o ella se puso en cualquier forma a su disposición, o bien, a partir de la emisión del respectivo documento tributario de haberse emitido en forma previa al pago de la remuneración. De no verificarse la resciliación dentro del plazo de 3 meses indicado precedentemente, el IVA recargado en los servicios resciliados puede ser recuperado a través del Art. 126 N°2 del Código Tributario, si por ello se ha producido al prestador del servicio un pago efectivo de impuesto.

Oficio N°2936 (29/10/2012)

Solicita pronunciamiento sobre la procedencia de autorizar la devolución de remanente de crédito fiscal acumulado, producto de la aplicación de la Res. Ex. N° 109, de 2005, que dispone cambio de sujeto de derecho del IVA en las ventas de medios de prepago de telefonía e internet. En este caso no procede tal devolución porque la suma retenida corresponde al márgen d ecomercialización del adquirente y vendedor final.

Oficio N°2935 (29/10/2012)

Se instruye sobre la documentación a emitir en la comercialización de hidrocarburos efectuada por un operador, en virtud de las facultades otorgadas en el Contrato Especial de Operación para la Exploración y Explotación de Yacimientos de Hidrocarburos y en el Acuerdo de Operación Conjunta (JOA).

Oficio N°2934 (29/10/2012)

Las empresas obligadas a otorgar sala cuna y jardines infantiles a sus trabajadores, podrán rebajar como gasto tributario las sumas destinadas a pagar estos beneficios, ya sea que les hayan sido facturado directamente o a través de un mandatario, según se trate, respectivamente, de un mandato con o sin representación, siempre que dichos desembolsos cumplan con los requisitos que al efecto establece el artículo 31, de la LIR. Lo mismo y bajo las mismas condiciones y requisitos, ocurre con los sumas que la empresa mandataria les cobre por la administración del beneficio contratado con ellas. En lo que dice relación con el Impuesto al Valor Agregado tales servicios están exentos de este tributo y la documentación a emitir va a depender si el mandato es con o sin representación.

Oficio N°2072 (09/08/2012)

Los ingresos provenientes del servicio de desratización y control de plagas se encuentran gravados con el Impuesto al Valor Agregado por lo que no se puede autorizar el timbraje de facturas exentas por la prestación de tales servicios, debiendo el contribuyente emitir boletas o facturas afectas, conforme a lo dispuesto en el artículo 52°, del D.L. N° 825 de 1974. Ademas dichos servicios no pueden ser prestados como sociedad de profesionales para los efectos tributarios.

Oficio N°2068 (09/08/2012)

El servicio consistente en la publicación de avisos de venta de vehículos en un sitio web especialmente dedicado a dicho objeto, corresponde a un servicio de publicidad prestado remuneradamente, y por ende, afecto a Impuesto al Valor Agregado. La empresa prestadora del servicio debe emitir por los ingresos percibidos una factura o boleta, según sea o no el beneficiario del servicio contribuyente de Impuesto al Valor Agregado, las cuales podrán asumir la forma de un documento electrónico de haber sido autorizado como emisor electrónico mediante la correspondiente Resolución del SII.

Oficio N°1776 (20/07/2012)

No existe inconveniente para que los contribuyentes publiquen en un diario electrónico las publicaciones a que se refieren las Resoluciones Exentas N° 109 de 1976 y N° 2.301 de 1986, sobre pérdida, inutilización, robo o hurto de documentos tributarios; siempre y cuando sea posible verificar en el sitio web de dicho diario la fecha en que se realizaron tales publicaciones.

Oficio N°1152 (15/05/2012)

Tratamiento tributario respecto del Impuesto al Valor Agregado e impuestos a la renta de los ingresos percibidos por servicios informáticos. Respecto a los servicios informáticos, para establecer el correcto tratamiento frente al IVA, hay que determinar previamente si se traducen o materializan en la creación de software que a su vez serían objeto de licencias o sublicencias de uso. La cesión de derechos vinculados a la propiedad intelectual se encuentra gravado con Impuesto al Valor Agregado. Deducción como costo o gasto de las sumas pagadas por estos conceptos, según lo establecido por los artículos 30 y 31 de la LIR y retención del Impuesto Adicional sobre las referidas cantidades pagadas de acuerdo a lo dispuesto por los articulos 59 N° 2 y 74 N° 4 de la misma ley y situación tributaria en el caso de la existencia de un Convenio para Evitar la Doble Tributación Internacional.

Oficio N°613 (14/03/2011)

La importación de gas natural licuado para su posterior suministro como gas natural licuado regasificado a los clientes, constituye un suministro de bienes afecto a las normas de la Ley del IVA que regula esta clase de empresas, en especial en lo relacionado con el devengo de dicho tributo, contenido en el artículo 9 letra e) del D.L N° 825/74. Respecto a la emisión de facturas se permite emitirlas indicando la información de la glosa referente a la cantidad suministrada, precio unitario, base imponible del IVA e impuesto y/o crédito SIPCO, conforme a la facultad establecida en el artículo 56 del D.L N°825/74.

Oficio N°612 (14/03/2011)

El monto recargado y trasladado separadamente por concepto de Impuesto Específico a las Gasolinas Automotrices y Petróleo Diesel en las facturas emitidas por la empresa distribuidora, constituye para el comprador parte del costo del producto adquirido, el cual debe consignarse separadamente en la factura a fin de excluirlo de la base imponible del Impuesto al Valor Agregado, y permitir, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley, su recuperación usándolo como crédito fiscal. Sin perjuicio de lo anterior, en el evento que dicha institución hubiese importado la gasolina o el petróleo, esta adquisición podría encontrarse exenta del Impuesto Específico del artículo 6 de la Ley N°18.502, en la medida que hubiese sido efectuada con cargo a recursos del Fondo Rotativo de Abastecimiento, según lo dispuesto en el artículo 101 de la Ley N°18.948, Ley Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas.

Oficio N°611 (14/03/2011)

La venta de minerales que un proveedor chileno efectúa a una empresa también domiciliada en Chile, procediendose a su envío al exterior por el primero, donde serán posteriormente transferidos por el segundo, constituye una venta en los términos señalados en el artículo 2° N° 1 del D.L. 825, pero se encuentra exenta de IVA, en virtud del artículo 12° letra D) de dicha ley, que declara exentas las especies exportadas en su venta al exterior. La posterior venta de las mercaderías que se efectúa, en la medida que ella se perfeccione fuera del territorio nacional, sea que acontezca en aguas internacionales o en otro país, no se encontrará gravada con IVA por cuanto los bienes transferidos no se ubicarán en territorio nacional, como lo exige la norma de territorialidad del IVA, contenida en el artículo 4° del D.L. 825, de 1974. Forma de documentar las operaciones.

Oficio N°2371 (14/10/2011)

La Asociación de Universidades para la Investigación en Astronomía (Association of Universities for Research in Astronomy, AURA), está liberada del Impuesto Específico al Petróleo Diesel, establecido en la letra b), artículo 6°, de la Ley N°18.502, en la medida que las compras sean destinadas a la operación de sus observatorios.

Oficio N°1585 (06/07/2011)

Las primas "fairtrade" pactadas en el marco del desarrollo del Comercio Justo se traducen en un mayor monto a pagar por la adquisición de aquellos productos que son comercializados con organizaciones que trabajan con este sistema,constituyendo para el comprador parte del precio de los bienes adquiridos que voluntariamente acepta y decide pagar. Dichas primas se encuentran afectas al IVA y deben acreditarse con la emisión de la respectiva nota de débito, de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 57 del D.L. N° 825, de 1974.

Oficio N°1439 (13/06/2011)

Si el biometano se trata de un compuesto distinto del petroleo diesel, gasolina automatriz, gas natural comprimido y gas liquado de petróleo, y si se utiliza solo, sin mezclarse con otros combustibles, no estaría efecto a los impuestos especificos establecidos en los artículos 1° y 6° de la Ley N° 18.502.

Oficio N°1438 (13/06/2011)

La venta de mercancias no nacionalizadas ubicadas en zona primaria efectuada por un contribuyente chileno a un comprador chileno, quien posteriormente importará legalmente las mercancías compradas al país, debe ser documentada con una Factura de Ventas y Servicios no Afecta o Exenta del IVA.

Oficio N°333 (24/02/2010)

El Departamento de Cooperativas por los valores que cobra a las instituciones sujetas a su fiscalización no se encuentra obligado a emitir ningún documento tributario, ya que tales operaciones no constituyen un hecho gravado con el IVA, debiéndose emitir en la especie cualquier documento que de cuenta fehacientemente de la operación realizada.

Oficio N°25 (12/01/2010)

Tramiento tributario de la factura de compra, en los casos en que el emisor no posea la calidad de agente retenedor. Correspondería rechazar el crédito fiscal contenido en una factura de compra.

Oficio N°2123 (19/11/2010)

Situación tributaria de los Comités de Agua Potable Rural frente a las normas de la Ley de Impuesto a la Renta y del IVA. Estas entidades gozan de una exención personal, en relación a todas las contribuciones, impuestos y derechos fiscales y municipales, conforme a lo establecido el artículo 29 de la Ley N° 19.418, por lo que las rentas o ingresos que puedan obtener, se encuentran exentas de los impuestos establecidos en la LIR; exención que no se hace extensiva a los tributos establecidos en la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios salvo, en el caso del suministro a los socios que se haga al precio de costo. (Liberación de exigencias administrativas, no obligados a llevar contabilidad, registro FUT y de efectuar PPM. Obligados a efectuar retenciones de impuestos e inscribirse en el RUT).

Oficio N°1933 (25/10/2010)

El contrato de construcción del Hospital de Isla de Pascua se encuentra exento del IVA, en virtud del artículo 4° del D.L N°1244, por lo que procede que el impuesto soportado por la empresa constructora en la adquisición de bienes o en la utilización de servicios destinados a la construcción del mencionado hospital, forme parte del costo de la referida construcción para efectos del Impuesto a la Renta.

Oficio N°1931 (25/10/2010)

Los agricultores beneficiarios de los bonos entregados por INDAP, pueden utilizar como crédito fiscal el Impuesto al Valor Agregado recargado en las facturas que den cuenta de la adquisición de bienes o utilización de servicios, en la medida que cumplan con los requisitos legales, sin que sea legalmente procedente limitar el uso del crédito fiscal por el sólo hecho que el monto del impuesto correspondiente haya sido cubierto con la bonificación percibida.

Oficio N°192 (29/01/2010)

Alcance de la exención del artículo 49° de la Ley General de Cooperativas, en relación al Impuesto Específico a los Combustibles de la Ley N° 18.502. Es una exención de carácter personal por lo que una cooperativa puede beneficiarse con la exención parcial del artículo 49, solo en la medida que detente efectivamente la calidad de sujeto de derecho de los impuestos indicados, esto es, sea distribuidor de gas natural comprimido y gas licuado o productor o importador de gasolinas automotrices y petróleo diesel.

Oficio N°1717 (29/09/2010)

Tributación frente al IVA y documentación tributaria a emitir respecto de actividades impartidas en dependencias de un Club de Campo regido por la Ley N° 18.712 sobre Estatuto de los Servicios de Bienestar Social de las Fuerzas Armadas.

Oficio N°1650 (16/09/2010)

Tratamiento tributario frente a los Impuestos de la Ley de la Renta y del IVA que afecta a opereción conjunta realizada mediante un contrato de Joint Venture.

Oficio N°1641 (16/09/2010)

Forma de facturar una operación de seguros que en parte se encuentra afecta al Impuesto al Valor Agregado y en otra exenta de este tributo. Es posible facturar la operación en un mismo documento, en la medida que se haga mención, en forma separada, a los seguros afectos, su precio y recargo de IVA, y el seguro exento y su precio neto.

Oficio N°1639 (16/09/2010)

Improcedencia de emitir una factura de exportación en la venta al extranjero de una aeronave, atendido a que el enajenante no tiene la calidad de vendedor, por lo que no es pertinente exigir tal documento para dar curso a la Declaración Única de Salida en la venta al extranjero de la aeronave.

Oficio N°1585 (09/09/2010)

Régimen tributario frente al IVA que afecta a una sociedad cuyo giro es la prestación de servicios hospitalarios a domicilio; enfermería; control y asistencia médica; capacitación; traslado de enfermos y comercialización de insumos médicos. Obligación de llevar contabilidad completa o simplificada.

Oficio N°1584 (09/09/2010)

En la medida que los aportes entregados por una institución de derecho privado a los ejecutores encargados de desarrollar un proyecto de innovación, sean destinados exclusivamente a la ejecución del respectivo proyecto, no se origina en la especie una contraprestación de servicios, como tampoco una compra de bienes, no configurándose una venta o servicio según las normas del D.L 825, de 1974, por lo que los ejecutores para respaldar la recepción de los referidos aportes pueden emitir cualquier documento de carácter interno que estimen conveniente que acredita fehacientemente la operación realizada.

Oficio N°1477 (27/08/2010)

De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 1° del D.L N° 2.757, de 1979, las reuniones organizadas por las Asociaciones Gremiales a las que concurren sus miembros o afiliados para discutir, difundir e intercambiar conocimientos, sin que medie un expositor u otra persona, con la finalidad de instruir a sus asistentes en materias relacionadas con la profesión u oficio, no tienen la calidad o la naturaleza de un servicio, ya que no existe una acción o prestación que se efectúe en los términos previstos por el N°2 del artículo 2° del D.L N° 825, de 1974, y por lo tanto, la adhesión cobrada a los asociados no se afecta con el IVA, no procediendo emitir por dicho cobro una boleta o factura de aquellas que se refiere la Resolución Exenta N° 6080, de 1999, siendo suficiente la emisión de cualquier documento que acredite fehacientemente el pago efectuado.

Oficio N°1420 (20/08/2010)

Tratamiento tributario aplicable a la entrega con fines promocionales o de propaganda de productos de perfumería y cosméticos. Forma de emisión de los documentos tributarios.

Oficio N°13 (11/01/2010)

No existe la obligación de emitir documentación tributaria por el pago anticipado del precio de bienes corporales muebles confeccionados por encargo. En caso de facturarse dicho anticipo antes de la entrega, la emisión de la factura implicará el devengo del IVA correspondiente al anticipo, debiendo recargarse el monto del tributo en el referido documento.

Oficio N°1263 (29/07/2010)

Las remuneraciones a que tienen derecho a recibir los artistas o intérpretes de una obra audiovisual por las acciones que se realicen sobre los soportes audiovisuales, conforme al artículo 3° de la Ley N° 20.243, y recaudadas por una entidad jurídica, no emanan de un acuerdo de voluntades tendiente a ceder un derecho de autor o conexo protegido por Ley N° 17.336/1970, sino que nacen de la sola voluntad de la ley, y por lo tanto, no se configura el hecho gravado del IVA del artículo 8 letra h) del D.L N° 825; norma legal que requiere para su verificación de un acuerdo de voluntades por el cual se cede temporalmente la propiedad intelectual de un derecho protegido por la ley. Por lo tanto, la labor de recaudación realizada por la entidad jurídica no constituye un hecho gravado del IVA, debiendo utilizarse cualquier documento interno para acreditar la operación.

Oficio N°1220 (22/07/2010)

En el caso de contribuyentes que llevan su contabilidad en moneda extranjera y que pacte y paguen sus operaciones en la misma moneda con otros contribuyentes que también llevan su contabilidad en moneda extranjera, no procede la emisión de notas de débitos ni de créditos por la fluctuación positiva o negativa que pueda experimentar la moneda extranjera en que se pactaron las operaciones en el plazo entre la emisión de la factura y el pago a plazo de la misma.

Oficio N°1219 (22/07/2010)

En las operaciones que se realicen en moneda nacional procede la emisión de notas de créditos o débitos, según corresponda, por las diferencias que se produzcan en la base imponible del impuesto producto de la variación del tipo de cambio; situación que no ocurre en el caso de que ambos contribuyentes lleven su contabilidad en moneda extranjera y pacten y paguen sus operaciones en esa misma moneda, ya que en la especie no existiría para ninguno de los involucrados una variación en el valor de la operación originalmente pactada.

Oficio N°1036 (23/06/2010)

Tratándose de ventas efectuadas por usuarios de la Zona Franca de Iquique de bienes muebles situados en Chile o en el extranjero que al tiempo de celebrarse la convención respectiva no se encuentren nacionalizados, tales operaciones no quedan afectas al Impuesto al Valor Agregado, por no cumplir con el requisito de territorialidad que la ley exige para la aplicación del impuesto.

Oficio N°474 (16/03/2009)

Las notas de crédito emitidas por un exportador, por ventas realizadas en periodos anteriores, no inciden en la determinación de la proporción entre exportaciones y ventas locales, a efectos de la devolución del crédito fiscal para exportadores.

Oficio N°472 (16/03/2009)

Oportunidad en que debe emitirse la factura de exportación, en ventas bajo modalidad a firme, con mínimo a firme y bajo condición.

Oficio N°393 (03/03/2009)

Procedencia de que un contribuyente obligado a emitir facturas por sus prestaciones, efectúe cobros a título de multas, a sus clientes cuando deba modificar las facturas por errores en los datos que contenga. Incompetencia del SII, para pronunciarse sobre la legalidad de la multa que se pretende.

Oficio N°3482 (10/12/2009)

Tratamiento tributario frente al IVA de los servicios comprendidos en el llamado a licitación pública de la Subsecretaría de Transportes, por el que se convoca a los interesados en adjudicarse el proyecto, para la prestación de servicios de verificación de operatividad del sistema de transporte público de la ciudad de Santiago, Transantiago. Concepto de procesamiento automático de datos.

Oficio N°3480 (10/12/2009)

Requisitos que se deben cumplir para la procedencia de aplicar la exención contenida en el Art. 12°, letra E), N° 17, del D.L. N° 825, a los servicios de alimentación subcontratados por una empresa hotelera, que atiende a turistas extranjeros. Forma de emisión de las facturas de exportación.

Oficio N°3478 (10/12/2009)

Aplicación del Impuesto al Valor Agregado a la transacción que pone fin a un juicio arbitral cuando producto de una sentencia dictada en un juicio arbitral, se ratifica el cobro de un determinado estado de pago por el que ya se emitió válidamente una factura, la cual no fue pagada por el comprador. No procede la emisión de documentos que anulen el efecto de la factura emitida originalmente, toda vez que el devengo del impuesto se verificó, en la fecha de la emisión de la factura en el momento en que se produce la entrega real o simbólica de las especies.

Oficio N°3257 (09/11/2009)

Forma de aproximar los montos en las facturas, cuando éstos se expresan con centavos.

Oficio N°2813 (15/09/2009)

Exención del IVA que favorece a los ingresos percibidos por concepto de entradas a los espectáculos y reuniones realizados a favor de los Cuerpos de Bomberos. Los ingresos por la ventas de productos realizadas durante dichos espectáculos o reuniones se encuentran gravadas con el IVA, debiendo emitirse las boletas correspondientes.

Oficio N°2790 (11/09/2009)

Los ingresos percibidos por una Corporación por concepto de gestión y recaudación de los derechos de autor, representados éstos sólo por el porcentaje destinado a gastos de administración (comisión), para los efectos tributarios se clasifican en el N° 5 del artículo 20 de la Ley de la Renta. Los ingresos provenientes de la cesión temporal de los derechos de autor, no constituyen el ejercicio de una ocupación lucrativa por parte de los artistas, clasificándose en el artículo 20 N° 5 de la ley del ramo. Las remesas al exterior por este concepto se afectan con el impuesto adicional del inciso primero del artículo 59 de la LIR, con tasa de 30%. Normas de retención, declaración y pago del impuesto.

Oficio N°2745 (03/09/2009)

Tratamiento tributario de proyecto de construcción y operación de terminal de recepción y regasificación de gas natural licuado. Emisión de documentos tributarios y facultad de tasar por parte del SII.

Oficio N°273 (05/02/2009)

Tratamiento tributario del IVA que afecta a contrato de locación de servicios consistente en captar clientes a nivel nacional con el fin de ubicarlos en puestos de trabajo en el extranjero. Tratamiento tributario del IVA aplicable a contrato de franquicia.

Oficio N°2647 (26/08/2009)

Tratamiento tributario frente al IVA de los ingresos obtenidos por la construcción y posterior explotación de la obra de uso público. Aplicación de las normas de proporcionalidad del crédito fiscal a sociedad concesionaria de una obra de uso público.

Oficio N°2409 (27/07/2009)

Aclaración respecto de los criterios tributarios contenidos en los Oficios N°s 3.152 de 19.11.2007, sobre el servicio de fidelización y 737, de 17.03.1998, sobre empresa de promoción y marketing. Servicios afectos a IVA y obligación de emitir factura.

Oficio N°2394 (24/07/2009)

Fecha para el reintegro del impuesto o reembolso del crédito fiscal por exportación de combustibles derivados del petróleo y momento u oportunidad en que debe entenderse materializada la exportación del derivado del petroleo.

Oficio N°2310 (10/07/2009)

Improcedencia de emitir guías de despacho propia por parte de una empresa a la cual solo se le ha encargado el almacenamiento y la entrega material de la mercancía a los clientes de la propietaria de los bienes que vende.

Oficio N°2181 (26/06/2009)

Las rentas provenientes de la explotación de máquinas de juegos al azar es una actividad que se clasifica en el N° 4 del artículo 20 de la Ley de la Renta, espercificamente como provenientes de las empresas de diversión y esparcimiento , y en virtud de tal clasificación se afectan con los impuestos generales de la ley del ramo, esto es, con el impuesto de Primera Categoría y Global Complementario o Adicional, con derecho al crédito establecido en los artículo 56 N° 3 y 63 de la ley antes mencionada.

Oficio N°1836 (27/05/2009)

En la medida que un congreso tenga la naturaleza de una reunión en la cual los asistentes debatan acerca de un conocimiento relacionándose de manera horizontal, no existirá una prestación remunerada en favor de terceros, y por ende no se verificará un servicio. De esta manera, para dar cuenta del cobro que se haga por matricularse en estos congresos no deberá emitirse una boleta o factura, sino que cualquier documento que acredite fehacientemente el pago realizado. Obligatoriedad de ofrecer los servicios a través del Portal Chilecompras.

Oficio N°1828 (27/05/2009)

Concepto de gastos reembolsables derivados de los servicios de intermediación prestados por una empresa de transporte nacional e internacional. No constituye un hecho gravado con IVA, porque no corresponde a un servicio, la recuperación de gastos en que incurre un contribuyente al contratar por cuenta y riesgo de terceros, en calidad de mandatario, y no resulta procedente emitir una factura por servicios no afectos o exentos. La empresa deberá utilizar para efectuar el cobro de los gastos en que ha incurrido, cualquier otro documento de carácter interno que acredite fehacientemente la operación.

Oficio N°1769 (20/05/2009)

Tratamiento tributario del Fondo de Compensación Solidario, conforme a las normas de la Ley de la Renta y del IVA atendido que las transacciones de aportes entregados por cada ISAPRE participante en el fondo no se encuentran gravadas con IVA, no procede la emisión de la documentación establecida en el Art. 52°, del DL N° 825, de 1974 e igualmente, no resulta procedente emitir la documentación establecida mediante la Resolución Exenta N° 6.080, de 1999 ya que dicha documentación procede sólo cuando existen ventas y/o servicios no afectos o exentos de IVA, por cuanto, las sumas aportadas por las ISAPRES no remuneran una venta ni un servicio.

Oficio N°1390 (29/04/2009)

Procedencia de emitir facturas u otros documentos que den cuenta del monto percibido por los concesionarios de vías en relación a las liquidaciones periódicas por los servicios de transporte prestados que debe efectuar el Administrador Financiero del Transantiago, en ejercicio de un mandato. La distribución de los recursos recaudados por el administrador financiero del Transantiago entre los diversos integrantes del sistema de transporte público que se han devengado por la prestación de los servicios de transporte, no constituye un hecho afecto a IVA, por cuanto dichos recursos constituyen la recuperación de las sumas pagadas por los servicios de transporte de pasajeros, respecto del cual el Administrador Financiero del Transantiago, no es prestador. No corresponde emitir factura, porque la operación realizada no corresponde a un servicio gravado. Las comisiones percibidas en cumplimiento del mandato mercantil, deben ser documentadas a través de una factura afecta.

Oficio N°1366 (27/04/2009)

Documento tributario que debe emitirse por el servicio consistente en la tramitación de la solicitud de inscripción en el Registro de Centros para la realización de actividades de Investigación o Desarrollo.

Oficio N°870 (25/04/2008)

Aplicación de exención de artículo 12, letra E), Nº 10, de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, a la emisión de boleta de garantía bancaria, realizada por un banco en representación de un banco extranjero.

Oficio N°702 (11/04/2008)

Contrato de venta de cosas futuras. Aplicación y devengo del IVA, de acuerdo con el artículo 9° del DL 825, de 1974, e Impuesto Adicional a las Bebidas Alcohólicas a un contrato de transferencia de vino en barricas de guarda.

Oficio N°701 (11/04/2008)

Tributación que afecta a empresa sociedad productora de eventos.

Oficio N°654 (08/04/2008)

Pago de componente fijo del impuesto al gas natural comprimido de la Ley 18.502, en caso de desabastecimiento del combustible.

Oficio N°548 (20/03/2008)

Consulta acerca de la procedencia de emitir facturas exentas o no afectas, por los reembolsos que recibe de su mandante en virtud de un contrato de comisión mercantil.

Oficio N°547 (20/03/2008)

Procedimiento a seguir cuando se han emitido y declarado facturas por la venta e instalación de un equipo de iluminación cuando beneficiario de la operación es quién debe emitir la documentación por ser agente retenedor de IVA. Resolución Ex. N° 142, de 2005.

Oficio N°401 (26/02/2008)

Consulta si es posible emitir facturas de exportación en pesos, sin consignar el monto en moneda extranjera.

Oficio N°310 (18/02/2008)

Personas que no son contribuyentes del IVA no se encuentran obligadas a emitir guías de despacho en el traslado de bienes corporales muebles que no importan venta.

Oficio N°3094 (28/10/2008)

Tributación que afecta al arrendamiento de grúas y capachos.

Oficio N°284 (11/02/2008)

Procedencia del crédito especial del artículo 21, del DL 910, de 1975, en el caso de un contribuyente que no reflejó la rebaja de dicho crédito, en las facturas emitidas por la construcción de viviendas destinadas a la habitación.

Oficio N°283 (11/02/2008)

Consultas relativas a Facturas de Compra por servicios recibidos y sobre Ingresos no Constitutivos de Renta. También consulta sobre la posibilidad de retener a los servicios.

Oficio N°2729 (20/08/2008)

Impuesto al Valor Agregado que afecta a los servicios de determinación de perfiles genéticos y al servicio de cotejo de dichos perfiles.

Oficio N°240 (31/01/2008)

Régimen tributario de los pequeños comerciantes que desarrollan actividades en la vía pública.

Oficio N°2394 (19/08/2008)

Los aportes que efectúen los asociados o Conicyt a una Corporación para la contratación de una biblioteca de revistas cientificas, no se encuentran garavados con el IVA. Por su parte, los pagos que realicen terceros a la citada Corporación para acceder a la biblioteca digital tampoco que se encuentran gravados con el IVA , ya que no provienen de una actividad de los N° 3 y 4 del art. 20 de la LIR. Estas operaciones deben acreditarse con la emisión de facturas o boletas no afectas o exentas del IVA, según las normas de la Resol. Ex. N° 6080, de 1999 y Circ. N° 39, de 2000.

Oficio N°1581 (29/07/2008)

Consulta sobre fecha de emisión con que debe extenderse una nota de débito, cuyo objeto fue regularizar una liquidación de impuestos practicada por este Servicio.

Oficio N°1431 (07/07/2008)

Documentación que se debe emitir en caso de reembolso de gastos. No constituye un servicio.

Oficio N°1363 (30/06/2008)

Consulta si es posible dar el tratamiento de gastos reembolsables a pagos efectuados en virtud de un contrato de ejecución de obras.

Oficio N°782 (04/04/2007)

Documentación que corresponde emitir en caso de venta de bienes situados en el extranjero y que posteriormente son importados a Chile por el comprador.

Oficio N°781 (04/04/2007)

Forma en que vendedores y prestadores de servicios deben facturar a mandatarios que adquieren bienes o utilizan servicios por cuenta de terceros. No les es aplicable la Circular N° 60/2006, a los agentes de naves cuando actúan como mandatarios de diversos armadores extranjeros que no se encuentran registrados en el Rol Único Tributario.

Oficio N°779 (04/04/2007)

Recuperación del impuesto específico al petróleo diesel contenido en el artículo 6°, de la Ley N°18.502, que pueden realizar las empresas de transporte terrestre, en virtud del artículo 2°, de la Ley N°19.764.

Oficio N°675 (20/03/2007)

Procedimiento para efectuar la rebaja en el débito fiscal, cuando se producen devoluciones de mercaderías vendidas con boleta.

Oficio N°667 (19/03/2007)

El transporte aéreo de pasajeros, corresponde a un servicio que implica el ejercicio de una actividad comprendida en el artículo 20° N° 3 de la LIR. No obstante encontrarse dicha actividad exenta de IVA, la prestadora de los servicios de transporte debe ser considerada como contribuyente de IVA para todos los efectos legales. Emisión de notas de débito por un contribuyente exento del Impuesto al Valor Agregado que es declarado en quiebra, de acuerdo con el procedimiento del artículo 29 de la Ley 18.591.

Oficio N°666 (19/03/2007)

Servicios de secretariado y otros relacionados prestados por una empresa individual de responsabilidad limitada. Procedencia de la exención del impuesto al valor agregado, establecida en el artículo 12°, letra e), N° 12. Los servicios no constituyen un hecho afecto con IVA, por lo que resulta inaplicable la precitada exención, por cuanto, para que un hecho sea calificado de exento es requisito sine qua non que previamente se encuentre gravado. La EIRL deberá emitir facturas no afectas.(Ley N°19.857).

Oficio N°559 (06/03/2007)

Tratamiento tributario del IVA aplicable a la cesión indefinida del uso de una patente de invención. La protección legal siempre se encuentra sujeta a un plazo.

Oficio N°362 (12/02/2007)

Operación a plazo pactada en dólares y pagada en esa misma moneda.

Oficio N°3232 (27/11/2007)

Devolución de remanentes de crédito fiscal originado por retenciones de IVA en ventas de maderas. Resolución Ex. N° 4916 de 2000.

Oficio N°3177 (20/11/2007)

Aplicación de IVA a la confección y distribución de la Tarjeta Nacional del Estudiante.

Oficio N°3176 (20/11/2007)

Devolución de impuestos a través de lo dispuesto en el artículo 126 del Código Tributario. Nota de crédito incorporada a través de una declaración rectificatoria.

Oficio N°2995 (25/10/2007)

Procedimiento aplicable para regularizar el débito fiscal de un contribuyente que recargó IVA por la prestación de un servicio que no se encontraba afecto al tributo.

Oficio N°2993 (25/10/2007)

Régimen de Tributación que afecta a las rentas percibidas por una Universidad Privada con motivo de los servicios de educación vía Internet que presta a alumnos que residen en el extranjero.

Oficio N°2888 (11/10/2007)

Tributación de los ingresos obtenidos por una asesoría gremial por servicios de inspección de la tarjeta nacional del estudiante y oficinas de atención a usuarios.

Oficio N°2726 (26/09/2007)

Consulta respecto a la calidad de hecho gravado con IVA de los ingresos percibidos por la prestación de servicios consistente en impartir cursos de capacitación.

Oficio N°2645 (13/09/2007)

Procedencia de autofacturar el traspaso de un bien del activo realizable al activo fijo.

Oficio N°2452 (17/08/2007)

Obligación de las fundaciones y corporaciones de derecho privado de mantener la documentación tributaria en su poder durante cierto periodo de tiempo.

Oficio N°2451 (17/08/2007)

Documento legal que debe emitir una sociedad de turismo para respaldar venta de pasajes aéreos, terrestres o marítimos que efectúa a empresas e instituciones.

Oficio N°2355 (02/08/2007)

Solicita se aclare aplicación de Circular N°60, de 03/11/2006, en aquellos casos en que los vendedores y prestadores de servicios operan con agentes de naves que a su vez actúan como mandatarios de diversos armadores extranjeros.

Oficio N°2353 (02/08/2007)

Procedencia del crédito especial del artículo 21, del DL 910, de 1975, en el caso de un contribuyente que no facturó en su oportunidad la construcción de viviendas SERVIU, pero que en un proceso de fiscalización posterior emitió las referidas facturas a petición del fiscalizador sin considerar el crédito especial en comento.

Oficio N°1273 (18/06/2007)

Aplicación del Impuesto al Valor Agregado a los servicios de diseño, elaboración y dirección de programas de televisión.

Oficio N°1161 (28/05/2007)

Emisión de facturas por ventas y servicios no gravados o exentos de IVA en caso de recuperación de gastos.

Oficio N°971 (16/03/2006)

Operación a plazo es pactada en dólares y pagada en esa misma moneda.

Oficio N°4777 (07/12/2006)

Aplicación de IVA a contrato de compraventa de minerales in situ.

Oficio N°4467 (02/11/2006)

Tratamiento tributario del IVA aplicable a la transferencia mediante medios electrónicos de bienes protegidos por la Ley N° 17.336, sobre propiedad intelectual, dentro de los cuales se encuentran los programas computacionales.

Oficio N°410 (07/02/2006)

Aplicación de la parte variable del impuesto especial al gas licuado de petróleo, establecido en el artículo 1°, de la Ley N° 18.502, a grúas horquilla. Normativa sobre devolución del impuesto.

Oficio N°377 (03/02/2006)

Aplicación del IVA a las inspecciones que se realizan dentro del proceso de certificación de capturas y desembarques de origen industrial a los armadores pesqueros. No constituye hecho gravado.

Oficio N°373 (03/02/2006)

Tratamiento respecto al IVA de la indemnización por pérdida o daño de mercaderías. Documentos necesarios para respaldar los ingresos.

Oficio N°3718 (23/08/2006)

Tratamiento tributario aplicable a multas que se aplican a empresas contratistas por concepto de atrasos o incumplimiento de contratos de construcción. No corresponde emitir facturas ni notas de crédito por cuanto no se trata de una operación gravada con IVA.

Oficio N°2919 (09/06/2006)

Pronunciamiento con relación al tratamiento tributario y emisión de documentos frente a la Ley del IVA en caso de reemplazo de bienes defectuosos en cumplimiento de una obligación de garantía.

Oficio N°236 (23/01/2006)

Tributación aplicable a la cesión de proyecto televisivo protegido por la Ley N° 17.336, sobre propiedad intelectual.

Oficio N°15 (03/01/2006)

Solicitud de pronunciamiento sobre quién recae la obligación de emitir guía de despacho.

Oficio N°1225 (03/04/2006)

Solicita pronunciamiento respecto a la emisión de facturas de exportación por servicios prestados a personas sin domicilio ni residencia en Chile.

Oficio N°1197 (29/03/2006)

Obligación de emitir factura en caso de venta de medios de prepago de telefonía e Internet efectuada entre comerciantes afectados con el cambio de sujeto decretado en la Resolución 109, de 2005.

Oficio N°760 (24/03/2005)

Situación tributaria que afecta a las prestaciones de servicios funerarios.

Oficio N°566 (25/02/2005)

Tratamiento tributario de las labores de intermediación y promoción turística.

Oficio N°547 (22/02/2005)

Tratamiento tributario del IVA aplicable a peluqueros dueños de su propio local.

Oficio N°5032 (21/12/2005)

Sujeto al cual se le debe emitir la factura y momento en el cual se debe emitir dicho documento, de conformidad con el artículo 55° del D.L. 825, de 1974, en un contrato general de construcción.

Oficio N°4683 (28/11/2005)

Desembolsos en la adquisición de automóviles, que serán destinados a sorteos gratuitos con fines promociónales, no los podrán rebajar como un gasto en la determinación de la renta liquida imponible del impuesto de Primera Categoría.

Oficio N°4651 (24/11/2005)

Documentación que corresponde emitir en caso de una venta de bienes situados en el extranjero y que posteriormente son importados a chile.

Oficio N°439 (07/02/2005)

Sujeto obligado a la emisión de guía de despacho, en caso de traslado de bienes que se mantenían en depósito.

Oficio N°3326 (05/09/2005)

Emisión de guías de despacho, en caso de traslado de bienes que se mantenían en depósito en una empresa de bodegaje.

Oficio N°3189 (29/08/2005)

Documentos o comprobantes que deben emitirse por servicios de cobranza relacionados con operaciones hipotecarias.

Oficio N°3134 (25/08/2005)

Pide establecer vigencia de la resolución exenta n° 1.578, de 1979, que excepciona de la emisión de guías de despacho a empresas periodísticas y otras.

Oficio N°2888 (04/08/2005)

Precio de venta de cosas muebles a plazo expresado en moneda extranjera, pero el pago de las cuotas del precio se percibe en moneda nacional.

Oficio N°2491 (06/07/2005)

No constituye renta las de compensaciones producto de la interrupción o suspensión del suministro de energía eléctrica no autorizada en conformidad con a la ley y a los reglamentos.

Oficio N°191 (24/01/2005)

Procedencia de emitir facturas o boletas exentas de IVA, para documentar el cobro de los gastos comunes cancelados por los socios para la mantención de un complejo deportivo recreativo.

Oficio N°1852 (20/06/2005)

Solicita pronunciamiento sobre si las facturas emitidas por las obras ejecutadas por las empresas eléctricas en los proyectos PER (Programa de Electrificación Rural) están exentas de IVA. La prestación se encuentra afecta.

Oficio N°1823 (15/06/2005)

Tributación con Impuesto al Valor Agregado que afecta a la recuperación de las sumas pagadas por el derecho a explotar los servicios de cocina de vuelo a las líneas aéreas, los cuales según contrato deben ser reembolsados por el beneficiario del servicio. También consulta acerca de la documentación a emitir por tal concepto.

Oficio N°163 (18/01/2005)

IVA aplicable a un contrato de arrendamiento en el extranjero de bienes corporales muebles adquiridos en el extranjero sin importarlos al país.

Oficio N°1066 (20/04/2005)

Aplicación del Impuesto al Valor Agregado, establecido en los artículos 8° y 2° N° 2 del DL N° 825, de 1974, a diversos aportes en dinero efectuados por una sociedad inmobiliaria en cumplimiento de un convenio de mitigación de impacto vial.

Oficio N°934 (17/02/2004)

Resuelve consulta acerca del sujeto que debe asumir el aumento de la tasa del IVA, respecto de un contrato de servicios de aseo comunal, suscrito con anterioridad a la fecha de aumento de dicha tasa.

Oficio N°732 (09/02/2004)

No existe obligación de emitir los documentos tributarios a que se refiere la Resolución N° 6080, de 1999, para respaldar los cobros de peajes en las plazas respectivas.

Oficio N°3424 (14/07/2004)

Aplicación del Impuesto al Valor Agregado a servicios de inspección y certificación de semillas y análisis de laboratorio.

Oficio N°2564 (08/06/2004)

Aplicación de la exención del IVA, establecida en artículo 91 de la Ley N° 18.961, orgánica constitucional de Carabineros de Chile, al tributo del artículo 6 de la Ley N° 18.502.

Oficio N°2554 (08/06/2004)

Tributación frente a la Ley de la Renta e IVA de excedentes producidos en el desarrollo del convenio suscrito entre el Servicio Agrícola Ganadero y la Asociación Nacional de Productores de Semillas, sobre la certificación de semillas y plantas.

Oficio N°2465 (27/05/2004)

Impuesto al Valor Agregado en Obras complementarias a un Contrato de Concesión Municipal.

Oficio N°2260 (13/05/2004)

No se encuentra afecto al Impuesto específico al petróleo diesel, establecido en la Ley N° 18.502 ni a la Ley N° 19.030, que creó el Fondo de Estabilización de Precios del Petróleo, el producto denominado Biodiesel.

Oficio N°2013 (30/04/2004)

No se encuentra afecto al Impuesto específico al petróleo diesel de la Ley N° 18.502, ni a la normativa de la Ley N° 19.030, que creó el Fondo de Estabilización de Precios del Petróleo, el producto denominado Biodiesel.

Oficio N°1657 (08/04/2004)

Moneda en que deben pagarse los impuestos que resulten de la liquidación de comisiones de agentes.

Oficio N°1391 (23/03/2004)

Aplicación de Resolución 1087, de 1978, en la venta de gas licuado de petróleo para uso automotriz. Respecto de la emisión de facturas y otros documentos.

Oficio N°1340 (18/03/2004)

Impuesto al Valor Agregado en convenio de canje hotelero. Persona obligada a emitir boleta o factura.

Oficio N°6606 (23/12/2003)

Procedencia de emitir nota de débito para regularizar situación de contribuyente que, vio afectado su remanente de crédito fiscal al ser objetada por el SII a su contraparte, nota de crédito emitida por ésta y asociada a la prestación de servicios administrativos.

Oficio N°619 (24/02/2003)

Solicita reconsideración de Oficio N° 3365, de 12/09/2002. Se confirma lo sustentado en dicho oficio.

Oficio N°609 (20/02/2003)

Impuesto al Valor Agregado en suministro de energía eléctrica prestado entre empresas generadoras de electricidad como consecuencia de la operatoria del Sistema Interconectado.

Oficio N°561 (14/02/2003)

No procede la emisión de una factura recargando el IVA, en reemplazo de una otorgada originalmente como exenta en la misma operación, cuando el Servicio ya ha girado el impuesto correspondiente.

Oficio N°5496 (06/11/2003)

Aclaración de Oficio N° 3255 de 2002, e interpretación de la expresión correspondiente factura contenida en el inciso final del artículo 3°, del DFL N° 90, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

Oficio N°5192 (10/10/2003)

Emisión de notas de crédito y notas de débito en servicios de telecomunicaciones de larga distancia, prestados por empresas portadoras.

Oficio N°4785 (24/09/2003)

Tratamiento tributario del IVA aplicable al arrendamiento para eventos especiales de instalaciones que formarán parte de un centro vacacional que pretende construir el servicio de bienestar de una universidad.

Oficio N°4514 (12/09/2003)

La venta de apuntes de clases que efectúa fundación que indica a sus alumnos, se encuentra gravada con IVA.

Oficio N°4268 (02/09/2003)

No corresponde a este Servicio, autorizar o fiscalizar, la legalidad del cobro llamado "cargo de facturación".

Oficio N°4239 (28/08/2003)

Emisión de documentos tributarios en caso de cesión de créditos relacionados con convenios complementarios de concesiones de obras públicas.

Oficio N°3767 (28/07/2003)

Sujeto obligado al pago del IVA que grava el arancel establecido a favor del Registro de Multas del Tránsito no pagadas, es la municipalidad en cuyo territorio se cursó la infracción.

Oficio N°2454 (15/05/2003)

Emisión de facturas por servicios no afectos o exentos y aplicación del cálculo de la proporcionalidad en el uso del crédito fiscal en caso de reembolso de gastos.

Oficio N°148 (14/01/2003)

Informe sobre la devolución del impuesto especial al petróleo diesel establecido en la Ley N° 18.502, para las empresas de transporte internacional de carga y pasajeros.

Oficio N°1018 (20/03/2003)

Recuperación del impuesto especial al petróleo diesel establecido en la Ley N° 18.502, para las empresas de transporte terrestre internacional de carga.

Oficio N°734 (28/02/2002)

Entrega gratuita de alimentación al personal de su dependencia, por un establecimiento cuyo giro es el expendio de comidas y bebidas. Documentación a emitir en el caso en estudio.

Oficio N°669 (21/02/2002)

No procede regularizar facturas no pagadas mediante la emisión de notas de crédito.

Oficio N°4736 (20/12/2002)

Procedencia de detallar en facturas o boletas que se emitan por prestaciones médicas ambulatorias, los insumos, medicamentos y otros elementos utilizados. Aplicación del IVA en procedimiento médico que indica. (Prestaciones ambulatorias o que no sean tratamientos propios de clínicas, hospitales o maternidades).

Oficio N°4666 (13/12/2002)

Determinación del monto del impuesto o del crédito, según corresponda, que los exportadores y empresas navieras deben recuperar o reintegrar, conforme a las disposiciones de la Ley N° 19.030 que establece el Fondo de Estabilización de Precios del Petróleo.

Oficio N°4568 (05/12/2002)

Tratamiento tributario del IVA aplicable al estacionamiento de vehículos en la vía pública y a la concesión otorgada por la Municipalidad.

Oficio N°3994 (04/11/2002)

Se encuentra exento de IVA el ingreso por concepto de Billete Pasaje, emitido en contrato de transporte aéreo de pasajeros.

Oficio N°3787 (21/10/2002)

Se encuentra afecta a IVA la convención por la cual una persona concede a otra el uso de su oficina amoblada para compartir los gastos de su funcionamiento.

Oficio N°3737 (16/10/2002)

Aplicación del beneficio otorgado por el artículo 29 de la Ley N° 18.591, a los acreedores de facturas impagas emitidas a contribuyentes declarados en quiebra.

Oficio N°3658 (11/10/2002)

IVA en el servicio de recolección y tratamiento de aguas servidas prestado por una Municipalidad y forma de cobro de tales servicios.

Oficio N°3616 (08/10/2002)

Situación triburaria frente a las normas del IVA e impuesto a la renta de ONG constituida de acuerdo a lo dispuesto en el Título XXIII del Libro I del Código Civil.

Oficio N°3398 (16/09/2002)

Tributación aplicable a los contratos de cesión de uso de inmuebles, bajo la modalidad de tiempos compartidos.

Oficio N°3255 (05/09/2002)

Cobro del beneficio de asignación por muerte, contemplado en el DFL N° 90, efectuado por las empresas funerarias.

Oficio N°3073 (28/08/2002)

Recuperación del impuesto específico a los combustibles establecido por la Ley N° 19.030, cuando éste es ingresado desde régimen general a zona franca y posteriormente es vendido allí a empresas navieras.

Oficio N°1172 (11/04/2002)

Impuesto al Valor Agregado que afecta a subsidios entregados por el Programa de Asistencia y Modernización de la Minería Artesanal (PAMMA).

Oficio N°842 (27/02/2001)

Tratamiento tributario del IVA aplicable al contrato denominado "prestación de servicios de lavandería", celebrado entre una empresa y una comunidad de edificios. Mera cesión temporal del uso y goce de máquinas lavadoras y secadoras de ropa.

Oficio N°830 (26/02/2001)

Impuesto al Valor Agregado en financiamiento de gastos de operación de embarcaciones pesqueras y en servicios de mantención y reparación de las mismas, pactados en virtud de un contrato de suministro de pesca.

Oficio N°4335 (05/11/2001)

IVA en prestación de servicios clínicos, médicos, paramédicos, de procedimientos y técnicas de kinesiología domiciliarios, a pacientes según diagnóstico.

Oficio N°3974 (03/10/2001)

Situación tributaria de las comisiones percibidas por los servicios de bienestar, en convenios para el otorgamiento de beneficios a sus afiliados. Obligación de presentar declaraciones anuales de impuesto a la renta y de llevar libros de contabilidad.

Oficio N°3961 (01/10/2001)

No procede autorizar la emisión de una factura a contribuyente que con posterioridad al término de giro y habiendo pagado el IVA por las mercaderías en ese acto, pretende disolver la sociedad y adjudicar dichas mercaderías a otro socio que las utilizará en su giro, quién a su vez le solicta la emisión del documento para utilizar así el crédito fiscal.

Oficio N°3848 (24/09/2001)

Situación del IVA en la prestación de servicios de una agencia noticiosa.

Oficio N°3846 (24/09/2001)

Tratamiento tributario del Impuesto al Valor Agregado recargado en la recuperación de gastos.

Oficio N°3696 (10/09/2001)

La confección y entrega, solicitada por una empresa extranjera sin domicilio ni residencia en Chile, de un bien físico que debe ser entregado a una empresa nacional se encuentra afecta a IVA.

Oficio N°3695 (10/09/2001)

La entrega de petróleo que la Armada efectúa a una empresa en virtud de un convenio, no se grava con el IVA en la medida que se acredite el domicilio de las partes en la zona dispuesta en el artículo 1° de la Ley N° 18.392 (Ley Navarino). (Reconsideración de Oficio N° 497, de 02.09.2000).

Oficio N°3384 (14/08/2001)

Territorialidad del Impuesto al Valor Agregado. Documentación que se debe emitir en caso de venta de bienes situados en el extranjero.

Oficio N°3266 (03/08/2001)

La comisión por mantención y uso de tarjeta de crédito cobrada por los bancos es considera como interés de la operación, encontrándose exenta de IVA, conforme al artículo 12°, letra E, N° 10.

Oficio N°3081 (20/07/2001)

Los aportes recibidos por la asociación de archiveros no se encuentran gravados con IVA si son a título gratuito. Si existe contraprestación pueden quedar gravados.

Oficio N°2837 (28/06/2001)

Impuesto al valor agregado en comercialización de bienes situados en el extranjero o bien mantenidos en depósito aduanero, a clientes chilenos que los internan con posterioridad.

Oficio N°2566 (13/06/2001)

Tratamiento tributario aplicable a un sistema de promociones basado en bonificaciones y descuentos que opera a través de Internet.

Oficio N°2513 (08/06/2001)

El procedimiento establecido para los comisionistas vendedores y/o compradores en Circular N° 126, de 1977, es aplicable también a las agencias comisionistas que prestan servicios por cuenta de otros contribuyentes.

Oficio N°2476 (06/06/2001)

Es obligatorio portar guía de despacho, factura o boleta en el traslado de especies afectas a IVA y la fecha de emisión en cualquiera de las situaciones debe corresponder a la de la fecha del envío.

Oficio N°241 (19/01/2001)

Implicancias tributarias que se derivan del contrato de compraventa en depósito y convenio de asesoría en explotación de farmacias.

Oficio N°2380 (30/05/2001)

Emisión de nota de crédito por devolución de mercaderías fuera de plazo.

Oficio N°2028 (15/05/2001)

Los servicios prestados por una empresa liquidadora de seguros no se encuentran afectos a IVA.

Oficio N°2027 (15/05/2001)

IVA en venta de software efectuada por el Centro Latinoamericano y Caribeño de demografía.

Oficio N°1940 (08/05/2001)

Tributación con IVA y Renta de los reemplazos de piezas o partes defectuosas que se realizan en cumplimiento de un contrato MARC (Maintenance and Repair Contract).

Oficio N°1750 (24/04/2001)

Tratamiento tributario de la entrega de bienes y prestación de servicios con fines promocionales mediante el sistema de canje de puntos.

Oficio N°1580 (10/04/2001)

Tipo de documento que se debe emitir para el cobro de servicios de consultoría en computación que se presta en el extranjero. Factura de exportación.

Oficio N°1193 (20/03/2001)

Documento a emitir por menor valor en precio de productos hidrobiológicos, por condiciones de calidad o cantidad y cuya adquisición se encuentra documentada con factura de compra.

Oficio N°1192 (20/03/2001)

No procede emitir notas de crédito para anular facturas y notas de débito extraviadas y en el mismo acto emitir nuevos documentos, a objeto de que los clientes contabilicen tales operaciones y puedan hacer uso del crédito fiscal correspondiente.

Oficio N°644 (25/02/2000)

IVA que afecta al arrendamiento de un predio agrícola que tiene como condición la adquisición por parte de la arrendataria de los vacunos de propiedad de la arrendadora que se encuentran en dicho predio. Devengo del impuesto.

Oficio N°53 (10/01/2000)

Tratamiento tributario del IVA aplicable a la cesión del arriendo y de la opción de compra en el contrato de arrendamiento de un bien en leasing.

Oficio N°507 (10/02/2000)

Momento en que debe emitirse la boleta en ventas efectuadas en restaurantes. Situación en los restaurantes de los hoteles.

Oficio N°497 (09/02/2000)

Solicita un pronunciamiento acerca de si debe emitirse factura recargando el Impuesto al Valor Agregado, por los pagos que realiza la Empresa de Abastecimiento de Zonas Aisladas a la Armada de Chile, por el petróleo que ésta última le proporciona.

Oficio N°4853 (19/12/2000)

Las multas por desistimiento del comprador de una vivienda construida por una empresa constructora tienen el carácter de indemnizaciones por lo que no se encuentran afectas al IVA. Crédito Art. 21 D.L. 910 de 1975.

Oficio N°4617 (29/11/2000)

El uso del crédito fiscal, otorgado a las empresas funerarias, sólo podrán impetrarlo con el original de la factura.

Oficio N°4529 (23/11/2000)

IVA en servicios prestados a una Isapre, consistente en bonificar a los beneficiarios de la Isapre un porcentaje del valor de los fármacos que necesiten adquirir y que hayan sido recetados por un médico en forma ambulatoria y procedimiento para documentar dichas ventas.

Oficio N°4503 (22/11/2000)

Documentos exigibles en ventas y prestaciones de servicios efectuadas a asignatarios de recursos financieros proporcionados por el FOSIS.

Oficio N°4216 (06/11/2000)

Calificación Cola de Mono. La bebida alcohólica -tipo cóctel- denominada cola de mono se clasifica, para los efectos del impuesto adicional a las bebidas alcohólicas, dentro del rubro de "licores".

Oficio N°3836 (29/09/2000)

Oportunidad en que deben emitirse las facturas en virtud de un contrato de construcción.

Oficio N°3501 (31/08/2000)

Ingresos complementarios percibidos con motivos de contratos de concesión de obras públicas. Tratamiento tributario aplicable. Normas legales tienen por objeto establecer oportunidad y forma de computar los ingresos que los concesionarios obtienen de la explotación de una obra tanto respecto del contrato de construcción de la obra de uso público como por contrato de mantención, reparación y explotación de la misma. Instrucciones en Circular N° 49, de 1996. Contratos en comento deben atenerse expresamente a lo dispuesto en artículos 15 y 29 de la Ley de la Renta.

Oficio N°3002 (01/08/2000)

Debe emitirse guía de despacho por la entrega de insumos y medicamentos (los cuales no importan venta) a sus proveedores, para la elaboración de alimento extruido, el cual una vez elaborado adquiriría para la alimentación de peces.

Oficio N°293 (27/01/2000)

Se solicita se confirme procedimiento para documentar la venta de medicamentos, sujetos a bonificación, a través de farmacias.

Oficio N°2186 (02/06/2000)

Tributación que afecta al contrato de Prestación de servicios de maquinarias y camiones tolvas de volteo, para una municipalidad, con los cuales la empresa ejecuta los servicios de tratamiento diario de basuras, escombros y otros en el vertedero municipal. Devolución del IVA que haya sido indebidamente recargado por la prestadora.

Oficio N°2034 (24/05/2000)

Venta forzada en remate judicial. Emisión de factura. Jurídicamente es un contrato de compraventa. Gravado con IVA.

Oficio N°1801 (17/05/2000)

Requisitos que deben tener los comprobantes o "voucher" que se empleen en los registros contables por ingresos, egresos o traspasos como auxiliar de la contabilidad.

Oficio N°1797 (17/05/2000)

No procede eximirse de la obligación de emitir guía de despacho por traslado de herramientas, maquinarias y repuestos, utilizados en la mantención del área entregada en concesión.

Oficio N°690 (19/03/1999)

Tributación de empresa con giro de administración y venta de programas de reembolsos médicos.

Oficio N°4639 (23/12/1999)

Cambia criterio de Oficio N° 1640 de 19/07/1998, estableciendo que en el arrendamiento con opción de compra, al ceder el arrendatario su opción de compra a un tercero que sea ejercida por éste, el arrendador debe facturar al nuevo baneficiario del servicio.

Oficio N°4180 (17/11/1999)

Tratamiento tributario aplicable a la recuperación del impuesto específico al petróleo diesel, establecido en el artículo 6º, letra b), de la Ley Nº 18.502.

Oficio N°3991 (29/10/1999)

Situación tributaria de los servicios derivados de un contrato de perforación minera.

Oficio N°2814 (07/07/1999)

IVA en financiamiento de gastos en que incurren empresas relacionadas, pagados en forma global por la principal. (refacturación)

Oficio N°23 (06/01/1999)

Ingresos en la actividad de transporte por pago de planilla diaria y por cobros de cupos a vehículos ingresados al circuito licitado. El primero no constituye hecho gravado, los segundos si.

Oficio N°1061 (06/04/1999)

Clasificación de las rentas obtenidas por una sociedad de profesionales que presta servicios de capacitación.

Oficio N°620 (04/03/1998)

Los servicios de aseo de calles, recolección, traslado y procesamiento de basura pueden facturarse en un sólo documento siempre que se haga mención en forma separada, al precio fijado a la labor de disponer de los desechos (que no está gravado con IVA), del precio fijado para el resto de las labores que se encuentran afectos a IVA.

Oficio N°3369 (09/12/1998)

No procede utilizar como crédito fiscal el IVA girado por el servicio y no recargado oportunamente en las facturas de arrendamiento de inmueble con instalaciones.

Oficio N°3298 (02/12/1998)

La guía de despacho por la devolución de mercaderías desde el establecimiento del cliente retiradas por el proveedor la debe emitir este ultimo.

Oficio N°3287 (01/12/1998)

Impuesto o crédito que afecta a la primera venta o importación de combustibles derivados del petróleo. Forma en que debe reflejarse en la factura.

Oficio N°3205 (24/11/1998)

Documentación a emitir por el cobro de intereses realizados por una sociedad dedicada al otorgamiento de créditos para la adquisición de bienes muebles.

Oficio N°2880 (28/10/1998)

Emisión de Nota de Crédito que se habría efectuado con posterioridad a la emisión de la factura.

Oficio N°2879 (28/10/1998)

No procede utilizar como crédito fiscal impuesto girado por el SII y no facturado oportunamente. Productos agricolas pendientes de cosecha entregados como aporte.

Oficio N°2757 (16/10/1998)

Servicios médicos de urgencia prestados en ambulancias especialmente equipadas para ello.

Oficio N°2495 (09/09/1998)

Procedimiento para documentar la venta de medicamentos a diversas empresas mediante convenios suscritos con éstas.

Oficio N°2265 (26/08/1998)

Emisión de Nota de Crédito que se habría efectuado con posterioridad a la emisión de la factura.

Oficio N°1936 (23/07/1998)

Devengo y facturación del IVA por anticipos de dinero en compra de bienes corporales muebles.

Oficio N°1867 (16/07/1998)

Situación tributaria de los servicios de diseño, construcción, habilitación y desmontaje de pabellón en ferias internacionales del extranjero.

Oficio N°1640 (19/06/1998)

Cesión de la opción de compra, que hace a un tercero el arrendatario-opcional comprador de un bien corporal mueble. Contrato de arrendamiento con opción de compra.

Oficio N°1596 (15/06/1998)

Obligación de emitir factura en el momento de la entrega de los bienes corporales muebles. Vendedor puede anticipar dicha obligación, emitiendo la factura al producirse un pago, aunque sea parcial.

Oficio N°1395 (25/05/1998)

Situación tributaria de la basura para relleno sanitario, no es un hecho afecto a IVA. La actividad no se clasifica en los Nos. 3 ó 4, del artículo 20.

Oficio N°952 (07/05/1997)

Aplicación de las ventas y Servicios en aporte de capital a la formación de una empresa constructora, consistente en el desarrollo parcial de un proyecto de construcción, planos de arquitectura, cálculo e instalaciones. Momento en que se devenga el impuesto.

Oficio N°77 (14/01/1997)

El traslado de frutas desde los huertos a los packing que sólo atraviesen el camino público no deben emitir documentación para amparar el traslado de dichas especies.

Oficio N°458 (26/02/1997)

Improcedencia de aplicar procedimiento que se indica para cobrar gastos en que se haya incurrido por cuenta de mandante. (Refacturación).

Oficio N°3115 (29/12/1997)

No procede deducir el IVA del débito fiscal, por la suscripción de un convenio de pago por repactación de deuda anteriormente facturada.

Oficio N°3067 (22/12/1997)

El prorrateo entre los interesados, del gasto en que incurra una persona al adquirir en forma global bienes o servicios para terceros, no constituye hecho gravado con el impuesto al valor agregado

Oficio N°2567 (28/10/1997)

Improcedencia de devolución de impuesto por facturas de servicios impagos, anuladas con notas de crédito.

Oficio N°2240 (26/09/1997)

Los subsidios entregados por el Fondo Nacional de Desarrollo Regional del Gobierno del Bío-Bío a empresas eléctricas de la región, no se encuentran afectas a IVA por no reunir los requisitos del Art. 2º, Nºs 1 y 2 del DL 825.

Oficio N°1720 (30/07/1997)

Gastos de cobranza judicial de rentas de arrendamiento con opción de compra de cosas muebles, no forman parte de la base imponible del IVA.

Oficio N°1480 (08/07/1997)

Situación tributaria que afecta a las actividades que desarrollan los establecimientos subvencionados de educación secundaria, sean particulares o municipalizados.

Oficio N°1166 (04/06/1997)

Momento en que se devenga el IVA en un contrato de construcción de una nave.

Oficio N°1059 (16/05/1997)

Contrato de arrendamiento con opción de compra de un inmueble. IVA en la facturación de pago anticipado de cuotas de leasing para ejercitar la opción de compra de inmueble.

Oficio N°887 (25/03/1996)

Anticipos por venta de bienes corporales muebles, cuya entrega se realiza con posterioridad no nace la obligación de emitir la factura.

Oficio N°367 (03/02/1996)

Improcedencia de facturación del servicio telefónico a persona distinta del beneficiario que contrató el servicio.

Oficio N°3534 (20/12/1996)

Situación tributaria que que afecta a las atenciones médicas prestadas por una corporación.

Oficio N°2763 (04/10/1996)

Tratamiento tributario en relación al IVA e impuesto a la renta que afecta a la actividad de promoción del transporte de pasajeros en el extranjero, conforme a las normas de los artículos 34 bis N° 2, 58 N° 1, 60 inciso 1, 65 N° 4, 74 N° 4 y 79 de la Ley de la Renta. Normas sobre determinación, declaración y pago del impuesto por los socios extranjeros.

Oficio N°2662 (24/09/1996)

En el caso de producirse discrepancias entre el monto del sobre costo de origen geológico de la obra pública en concesión "Túnel El Melón" facturado y el determinado en definitiva, se procede a efectuar los ajustes que correspondan. Ver Oficio Nº 2295\96.

Oficio N°2384 (27/08/1996)

Situación tributaria relacionada con las empresas constructoras, en lo que respecta a la oportunidad de la aplicación del impuesto al valor agregado y normas de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

Oficio N°1845 (26/06/1996)

Requisitos y menciones que deben contener las guías de despacho.

Oficio N°1596 (04/06/1996)

Tratamiento tributario aplicable a la concesión para la construcción, mantención y explotación de obra pública.

Oficio N°1532 (24/05/1996)

Tratamiento de IVA y de Ley de Impuesto a la Renta, en las concesiones de obras públicas (Aeropuertos).

Oficio N°1323 (26/04/1996)

El hecho de no llevar el libro auxiliar "Combustible Diesel Ley 18502" no hace perder el derecho al uso de crédito.

Oficio N°1002 (10/04/1996)

Tratamiento tributario aplicable a la concesión para la construcción, mantención y explotación de obra una pública.

Oficio N°898 (29/03/1995)

Régimen tributario aplicable a las concesiones de las obras públicas denominadas terminales de pasajeros y carga en aeropuertos. Respecto del IVA que deba recargarse en la factura que se emita al recibrise conforme la obra.

Oficio N°3810 (19/12/1995)

Ingresos percibidos por sociedad administradora de servicios de transporte.

Oficio N°281 (27/01/1995)

El artículo 6 de la Ley N° 19.030 establece, en lo pertinente un impuesto específico de tasa variable, a los combustibles derivados del petróleo a que se refiere esa ley, entre los cuales se encuentra el gas licuado, impuesto que se devengara al tiempo de la importación respectiva, y que equivaldrá en monto al 60% de la diferencia que exista entre el precio de paridad internacional del producto y el precio de referencia nacional inferior, cuando aquel sea menor, impuesto que se expresara en dólares americanos por metro cubico importado. El hecho gravado de dicho tributo es la importación de gas licuado y debe pagarse antes de su retiro de las especies del recinto de aduanas, circunstancias éstas que son de competencia del Servicio Nacional de Aduanas.

Oficio N°2620 (23/08/1995)

Tratamiento tributario del IVA aplicable a la obra pública denominada ""Acceso Vial Aeropuerto Arturo Merino Benítez"". Tratamiento tributario del IVA aplicable por concepto de uso y permanencia en los recintos de la Dirección General de Aeronáutica Civil.

Oficio N°260 (26/01/1995)

El exportador que no hace uso oportuno de la franquicia que establece el artículo 7º de la Ley Nº 18.502, para recuperar el impuesto específico al petróleo diesel soportado al adquirirlo para operar su barco pesquero, en el plazo que determina el reglamento del artículo 36º del Decreto Ley Nº 825, de 1974, no puede recurrir a las normas del artículo 126º del Código Tributario, en razón de que ese término tiene carácter fatal, y si transcurre sin haber hecho uso de tal franquicia, se extingue la posibilidad de obtener el reembolso del tributo.

Oficio N°2201 (26/07/1995)

Régimen tributario aplicable a la concesión para la construcción, mantención y explotación de una obra pública.

Oficio N°2058 (12/07/1995)

Régimen tributario aplicable a la concesión por licitación para la construcción de una obra pública (Aeropuerto).

Oficio N°201 (20/01/1995)

Facturas de exportación en venta al extranjero de proyectos integrales que comprenden ventas, servicios y otras operaciones, y en prestaciones de intermediación en reexportación de bienes.

Oficio N°127 (12/01/1995)

Régimen tributario aplicable a las concesiones de obras públicas.

Oficio N°1206 (03/05/1995)

Régimen tributario aplicable a la concesión para la construcción, conservación, mantención y explotación de una Obra Pública. Mínimo garantizado; indemnización y compartir rentabilidad.

Oficio N°4596 (28/12/1994)

Régimen tributable a la concesión de obra pública.

Oficio N°4124 (18/11/1994)

Ajuste de IVA contenido en notas de crédito recibidas con retraso.

Oficio N°3155 (07/09/1994)

Servicios prestados por empresa que realiza la cobranza de deudas insolutas a instituciones bancarias o financieras. No se encuentra afecta a IVA.

Oficio N°300 (19/01/1994)

Documentos que el exportador debe emitir en una exportación de bienes (facturación).

Oficio N°2007 (26/05/1994)

Tratamiento tributario de la distribución gratuita de los libros, con fines promocionales.

Oficio N°1193 (25/03/1994)

La expresión "costo real de la obra", comprende no solo los costos directos, sino que también los indirectos en un contrato de concesión de una obra de uso público.

Oficio N°2982 (13/08/1993)

No existe obligación de facturar a cada uno de los participantes en un contrato de seguro colectivo.

Oficio N°2514 (20/07/1993)

Régimen tributario frente al IVA y la Ley de Impuesto a la Renta aplicable a la concesión para construir, mantener y explotar un camino público.

Oficio N°2240 (30/06/1993)

Tributación con IVA de contrato de suministro de servicios públicos sanitarios que celebra una empresa concesionaria de estos servicios con un tercero, quién suministrará dichos servicios a los usuarios.

Oficio N°2056 (14/06/1993)

Tributación de la prestación de servicios de dragado, derrocamiento y otras prestaciones similares. Afecto a IVA.

Oficio N°1559 (04/05/1993)

Devolución de IVA, solicitada por haber recibido con retraso una factura de proveedor en que consta el crédito fiscal equivalente.

Oficio N°51 (03/01/1992)

Obligación de emitir guías de despacho en 4 ejemplares solo opera de acuerdo a las normas del Código de Comercio

Oficio N°4603 (06/11/1992)

Tratamiento tributario frente al IVA de un contrato de venta sujeto a una condición suspensiva.

Oficio N°3653 (07/09/1992)

No incurren en infracción o sanción alguna los contribuyentes al no documentar prestaciones que no constituyen hecho gravado con IVA.

Oficio N°3066 (30/07/1992)

Operaciones que se efectúen mediante pólizas contratadas y pagadas en moneda extranjera, facturas pueden emitirse en monedas extranjeras. Asociación de Aseguradores de Chile A.G. -

Oficio N°2240 (05/06/1992)

En el caso de pérdida o mermas de mercaderías calificadas como de caso fortuito o fuerza mayor por el Servicio, no se pierde el derecho a utilizar el crédito fiscal.

Oficio N°2152 (01/06/1992)

Acreditación de gastos incurridos en el extranjero.

Oficio N°1848 (11/05/1992)

IVA en retenciones de pago del precio de contratos generales de construcción, o de instalación o confección de especialidades.

Oficio N°752 (27/02/1991)

Indemnizaciones no constituyen hecho gravado del IVA.

Oficio N°4696 (23/12/1991)

No existe obligación de emitir facturas o boletas por hechos no gravados con el impuesto, ni tampoco procede aplicar sanciones.

Oficio N°3517 (11/10/1991)

Facturación de comisiones de subagente de la Polla Chilena de Beneficencia en la distribución de cartones de participación en "Polla Bingo".

Oficio N°1755 (24/05/1991)

Empresas distribuidoras de gas licuado en cilindros se encuentran exentas de emitir boletas por ventas directas al consumidor.

Oficio N°4203 (11/12/1990)

Tributación respecto al sistema de venta de cheques o bonos canjeables por productos en establecimientos de comercio.

Oficio N°3739 (08/11/1990)

Instituto de Normalización Previsional debe emitir factura o boleta por el arrendamiento de bienes corporales muebles.

Oficio N°3452 (19/10/1990)

Emisión de factura antes de que se perciba el pago del precio de un contrato general de construcción, aún cuando para asegurar ese pago se hubiere girado letras o pagarés, con o sin ánimo de novar.

Oficio N°2796 (28/08/1990)

Emisión de factura en contrato general de construcción con antelación a la fecha en que se perciba el precio del contrato o parte de éste.

Oficio N°2574 (09/08/1990)

No compete al Servicio de Impuestos Internos determinar cual de las partes contratantes debe asumir el costo del alza de la tasa del IVA, a un 18% en el cumplimiento de obligaciones por un contrato de construcción contraida con anterioridad, por tratarse de un asunto de derecho privado.

Oficio N°2393 (30/07/1990)

Tributación en relación al IVA que afecta a una indemnización de perjuicios.

Oficio N°1424 (11/05/1990)

Facturas deben emitirse en pesos. Valores equivalentes en moneda extranjera en el lugar destinado a detalle.

Oficio N°105 (11/01/1990)

Utilización de Notas de Créditos para corregir errores en el RUT, domicilio, giro comercial y comuna. Notas de Crédito Administrativa.

Oficio N°45 (04/01/1989)

Emisión de facturas de compras por cambio de sujetos en las ventas de trigo, en reemplazo de las facturas de ventas, documentos que dan derecho al crédito fiscal. Res. Ex. N° 2828/1988.

Oficio N°4065 (15/12/1989)

Anticipos que constituyen parte del precio o el total de los contratos generales de construcción deben facturarse con la tasa de IVA vigente a la época que correspondió emitir factura respectiva por el total o parte del precio de los contratos de construcción.

Oficio N°4036 (13/12/1989)

Procedencia de emitir facturas en las ventas de bienes de activo fijo y de vehículos motorizados.

Oficio N°3298 (17/10/1989)

Situación tributaria de la devolución de mercaderías vencidas o prontas a vencer. Documentos necesarios para respaldar la devolución.

Oficio N°1526 (11/05/1989)

Tratamiento tributario del IVA aplicable al arrendamiento de pabellón quirúrgico, instalaciones y equipos médicos, efectuado por el Hospital de Antofagasta a profesionales médicos, en cumplimiento de un convenio de salud.

Oficio N°793 (16/03/1988)

El crédito fiscal no utilizado oportunamente, sólo puede impetrarse cuando existe un pago excesivo del tributo por la vía del artículo 126 del Código Tributario.

Oficio N°5 (04/01/1988)

Debe emitirse factura en la recuperación de retenciones por garantía, puesto que ésta tiene el carácter de pago de parte del precio de un contrato de construcción.

Oficio N°429 (05/02/1988)

Las comisiones que consistan en bonificaciones que la oficina de bienestar de una universidad, perciba de instituciones y empresas, con los que mantiene convenios de crédito para la adquisición de bienes, por parte de los afiliados, en los establecimientos comerciales, no se hallan gravadas con IVA.

Oficio N°369 (01/02/1988)

Tratamiento tributario del IVA aplicable al arrendamiento a turistas de una nave de turismo, con o sin tripulación, para que recorran Tierra del Fuego.

Oficio N°366 (01/02/1988)

Alcance sobre el IVA en la actividad de la construcción.

Oficio N°3053 (08/09/1988)

Comisiones percibidas por bancos y financieras en operaciones de compra venta de pagaré de deuda externa deben documentarse mediante el comprobante interno.

Oficio N°2647 (10/08/1988)

En cada factura que se emita en cumplimiento de venta o promesa de venta de inmuebles debe recargarse el IVA. Pago con anterioridad a la vigencia de la Ley N° 18.630.

Oficio N°2524 (28/07/1988)

Los retiros de bienes corporales destinados a ser consumidos en el giro del negocio, no constituyen hecho gravado con IVA y por lo tanto no generan la obligación de emitir factura, boleta u otros documentos de orden tributario.

Oficio N°2523 (20/07/1988)

SII ha eximido a las compañías de seguros de la obligación de emitir facturas o boletas.

Oficio N°2518 (28/07/1988)

Persona obligada a emitir la factura en los remates judiciales de inmuebles, cuyos dueños son empresas constructoras.

Oficio N°25 (06/01/1988)

En las ventas "puerta a puerta" las mercaderías deben ampararse con guías de despacho y al momento de la venta emitirse la boleta.

Oficio N°2131 (24/06/1988)

En los contratos de construcción la factura debe emitirse por cada estado de pago.

Oficio N°1527 (13/05/1988)

No procede exigir factura en las autorizaciones y protocolizaciones notariales de contratos de construcción, cuando no se ha pagado el total o parte del precio.

Oficio N°1421 (04/05/1988)

Facturación en la recuperación de retenciones correspondientes a precios por los cuales se ha pagado íntegramente el IVA.

Oficio N°1276 (12/05/1988)

Momento en que debe emitirse la nota de crédito con ocasión de un descuento otorgado con posterioridad a la facturación.

Oficio N°590 (03/02/1987)

Tratamiento tributario del IVA aplicable a la Empresa de Correos de Chile por el arrendamiento de casillas postales.

Oficio N°4331 (05/11/1987)

IVA en contratos de pavimentación y obras de reparación y conservación de pavimento.

Oficio N°4030 (14/10/1987)

Las empresas constructoras no pueden aplicar lo dispuesto en la letra a) del inciso segundo del artículo 2 de la Ley 18630, de 1987, y recuperar el IVA soportado en la adquisición de materiales y utilización de servicios destinados a inmuebles que tengan existencia al 1/10/1987, y que se encontraban construyendo a esa fecha en cumplimiento de un contrato general de construcción por suma alzada o prometidas vender a esa fecha.

Oficio N°3885 (01/10/1987)

Concepto de "casa matriz", "sucursal" y "sede de negocios" empleado en las resoluciones del SII sobre trámites administrativos.

Oficio N°3295 (25/08/1987)

Emisión de una notas de débito por el síndico por los impuestos recargados en facturas impagas por la empresa declarada en quiebra.

Oficio N°227 (16/01/1987)

La prestación de servicios de saneamiento del dominio de la pequeña propiedad raíz, no constituye un servicio afecto a IVA.

Oficio N°1625 (29/04/1987)

La retransmisión de programas de T.V. y la venta de publicidad, es un hecho gravado con IVA, cuando no se goza de la calidad de concesionario de canal, actuando como mandatario.

Oficio N°1604 (28/04/1987)

Utilización del crédito fiscal del IVA que consta en facturas y notas de débito recibidas con atraso.

Oficio N°1602 (28/04/1987)

Polla Chilena de Beneficencia no está obligada a emitir guías de despacho en el traslado de los materiales de juego.

Oficio N°1601 (28/04/1987)

Empresa de Correos de Chile está obligada a emitir guías de despacho a las empresas de transporte terrestre que le presten el servicio de traslado de la correspondencia.

Oficio N°1433 (16/04/1987)

Tratamiento tributario respecto al IVA en la venta efectuada por el INE de planos, cartografía, microfichas y diverso material impreso que contiene información estadística y censal. Emisión de facturas para respaldar el crédito fiscal.

Oficio N°1188 (30/03/1987)

Tributación y documentación que afecta a las bonificaciones concedidas a las Oficinas de Bienestar o habilitados de Instituciones y empresas, con los que se mantiene convenios de crédito para las adquisiciones de bienes en sus establecimientos comerciales.

Oficio N°827 (12/03/1986)

Caso de empresa de armaduría de vehículos motorizados traspase vehículos nuevos que ha producido, desde su activo realizable a su propio activo fijo o inmovilizado, tales traspasos no están gravados con IVA.

Oficio N°3614 (15/10/1986)

Situación del reintegro de gravámenes por exportaciones menores no tradicionales. No procede la emisión de documentos de orden tributario, de acuerdo al artículo 52 del D.L. N° 825.

Oficio N°2760 (18/08/1986)

Oportunidad de emisión de nota de crédito en el caso de devolución de mercaderías.

Oficio N°2549 (31/07/1986)

Devolución IVA en venta mercaderías devueltas después de tres meses de su entrega.

Oficio N°2539 (31/07/1986)

Agentes de Aduana. Emisión de guías de despacho.

Oficio N°2089 (30/06/1986)

Fijación del impuesto específico a los combustibles.

Oficio N°898 (12/03/1985)

Entrega a un agricultor, en mera tenencia, de un número determinado de animales hembras preñadas para que el ganadero las mantenga, cuide, alimente y haga reproducir en el predio agrícola que explote habitualmente. También se conviene en reparto de las crías producidas por la masa ganadera. El servicio prestado no constituye hecho gravado con IVA. Existe un servicio remunerado en especie.

Oficio N°826 (05/03/1985)

Emisión de facturas en distintas modalidades de venta: a) Venta a firme b) Venta bajo condición c) Venta en consignación libre d) Venta en consignación con mínima a firme.

Oficio N°3958 (18/10/1985)

Los ingresos que percibe la asociación de árbitros de futbol amateur de Santiago, no constituye renta para efectos tributarios.

Oficio N°2506 (12/07/1985)

Entrega a título gratuito de bienes corporales muebles, así como la prestación gratuita de servicios médicos y paramédicos, efectuada por una institución de beneficencia.

Oficio N°2497 (12/07/1985)

Tributación que afecta a una feria industrial y artesanal de la Región de Magallanes.

Oficio N°2022 (07/06/1985)

Los establecimientos de educación deben emitir boletas por los ingresos que perciban, no obstante encontrarse exentos del IVA por las sumas recibidas en razón de su actividad docente propiamente tal.

Oficio N°1548 (03/05/1985)

Situación tributaria de los contratos Joint Venture. Normas sobre contabilidad y declaraciones de impuestos.

Oficio N°491 (17/02/1984)

Contribuyentes no videntes que vendan personalmente eximidos de emitir boletas por las ventas o servicios que realicen.

Oficio N°4331 (26/12/1984)

El canje o reintegro a título gratuito de productos con fecha de consumo vencida, por productos con su fecha vigente, no se encuentra afecto a IVA.

Oficio N°411 (08/02/1984)

Aplicación del IVA al sistema de ventas realizadas sobre la base de vales o cheques canjeables por productos en supermercado. Oportunidad para la emisión de los documentos tributarios en dicha operación.

Oficio N°400 (06/02/1984)

Sobre solicitud de autorización para utilizar "Boletas de ventas por mandato", para enajenar especies devueltas, vendidas originalmente por la empresa, y que han sido devueltas por sus primitivos compradores que tienen la calidad de deudores morosos del saldo de precio de esos bienes y que comisionan a su acreedor para que venda esas especies.

Oficio N°3960 (21/11/1984)

Las oficinas de bienestar deben emitir factura por la bonificación que perciben de las casas comerciales.

Oficio N°3567 (23/10/1984)

Negocio de restaurante que presta servicios de almuerzo a los empleados de las empresas mediante vales de consumo y facturados mensualmente, debe emitir guías de despacho. (Ver Resolución N° 6582\97)

Oficio N°2736 (20/08/1984)

Autorización para utilizar la misma guia de despacho en entrega de medicamentos efectuada por visitadores médicos en sus giras por el país. No se ve inconveniente en que se autorice que la cantidad inicial indicada en las guiás de despacho tenga validez aunque la cantidad real se vea disminuida por efecto de las entregas durante toda la gira que efectúa el visitador médico a lo largo del país entregando muestras médicas.

Oficio N°238 (23/01/1984)

Obligación de emitir boletas en venta de rompecabezas.

Oficio N°2251 (13/07/1984)

Envases que hayan sido garantizados y no sean devueltos por los compradores quedarán afectos al IVA en el período tributario que corresponda el vencimiento del plazo comprometido para su devolución.

Oficio N°2090 (29/06/1984)

Emisión guía despacho por exportadores.

Oficio N°1998 (25/06/1984)

Los contribuyentes que se acojan al sistema de tributación simplificado del IVA, quedan liberados de emitir boletas.

Oficio N°1979 (22/06/1984)

La facultad para cambiar al sujeto de derecho del IVA, no procede para aplicarla a favor de una empresa o persona determinada.

Oficio N°1978 (22/06/1984)

Tributación respecto al IVA en la venta de mercaderías mediante títulos de crédito llamados "cheques" emitidos por un supermercado. Tratamiento tributario de los reembolsos de dinero. Documentación que justifica estos reembolsos.

Oficio N°1889 (04/06/1984)

Facultad del SII para la autorización de la emisión de boletas nominativas.

Oficio N°1861 (13/06/1984)

Tratamiento tributario del IVA aplicable a las ventas de materiales y uniformes escolares realizadas por un establecimiento educacional.

Oficio N°1788 (07/06/1984)

Autorización especial para no registrar el precio unitario en la guía de despacho emitidas por la Compañía Minera del Pacífico S.A.

Oficio N°1552 (18/05/1984)

Movilización o traslado de alcoholes y bebidas alcohólicas debe realizarse con factura, boleta o guía de despacho.

Oficio N°1152 (16/04/1984)

Emisión de factura por la recepción de una subvención municipal.

Oficio N°579 (14/02/1983)

Tratamiento tributario aplicable a la emisión de documentos efectuado por las Isapres.

Oficio N°428 (02/02/1983)

Muestras de mercaderías para exhibir a clientes deben respaldarse con guías de despacho.

Oficio N°3959 (19/12/1983)

Situación tributaria relativa al IVA de una municipalidad en relación con el cobro de estacionamiento de vehículos.

Oficio N°3780 (30/11/1983)

El contribuyente puede solicitar la devolución del l.V.A. enterado en exceso en arcas fiscales.

Oficio N°3488 (31/10/1983)

Requisitos que deben cumplir las facturas comerciales provisorias en las exportaciones en consignación.

Oficio N°305 (25/01/1983)

Existe obligación de emitir boletas y no facturas por ventas a particulares.

Oficio N°2980 (13/09/1983)

Tratamiento tributario de las bonificaciones concedidas a las oficinas de bienestar o habilitados de instituciones y empresas, con los que se mantiene convenios de crédito para las adquisiciones de bienes en sus establecimientos comerciales.

Oficio N°2579 (09/08/1983)

Se exime a la Cía. de Teléfonos de Chile de la obligación de emitir guías de despacho para el traslado de los materiales, repuestos, equipos y herramientas utilizados en las instalaciones y mantención de la Planta Externa y equipos necesarios para la prestación de los servicios telefónicos, siempre que se mantengan los formularios y los procedimientos de control que actualmente aplica la compañía.

Oficio N°2571 (08/08/1983)

No procede autorización para usar factura y boletas que tienen adherido un vale o colilla desprendible, en el que se detalla el valor del depósito que constituyen los compradores para garantizar la devolución de los envases en que se expende la mercadería.

Oficio N°2475 (26/07/1983)

Procedimientos para devoluciones de mercaderías por clientes, sin adjuntar boletas.

Oficio N°2460 (26/07/1983)

Agentes y subagentes de la Polla Chilena de Beneficencia están obligados a emitir facturas por las comisiones recibidas.

Oficio N°203 (18/01/1983)

Fecha desde la cual se cuenta el plazo de tres meses en los servicios resciliados.

Oficio N°1200 (11/04/1983)

Comprador debe emitir nota de crédito cuando haya emitido factura de compra por cambio de sujeto y siempre que haya tenido lugar devolución de las mercaderías compradas.

Oficio N°79 (12/01/1982)

Tratamiento tributario aplicable a la emisión de documentos efectuado por la Caja Bancaria de Pensiones.

Oficio N°4471 (13/12/1982)

Instituciones financieras no pueden acogerse al reemplazo de las facturas por los documentos especiales que otorgan los bancos.

Oficio N°4063 (17/11/1982)

Tratamiento tributario del IVA aplicable al arrendamiento de marca de una revista.

Oficio N°3640 (15/10/1982)

Se autoriza a una sociedad anónima que operará como feria de caballos fina sangre, para que en los remates afectos al IVA, que efectúe, incluya en el valor de adjudicación del remate, el monto correspondiente al IVA.

Oficio N°3137 (13/09/1982)

IVA en la venta de mercaderías usadas, que realiza una empresa comercial por mandato de sus clientes morosos. Documentación pertinente. Requisitos del mandato.

Oficio N°3132 (13/09/1982)

Tributación respecto al IVA de los locales que funcionen como fondas o ramadas durante fiestas patrias.

Oficio N°2825 (24/08/1982)

Normas sobre la emisión de facturas y guías de despacho

Oficio N°1806 (03/06/1982)

Situación tributaria de la venta de cheques o cupones de comida para ser utilizado en restaurantes. La emisión es sólo una etapa o fase de un sistema especial de administración de comida y no constituye venta. Las comisiones recibidas por el emisor de los cheques o cupones deben ser facturadas recargando separadamente el tributo.

Oficio N°1213 (19/04/1982)

Fondo Nacional de Salud se encuentra obligado a emitir factura por los animales incluidos en la transferencia o venta de un predio agrícola.

Oficio N°1091 (12/04/1982)

El SII ha liberado de emitir boletas a los pequeños artesanos por ventas en ferias artesanales itinerantes.

Oficio N°56 (07/01/1981)

Tratamiento tributario del IVA aplicable al arrendamiento de un inmueble no agrícola con instalaciones para ser explotado como hotel de alojamiento turístico. Emisión de facturas o boletas.

Oficio N°4830 (05/11/1981)

Controles de ventas de los productos vendidos por medio de máquinas automáticas

Oficio N°3738 (10/08/1981)

IVA en reembolso de gastos por mandantes productores a mandatarios exportadores.

Oficio N°2023 (20/04/1981)

Situación tributaria de la entrega de artesanías fabricadas por los pacientes de un establecimientos de salud con la finalidad de facilitar su comercialización.

Oficio N°1395 (10/03/1981)

La entrega gratuita de especies para regalar a clientes, con fines de propaganda debe gravarse con IVA, debiendo emitirse simultáneamente con la entrega de los bienes, la respectiva boleta. Procedencia del crédito fiscal.

Oficio N°1267 (26/02/1981)

Las AFP por los servicios que presta a sus asociados no está obligada a emitir boletas.

Oficio N°8729 (02/12/1980)

Procedencia de la devolución del IVA enterado en arcas fiscales por venta de mercaderías, objeto de una estafa. Sólo puede recuperarse rebajándolo del débito fiscal en el caso que las especies sean restituidas dentro de los 3 meses siguientes a su entrega, mediante la emisión de una nota de crédito.

Oficio N°8691 (27/11/1980)

Determinación de la habitualidad y aplicación del IVA en las ventas de tarjetas de saludos de navidad realizada directamente por la misma institución o por otros establecimientos que no persigan fines de lucro. Procedencia del IVA en los casos que las ventas se efectúen por establecimientos de comercio, tales como librerías u otros.

Oficio N°8589 (21/11/1980)

Tratamiento tributario del IVA aplicable a especies transferidas a título de regalía a los trabajadores.

Oficio N°8016 (24/10/1980)

Obligación de emitir facturas y boletas por las cooperativas.

Oficio N°7751 (17/10/1980)

Emisión de facturas en los casos de "estados de pago" con lo que una universidad paga parte del precio de contratos generales de construcción a suma alzada. Antes de la Ley N° 18.630.

Oficio N°7588 (13/10/1980)

El crédito fiscal no utilizado oportunamente y a causa del cual se produjo un pago excesivo de impuesto puede ser recuperado por el mecanismo del artículo 126 del Código Tributario. Cabe la posibilidad también que dichos crédito sean utilizados hasta el período siguiente a aquel en que se devengará el impuesto.

Oficio N°608 (30/01/1980)

Tributación respecto al IVA en la venta de derechos de explotación de los árboles de un bosque. Determinar el momento en que se devengará el IVA y se emitirá la correspondiente factura. La madera como bien mueble por anticipación.

Oficio N°4359 (14/07/1980)

Obligación de emitir facturas y boletas por las cooperativas.

Oficio N°3468 (09/06/1980)

La venta de mercaderías pagada con cheque de una cuenta cerrada, no puede ser considerada faltante de inventario para efectos de no pagar el IVA devengado en la venta.

Oficio N°2854 (13/05/1980)

Aplicación del IVA al servicio de almacenamiento y distribución de combustible prestado por una empresa de combustible a la Armada de Chile.

Oficio N°260 (15/01/1980)

Consultas de la Federación Chilena de Industriales Panaderos sobre guías de despacho, timbraje de boletas, y requisitos para timbrar facturas.

Oficio N°1353 (03/03/1980)

La obligación de emitir guía de despacho es por el traslado de bienes efectuado por cualquier medio, ya sea manual, vehicular, etc.

Oficio N°947 (02/03/1979)

IVA en el sistema compensaciones en entrega combustibles empresas productoras y distribuidoras.

Oficio N°8014 (19/11/1979)

Procedencia de eximir de la obligación de emitir boletas de venta a un comité asistencial, por las ventas de juguetes que realice para reunir fondos.

Oficio N°7510 (24/10/1979)

Sobre tributación del IVA en la concesión de parquímetros.

Oficio N°7426 (23/10/1979)

Venta de libros realizada por el Ministerio de Defensa Nacional, con motivo del bicentenario del Libertador Bernardo Ohiggins. Habitualidad como presupuesto básico del hecho gravado "venta" que no concurre. Eximisión de emitir boletas.

Oficio N°6827 (03/10/1979)

Situación tributaria de empleados que arriendan su vehículo a la empresa donde laboran.

Oficio N°6138 (29/08/1979)

Desperfecto en máquinas registradoras. Sustitución.

Oficio N°5775 (22/08/1979)

Obligación de emitir guías de despacho por el traslado de mercaderías.

Oficio N°4785 (30/07/1979)

Obligación de emitir boletas de venta por las operaciones realizadas por una bomba expendedora de kerosene, mantenida en comodato por una junta de vecinos.

Oficio N°4035 (13/07/1979)

Sobre solicitud de la Polla Chilena de Beneficencia de eximirla de la obligación de emitir facturas a sus Agentes y Subagentes Oficiales por las comisiones que perciben de ella.

Oficio N°3141 (15/06/1979)

No procede emitir notas de crédito por devoluciones de mercaderías con un plazo superior a 3 meses.

Oficio N°2120 (03/05/1979)

Facturas no deben detallarse por códigos, deben individualizar las mercaderías.

Oficio N°1585 (05/04/1979)

Momento en que se devenga el IVA y se debe emitir la respectiva factura en la venta de madera en pie.

Oficio N°7945 (21/12/1978)

Empresas pesqueras deben emitir guías de compras por las adquisiciones efectuadas a los pescadores artesanales.

Oficio N°7329 (22/11/1978)

Autorización del SII para emitir vales en reemplazo de las boletas, en máquinas registradoras.

Oficio N°6652 (24/10/1978)

Tratamiento tributario del IVA aplicable a las regalías de pan a los obreros panaderos. Obligación de emitir boleta.

Oficio N°6162 (28/09/1978)

La actividad desarrollada por los areneros se califica dentro del concepto de pequeños mineros artesanales.

Oficio N°5067 (28/07/1978)

SII no autoriza a particulares para que certifiquen sobre cumplimiento de los requisitos para las máquinas registradoras.

Oficio N°430 (27/01/1978)

Tributación de las operaciones realizadas por las Cooperativas Agrícolas Vitivinícolas con sus asociados y con terceros no socios. Procedencia cambio sujeto de derecho del IVA.

Oficio N°424 (28/01/1978)

El IVA contenido en facturas recibidas con retraso puede utilizarse solicitando su devolución por el artículo 126 del Código Tributario.

Oficio N°4173 (19/06/1978)

Tributación respecto del IVA de los alimentos que vende y los servicios que presta a líneas aéreas. Forma en que la ocurrente debe facturar a las líneas aéreas que adquieren los alimentos y solicitan los servicios de ella.

Oficio N°5230 (29/09/1977)

Sobre aplicación del IVA a los derechos aeronáuticos mensuales mínimos por metros cuadrados que cobra la Dirección General de Aeronáutica Civil, por la concesión en los aeródromos de terrenos, locales, espacios u otros.

Oficio N°439 (28/01/1977)

El impuesto soportado en la adquisición de vehículos destinados a sorteos gratuitos entre los adquirentes de un determinado producto, no da derecho a crédito fiscal.

Oficio N°3437 (04/07/1977)

Tributación respecto del IVA que afecta a la cooperativa y a sus cooperados, en el caso de que los últimos entreguen frutas a la cooperativa para que ésta en virtud de un mandato la comercialice. Las comisiones o remuneraciones que le corresponda recibir a la cooperativa, no se encontrarán afectas a IVA.

Oficio N°3245 (23/06/1977)

Desafección al IVA prestaciones entre cooperativa y cooperado.

Oficio N°2861 (08/06/1977)

GERENTES DE INSTITUCIONES BANCARIAS. Solicita prórroga para el otorgamiento de documentos.

Oficio N°1929 (27/04/1977)

Solicita se otorgue carácter de facturas a documentos que los Bancos deben entregar a los contribuyentes vendedores, importadores y prestadores de servicios afectos a tributación establecida en D.L. 825.

Oficio N°1369 (29/03/1977)

El SII puede autorizar el uso de boletas especiales.

Oficio N°1230 (22/03/1977)

Tratamiento tributario del IVA respecto a la venta de revistas y publicaciones de carácter estadístico realizadas por el INE y los servicios que presta al ejecutar tabulaciones especiales y copias de material cartográfico.

Oficio N°622 (04/02/1976)

Aplicación del IVA a contratos de confección o instalación de especialidades. Momento en que debe aplicarse el impuesto.

Oficio N°5608 (04/10/1976)

Feria de animales y de productos agrícolas, la respectiva feria debe entregar a los comitentes la liquidación correspondiente de las ventas efectuadas por cuenta de ellos.

Oficio N°4958 (01/09/1976)

Normas sobre la proporcionalidad del crédito fiscal y momento en que se devenga el impuesto en la actividad agrícola.

Oficio N°3746 (30/06/1976)

Empresa que efectúe ventas directas a sus trabajadores puede pedir la autorización para emitir una factura mensual global, por cada uno de los trabajadores.

Oficio N°7760 (11/12/1975)

Autorización para deducir el crédito fiscal formado por las facturas recibidas con posterioridad a la fecha establecida para la declaración y pago del impuesto, del débito fiscal del mes siguiente.

Oficio N°4455 (31/07/1975)

Exime a las compañías de seguros de la obligación de emitir facturas o boletas.

Oficio N°2478 (06/05/1975)

Tratamiento tributario del IVA aplicable a especies transferidas a título de regalía a los trabajadores.

Documentos relacionados

RESOLUCIÓN

Resolución N°86 (24/08/2016)

Dispone cambio de sujeto total de derecho del IVA en las ventas de chatarra. Deroga Resolución N°7, de 2003 (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 30.08.2016).

Resolución N°76 (09/08/2016)

Autoriza al Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto, para emitir boletas de honorarios electrónicas, en la forma que indica.

Resolución N°58 (23/06/2016)

Prorroga hasta el 31.07.2016 vigencia de emisión de los documentos tributarios timbrados que se indican (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 30.06.2016).

Resolución N°56 (22/06/2016)

Incorpora y regula el uso de cédula RUT electrónica (e-RUT). Modifica Resolución N°6289, de 1998.

Resolución N°55 (17/06/2016)

Modifica Resolución N° 39, de fecha 27.03.2008, que excepciona de las retenciones por cambio de sujeto de derecho del IVA a las operaciones respaldadas con documentos tributarios electrónicos emitidos por contribuyentes emisores electrónicos. Modificada por Resolucion Ex. SII N° 102, de 2014 (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 23.06.2016).

Resolución N°24 (23/03/2016)

Establece como vigencia de los Códigos de Autorización de Folios para los documentos tributarios electrónicos, la de 18 meses desde la fecha de su autorización(Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 30.03.2016).

Resolución N°22 (23/03/2016)

Modifica la Resolución N°18 de 22.04.2003, en la forma de la emisión de representaciones impresas de documentos tributarios electrónicos en un ancho mínimo de 5,7 centímetros(Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 30.03.2016).

Resolución N°10 (29/02/2016)

Delega en el Subdirector de Asistencia al Contribuyente la facultad de autorizar modelos de máquinas registradoras, modelos de máquinas de impresión y terminales de punto de venta y para emisión de certificados técnicos de mantención para terminales de punto de venta y máquinas registradoras. Deroga Resolución N°75, de 1985. (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 03.03.2016).

Resolución N°79 (28/09/2015)

Autoriza el uso de documentos tributarios en papel a los contribuyentes de la provincia de Choapa y la comuna de Coquimbo, con motivo del sismo ocurrido en dichos lugares (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 02.10.2015).

Resolución N°72 (21/08/2015)

Delega en el Subdirector de Asistencia al Contribuyente la facultad de autorizar a organismos públicos como receptores de documentos tributarios electrónicos, y deroguese Resolución Exenta SII N°78, del 06 de agosto de 2004. (Extracto de Resolución publicada en el Diario Oficial de 28.08.2015).

Resolución N°66 (31/07/2015)

Modifica la fecha de entrada en vigencia de la Resolución Ex. SII N° 51, de fecha 10 de junio de 2015, desde el 1° de Agosto de 2015 al 1° de Enero de 2016. Dicha Resolución establece nuevo requisito (registro de la patente del vehículo destinado al transporte de carga) para las Facturas, Facturas de Compras y Guías de Despacho, Electrónicas o no Electrónicas, utilizadas en el traslado de especies en vehículos destinados al transporte de carga.

Resolución N°55 (18/06/2015)

Modifica Resolución N° 05, de 2015, que establece normas en relación a la emisión del comprobante o recibo de pago generado en transacciones pagadas a través de medios electrónicos(tarjetas de débito o de crédito), como sustituto de la boleta de ventas y servicios, de acuerdo a lo dispuesto por el art. 54 del D.L. N°825, de 1974. (Extracto de Resolución publicada en el Diario Oficial de 23.06.2015).

Resolución N°53 (17/06/2015)

Complementa Resolución Exenta SII N° 163, de fecha 16.12.2008 que establece nuevos formatos de Declaración Jurada solicitud de devolución por cambio de sujeto de derecho del IVA y Resolución Ex. SII N° 16, de fecha 07.02.2014, que modificó Resolución Ex. SII N°163, de 2008 (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 23.06.2015).

Resolución N°52 (10/06/2015)

Establece nuevo requisito (registro de la patente del vehículo en el que se está cargando el combustible) para Facturas y Guías de Despacho, Electrónicas o no Electrónicas, emitidas por la venta de combustibles. (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 16.06.2015).

Resolución N°51 (10/06/2015)

Establece nuevo requisito (registro de la patente del vehículo destinado al transporte de carga) para las Facturas, Facturas de Compras y Guías de Despacho, Electrónicas o no Electrónicas, utilizadas en el traslado de especies en vehículos destinados al transporte de carga. (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 16.06.2015).Modificada por Resolución N° 66, de 2015.Resolución dejada sin efecto por Resolución N° 117, de 2015.

Resolución N°5 (22/01/2015)

Establece normas en relación a la emisión del comprobante o recibo de pago generado en transacciones pagadas a través de medios electrónicos, como sustituto de la boleta de ventas y servicios, de acuerdo a lo dispuesto por el art. 54 del D.L N°825, de 1974 (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 28.01.2015). Modificada por Resolución N° 55, de 2015.

Resolución N°37 (07/04/2015)

Autoriza el uso de documentos tributarios en papel a los contribuyentes de la región de Atacama y de las comunas de Antofagasta y Taltal (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 14.04.2015).

Resolución N°30 (24/03/2015)

Establece procedimiento para los distribuidores de gas natural comprimido (GNC) de origen no fósil, que deseen acogerse a la exención del impuestos a los combustibles dispuesta en el inciso quinto del artículo 1° de la Ley N° 18.502(Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 28.03.2015).

Resolución N°18 (09/03/2015)

Establece forma y plazo de emisión de facturas por pagos de remanentes a clientes finales establecidos en la Ley N° 20.571, que regula el pago de las tarifas eléctricas de las generadoras residenciales (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 12.03.2015).

Resolución N°117 (29/12/2015)

Deja sin efecto Resolución Ex. SII N° 51 de fecha 10 de junio de 2015, que establece nuevo requisito para las facturas, facturas de compras y guías de despacho, electrónicas o no electrónicas, utilizadas en el traslado de especies en vehículos destinados al transporte de carga. (Extracto de Resolución publicada en el D.O de 05.01.2016).

Resolución N°99 (21/10/2014)

Regula inscripción en sistema de facturación gratuito del SII, disponible en Internet. Deroga Resolución N°86, de 2005 y 124, de 2006. (Extracto de Resolución publicado en el D.O de 27.10.2014.)

Resolución N°88 (29/08/2014)

Fija nueva fecha de vigencia de emisión de los documentos timbrados, y prorroga plazo que dispone la Resolución Ex. SII N°99, de 2013 (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 03.09.2014)

Resolución N°80 (22/08/2014)

Modifica Resoluciones Ex. SII N°45, de 01.09.2003 y 93, de 02.08.2006, que establece normas y procedimientos de operación respecto de los documentos tributarios electrónicos.(Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 27.08.2014).

Resolución N°72 (31/07/2014)

Implementa excepciones establecidas en el inciso segundo del artículo 54 de la ley sobre impuesto a las ventas y servicios, referente a la obligación de emitir documentos tributarios electrónicos, en la forma que se indica (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 06.08.2014).

Resolución N°16 (07/02/2014)

Modifica Resolución Ex. SII N° 163, de fecha 16.12.2008, que establece nuevos formatos de Declaración Jurada solicitud de devolución por cambio de sujeto de derecho del IVA (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 13.02.2014).(Complementada por Resolución N° 53, de 2015).

Resolución N°121 (26/12/2014)

Delega en Subdirector de Asistencia al Contribuyente la facultad de autorizar a contribuyentes que comercialicen máquinas expendedoras. Reemplaza resolutivo séptimo de la Resolución Ex. SII N° 63, del 30.06.2005 (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 31.12.2014).

Resolución N°120 (26/12/2014)

Delega en el Subdirector de Asistencia al Contribuyente la facultad de autorizar a contribuyentes como emisores de documentos tributarios electrónicos (Extracto de Resolucion publicado en el Diario Oficial de 31.12.2014)

Resolución N°119 (22/12/2014)

Fija procedimiento de pago, exención y devolución del impuesto adicional a los vehículos motorizados nuevos, livianos y medianos, establecido por el artículo 3° de la Ley N°20.780, sobre Reforma Tributaria.

Resolución N°102 (04/11/2014)

Modifica Resolución Ex. SII N° 39, de fecha 27.03.2008, que excepciona de las retenciones por cambio de sujeto de derecho del IVA a las operaciones respaldadas con documentos tributarios electrónicos emitidos por contribuyentes emisores electrónicos (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 10.11.2014).

Resolución N°100 (23/10/2014)

Complementa y actualiza normas y procedimientos de operación de los documentos tributarios electrónicos, reemplazando Resolutivo duodécimo de la Resolución Ex. SII N° 45, del 01.09.2003 (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 29.10.2014)

Resolución N°99 (29/11/2013)

Prorroga hasta el 30 de junio de 2014, la vigencia de las facturas, facturas de compra, guías de despacho, liquidaciones factura, notas de débito y notas de crédito que hayan sido timbradas en las Oficinas de SII y con vigencia hasta el 31 de Diciembre de 2013 (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 04.12.2013).

Resolución N°91 (25/10/2013)

Establece requisitos y procedimientos para la emisión de documentos tributarios en operaciones de remate de bienes corporales muebles efectuadas por martilleros públicos (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 30.10.2013).

Resolución N°61 (17/06/2013)

Complementa Resolución N° 11, de fecha 11.02.2003, fijando procedimiento de entrega de boletas electrónicas en servicios de recarga telefónica móvil a través de Internet, en los casos que se indican (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 21.06.2013).

Resolución N°47 (15/05/2013)

Imparte instrucciones para acogerse al régimen de recuperación de los impuestos del Decreto Ley N° 825, de 1974, por las ventas de mercancías de su propia producción que hagan a la zona franca de extensión o a otros usuarios de la zona franca a que se refiere el artículo 27 de la Ley N° 19.420, de 1995 (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 22.05.2013).

Resolución N°67 (31/05/2012)

Modifica Resolutivo 4° de la Resolución Ex. N°52 del 05 de Abril del 2012, que dispone el cambio de sujeto del IVA en las ventas de productos por catálogo con precio final predefinido que efectúen vendedores que declaren renta efectiva afecta al Impuesto de Primera Categoría de la LIR, mediante contabilidad completa, a contribuyentes personas naturales o jurídicas, comunidades o sociedades de hecho que se dediquen a la compra de estos productos para destinarlos a su reventa, respecto del IVA que éstos deban recargar a terceros por las operaciones de venta que estos últimos a su vez realicen (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 05.06.2012)

Resolución N°52 (05/04/2012)

Dispone el cambio de sujeto del Impuesto al Valor Agregado en las ventas de productos por catálogo con precio final predefinido que efectúen vendedores que declaren renta efectiva afecta al Impuesto de Primera Categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta, mediante contabilidad completa, a contribuyentes personas naturales o jurídicas, comunidades o sociedades de hecho que se dediquen a la compra de estos productos para destinarlos a su reventa, respecto del Impuesto al Valor Agregado que éstos deban recargar a terceros por las operaciones de venta que estos últimos a su vez realicen (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 12.04.2012). Resolución modificada por Resolución Exenta N° 67, de 2012.

Resolución N°25 (20/02/2012)

Modifica Resolución Ex. SII N° 98, de 20 de Octubre de 2004, que establece normas y procedimientos de operación en relación a corredores de bolsa y agentes de valores para ser autorizados como emisores de documentos tributarios electrónicos (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 24.02.2012).

Resolución N°20 (14/02/2012)

Modifica monto máximo de traslado, Establecido en la Resolución Ex. SII N° 539, de 1997, referente a la Guía de Traslado de Productos Agrícolas para pequeños productores (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 20.02.2012).

Resolución N°18 (07/02/2012)

Complementa Resolución N° 6289, de 1998, referente a los requisitos para la emisión de facturas y guías de despacho por las operaciones realizadas en locales de atención directa a consumidores en establecimientos, secciones, departamentos, u otros similares, y que emitan facturas electrónicas y guías de despacho electrónicas con vendedores, importadores y prestadores de servicios afectos al IVA, en cuanto a eximir a los emisores electrónicos de la obligación de requerir la la firma del comprador o beneficiario del servicio en la representación impresa de las facturas y guías de despacho electrónicas que otorguen (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 11.02.2012).

Resolución N°119 (08/11/2012)

Dispone cambio de sujeto de derecho del IVA en las ventas de medios de prepago de telefonía, Internet, acceso a televisión satelital y a servicios de información y tratamiento y/o comunicación de datos que señalan. Deja sin efecto las Resoluciones Ex. N° 109, de 2005; 30 ,de 2006; 93, de 2008 y 165, de 2009. (Extracto de Resolución publicado en el D.O. de 13.11.2012).

Resolución N°76 (02/06/2011)

Amplia hasta el 07 de junio de 2011, el plazo establecido en la Resolución Ex. SII N° 63, de 12 de mayo de 2011, para la presentación del Formulario N° 3325, que afecta a los contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado que tengan derecho a recuperar el Impuesto Específico a los Combustibles en virtud de la Ley N° 20.493 (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 06.06.2011).

Resolución N°69 (19/05/2011)

Modifica Resolución Ex. SII N° 5.517, de 1996, disponiendo el Uso del Formulario Único N° 3500, denominado Declaración Jurada Informe Mensual Retenedores Cambios de Sujeto, para que los agentes informen al SII las retenciones efectuadas a los pequeños productores agrícolas. (Extracto de Resolución publicado el 25.05.2011).

Resolución N°63 (12/05/2011)

Amplía hasta el 31 de mayo de 2011 el plazo establecido en la Resolución Exenta N°57, de 2011 para la presentación de la Declaración Jurada Formulario N°3325 que afecta a los contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado que tengan derecho a recuperar el Impuesto Específico a los Combustibles en virtud de la Ley N° 20.493 (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 16.05.2011).

Resolución N°62 (05/05/2011)

Complementa Resolución Exenta N° 81 del 01 de Agosto del 2005, que establece normas para autorizar a contribuyentes como prestadores de servicios tributarios electrónicos.

Resolución N°61 (05/05/2011)

Dispone Uso de Formulario Único N° 3500, denominado Declaración Jurada Informe Mensual Retenedores Cambio de Sujeto, para que los agentes retenedores informen al SII las retenciones de los distintos cambios de sujetos.

Resolución N°58 (21/04/2011)

Establece procedimiento para que los importadores o vendedores en la primera venta en Chile de combustibles puedan acceder al beneficio establecido en el artículo 3° de la Ley N° 20.493, consistente en la devolución de los créditos fiscales de tasa variable. Estos contribuyentes, deberán presentar la solicitud de devolución mediante el Formulario 2117, acompañando a dicha presentación la Declaración Jurada denominada Solicitud Devolución Ley N° 20.493 SIPCO, Formulario N° 3705 (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 27.04.2011)

Resolución N°57 (21/04/2011)

Establece obligación de presentar Declaración Jurada Formulario N°3325 a los contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado que tengan derecho a recuperar el Impuesto Específico a los Combustibles en virtud de la Ley N° 20.493 (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 27.04.2011). (Modificada por Resolución Ex N°32, de 2013)

Resolución N°55 (21/04/2011)

Prorroga el plazo que establece la Resolución Ex. N° 185, de 2010, para la presentación del Formulario 3500 "Informe Mensual Retenedores Cambio de Sujeto, que deben presentar los contribuyentes sometidos a esta obligación, hasta el 29 de abril de 2011, por las operaciones efectuadas en el periodo marzo del año 2011 (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 27.04.2011)

Resolución N°51 (18/04/2011)

Imparte instrucciones sobre la forma en que se debe consignar en los documentos tributarios que se emitan en conformidad a la ley, las operaciones de venta afectas a los Impuestos Específicos que afectan a los combustibles establecidos en la Ley N° 18.502, a partir de la entrada en vigencia de la Ley N° 20.493 (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 21.04.2011).

Resolución N°49 (08/04/2011)

Modifica Resoluciones Exentas N° 45, de 01.09.2003; N° 86, de 01.09.2005, y N° 93, del 02.08.2006, en lo relacionado al requisito de verificación de actividades, respecto de la facturación electrónica.(Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 14.04.2011).

Resolución N°12 (01/02/2011)

Establece procedimiento para la autorización de facturas de inicio y fija requisitos que deberán cumplir, de acuerdo a lo establecido por la Ley N° 20.494, de 2011.(Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 05.02.2011).

Resolución N°192 (24/12/2010)

Cambio de sujeto de derecho del IVA en las ventas de trigo. Deroga Res Ex. N° 5281 del 30.11.2000. (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 30.12.2010).

Resolución N°189 (23/12/2010)

Cambio de sujeto de derecho del IVA en las ventas de legumbres. Deroga Res. Ex. N° 5280, de 30.11.2000. (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 29.12.2010).

Resolución N°185 (23/12/2010)

Establece Declaración Jurada "Informe Mensual Retenedores cambios de Sujeto (F3500) que deben presentar los contribuyentes sujetos a esta obligación, modificando Resoluciones anteriores sobre cambio de Sujeto de Derecho del Impuesto al Valor Agregado (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 29.12.2010). Modificada y complementada por Resoluciones Exentas N°55 y 61, ambas del año 2011, respectivamente.

Resolución N°172 (18/11/2010)

Autoriza sistema de despacho de combustibles de propiedad del Ministerio de Defensa Nacional, del Estado Mayor de la Defensa Nacional, de las Fuerzas Armadas, de Carabineros de Chile o de la Policía de Investigaciones, por parte de empresas prestadoras de servicios de depósito y distribución de combustibles. Reemplaza Resolución N° 39, de 2001. (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 22.11.2010).

Resolución N°160 (22/10/2010)

Modifica Resolución N° 19, de 12.02.2008, en lo relativo al ancho mínimo para representaciones impresas de boletas electrónicas, y el tamaño mínimo del timbre electrónico, para los contribuyentes que no son prestadores de servicios periódicos (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 28.10.2010)

Resolución N°16 (20/01/2010)

Instrucciones respecto del procedimiento que deben seguir los receptores de Boletas de Honorarios Electrónicas para realizar las observaciones, en el caso de boletas emitidas por contribuyentes emisores, mediante una aplicación habilitada en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos. (Complementa Resolución N°83, de 2004). (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 25-01-2010).

Resolución N°200 (22/12/2009)

Autoriza uso de documentos tributarios, timbrados o por timbrar, que tienen impresos como primeros numerales destinados a consignar el año de emisión el guarismo 200_, lo que no impide, conforme a instrucciones impartidas por el SII, su utilización a partir del 1º de Enero del año 2010 (Extracto de Resolución Publicado en el Diario Oficial de 28.12.2009).

Resolución N°165 (06/11/2009)

Complementa Resolución N° 109, de 2005, que dispone cambio de sujeto de derecho del IVA en las ventas de medios de prepago de telefonía e internet(Extracto de Resolución publicado en Diario Oficial de 12.11.2009).(Derogada por Resolución Ex. N°119, de 2012)

Resolución N°147 (30/09/2009)

Autoriza al Conservador de Bienes Raíces de Santiago, para emitir Boletas de Honorarios Electrónicas, en la forma que Indica.

Resolución N°134 (08/09/2009)

Incorpora al Estado Mayor de la Defensa Nacional, entre las instituciones que pueden hacer uso del sistema regulado en la Resolución N° 39, de 2001, respecto a la autorización para el uso de sistema de despacho de combustibles importados como pertrechos de las Fuerzas Armadas y de Orden por parte de empresas prestadoras de servicio de almacenamiento y distribución de combustibles. (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 11.09.2009).

Resolución N°93 (18/08/2008)

Complementa Resolución N° 109, de 2005, que dispone cambio de sujeto de derecho del IVA en las ventas de medios de prepago de telefonía e internet que señala.(Derogada por Resolución Ex. N°119, de 2012)

Resolución N°50 (18/04/2008)

Autoriza a sociedad administradora de redes transaccionales y financieras para retener y enterar en arcas fiscales el IVA que indica.

Resolución N°46 (11/04/2008)

Solicita a la Comisión Nacional de Energía informar en forma y plazo, la nómina de las empresas que cumplen con los requisitos para acceder a la devolución del remanente de crédito fiscal establecido en la Ley N° 20258, respecto de las empresas generadoras eléctricas sujetas al artículo 7° de la Ley N° 18.502.

Resolución N°39 (27/03/2008)

Excepciona de las retenciones por cambio de sujeto de derecho del IVA a las operaciones respaldadas con documentos tributarios electrónicos emitidos por contribuyentes emisores electrónicos. Modificada por Resolución N° 102, de 2014 y por Resolución N° 55, de 2016.

Resolución N°22 (18/02/2008)

Complementa Resolución Ex. SII N° 99, de 11 de Agosto de 2006, que autorizó como emisor de boletas electrónicas y boletas no afectas o exentas electrónicas a emisor electrónico que se señala.

Resolución N°19 (12/02/2008)

Establece requisitos para autorizar a contribuyentes como emisores de boletas electrónicas y boletas no afectas o exentas electrónicas. Modificada por Resolución Ex N° 160, de 22.10.2010.

Resolución N°18 (01/02/2008)

Implementa plan piloto que permite la utilización de documento especial, en reemplazo de la guía de despacho. Autoriza a los agentes de aduanas para sustituir la guía de despacho por una copia de la Declaración de Ingreso (DIN), para el traslado de mercaderías desde el recinto portuario de Valparaíso hasta la dirección de destino.

Resolución N°163 (16/12/2008)

Establece nuevos formatos de declaración jurada solicitud de devolución por cambio de sujeto de derecho del IVA. (Complementada por Resolución N° 53, de 2015).

Resolución N°132 (22/10/2008)

Instruye sobre documentos que deben utilizarse en el traslado de mercaderías desde el puerto de Valparaíso hasta la Zona de Extensión de Apoyo Logístico (ZEAL), para que se efectúen labores de inspección que se desarrollan al interior de dicho recinto. Deberá efectuarse con guía de despacho o con una copia de la Declaración de Ingreso.

Resolución N°12 (21/01/2008)

Complementa Resolución Ex. SII N° 99, de 11 de Agosto de 2006, que autorizó como emisor de boletas electrónicas y boletas no afectas o exentas electrónicas a emisor electrónico que se señala.

Resolución N°104 (04/09/2008)

Autoriza y regulariza emisión de documentos tributarios sin timbraje previo, en los casos que indica, que hubieren obtenido el código de autorización correspondiente.

Resolución N°10 (15/01/2008)

Complementa Resolución Ex. SII N° 99, de 11 de Agosto de 2006, que autorizó como emisor de boletas electrónicas y boletas no afectas o exentas electrónicas a emisor electrónico que se señala.

Resolución N°42 (29/03/2007)

Dispone cambio de sujeto total de derecho del IVA en las ventas de petróleo y otros hidrocarburos líquidos efectuadas por el estado de Chile respecto de hidrocarburos explotados directamente por aquel o mediante contratos especiales de operación conforme a lo dispuesto por el DL 1.089, de 1975.

Resolución N°23 (07/02/2007)

Autoriza a empresa administradora de tarjetas de crédito bancarias para retener y enterar en arcas fiscales el IVA que indica.

Resolución N°22 (02/02/2007)

Establece normas sobre cambio de sujeto del IVA en la venta de cigarros, cigarrillos y tabacos manufacturados. Deroga Resolución N° 1.086, de 1978, modificada por Resolución N° 992, de 1980; Deroga Resoluciones N°s 16 de 1979 y 28 de 2003.

Resolución N°2 (03/01/2007)

Modifica Resolución N° 81, de 2005, que establece normas para autorizar a contribuyentes como prestadores de servicios tributarios electrónicos.

Resolución N°157 (28/12/2007)

Modifica Resolución N° 18, de 2003, permitiendo la emisión de representaciones impresas de documentos tributarios electrónicos en un ancho mínimo de 7,5 centímetros.

Resolución N°129 (02/11/2007)

Dispone cambio de sujeto total de derecho del IVA del contribuyente que indica, en las comisiones pagadas a los establecimientos de comercio por los servicios bancarios que preste en los terminales electrónicos de transmisión de datos (POS), a banco comercial que se señala.

Resolución N°99 (11/08/2006)

Autoriza como emisor de boletas electrónicas y boletas no afectas o exentas electrónicas a emisor electrónico que se señala. Complementada por Resoluciones Exentas N°10, 12 y 22, de 2008

Resolución N°93 (02/08/2006)

Complementa Resolución N° 45, de 2003 y Resolución N° 86, de 2005, permitiendo la incorporación al sistema de facturación electrónica de personas y entidades que no son contribuyentes de IVA. Modificada por Resolución Exenta N° 49, de 08.04.2011.

Resolución N°87 (20/07/2006)

Modifica Resolución Ex. N° 86, de 01.09.2005, ampliando la cantidad de facturas emitidas, establecida como requisito para acceder al sistema de factura electrónica del Portal Tributario Mipyme.

Resolución N°62 (24/05/2006)

Modifica Resolución N° 111, de 2004, que establece normas para la emisión de certificados técnicos de mantención para terminales de punto de venta y máquinas registradoras.

Resolución N°58 (19/05/2006)

Cambio de sujeto de derecho del IVA en las ventas de berries. (Modifica Resolución N° 55, de 2005).

Resolución N°45 (25/04/2006)

Cambio de sujeto total de derecho del IVA en las ventas de papel y cartón para reciclar. (Modifica Resolución N° 29, de 2005).

Resolución N°32 (24/03/2006)

Aclara Resolución N° 14, de 2005, en cuanto a que se autorizará el timbraje de documentos hasta el 31 de diciembre de cada año que tengan como fecha de vigencia pre impresa ese mismo año.

Resolución N°30 (17/03/2006)

Cambio de sujeto de derecho del IVA en las ventas de medios de prepago de telefonía e internet que señala. (Modifica y complementa Resolución N° 109, de 2005).(Derogada por Resolución Ex. N°119, de 2012)

Resolución N°172 (27/12/2006)

Establece obligación de registrar diferenciadamente en el libro de compras y ventas, los documentos tributarios electrónicos y no electrónicos recibidos.

Resolución N°138 (14/11/2006)

Amplía plazo de presentación de informes de retenciones de cambios de sujeto a contribuyentes respecto de las ventas de arroz, berries, carnes, chatarra, construcción, especies hidrobiológicas, ganado, harina, legumbres, madera, medios de prepago de telefonía, papel y cartón para reciclar, productos silvestres, y trigo.

Resolución N°124 (18/10/2006)

Modifica Resolución N° 86, de 2005, eliminando la cantidad de facturas emitidas y aumentando el monto de las ventas anuales, establecidos como requisito para acceder al sistema de factura electrónica del portal tributario mipyme del SII.

Resolución N°11 (23/01/2006)

Dispone inscripción automática de los agentes retenedores de cambio de sujeto como retenedores de pequeños productores agrícolas. Modifica Resolución N° 5.517, de 1996.

Resolución N°93 (22/09/2005)

Establece normas referentes a la autorización para emitir facturas de exportación electrónicas, notas de crédito de exportación electrónicas y notas de débito de exportación electrónicas.

Resolución N°89 (02/09/2005)

Regula la emisión de boletas electrónicas y de boletas no afectas o exentas electrónicas por parte de los bancos e instituciones financieras y modifica autorización otorgada a bancos e instituciones financieras para eximirse de la obligación de emitir documentos tributarios.

Resolución N°86 (01/09/2005)

Autoriza como emisores de documentos tributarios electrónicos a contribuyentes que se inscriban en la aplicación de facturación electrónica, disponible en el portal tributario mipyme publicado por este servicio en su oficina virtual en internet, observando los requisitos exigidos. Modificada por Resolución Exenta N° 87,de 20.07.2006 y 49, de 08.04.2011.

Resolución N°84 (16/08/2005)

Modifica Resolución N° 18, de 2003, permitiendo la emisión de representaciones impresas de documentos tributarios electrónicos en un tamaño mínimo de un tercio de oficio.

Resolución N°81 (01/08/2005)

Establece normas para autorizar a contribuyentes como prestadores de servicios tributarios electrónicos. Complementada por Resolución N°62, de 2011.

Resolución N°76 (25/07/2005)

Autoriza la emisión de representaciones impresas de documentos tributarios electrónicos, por medio de tecnologías alternativas de impresión.

Resolución N°7 (14/01/2005)

Fija nuevos requisitos y establece nuevas características respecto de los documentos que indica, tales como facturas, facturas de compra, guías de despacho, liquidaciones facturas, notas de débito, notas de crédito, etc., tercera copia de facturas.

Resolución N°69 (07/07/2005)

Complementa y modifica la Resolución N° 09, de 2001, sobre normas que regulan el uso de la firma electrónica en el ámbito tributario, al tenor de lo dispuesto en el Título II de la Ley N° 19.799.

Resolución N°63 (30/06/2005)

Refunde y complementa procedimientos de autorización que deben cumplir los contribuyentes que comercian y/o explotan máquinas expendedoras y delega facultades que indica.Resolución modificada por Resolución N° 121, de 2014.

Resolución N°61 (22/06/2005)

Establece nueva alternativa de operación y emisión de representaciones impresas de guías de despacho electrónicas. Se refiere a "Guías de Despacho Express".

Resolución N°55 (02/06/2005)

Cambio de sujeto de derecho del IVA en las ventas de berries.

Resolución N°51 (27/05/2005)

Modifica Resolución N° 14, de 2005, requisitos y características de documentos en cuanto a la tercera copia de la factura.

Resolución N°5 (11/01/2005)

Deja sin efecto autorización otorgada a compañías de seguros para eximirse de la obligación de emitir facturas. Se relaciona con Resolución N° 6.080, de 1999.

Resolución N°29 (11/03/2005)

Cambio de sujeto total de derecho del IVA en las ventas de papel y cartón para reciclar.

Resolución N°26 (24/02/2005)

Cambio de sujeto de derecho del IVA en las ventas de berries.

Resolución N°142 (26/12/2005)

Cambio de sujeto total de derecho del IVA en actividades de la construcción a contribuyentes que se indican.

Resolución N°14 (08/02/2005)

Fija nuevos requisitos y establece nuevas características respecto de los documentos que indica. Modificada por Resolución Nº 51, de 2005 y 32, de 2006. Ver Oficio Nº 4.066, de 2005.

Resolución N°110 (25/10/2005)

Reemplaza Resolución N° 4.807, de 1993, modificada por Resolución N° 3.232, de 2000, que dispone el cambio de sujeto de IVA en las ventas de tarjetas telefónicas, video cassettes y otros productos efectuados por suplementeros.

Resolución N°109 (25/10/2005)

Cambio de sujeto de derecho del IVA en las ventas de medios de prepago de telefonía e internet.(Derogada por Resolución Ex. N°119, de 2012)

Resolución N°108 (24/10/2005)

Establece normas y procedimientos de operación referente a la emisión de liquidaciones facturas electrónicas.

Resolución N°107 (20/10/2005)

Establece normas y procedimientos respecto de la emisión de facturas de compra electrónicas.

Resolución N°98 (20/10/2004)

Establece normas y procedimientos de operación en relación a corredores de bolsa y agentes de valores para ser autorizados como emisores de documentos tributarios electrónicos. Modificada por Resolución N° 25 de 20.02.2012.

Resolución N°82 (24/08/2004)

Establece para los vendedores de zona franca de extensión, la obligación de incluir en las facturas que emitan por venta de vehículos importados de zona franca con S.R.F., la frase que se indica.

Resolución N°78 (06/08/2004)

Delega en el subdirector de fiscalización la facultad de autorizar a organismos públicos como receptores de documentos tributarios electrónicos. Derogada por Resolución N°72, de 2015.

Resolución N°63 (15/07/2004)

Establece normas y procedimientos de operación para los organismos públicos que sean autorizados como receptores electrónicos de documentos tributarios electrónicos.

Resolución N°53 (31/05/2004)

Actualiza requisitos que deben cumplir los vales emitidos por máquinas registradoras, terminales de punto de venta e impresoras fiscales autorizadas por el SII para reemplazar a las boletas. Deroga Resolución N° 21, de 2001.

Resolución N°24 (30/01/2004)

Modifícase las instrucciones relativas a las declaraciones juradas anuales respecto de convenciones sobre mercaderías situadas en el extranjero o situadas en Chile y no nacionalizadas, en reemplazo de la declaración jurada mensual referida a la misma materia, establecidas por Resolución N° 5007 del 08/11/2000(Declaración Jurada 1864), modificada por: Resolución Ex N° 148, de 23.11.2006.

Resolución N°115 (29/12/2004)

Cambio de sujeto total de derecho del IVA en actividades de la construcción a contribuyentes que se indican. Contratos de instalación o confección de especialidades y a contratos generales de construcción.

Resolución N°112 (22/12/2004)

Instruye sobre la emisión y uso de boletas de honorarios electrónicas por prestaciones de servicios de terceros electrónicas.

Resolución N°111 (22/12/2004)

Establece Normas para Emisión de Certificados Técnicos de Mantención para terminales de punto de venta y máquinas registradoras. Ver Resolución N° 62, de 2006.

Resolución N°7 (28/01/2003)

Cambio de sujeto total de derecho del IVA en las ventas de chatarra. Deroga Resolución N° 4096, de 2000.Derogada por Resolución N° 86, de 2016.

Resolución N°64 (30/10/2003)

Prórroga vigencia de la Resolución N° 40, de 2001, que dispone cambio de sujeto opcional de derecho del IVA.

Resolución N°63 (30/10/2003)

Cambio de sujeto total de derecho del IVA en caso de contratos de especialidades. Complementa Resolución N° 46, de 2003.

Resolución N°58 (15/10/2003)

Emisión de documentos tributarios en restaurantes, establecimientos que venden comida preparada, bebidas o similares para ser consumidas en el mismo local.

Resolución N°53 (25/09/2003)

Autoriza a compañía de petróleo a eximirse de requisitos establecidos en la Resolución N° 1.661, de 1985, respecto de guías de despacho que indica.

Resolución N°52 (25/09/2003)

Autoriza a compañía de petróleo a eximirse de requisitos establecidos en la Resolución N° 1.661, de 1985, respecto de guías de despacho que indica y autoriza la utilización de sistema de emisión de documentos que se indica.

Resolución N°51 (25/09/2003)

Autoriza a compañía de petróleo la utilización de sistema de emisión de comprobante de entrega en la venta de combustibles, realizada mediante el empleo de tarjetas previamente pagadas y documentadas tributariamente.

Resolución N°46 (01/09/2003)

Cambio de sujeto total de derecho del IVA a contribuyentes que indica (celebración de contratos de instalación o confección de especialidades).

Resolución N°45 (01/09/2003)

Establece normas y procedimientos de operación respecto de los documentos tributarios electrónicos. Ver Resolución N° 93, de 2006. Modificada por Resolución Exenta N° 49, de 2011 y N° 80 y 100, de 2014.

Resolución N°28 (23/05/2003)

Requisito que deben cumplir los fabricantes, distribuidores y comerciantes mayoristas, en la emisión de facturas por ventas de cigarros, cigarrillos y tabacos, a comerciantes que vendan al consumidor. Complementa Resolución N° 1.086, de 1978.

Resolución N°18 (22/04/2003)

Establece que los contribuyentes que sean autorizados para emitir documentos tributarios electrónicos, deberán otorgarlos impresos en soporte papel a los receptores no electrónicos y a los receptores electrónicos en los casos que indica. Ver Resolución N° 69, de 2005; Resolución N° 76, de 2005; Resolución N° 84, de 2005; Resolución N° 157, de 2007; Resolución N°22, de 2016.

Resolución N°11 (14/02/2003)

Establece procedimiento para que contribuyentes autorizados para emitir documentos electrónicos que indica pueda también enviarlos por estos medios a receptores manuales. Resolución complementada por Resolución N° 61, del año 2013.

Resolución N°8 (07/02/2002)

Autoriza uso de sistema de despacho de combustibles de propiedad de la dirección general de aeronáutica civil, por parte de empresas prestadoras de servicios de almacenamiento y distribución de combustibles.

Resolución N°30 (13/11/2002)

Confirma aplicabilidad de la Resolución Ex. N° 38, de 2001, a combustibles gaseosos e indica antecedentes que deben contener los comprobantes de entrega respecto de estos combustibles, conforme a sistema de prepago autorizado.

Resolución N°28 (28/10/2002)

Prórroga vigencia de la Resolución Nº 40, de 2001, que dispone cambio de sujeto opcional de derecho del IVA durante el período que señala.

Resolución N°15 (25/06/2002)

Establece documentos especiales y normas de administración y control para las operaciones que realicen las empresas industriales acogidas al régimen de zona franca industrial de insumos, partes y piezas para la minería en la comuna de Tocopilla, en la II Región.

Resolución N°9 (15/02/2001)

Establece normas que regulan el uso de la firma electrónica en el ámbito tributario. Modificada por Resolución N° 69, de 2005.

Resolución N°46 (30/11/2001)

Modifica Resolucion N° Ex. 5.661, de 28.12.2000 modificada por Resoluciones Exentas N° 24, de 28.06.2001 y N° 42, de 27.09.2001, en lo que se refiere a la vigencia de uso de los cupones expresados en pesos y en litros.

Resolución N°44 (06/11/2001)

Exime de la obligación de emitir Facturas y Boletas de Ventas y Servicios no Afectas o Exentas de IVA al Servicio de Impuestos Internos por las transacciones que se señalan.

Resolución N°42 (27/09/2001)

Modifica Resolución N° 5661, de 2000, que deroga Resolución N° 2564, de 1987, que establece sistema de cupones en venta de combustibles y deja sin efecto autorizaciones de venta de combustibles a través de cupones expresados en pesos o en litros.

Resolución N°41 (26/09/2001)

Modifica Resolución N° 40, de 2001, que dispone opción de cambio de sujeto de derecho del IVA para contribuyentes que indica.

Resolución N°40 (14/09/2001)

Opción de cambio de sujeto de derecho del IVA para contribuyentes que efectúen ventas o presten servicios a contribuyentes inscritos en el registro de agentes retenedores.

Resolución N°39 (14/09/2001)

Autoriza uso de sistema de despacho de combustibles importados como pertrechos de las Fuerzas Armadas y de Orden por parte de empresas prestadoras de servicio de almacenamiento y distribución de combustibles. Derogada por Resolución Exenta N° 172, de fecha 18.11.2010.

Resolución N°38 (14/09/2001)

Autoriza a compañía de petróleo para la utilización de sistema de emisión de comprobante de entrega en la venta de combustibles, realizada mediante el empleo de tarjetas previamente pagadas y documentadas tributariamente.

Resolución N°24 (28/06/2001)

Modifica Resolución N° 5661, de 2000, que deroga Resolución N° 2564, de 1987, que establece sistema de cupones en venta de combustibles y deja sin efecto autorizaciones de venta de combustibles a través de cupones expresados en pesos o en litros.

Resolución N°21 (01/06/2001)

Fija nuevos requisitos que deben cumplir las boletas emitidas por máquinas registradoras autorizadas por el SII.

Resolución N°13 (07/03/2001)

Autoriza a institución bancaria a no emitir documentos internos por comisiones asociadas a cuentas de ahorro.

Resolución N°5661 (28/12/2000)

Deroga Resolución N° 2.564, de 1987, que establece sistema de cupones en venta de combustibles y deja sin efecto autorizaciones de venta de combustibles a través de cupones expresados en pesos o en litros.Modificada por Resoluciones Exentas N°s 24, 42 y 46, de 2001.

Resolución N°5282 (30/11/2000)

Retención que indica a los molinos y otros en las ventas de harina.

Resolución N°5281 (30/11/2000)

Cambio de sujeto de derecho del IVA en las ventas de trigo. Derogada por Resolución Exenta N° 192, de 24.12.2010.

Resolución N°5280 (30/11/2000)

Cambio de sujeto de derecho del IVA en las ventas de legumbres. Derogada por Resolución Exenta N° 189, de 23.12.2010.

Resolución N°5137 (17/11/2000)

Establece fecha de vigencia de la Resolución Nº 5.007, de 2000, sobre documentos, declaraciones, registros sobre mercaderías situadas en el extranjero o situadas en Chile y no nacionalizadas.

Resolución N°5007 (08/11/2000)

Establece documentos, declaraciones, registros especiales y normas contables, respecto de convenciones sobre mercaderías situadas en el extranjero o situadas en Chile y no nacionalizadas. Estas convenciones no se afectan con la normativa que establece la Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios del Título II del DL N° 825 de 1974.

Resolución N°4916 (31/10/2000)

Cambio de sujeto de derecho del IVA en las ventas de madera.

Resolución N°4096 (25/08/2000)

Cambio de sujeto total de derecho del IVA en las ventas de chatarra.

Resolución N°4095 (25/08/2000)

Cambio de sujeto de derecho del IVA en los productos silvestres.

Resolución N°3722 (28/07/2000)

Dispone retención a los mataderos y otros del 5% sobre las ventas de carnes o servicios de faenamiento.

Resolución N°3721 (28/07/2000)

Cambio de sujeto de derecho del IVA en las ventas de ganado vivo a las ferias de ganado, corredores de ganado, mataderos o plantas faenadoras comerciantes de ganado.

Resolución N°3311 (30/06/2000)

Cambio sujeto de derecho del IVA en las ventas de especies hidrobiológicas.

Resolución N°1341 (22/02/2000)

Dispone cambio de sujeto de derecho del IVA en las ventas de arroz.

Resolución N°1290 (21/02/2000)

Modifica Resolución N° 1.011, de 2000, que determina colocar fecha en los documentos, con timbre de goma o impreso por computadora a contar del 01-01-2000.

Resolución N°1011 (08/02/2000)

Determina colocar fecha en los documentos, con timbre de goma o impreso por computadora a contar del 01\01\2000. Deja sin efecto Resolución Nº 4.066, de 1999. Modificada por Resolución Nº 1.290, de 2000.

Resolución N°8377 (16/12/1999)

Modifica Resolución Exenta N°6080 de 10/09/1999, sobre documentos tributarios que deben emitirse para acreditar los ingresos provenientes de operaciones no afectas o exentas de IVA.

Resolución N°749 (29/01/1999)

Modifica y prorroga vigencia de la Resolución N° 539, de 1997 que establece guía de traslado para pequeños productores agrícolas.

Resolución N°7134 (25/10/1999)

Fecha a registrar en los vales emitidos por maquinas registradoras en el año 2000.

Resolución N°7061 (20/10/1999)

Establece lista de requerimientos mínimos que deben cumplir los exportadores que deseen facilitar la prueba de la existencia material de la operación y agilizar la devolución de IVA.

Resolución N°7022 (18/10/1999)

Autoriza eximirse de requisitos establecidos en la Resolución N° 1.661, de 1985, respecto de guías de despacho que indica.

Resolución N°6499 (29/08/1999)

Autoriza a compañía de petróleo a eximirse de requisitos establecidos en la Resolución N° 1.661, de 1985, respecto de guías de despacho que indica.

Resolución N°6444 (24/09/1999)

Modifica Resolución Exenta N°6080 de 10/09/1999, sobre documentos tributarios que deben emitirse para acreditar los ingresos provenientes de operaciones no afectas o exentas de IVA.

Resolución N°6259 (17/09/1999)

Establece facturas especiales y guías de despacho especiales para operaciones desde y hacia centros de exportación a que se refiere la Ley Nº 19.420 y, ordena contabilizaciones separadas.

Resolución N°6080 (10/09/1999)

Documentos tributarios que deben emitirse para acreditar los ingresos o gastos provenientes de operaciones no afectas o exentas de IVA. Modificada por Resoluciones Exs. N° 8377 y 6444, ambas del año 1999.

Resolución N°5777 (30/08/1999)

Dispone cambio de sujeto total de derecho del IVA en las ventas de chatarra, en el período que señala.

Resolución N°5752 (27/08/1999)

Autoriza a eximirse de requisitos establecidos en la Resolución Nº 1.661, de 1985, respecto de guías de despacho.

Resolución N°5390 (11/08/1999)

Excepciona del régimen de retención de IVA a empresa de abastecimiento de gas licuado de zonas aisladas, según Res. Ex. N° 1.087 de 1978.

Resolución N°4066 (18/06/1999)

Determina colocar fecha en los documentos tributarios autorizados por el SII, con timbre de goma o impreso por computador a contar del 01-01-2000. Dejada sin efecto por Resolución Nº 1.011, de 2000.

Resolución N°726 (29/01/1998)

Prorroga vigencia de la Resolución Nº 539, de 1997, que establece guía de traslado para pequeños productores agrícolas.

Resolución N°6761 (18/11/1998)

Procedimiento a seguir para definir la utilización de máquinas registradoras, para la emisión de vales boletas o facturas.

Resolución N°6289 (29/10/1998)

Establece nuevos requisitos para la emisión de facturas y guías de despacho por las operaciones realizadas en locales de atención directa a consumidores. Modificada por Resolución N°56, de 2016.

Resolución N°5927 (13/10/1998)

Determina procedimientos y requisitos en devolución del remanente del anticipo del 5% no utilizado por el comprador de carne o beneficiario de servicio de faenamiento en el plazo que se señala, según Res. Ex. N° 2.705 de 1998 y Res. Ex. N° 3.784 de 1998.

Resolución N°5098 (31/08/1998)

Dispone cambio de sujeto total de derecho del IVA en las ventas de chatarra, durante el período que señala.

Resolución N°5028 (28/08/1998)

Autoriza a empresas emitir boletas de servicios por medios de mandatarios en ventas de entradas a espectáculos públicos y reuniones pagadas.

Resolución N°4947 (20/08/1998)

Sustituye timbraje de rollos de auditoria, de maquinas autorizadas para emitir documentos por medios mecanizados en reemplazo de las boletas de ventas y servicios. crea sistema de control.

Resolución N°4570 (31/07/1998)

Establece obligación de llevar libros auxiliares a contribuyentes de ferias de ganado, martilleros y mandatarios en general y plantas faenadoras.

Resolución N°3784 (25/06/1998)

Modifica y complementa Resolución Ex. N° 2.705 de 1998, que dispone retención del IVA a mataderos y otras en las ventas de carne.

Resolución N°3207 (28/05/1998)

Modifica y complementa Resolucion Ex. Nº 6582, de 1997, que establece procedimiento de operación en las ventas de colaciones por medio de vales o cupones.

Resolución N°2705 (07/05/1998)

Dispone retención del IVA de los mataderos y plantas de faenamiento por servicios que prestan. Modificada y complementada por Resoluciones Exs. N° 3784, de 1998 y 211, de 1999.

Resolución N°6582 (26/12/1997)

Establece procedimiento de operación en las ventas de colaciones por medio de vales o cupones.

Resolución N°539 (30/01/1997)

Establece guía de traslado para pequeños productores agrícolas por el periodo que se señala.

Resolución N°460 (29/01/1997)

Autoriza excepcionarse de requisitos establecidos en la Resolución N° Ex. 1661, de 1985, respecto de guías de despacho.

Resolución N°4327 (29/08/1997)

Dispone cambio total de derecho del IVA en las ventas de chatarra, durante el período que señala.

Resolución N°5517 (26/11/1996)

Establece empresas que deberán retener el IVA a los pequeños productores agrícolas de la Ley N° 19.034 de 1991; delega en Directores Regionales facultad considerada en la letra g) del artículo 1 de la Ley mencionada y deroga la Resolución N° 1.871 de 1995. Modificada por Resoluciones N°s 11, de 2006 y 69, de 2011.

Resolución N°4182 (30/08/1996)

Modifica y define nueva vigencia de la Resolución Ex. N° 3.887, de 1995, que designa cambio de sujeto total de derecho del IVA, en las ventas de chatarra.

Resolución N°4101 (29/08/1996)

Establece vigencia de calidad de agente retenedor empresa de remates agrícolas señalada. Devolución crédito a pequeños productores agrícolas. Ley N° 19.034.

Resolución N°245 (22/01/1996)

Crea guía de traslado para pequeños productores agrícolas por el periodo que se señala.

Resolución N°2191 (14/05/1996)

Establece la retención de los tributos contenidos en el DL 825, de 1974 (Impuesto a las Ventas y Servicios), por parte de los usuarios de las zonas francas, en las ventas hacia la zona de extensión.

Resolución N°2190 (14/05/1996)

Establece la retención de los tributos contenidos en el DL 825, de 1974 (Impuesto a las Ventas y Servicios), por parte de los usuarios de las zonas francas, en las ventas inferiores a la cantidad indicada, que se realicen al resto del país.

Resolución N°5860 (11/12/1995)

Fija los requisitos del libro de compras y ventas que debe llevarse en el almacén de venta libre del Aeropuerto Arturo Merino Benítez de Santiago. Fija las menciones de la declaración jurada que debe adjuntar a la solicitud de reembolso de IVA que ha de presentar a tesorerías el concesionario del almacén de venta libre, y otras exigencias para determinar dicho reembolso.

Resolución N°4750 (05/10/1995)

Establece obligaciones a contribuyentes dedicados al análisis de oro y platino.

Resolución N°414 (26/01/1995)

Crea guía de traslado para pequeños productores agrícolas en la provincia del Bío -Bío por el periodo que se señala.

Resolución N°3887 (04/08/1995)

Dispone cambio de sujeto total de derecho del IVA, en las ventas de chatarra, durante el período que señala.

Resolución N°1872 (13/04/1995)

Determina requisitos y procedimientos de devolución crédito fiscal a pequeños productores agrícolas, según Ley N° 19.034 (Ver Circular N° 24 de 1995).

Resolución N°1871 (13/04/1995)

Establece empresas que podrán retener el IVA a los pequeños productores agrícolas, según Ley N° 19.034, de 1991, y delega en Directores Regionales la facultad contenida en la letra g) del artículo 1 de la Ley mencionada.

Resolución N°1515 (23/03/1995)

Establece normas que regulan incorporación al sistema de transmisión electrónica de documentos tributarios.

Resolución N°3920 (01/09/1994)

Establece nuevas menciones en las facturas o guías de despacho que se extiendan para transportar, por vía marítima, mercancías nacionales o nacionalizadas entre dos puntos de la de la costa chilena, sin que la nave toque puerto extranjero.

Resolución N°1275 (17/03/1994)

Establece que los contribuyentes que inicien actividades cuyo RUT tenga un rango de 60.000.000 o superior deben efectuar timbraje de documentos y libros en sus Unidades.

Resolución N°6451 (09/12/1993)

Complementa Resolución Nº 1057\85, que establece normas para el ingreso de mercaderías al territorio preferencial de la Ley Nº 18.392\85 mediante el uso de facturas especiales.

Resolución N°62 (11/01/1993)

Establece normas administrativas y de control de ingreso de mercaderías nacionales o nacionalizadas, al territorio preferencial de la Ley N° 19.149. Complementada por resolución N° 62 de 1993.Carácter de exportación. Recuperación de los impuestos del D.L N° 825, de 1974.

Resolución N°5285 (22/09/1993)

Modifica Resolución Nº 2.107, de 1983, sobre numeración correlativa única de los documentos, complementa Resolución Nº 2.301, de 1986 y elimina la opción de timbrar los vouchers.

Resolución N°4807 (24/08/1993)

Cambio de sujeto de IVA a las empresas importadoras y distribuidoras de tarjetas telefónicas, diskettes, video cassette, audio cassette y compact disc, respecto del impuesto que deban recargar en las ventas de estas mismas especies los suplementeros.

Resolución N°2229 (13/04/1993)

Complementa Resolución N° 62, de 1993, que estableció normas administrativas y de control al ingreso de mercaderías nacionales o nacionalizadas al territorio preferencial de la Ley N°19.149.

Resolución N°4642 (15/12/1992)

Cambio de sujeto de derecho del Impuesto al Valor Agregado en los arrendamientos de bienes inmuebles amoblados con instalaciones, etc.

Resolución N°4058 (13/11/1992)

Retención del IVA, que deben hacer las empresas que comercialicen harina de trigo y los molinos.

Resolución N°3943 (29/10/1992)

Fija monto mínimo para la emisión de boletas de ventas y servicios del D.L. N° 825, de 1974.

Resolución N°3338 (10/09/1992)

Cambio del sujeto del IVA y del impuesto adicional en las ventas de oro, productos semi elaborados de oro, artículos de oro y joyas de oro, y en ventas de productos con contenido de oro metales y minerales, cuyo precio por kilogramo sea igual o superior a 18 UTM.

Resolución N°3594 (28/11/1991)

Complementa Resolución N° 3.382 de 1991 que dispone retención del IVA a los molinos en las ventas de harina.

Resolución N°3382 (05/11/1991)

Dispone retención del IVA a los molinos en las ventas de harina.

Resolución N°2909 (03/10/1990)

Complementa Resolución Exenta N° 1420 del 10 de Mayo de 1990, sobre emisión de facturas y boletas en la compra de monedas extranjeras, oro en forma de moneda, cospel u onza troy. Publicada en el Diario Oficial del 6 de Octubre de 1990.

Resolución N°276 (23/01/1990)

Determina que Directores o Consejeros de sociedades anónimas que residan en el extranjero no están obligados a emitir boletas de honorarios.

Resolución N°1602 (30/05/1990)

Fija monto mínimo para la emisión de boletas de ventas y servicios del D.L. N° 825 de 1974.

Resolución N°1420 (10/05/1990)

Establece normas sobre emisión de facturas y boletas en la compra y venta de monedas extranjeras, oro en forma de moneda, cospel y onza troy.

Resolución N°706 (09/03/1988)

Introduce modificaciones a la Resolución N° 2.565, de 1987.

Resolución N°603 (24/02/1988)

Establece procedimientos de timbraje de libros de contabilidad.

Resolución N°3140 (28/12/1988)

Deroga obligación del uso de tinta sensitiva en las facturas y otros documentos. Modifica Resolución N° 1.661, de 1985.

Resolución N°2985 (16/12/1988)

Deroga la Resolución N° Ex. 2565, de 1987, y sus modificaciones, sobre Emisión de " Orden de Compra de Combustibles ".

Resolución N°23 (07/01/1988)

Fija monto mínimo para la emisión de Boletas de Ventas y Servicios del D.L. N° 825, de 1974.

Resolución N°22 (07/01/1988)

Obligación de emitir boletas por ventas y servicios menores no documentados.

Resolución N°2565 (04/11/1987)

Establece la emisión obligatoria de la "Orden de Compra de Combustible" para los contribuyentes con derecho al crédito fiscal del IVA. Derogada por Resolución Exenta N° 2985, de 1988.

Resolución N°2564 (04/11/1987)

Establece sistema para la emisión de cupones en venta de combustibles, bajo condiciones que indica. Deroga autorizaciones concedidas sobre la materia.

Resolución N°2563 (04/11/1987)

Dispone medidas que facilitan el timbraje de documentos y/o libros de contabilidad.

Resolución N°652 (25/02/1986)

Establece declaración jurada y fija requisitos para solicitar timbraje de documentos y de libros de contabilidad y/o auxiliares.Complementada por Resolución Exenta N° 1093, de 1986.

Resolución N°2301 (07/10/1986)

Fija el procedimiento a seguir y señala los requisitos y obligaciones que deben cumplirse y los antecedentes que deben acompañarse respecto de solicitudes administrativas.

Resolución N°75 (17/06/1985)

Delega facultad establecida en el inciso segundo del artículo 56 del DL N° 825, de 1974, en el Subdirector de Fiscalización para autorizar el uso de boletas que no reúnen los requisitos exigibles por el reglamento del texto legal antes indicado. Resolución derogada por Resolución N° 10, de 2016.

Resolución N°1661 (08/07/1985)

Fija las características de las facturas, facturas de compra, guías de despacho, liquidaciones, liquidaciones - facturas, notas de débito y notas de crédito, con sus respectivas copias, y regula la emisión con series de éstos mismos.

Resolución N°1057 (25/04/1985)

Establece normas administrativas y de control del ingreso de mercaderías nacionales o nacionalizadas, al territorio preferencial de la Ley N° 18.392. Carácter de exportación. Recuperación de los impuestos del D.L N° 825. Complementada por la Resolución N° 6451 de 1993.

Resolución N°2038 (01/10/1984)

Complementa Resolución Nº 1798, de 1984, sobre requisitos que deben cumplir las facturas por ventas de alcohol potable.

Resolución N°1798 (23/08/1984)

Ordena emisión de facturas, cumpliendo con el requisito que establece, respecto de las ventas de alcohol potable efectuadas por productores, importadores y comerciantes mayoristas.

Resolución N°1733 (16/08/1984)

Complementa Resolución Ex. Nº 1110, de 1978, que exime de la obligación de otorgar boletas a los contribuyentes que se indican.

Resolución N°2107 (01/12/1983)

Dispone la numeración correlativa única nacional del timbraje de facturas, boletas, guías de despacho, notas de débito, notas de crédito, liquidaciones y letras de cambio. Centralización del timbraje de documentos que indica en el domicilio de la casa matriz. Autoriza emisión en más de una serie y/o en más ejemplares que los obligatorios. Ordena consignar solamente el RUT de la casa matriz. Establece nuevas normas sobe centralización de contabilidad y dispone comunicar la existencia, apertura y el cierre de sucursales o locales, usando los formularios que indica.

Resolución N°601 (07/05/1982)

Establece normas administrativas y de control para la devolución del IVA en las ventas de mercaderías nacionales o nacionalizadas a las zonas francas primarias, y fija requisitos para las compras desde las zonas de extensión.Complementada por Resolución Ex. N° 911, de 1982.

Resolución N°992 (20/06/1980)

Modifica Resolución Ex. N° 1.086 de 1978, sobre emisión de facturas y otros relacionados con el IVA en ventas de cigarros, cigarrillos y tabaco.

Resolución N°1251 (29/07/1980)

Requisitos que deben cumplir las boletas por entradas a espectáculos y reuniones pagadas, sean ocacionales habituales.

Resolución N°1798 (10/12/1979)

Períodos de las declaraciones de impuesto de contribuyentes del sistema de tributación simplificada.

Resolución N°1578 (08/11/1979)

Exime de la obligación de emitir guías de despacho a las empresas periodísticas, editoras, impresoras e importadoras de periódicos, revistas e impresos.

Resolución N°274 (02/03/1978)

Modifica Resolución Ex. N° 1496, del 31 de Diciembre de 1976, sobre cambio de sujeto de derecho a contribuyente de difícil fiscalización.

Resolución N°1750 (20/12/1978)

Fija procedimiento para la emisión de "Ordenes de Compra" de combustible emitidas por vendedores o prestadores de servicio en casos que se indican.

Resolución N°1414 (27/10/1978)

Emisión de Boletas de Honorarios. Deroga Res. Ex. 1461, de 1974.

Resolución N°1110 (30/08/1978)

Exime la obligación de otorgar boletas a los contribuyentes acogidos a la tributación simplificada, suplementeros, repartidores de pan, leche y jugo de frutas, empresas navieras, aéreas, ferroviarias, de transporte de pasajeros, bancos comerciales, mandatarios, empleados de sus mandantes, no videntes, prestadores de servicios, ambulantes, venta de cigarrillos, gas licuado de petróleo y otros. Ver Resolución N° 7, de 2005.Complementada por Resolución Ex. N° 1733, de 1984.

Resolución N°1087 (28/08/1978)

Imparte instrucciones sobre la retención del IVA que deben hacer las empresas concesionarias a distribuidoras de gas licuado de petróleo por sus ventas, a partir del 1° de Septiembre de 1978.

Resolución N°1086 (28/08/1978)

Imparte instrucciones sobre emisión de facturas y otros relacionados con el Impuesto al Valor Agregado en ventas de cigarros, cigarrillos y tabacos manufacturados que se efectúen a partir del 1 de Septiembre de 1978.

Resolución N°36 (07/01/1977)

Instrucciones sobre sistema simplificado de tributación del IVA, para los pequeños contribuyentes.

Resolución N°1784 (19/12/1977)

Requisitos para acogerse al sistema de tributación simplificada y otros.

Resolución N°145 (26/01/1977)

Cambio de sujeto del IVA en las ventas efectuadas por pequeños comerciantes repartidores de leche y sus subproductos, al domicilio del comprador. Modificada por Resolución Ex. N° 466, de 1978.

Resolución N°1496 (31/12/1976)

Cambia sujeto de derecho a contribuyentes de difícil fiscalización e impone obligaciones al adquirente que sea contribuyente de IVA. Modificada por Resolución Ex. N° 274, de 1978.

Resolución N°1423 (21/12/1976)

Obligaciones de retener el IVA de las empresas periodísticas, editoras, impresoras e importadoras de periódicos, revistas e impresos, por las ventas efectuadas a los suplementeros y otros.

Resolución N°109 (04/02/1976)

Establece obligaciones a contribuyentes que extravíen o les sean robadas o hurtadas facturas, notas de crédito o débito.

Resolución N°551 (29/05/1975)

Impone obligación de emitir facturas de compras o boletas de servicio a empresas obligadas a llevar contabilidad por las operaciones que efectúen con particulares.

Resolución N°1461 (06/12/1974)

Instrucciones sobre la obligación de emitir boletas de honorarios por los contribuyentes que se indican.

Resolución N°300 (29/04/1970)

Retención de Impuestos a los servicios en el caso de arrendamientos de bienes raíces no agrícolas destinados a actividades industriales o similares.

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