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Resolución N°87 (27/05/2010)

"Aplicación de la facultad establecida en el artículo 23, inciso segundo de la Ley N° 17.235 para el Primer Semestre de 2010".

Documentos relacionados

CIRCULAR

Circular N°7 (20/01/2017)

Instruye sobre procedimiento a seguir ante presentaciones de revisiones y/o modificación individual de avalúos de los bienes raíces y/o de eliminación de la sobretasa del impuesto territorial a los sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros, en el área urbana, así como respecto de procedimientos iniciados de oficio sobre esta materia. Deroga Circular N°54 el 15 de noviembre del 2012.

Circular N°51 (29/07/2016)

Sustituye el numeral 1.7 del Capítulo Tercero de la Circular N° 33, de 2013, que actualiza los procedimientos para determinar el avalúo fiscal de bienes raíces acogidos al régimen de copropiedad inmobiliaria establecido en la Ley Nº 19.537 (Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 04.08.2016).

Circular N°38 (05/07/2016)

Actualiza instrucciones sobre procedimiento de Emisión de los Certificados de Avalúo Fiscal y deroga Circulares N°s 58, de 1996 y 52, de 1999 (Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 11.07.2016).

Circular N°33 (20/06/2013)

Actualiza las instrucciones relativas a los procedimientos para determinar el avalúo fiscal de los bienes raíces acogidos al régimen de copropiedad inmobiliaria establecido en la Ley N° 19.537. (Reemplaza Circular N°46, de 2006). Circular complementada por Circular N° 68, de 2014 y modificada por Circular 51, de 2016.

Circular N°54 (15/11/2012)

Instruye sobre procedimiento a seguir ante presentaciones de revisiones de avalúos de los bienes raíces y/o de eliminación de la sobretasa del impuesto territorial a los sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros en el área urbana, así como respecto de procedimientos iniciados de oficio sobre esta materia. Deroga Circular N° 14, de fecha 17 de febrero del 2012 (Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 21.11.2012). Derogada por Circular N° 7, de 2017.

Circular N°36 (12/07/2012)

Modifica Circular N° 2, de 06.01.2012, sobre la aplicación disponible en Internet para facilitar a los contribuyentes solicitar el beneficio correspondiente a la exención del Impuesto Territorial establecida en el D.F.L. N° 2, de 1959.

Circular N°2 (06/01/2012)

Establece aplicación en Internet para facilitar a los contribuyentes a solicitar el beneficio correspondiente a la exención del Impuesto Territorial establecida en el D.F.L. N° 2, de 1959 (Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 06.01.2012). Modificada por Circular N°36, de 2012.

Circular N°14 (17/02/2012)

Instruye sobre requerimiento de información a las Municipalidades, ante presentaciones de revisiones de avalúos de los bienes raíces y/o de eliminación de la sobretasa del Impuesto Territorial a los sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros ubicados en áreas urbanas. Circular derogada por Circular N° 54, del año 2012.

Circular N°29 (15/04/2010)

Normas para la aplicación de la rebaja de los avalúos o contribuciones de bienes raíces agrícolas o no agrícolas en caso de siniestros u otros factores que disminuyan considerablemente el valor de una propiedad, por causas no imputables al propietario u ocupante, como es el caso de aquellas propiedades dañadas gravemente como consecuencia del sismo y/o posterior maremoto del 27 de febrero 2010. (Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 20.04.2010).

Circular N°44 (01/08/2007)

Modifica Circular N° 42, de 03 de Agosto de 2006, publicada en el Diario Oficial de 05 de Agosto de 2006, sobre política de condonación de intereses y sanciones pecuniarias.

Circular N°11 (07/02/2007)

Establece nueva aplicación vía internet para consulta e ingreso de verificaciones de antecedentes del propietario para los Conservadores de Bienes Raíces. Reemplaza Circular N° 4 del 15/01/2002.

Circular N°46 (17/08/2006)

Reemplaza instrucciones contenidas en Circulares N°s 42, de 1999 y 40, de 2005 y actualiza procedimiento para determinar el avalúo fiscal de bienes raíces acogidos al régimen de copropiedad inmobiliaria, establecido en la Ley N° 19.537.

Circular N°42 (03/08/2006)

Establece política de condonación de intereses y sanciones pecuniarias que se impongan por infracciones a las obligaciones tributarias contempladas en el artículo 97 n° 1 inciso 1°, n° 2 y n° 11 del Código Tributario. Condonación en el caso de giros infraccionales que no acceden al pago de un impuesto y condonación en el caso de deudas por concepto de impuesto territorial. Modificada por Circulares N°7 de 2007 y N°44 de 2007. Deroga Circular N°80 de 2001.Derogada por Circular N°21 de 2013.

Circular N°40 (21/07/2005)

Actualiza Formularios para uso de propietarios de bienes raíces acogidos al régimen de copropiedad inmobiliaria, establecida en la Ley N° 19.537. Modifica instrucciones contenidas en Circular N° 42, de 1999. Circular N° 40, de 2005 reemplazada por instrucciones contenidas en Circular N° 46, de 2006.

Circular N°4 (15/01/2002)

Imparte instrucciones sobre procedimiento de actualización, vía internet, de información de catastro de bienes raíces y de validación con los Conservadores de Bienes Raíces. Reemplazada por Circular N° 11 de 2007.

Circular N°80 (08/11/2001)

Establece nueva política de condonación de intereses y sanciones pecuniarias que se impongan por infracciones a las obligaciones tributarias contempladas en el articulo 97 N° 1 Inciso 1°, N° 2 Y N° 11 del Código Tributario.Deroga la Circular Conjunta suscrita por el Servicio de Impuestos Internos y la Tesorería General de la República, de fecha 17 de octubre de 1995, la que fue publicada en el Diario Oficial de 27 de octubre de 1995. La Circular 80/01 fue derogada por la Circular 42/06.

Circular N°31 (24/05/2001)

Modifica y complementa Circular N° 72, de 12-12-2000, sobre "solicitud de modificación al catastro de bienes raíces".

Circular N°28 (30/04/2001)

Procedimiento de asignación de roles de avalúo en trámite para saneamiento de títulos de dominio. Complementa instrucciones contenidas en Circulares N° 22 y 66, de 2000.

Circular N°66 (02/11/2000)

Posterga entrada en vigencia de requisito del procedimiento de asignación de roles de avalúo en trámite de saneamiento de título de dominio. Complementa instrucciones contenidas en Circular N° 22, de 2000.

Circular N°52 (09/09/1999)

Establece procedimiento de emisión y cobro de los certificados de avalúo.

Circular N°5 (09/01/1998)

Refunde procedimientos operativos a notarías, conservadores de bienes raíces, Ministerio de Bienes Nacionales, SERVIU, empresas de gestión inmobiliaria y propietarios en general, respecto del certificado de asignación de roles de avalúo en trámite.

Circular N°28 (28/04/1998)

Procedimientos operativos a propietarios de bienes raíces acogidos al régimen de copropiedad inmobiliaria, establecido en la Ley N° 19.537.

Circular N°25 (17/04/1998)

Elimina obligación de solicitar certificado de asignación de roles de avalúo en trámite y llenado de Formulario Nº 2890 para las sociedades concesionarias del Ministerio de Obras Públicas.

Circular N°76 (22/12/1997)

Establece instrucciones de llenado de nuevo formulario 2.890 "Declaración sobre enajenación e inscripción de bienes raíces" a utilizar a contar del 01 de Enero de 1998.

Circular N°37 (30/06/1997)

Aclara conceptos y actualiza instrucciones sobre el procedimiento de observaciones a los Notarios y Conservadores respecto del F-2890.

Circular N°20 (21/03/1997)

Establece procedimiento de distribución, recepción y observaciones a los notarios y conservadores respecto del F. 2.890 "declaración sobre enajenación e inscripción de bienes raíces".

Circular N°11 (10/02/1997)

Procedimientos operativos a notarias, conservadores de bienes raíces, Ministerio de Bienes Nacionales, Serviu, empresas de gestión inmobiliaria y propietarios en general, respecto del certificado de asignación de roles de avalúo en trámite.

Circular N°74 (16/12/1996)

Complementa procedimientos operativos de Notarias y Conservadores de Bienes Raíces para el traspaso de información al SII sobre transferencias de Bienes Raíces.

Circular N°61 (18/10/1996)

Establece procedimientos operativos a Notarias y Conservadores de Bienes Raíces para el traspaso de información al SII sobre transferencias de Bienes Raíces.

Circular N°60 (18/10/1996)

Establece procedimientos operativos a Notarias, Conservadores de Bienes Raíces, Ministerio de Bienes Nacionales, SERVIU, empresas de Gestión Inmobiliaria y Propietarios en general, respecto del certificado de Asignación de Roles de Avalúo en Trámite.

Circular N°58 (14/10/1996)

Instrucciones relacionadas con procedimientos administrativos en avaluaciones, respecto de la emisión de Certificados de Avalúos Fiscales.

Circular N°33 (01/07/1996)

Información que se debe proporcionar el SII para los efectos de la regularización de la posesión de la Pequeña Propiedad Raíz.

Circular N°15 (08/03/1994)

Delegación de facultades para que el Jefe del Departamento Regional de Avaluaciones pueda determinar el valor efectivo de adquisición del terreno a deducir para la aplicación del IVA.

Circular N°29 (28/06/1993)

Instrucciones sobre cobros retroactivos de contribuciones en caso de enajenación de inmuebles.

Circular N°38 (06/08/1990)

Precios bases de terrenos construcciones y definiciones técnicas para el reavalúo de bienes raíces de la serie II, no Agrícolas.

Circular N°21 (10/04/1990)

Tasaciones de predios destinados a la acuicultura. Concesiones Marítimas. Complementa instrucciones contenidas en Circular N° 13, 1990. Circular 21, de 1990 derogada por Circular N° 15, de 2010.

Circular N°15 (20/02/1990)

Instrucciones sobre facultad de los notarios para remitir en cintas magnéticas información sobre transferencias de bienes raíces.

Circular N°37 (23/06/1986)

Imparte instrucciones sobre la forma de condonar intereses penales por la mora en el pago del Impuesto territorial.

Circular N°44 (11/10/1984)

Complementa Circular Nº 38, de 4 de Septiembre de 1984, relativa a instrucciones para la aplicación de las normas de la Ley Nº 18.337, sobre condonación de intereses y multas y facilidades para el pago de impuestos y contribuciones.

Circular N°38 (04/10/1984)

Imparte instrucciones sobre las normas de la Ley 18.337 relativas a condonación de intereses y multas por atraso en la declaración y/o pago de impuestos fiscales internos y contribuciones de Bienes Raíces al 3 de julio de 1984 y otorga facilidades de pago en los casos y formas que señala.Complementada por Circular N° 44 de 1984.

Circular N°31 (25/06/1982)

Instrucciones para acogerse a la condonación de intereses y multas dispuesta por la Ley N° 18.134 por impuestos que debieron enterarse en arcas fiscales hasta el 31 de Mayo de 1982.

Circular N°30 (15/05/1981)

Modificaciones introducidas por la Ley N°17990 en lo referente a contratos de compraventa, permuta sobre bienes raíces, escrituras públicas y privadas, no gravadas con el impuesto de timbres. Timbraje de documentos y su autorización por parte del SII.

Circular N°86 (01/12/1980)

Emisión de roles suplementarios y de reemplazo con motivo de modificaciones a los avalúos de los bienes raíces.

Circular N°31 (14/05/1980)

Peticiones de modificaciones de avalúos de bienes raíces.

Circular N°16 (29/02/1980)

El D.L. N° 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales, establece que tanto el Fisco como las Municipalidades tendrán participación en el rendimiento que genere el Impuesto Territorial, y faculta al Presidente de la República a rebajar cierto porcentaje del Impuesto a una comuna determinada, hasta por 5 años.

Circular N°3 (05/01/1979)

Textos legales que regulan las tasaciones comerciales de los bienes raíces fecales y municipales que corresponde efectuar al SII. Circular complementada mediante Circular N° 51, de 1979.

Circular N°85 (25/08/1978)

Procedimiento de expropiación de bienes raíces.

Circular N°44 (20/04/1978)

Rebaja de contribuciones de bienes raíces para los predios habitacionales del sector pasivo.

Circular N°110 (20/10/1978)

Establece reajuste automático del avalúo de bienes raíces agrícolas y no agrícolas. Fechas de pago de contribuciones.

Circular N°43 (25/03/1977)

Establece reajuste de avalúo de bienes raíces para el primer semestre del año 1977, exenciones de impuesto territorial y otras normas.

Circular N°98 (23/08/1976)

Devolución de contribuciones de bienes raices pagadas indebidamente.

Circular N°67 (20/05/1976)

Disposiciones relacionadas con el Impuesto Territorial contenidas en el nuevo texto de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Circular complementada por Circular N° 119, de 1976.

Documentos relacionados

OFICIOS

Oficio N°3218 (21/12/2015)

Aplicación del artículo 27 de la Ley sobre Impuesto Territorial a inmuebles de propiedad de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado.

Oficio N°212 (31/01/2013)

Los bienes raíces pertenecientes a los servicios públicos descentralizados o con personalidad jurídica y patrimonio propio, que no actúen bajo la personalidad jurídica del Fisco, quedan amparados en la exención del Impuesto Territorial contenida en el N°1, de la letra A) del Párrafo I del Cuadro Anexo de la Ley N° 17.235. Lo antes señalado constituye un cambio de criterio, quedando sin efecto, por lo tanto lo indicado mediante pronunciamientos anteriores sobre esta materia, el que será publicado en extracto en el Diario Oficial, de acuerdo a lo establecido en el artículo 26 inciso 3° del Código Tributario, en concordancia con lo dispuesto por el artículo 15 del mismo Código(Extracto de Oficio publicado en el Diario Oficila de 15.03.2013).

Oficio N°1972 (09/09/2013)

De acuerdo a lo establecido en el Oficio N° 212, de 2013, el criterio actualmente vigente de este Servicio sobre exención de Impuesto Territorial, es que quedan también amparados en la exención de dicho tributo establecida en el párrafo I, letra A, número 1) del Cuadro Anexo, de la Ley Nº 17.235, los inmuebles pertenecientes a los Servicios Públicos con personalidad jurídica y patrimonio propios, con excepción de los bienes raíces de sus sedes matrices.

Oficio N°1329 (18/06/2013)

Conforme a la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, la jurisprudencia administrativa de la Contraloría General de la República y las disposiciones legales pertinentes, se concluye inequívocamente que el impuesto establecido en la Ley N° 17.235, constituye un impuesto fiscal, de aquellos referidos en el artículo 74 del Código Tributario y no uno de carácter municipal. Por tal razón, los conservadores de bienes raíces están impedidos de inscribir en sus registros las transmisiones o transferencias de dominio, constitución de hipotecas, censos, servidumbres, usufructos, fideicomisos o arrendamientos, sin que se les compruebe el pago de los impuestos fiscales que afecten a la propiedad raíz objeto de aquellos actos jurídicos, tributos entre los cuales se encuentra el Impuesto Territorial establecido en la Ley N° 17.235.

Oficio N°814 (10/04/2012)

Reconsideración respecto de Resolución que deniega la exención de Impuesto Territorial a una Fundación. Si el bien raíz está conformado por un colegio técnico y una residencia universitaria, se entiende que está destinado a la educación por constituir una unidad educativa en un mismo inmueble, de acuerdo a la Ley N° 20.370, y por tanto, se puede acoger a la exención del 100% del Impuesto Territorial.

Oficio N°793 (04/04/2012)

Modificación en la periodicidad de traspaso de información y ampliación de envío de información sobre bienes raíces, raíces fiscales administrados por el Ministerio de Bienes Nacionales, que hayan sido arrendados o entregados en concesión a particulares, para la fiscalización de la situación tributaria respecto del Impuesto Territoria de dichos inmuebles.

Oficio N°3303 (03/12/2012)

Aplicación de los beneficios contemplados en el D.F.L. N° 2, de 1959. Requisitos que se deben cumplir para acogerse a ellos.

Oficio N°2939 (29/10/2012)

La exención de Impuesto Territorial que establecía la Ley N° 13.713 en favor de una universidad, que se encontraba incorporada en el Cuadro Anexo N°1 de la Ley 17.235, quedó derogada por la Ley N° 20.033. Por consiguiente, en materia de Impuesto Territorial, las Universidades sólo pueden actualmente invocar a su favor la exención que contempla el Cuadro Anexo de la Ley N° 17.235, en el número 2), letra B), del párrafo I., en los términos y condiciones que allí se establecen.

Oficio N°1386 (05/06/2012)

La exención de todo impuesto o contribución que establece el artículo único de la Ley N° 13.713 se encuentra actualmente vigente y su alcance tributario se contiene en el Oficio de SII N°746, de 2010 publicado en Internet; pero dicha liberación tributaria no favorece a la Sociedad Anónima continuadora legal de la empresa del Estado a que se refiere el artículo 3° de la Ley N°18.851, ya que el alcance de esta última norma legal es limitado y no incluye el régimen tributario de exención antes señalado. Por lo tanto, no procede otorgar la exención del 100% del Impuesto Territorial a los inmuebles de propiedad de la referida Sociedad Anónima y tampoco la devolución retroactiva de dicho tributo.

Oficio N°2649 (15/11/2011)

El SERNATUR, al ser una persona jurídica con patrimonio propio, distinto del Fisco, no goza de la exención personal de Impuesto Territorial, contenida en el Cuadro Anexo de la Ley N° 17.235, Párrafo A) N° 1, por lo que el SII debe dejar sin efecto la exención del 100% del Impuesto Territorial respecto de los bienes raíces registrados a nombre del SERNATUR.

Oficio N°1790 (05/08/2011)

El bien raíz de propiedad del Instituto de Prevención Social, se encuentra afecto al Impuesto Territorial, debido a que tiene personalidad Jurídica distinta al Fisco, y no se encuentra especialmente exento de contribuciones de bienes raíces. El artículo 27 de la Ley 17.235, que obliga al cesionario u ocupante de bienes fiscales a cualquier título al pago del respectivo impuesto, se aplica también al caso de los funcionarios beneficiados conforme al inciso segundo del artículo 91 del Estatuto Administrativo, con la asignación de bienes fiscales, municipales o nacionales de uso público para su uso, y el de su familia, como casa habitación, en la medida que no se encuentren obligados a residir en ese inmueble por razones inherentes a su cargo.

Oficio N°1789 (05/08/2011)

Para otorgar la exención de Impuesto Territorial en favor propiedades de entidades deportivas, establecida en el Parrafo I de la letra B), del N° 3, del Cuadro Anexo, de la Ley N° 17.2335, es necesario contar con un informe previo favorable del Instituto Nacional del Deporte de Chile, establecido por la Ley N° 19.712, y el Convenio refrendado por la Dirección Provincial de Educación.

Oficio N°1571 (05/07/2011)

Deroga la exención de Impuesto Territorial a inmuebles de la Sociedad de Autores Teatrales de Chile, según artículo 2° de la Ley N° 20.033, de 2006.

Oficio N°1321 (01/06/2011)

La exención total del Impuesto Territorial que favorece a los inmuebles de propiedad del Fisco, conforme al Cuadro Anexo, Ley Nº 17.235, párrafo I, letra A, Nº 1, no es aplicable a las personas jurídicas de derecho público con patrimonio propio, ya que éstas son personas juridicas distintas al Fisco. Por lo tanto, la CORFO y sus propiedades no se encuentran exentas del Impuesto Territorial, ya que la Ley antes indicada no contempla una exención específica para dicha institución y sus propiedades, y la referida Corporación tampoco queda comprendida en la exención personal que favorece al Fisco.

Oficio N°1313 (01/06/2011)

De acuerdo a la normativa vigente, el SII está facultado para condonar el interés por mora en el pago de Impuesto Territorial, examinando cada caso en particular, y no está facultado para otorgar condonaciones generales de intereses a todos los contribuyentes o a un sector de ellos.

Oficio N°958 (10/06/2010)

Situación tributaria de predios fiscales con deuda históricas de impuesto territorial, según artículo 27 de la Ley N° 17.235.

Oficio N°746 (07/05/2010)

El artículo único de la Ley N° 13.713 al emplear la expresión todo impuesto o contribución, se refiere no sólo a los tributos que gravan las rentas derivadas del dominio o posesión de inmuebles, sino que incluye en la exención a las contribuciones derivadas del dominio o posesión de los mismos bienes, situación que corresponde al impuesto establecido en la Ley N° 17.235 sobre Impuesto Territorial. Por lo tanto, la institución humanitaria recurrente por la propiedad y arrendamiento de los bienes raices no agrícolas que posee se encuentra exenta del Impuesto de Primera Categoría y de Impuesto Territorial.

Oficio N°46 (14/01/2010)

Situación de las cuotas de contribuciones, respecto de roles matrices, por el período que media entre la construcción de los conjuntos de viviendas y la enajenación de éstas.

Oficio N°260 (10/02/2010)

Procedimiento y requisitos para solicitar la aplicación del beneficio tributario que establece el artículo 99 del D.S. N° 485, de 1975, sobre Ley General de Urbanismo y Construcción en las áreas declaradas de utilidad pública (exención de contribuciones de bienes raíces), cuando se trate de la división de un predio afecto a utilidad pública por el instrumento de planificación territorial que no contempla apertura de vías públicas por iniciativa de propietario. Forma de otorgar el beneficio cuando el inmueble sea susceptible de ampararse además a otra franquicia.

Oficio N°2113 (19/11/2010)

La exención del Impuesto Territorial que favorece a los inmuebles de propiedad de una Fundación destinados a proporcionar auxilio, habitación a indigentes o desválidos, es procedente siempre y cuando las rentas que se produzcan sean destinadas íntegramente a financiar las actividades de beneficencia de dicha institución, y se mantenga a su vez, el cumplimiento de los demás requisitos que establece el N° 3 de la letra D) del Título I del Cuadro Anexo de la Ley N° 17.235.

Oficio N°1824 (12/10/2010)

Absuelve consulta sobre el procedimiento llevado a cabo por el Servicio de Impuestos Internos para el cobro de Impuesto Territorial, por los predios forestales acogidos al beneficio establecido en el artículo 13 del D.L. N° 701 de 1974, donde se establece un exención total del 100% del Impuesto Territorial para los terrenos calificados de aptitud preferentemente forestal, que cuenten con plantaciones bonificadas. La exención cesará dos años después de concluida la primera rotación. Formas para realizar la declaración anual de predios forestales por parte del contribuyente.

Oficio N°1795 (06/10/2010)

Gratuidad de los Certificados de Avalúo Fiscales de bienes raíces, de propiedades ubicadas en las zonas afectadas por el terremoto y/o maremoto del 27-02-2010, tratándose de solicitudes de regularización y constitución del dominio de la pequeña propiedad raíz.

Oficio N°1404 (19/08/2010)

La determinación del avalúo o reavalúo, así como de las cuotas de impuesto territorial, son materia de competencia del SII. Las modificaciones particulares al avalúo se comunican al contribuyente y se aplican por medio de cuotas de reemplazo o suplementarias, mientras que su cobro corresponde al Servicio de Tesorería.

Oficio N°1235 (26/07/2010)

La exención personal del 75% del Impuesto Territorial contenida en el Título II, Letra A), N°2, Cuadro Anexo, de la Ley 17.235, que favorece a ciertas instituciones que obtengan rentas de arrendamiento destinadas a actividades de beneficiencia, es procedente en la medida que las mencionadas rentas sean destinadas íntegramente a financiar las actividades de beneficencia de la referida institución.

Oficio N°478 (16/03/2009)

Exención del Impuesto Territorial contenida en la letra A), N° 1, del cuadro anexo de la Ley N° 17.235.

Oficio N°2920 (10/10/2009)

La Ley N° 20.033 reemplazó los Cuadros N° 1 y 2 de la Ley N° 17.235, por el único Cuadro Anexo que contiene dicho texto legal, y además, derogó las normas legales específicas que a la fecha establecían exenciones al Impuesto Territorial que no fueron reproducidas en el citado Cuadro Anexo. Por lo tanto, toda exención contemplada en los derogados Cuadro Anexo N° 1 y 2 que no figuran en el listado del nuevo Cuadro Anexo de la Ley N° 17.235, ya no siguen vigentes, ello aún cuando dichas exenciones hayan estado establecidas en virtud de leyes especiales, por cuanto el artículo 2° de la Ley N° 20.033 expresamente derogó las normas legales que establecían las exenciones al impuesto territorial recogidas en los antiguos Cuadros Anexos N° 1 y 2 de la Ley N° 17.235, que no fueron reproducidas en el Cuadro Anexo actualmente vigente.

Oficio N°2742 (03/09/2009)

Petición de exención de Impuesto Territorial a favor de adultos mayores. Explicación de ciertos beneficios y exenciones que benefician a las personas cuando poseen un bien raíz con carácter habitacional.

Oficio N°2107 (24/06/2009)

El concesionario del bien fiscal denominado Estadio Techado Parque OHiggins", es propiamente ocupante del bien raíz, por cuanto tiene las facultades de uso y goce exclusivo y excluyente del inmueble concesionado, de forma tal que en la especie es plenamente aplicable el artículo 27 de la Ley N° 17.235, sobre Impuesto Territorial, el cual le impone al ocupante de bienes raíces fiscales la obligación de pagar el impuesto correspondiente al bien raíz ocupado.

Oficio N°591 (27/03/2008)

Información sobre las modificaciones catastrales efectuadas por el Servicio de Impuestos Internos a un terreno entregado en usufructo a una Municipalidad, respecto del Impuesto Territorial, de acuerdo a Resolución del SII Ex. N° 8, de 2006. Complementa Oficio N° 313-2008.

Oficio N°394 (17/02/2008)

El concepto de urbanización excluye necesariamente la denominada área urbanizable, y por tanto, corresponde la aplicación de sobretasa a predios urbanos en ellas, cuando no se encuentran edificados. Imposibilidad de pronunciarse respecto de un reclamo pendiente de resolución.

Oficio N°313 (19/01/2008)

Informa sobre la situación en que se encuentran los inmuebles de propiedad de una Asociación, entregados en usufructo a una Municipalidad, quien construyó en dichos inmuebles, respecto de las modificaciones catastrales efectuadas por el SII, que generaron cobros suplementarios de contribuciones de bienes raíces, dentro del plazo de prescripción que establece el artículo 200 del Código Tributario. Obligación del SII de mantener actualizados los roles de avalúo definitivos.

Oficio N°560 (24/02/2005)

Caducidad de los beneficios, franquicias y exenciones que establece el D.F.L.N° 2, de 1959. Facultad de tasar las ampliaciones realizadas a una construcción.

Oficio N°2914 (14/08/2002)

Toda modificación de avalúo de un bien raíz, se entenderá notificada al momento del envío de un aviso postal simple, de acuerdo al artículo 11 del Código Tributario, en relación con el artículo 23 de la Ley sobre Impuesto Territorial.

Oficio N°4084 (11/10/2001)

Posibilidad y requisitos para enrolar inmuebles adquiridos por compraventa de derechos sobre un bien raíz que se pretende subdividir, a fin de determinar el Impuesto Territorial aplicable a cada unidad.

Oficio N°50 (08/01/1996)

La condonación de contribuciones adeudadas por una entidad, sólo puede ser materia de Ley. Asimismo, la exención de Impuesto Territorial a las Municipalidades, no es aplicable a propiedades que se utilizan en virtud de un comodato.

Oficio N°3686 (14/10/1994)

Oportunidad y forma en que deben solicitarse los beneficios tributarios que establece la Ley N° 18.595, sobre renovación de zonas urbanas, en relación con el Impuesto Territorial.

Oficio N°2517 (21/07/1993)

Las vivienda económicas acogidas al régimen especial establecido por el D.F.L. N° 2, del año 1959, que sean destinadas a servicios de alojamiento bajo la modalidad de apart-hotel o apart-departamento, pierden el derecho al régimen de franquicias, beneficios y exenciones que establece dicha norma legal. (Impuesto Territorial)

Oficio N°2064 (27/05/1992)

El SII debe tasar los bienes raíces para determinar su avalúo, sólo cuando son susceptibles de quedar afectos al Impuesto Territorial. Diferencia entre bien exento y no afecto. Bienes raíces no agrícolas afectos y otros eventualmente no afectos.

Oficio N°414 (28/08/1989)

Solicitudes administrativas para modificación de avalúo de bienes raíces; forma y oportunidad de ejercer la acción procesal correspondiente en caso de que la respuesta del Servicio sea negativa. (Impuesto Territorial)

Documentos relacionados

RESOLUCIÓN

Resolución N°57 (22/06/2016)

Deja sin efecto los cobros por la emisión de Certificados de Avalúo Fiscal otorgados por las Oficinas del SII y deroga las Resoluciones N°s 700, de 1998; 810, de 1998; 5941, de 1999 y 49, de 2005.

Resolución N°84 (15/10/2015)

Establece nuevas fechas de pago del Impuesto Territorial correspondientes a la 3a y 4a cuota del año 2015, para los bienes raíces ubicados en la provincia de Limari, de la IV Región de Coquimbo (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 23.10.2015).

Resolución N°81 (29/09/2015)

Establécese como fecha de vencimiento de las cuotas de contribuciones N° 3, correspondiente al mes de septiembre y N° 4, correspondiente al mes de noviembre, ambas del año 2015, para los bienes raíces ubicados en la Provincia de Choapa o en la comuna de Coquimbo, ambas de la IV Región de Coquimbo, los días 31 de octubre de 2015 y 31 de diciembre de 2015, respectivamente (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 05.10.2015).

Resolución N°65 (09/04/2010)

"Establece Formulario 2961 (F2961) Solicitud de Revisión de Avalúo para propiedades destruidas o gravemente dañadas por Sismo y/o Tsunami del 27 de Febrero de 2010, ubicadas en zona declarada de catástrofe y fija procedimiento a seguir".

Resolución N°62 (01/04/2010)

Modifica Resolución Exenta N° 968, del 11 de Marzo de 1992, sobre autorización para delegar facultades que los Directores Regionales pueden realizar en los Jefes de Departamentos Regionales de Avaluaciones.( Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 08.04.2010).

Resolución N°176 (24/11/2010)

"Aplicación de la facultad establecida en el artículo 23, inciso segundo de la Ley N° 17.235 para el Segundo Semestre de 2010".

Resolución N°70 (20/05/2009)

"Aplicación de la facultad establecida en el artículo 23, inciso segundo de la Ley N° 17.235 para el Primer Semestre de 2009".

Resolución N°172 (23/11/2009)

"Aplicación de la facultad establecida en el artículo 23, inciso segundo de la Ley N° 17.235 para el Segundo Semestre de 2009".

Resolución N°109 (28/07/2009)

Amplia la autorización de las facultades que los Directores Regionales pueden delegar a los Jefes de Departamentos Regionales de Avaluaciones. Modifica Resolución Ex. N°968/1992. (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 31.07.2009)

Resolución N°65 (23/05/2008)

Aplicación de la facultad establecida en el Artículo 23, inciso segundo, de la Ley N° 17.235 referida a la división del pago de los impuestos incluidos en roles suplementario correspondientes al primer semestre del año 2008.

Resolución N°154 (18/11/2008)

Aplicación de la facultad establecida en el Artículo 23, inciso segundo, de la Ley N° 17.235 referida a la división del pago de los impuestos incluidos en roles suplementario correspondientes al segundo semestre del año 2008.

Resolución N°55 (23/05/2007)

"Aplicación de la facultad establecida en el artículo 23, inciso segundo de la Ley N° 17.235 para el Primer Semestre de 2007".

Resolución N°141 (26/11/2007)

"Aplicación de la facultad establecida en el artículo 23, inciso segundo de la Ley N° 17.235 para el Segundo Semestre de 2007".

Resolución N°55 (11/05/2006)

"Autoriza a los Directores Regionales para delegar facultad en los Jefes de Grupos del Área de Avaluaciones".

Resolución N°21 (01/03/2006)

"Complementa Resolución Exenta N° 968 del 11 de Marzo de 1992, sobre autorización para delegar facultades en los funcionarios de los Departamentos de Avaluaciones de las Direcciones Regionales".

Resolución N°20 (16/02/2006)

Modifica Resolución Exenta N°968 del 11 de Marzo de 1992, ampliando la autorización de facultades que los Directores Regionales pueden delegar a los Jefes de Departamentos Regionales de Avaluaciones.

Resolución N°158 (05/12/2006)

"Aplicación de la facultad establecida en el artículo 23, inciso segundo de la Ley N° 17.235 para el Segundo Semestre de 2006".

Resolución N°78 (01/08/2005)

"Modifica Resolución Exenta SII N°71 del 04 de Diciembre de 2003, relacionada con la facultad de actualizar el Catastro de Bienes Raíces".

Resolución N°71 (04/12/2003)

Deroga Resolución Ex. N° 7.212, de 1998, que establece la obligación de presentar el F-1824 sobre nómina actualizada de bienes raíces y socios y comuneros.

Resolución N°14 (06/03/2003)

Derógase la Resolución Ex. N° 7.212, de 02.12.98, que establece la obligación de presentar declaración jurada anual N° 1824 sobre nómina actualizada de socios y comuneros y porcentaje de participación en el capital y utilidades de la sociedad o comunidad.

Resolución N°06 (31/01/2002)

"Delega facultad de actualizar en forma centralizada el Catastro de Bienes Raíces".

Resolución N°01 (11/01/2002)

Establece procedimiento de actualización de la información del Catastro de Bienes Raíces, vía Internet.

Resolución N°5186 (22/11/2000)

Deroga Resolución N° 8.656, de 1999 sobre venta de información de bienes raíces. Entrega de información a la Administración del Estado.

Resolución N°3673 (26/07/2000)

Fija tarifa a los Municipios para incluir en los Boletines de Cobro del Impuesto Territorial el valor de los Derechos de Aseo Municipales a propiedades afectas al pago de Impuesto Territorial.

Resolución N°234 (12/01/2000)

Instruye a los conservadores de Bienes Raíces respecto a la remisión a este Servicio de una copia de los reglamentos de copropiedad que se inscriban en el registro de hipotecas y gravámenes de sus respectivas jurisdicciones.

Resolución N°8693 (28/12/1999)

Establece tarifas a las Municipalidades sobre venta de información relativa a los bienes raíces y a las actividades económicas comerciales.

Resolución N°8656 (28/12/1999)

Establece tarifa al Sector Privado y al Sector Público no Municipal sobre venta de información relativa a los bienes raíces. Resolución derogada por Resolución Ex. N° 5186, de 2000.

Resolución N°8655 (27/12/1999)

Actualiza procedimientos de traspaso de información de Notarios y Conservadores de Bienes Raíces al SII a través de nuevo formulario N° 2890 "Declaración sobre enajenación e Inscripción de Bienes Raíces".

Resolución N°5941 (02/09/1999)

Dispone cobro y fija precio de los Certificados de Avalúo Fiscal de Bienes Raíces. Derogada por Resolución N° 57, de 2016.

Resolución N°7212 (02/12/1998)

Establece obligación de los contribuyentes de la primera categoría de informar al SII la nómina de los Bienes Raíces destinados a su actividad que dan derecho al crédito por contribuciones de Bienes Raíces y la nómina de socios y su porcentaje de participación en el capital y utilidades de la Empresa cuando se trate de nuevas sociedades o comunidades o las existentes que hayan sufrido modificaciones.

Resolución N°2804 (12/05/1998)

Autoriza a los Directores Regionales para delegar en el jefe del departamento regional de Avaluaciones y en el funcionario a cargo del área de Avaluaciones en las unidades de su dependencia la facultad de condonar la multa aplicada a los notarios o conservadores de bienes raíces por infracción al art. 2º de la ley 17.990.

Resolución N°6181 (09/12/1997)

Actualiza procedimiento de traspaso de información de Notarios y Conservadores de Bienes Raíces al SII a través de nuevo formato de formulario N° 2890 Declaración sobre Enajenación e Inscripción de Bienes Raíces.

Resolución N°4554 (30/09/1996)

Establece procedimiento de traspaso de información de notarios y conservadores de bienes raíces al Servicio de Impuestos Internos.

Resolución N°4553 (30/09/1996)

Establece el Certificado de ""Asignación de Roles de Avalúo en Trámite"" y reglamenta su uso.

Resolución N°3311 (16/07/1996)

Modifica Resolución Ex. N° 968, de 1992 que delega facultades en los funcionarios de los Departamentos de Avaluaciones de las Direcciones Regionales.

Resolución N°2908 (25/06/1996)

Modifica Resolución Ex. N° 968, de 1992 que delega facultades en los funcionarios de los Departamentos de Avaluaciones de las Direcciones Regionales.

Resolución N°968 (11/03/1992)

Se autoriza a los Directores Regionales para delegar facultades en los funcionarios que indica. Aplicación de la Ley N° 17.235 sobre impuesto territorial, proporcionar información tributaria. Modificada por Resoluciones Ex. N° 2.410/1992, N° 618/1994, N° 2908/1996, N° 109/2009 y N° 62/2010; y rectificada por Resoluciones Ex. N° 3198/1996, N° 3311/1996, N° 76/1999, N° 20/2006, y N° 21/2006.

Resolución N°131 (15/01/1992)

Prorroga plazo para presentar la declaración de bienes raíces agrícolas a que se refiere la Resolución Ex. N° 4152, de 1991.

Resolución N°1167 (25/03/1992)

Amplía Resolución N° Ex. 2794 de fecha 24.09.01 que condona intereses y multas respecto de impuestos que afectan a los agricultores de las comunas declaradas afectadas por la catástrofe derivada de la sequía de acuerdo al Decreto Supremo de Hacienda N° 324.

Resolución N°4152 (30/12/1991)

Establece obligación para los propietarios de bienes raíces agrícolas de presentar una declaración jurada descriptiva y una estimación del valor de sus propiedades agrícolas. Resolución complementada por Resolución Ex. N° 131, de 1992 en cuanto a la prórroga del plazo para presentar la Declaración Jurada a que se refiere dicha Resolución.

Resolución N°2794 (24/09/1991)

Condona intereses, reajustes y multas respecto de impuestos que afectan a los agricultores de las comunas declaradas afectadas por la catástrofe de la sequía, de acuerdo al Decreto Supremo de Hacienda Nº 324, de 1991. Complentada por Resolución Exenta N° 1167, de 1992.

Resolución N°272 (29/01/1990)

Delégase a los Directores Regionales, la atribución de asumir la calidad de parte en las apelaciones que deban conocer los Tribunales Especiales de Alzada, en el procedimiento de reclamo de los bienes raíces, y la de conferir patrocinio y otorgar poder en dichas causas a los abogados que deban actuar ante los mencionados tribunales.

Resolución N°2391 (15/10/1987)

Delega facultad en el Jefe de Departamento que indica para firmar mecanizadamente los avisos postales.

Resolución N°752 (15/03/1985)

Dispone Declaración Jurada obligatoria sobre Datos de Bienes Raíces.

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