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Resolución N°272 (29/01/1990)

Delégase a los Directores Regionales, la atribución de asumir la calidad de parte en las apelaciones que deban conocer los Tribunales Especiales de Alzada, en el procedimiento de reclamo de los bienes raíces, y la de conferir patrocinio y otorgar poder en dichas causas a los abogados que deban actuar ante los mencionados tribunales.

Documentos relacionados

CIRCULAR

Circular N°7 (20/01/2017)

Instruye sobre procedimiento a seguir ante presentaciones de revisiones y/o modificación individual de avalúos de los bienes raíces y/o de eliminación de la sobretasa del impuesto territorial a los sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros, en el área urbana, así como respecto de procedimientos iniciados de oficio sobre esta materia. Deroga Circular N°54 el 15 de noviembre del 2012.

Circular N°2 (11/01/2017)

Complementa instrucciones impartidas en las Circulares números 20 y 21, ambas del 4 de abril de 2014 (Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 14.01.2017).

Circular N°51 (29/07/2016)

Sustituye el numeral 1.7 del Capítulo Tercero de la Circular N° 33, de 2013, que actualiza los procedimientos para determinar el avalúo fiscal de bienes raíces acogidos al régimen de copropiedad inmobiliaria establecido en la Ley Nº 19.537 (Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 04.08.2016).

Circular N°38 (05/07/2016)

Actualiza instrucciones sobre procedimiento de Emisión de los Certificados de Avalúo Fiscal y deroga Circulares N°s 58, de 1996 y 52, de 1999 (Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 11.07.2016).

Circular N°68 (26/12/2014)

Establece procedimiento para determinar el avalúo fiscal de bienes raíces acogidos al régimen de Copropiedad Inmobiliaria, en conformidad a las modificaciones introducidas por la Ley N° 20.741 a la Ley N° 19,537, sobre Copropiedad Inmobiliaria, y actualiza el formulario N° 2802, "CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PREVIOS PARA EL CÁLCULO DEL AVALÚO FISCAL". Complementa Circular N° 33, de 2013(Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 31.12.2014).

Circular N°6 (31/01/2014)

Norma aplicación de ajustes al avalúo de terreno a casos particulares de bienes raíces no agrícolas habitacionales, estacionamientos y bodegas acogidos a copropiedad inmobiliaria, sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros reavaluados. Reemplaza a la Circular N° 10 de 2006.

Circular N°41 (21/07/2014)

Complementa Circular N° 20, de 2014, respecto de la rebaja del Impuesto Territorial correspondiente a propiedades de adultos mayores vulnerables económicamente (Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 24.07.2014).

Circular N°21 (04/04/2014)

Imparte instrucciones respecto del recurso de reposición del avalúo que formulen los contribuyentes y Municipalidades con motivo del proceso de retasación general o modificación individual de bienes raíces (Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 10.04.2014).

Circular N°20 (04/04/2014)

Rebaja del impuesto territorial correspondiente a propiedades de adultos mayores vulnerables económicamente (Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 10.04.2014. Complementada por Circular N°41, de 2014.

Circular N°7 (06/02/2013)

Norma aplicación de ajustes al avalúo de terreno a casos particulares de bienes raíces no agrícolas no habitacionales reavaluados (Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 11.02.2013).

Circular N°33 (20/06/2013)

Actualiza las instrucciones relativas a los procedimientos para determinar el avalúo fiscal de los bienes raíces acogidos al régimen de copropiedad inmobiliaria establecido en la Ley N° 19.537. (Reemplaza Circular N°46, de 2006). Circular complementada por Circular N° 68, de 2014 y modificada por Circular 51, de 2016.

Circular N°54 (15/11/2012)

Instruye sobre procedimiento a seguir ante presentaciones de revisiones de avalúos de los bienes raíces y/o de eliminación de la sobretasa del impuesto territorial a los sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros en el área urbana, así como respecto de procedimientos iniciados de oficio sobre esta materia. Deroga Circular N° 14, de fecha 17 de febrero del 2012 (Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 21.11.2012). Derogada por Circular N° 7, de 2017.

Circular N°36 (12/07/2012)

Modifica Circular N° 2, de 06.01.2012, sobre la aplicación disponible en Internet para facilitar a los contribuyentes solicitar el beneficio correspondiente a la exención del Impuesto Territorial establecida en el D.F.L. N° 2, de 1959.

Circular N°2 (06/01/2012)

Establece aplicación en Internet para facilitar a los contribuyentes a solicitar el beneficio correspondiente a la exención del Impuesto Territorial establecida en el D.F.L. N° 2, de 1959 (Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 06.01.2012). Modificada por Circular N°36, de 2012.

Circular N°14 (17/02/2012)

Instruye sobre requerimiento de información a las Municipalidades, ante presentaciones de revisiones de avalúos de los bienes raíces y/o de eliminación de la sobretasa del Impuesto Territorial a los sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros ubicados en áreas urbanas. Circular derogada por Circular N° 54, del año 2012.

Circular N°2 (07/01/2011)

Aplicación de la sobretasa del 0,275% de Impuesto Territorial a los bienes raices no agrícolas establecida por el artículo 10° de la Ley N° 20.455. Condiciones que deben cumplirse para que se eximan de dicha sobretasa las personas naturales en edad de recibir pensiones de vejez y procedimiento para solicitarla (Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 13.01.2011).

Circular N°29 (15/04/2010)

Normas para la aplicación de la rebaja de los avalúos o contribuciones de bienes raíces agrícolas o no agrícolas en caso de siniestros u otros factores que disminuyan considerablemente el valor de una propiedad, por causas no imputables al propietario u ocupante, como es el caso de aquellas propiedades dañadas gravemente como consecuencia del sismo y/o posterior maremoto del 27 de febrero 2010. (Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 20.04.2010).

Circular N°12 (29/01/2010)

Imparte instrucciones relativas al procedimiento de revisión administrativa de los avalúos fiscales fijados en el reavalúo de los bienes raíces no agrícolas correspondientes a sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros, año 2010, el cual no obsta al ejercicio del derecho de los contribuyentes de reclamar del avalúo asignado a sus bienes raíces, en conformidad con lo establecido en el artículo 149 del Código Tributario, dentro del mes siguiente a la fecha de término de la exhibición de los roles de avalúo (Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de fecha 04.02.2010).

Circular N°44 (30/07/2009)

Imparte Instrucciones relativas a la reconsideración Administrativa durante el Proceso de Reavalúo Agrícola. (Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 04.08.2009)

Circular N°10 (09/02/2009)

Imparte instrucciones relativas a la reconsideración administrativa y reclamación subsidiaria, durante el proceso de reavalúo de los bienes raíces no agrícolas correspondientes a sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros ubicados en las áreas urbanas.

Circular N°8 (01/02/2008)

Instrucciones relativas a la reconsideración administrativa y reclamación subsidiaria, durante el proceso de reavalúo de los Bienes Raíces de la Segunda Serie no Agrícola correspondientes a sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros ubicados en áreas urbanas.

Circular N°57 (07/10/2008)

Actualiza Instrucciones Relacionadas con el Llenado del Formulario N° 2890, en los Casos en que el Comprador o Vendedor de un Bien Raíz sea un Fondo de Inversión Regido por la Ley N° 18.815 de 1989.

Circular N°39 (13/07/2007)

Establece nueva aplicación vía internet para el Formulario N° 2890 "Declaración sobre Enajenación e Inscripción de Bienes Raíces".

Circular N°12 (22/02/2007)

Instrucciones relativas a la reconsideración administrativa y reclamación subsidiaria, durante el proceso de reavalúo de los bienes raíces de la Segunda Serie no Agrícola correspondientes a sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros ubicados en áreas urbanas.

Circular N°11 (07/02/2007)

Establece nueva aplicación vía internet para consulta e ingreso de verificaciones de antecedentes del propietario para los Conservadores de Bienes Raíces. Reemplaza Circular N° 4 del 15/01/2002.

Circular N°46 (17/08/2006)

Reemplaza instrucciones contenidas en Circulares N°s 42, de 1999 y 40, de 2005 y actualiza procedimiento para determinar el avalúo fiscal de bienes raíces acogidos al régimen de copropiedad inmobiliaria, establecido en la Ley N° 19.537.

Circular N°4 (18/01/2006)

Imparte instrucciones relativas a la reconsideración administrativa y reclamación subsidiaria, durante el proceso de reavalúo de los bienes raíces no agrícolas.

Circular N°39 (13/07/2006)

Instruye sobre la Ley N° 20.114 de 2006, que establece un nuevo plazo para reclamar de los avalúos de los bienes raíces no agrícolas determinados en el proceso de reavalúo año 2006.

Circular N°26 (25/04/2006)

Modifica Circular N° 10 de 19/04/2004, que refunde y actualiza instrucciones de uso y proceso de observaciones de Los Formularios N° 2890 Y N° 2895, respecto de las obligaciones que en aquella se imponen, tratándose de transacciones en que participe un fondo de inversión, regido por la Ley 18815.

Circular N°10 (10/02/2006)

Instrucciones técnicas para la aplicación del reavalúo de los bienes raíces no agrícolas del año 2006.

Circular N°40 (21/07/2005)

Actualiza Formularios para uso de propietarios de bienes raíces acogidos al régimen de copropiedad inmobiliaria, establecida en la Ley N° 19.537. Modifica instrucciones contenidas en Circular N° 42, de 1999. Circular N° 40, de 2005 reemplazada por instrucciones contenidas en Circular N° 46, de 2006.

Circular N°32 (16/06/2004)

Implementa la vía de la reconsideración administrativa como etapa previa al procedimiento de reclamo de avalúos, fijados en la tasación general agrícola, a través del formulario N° 2827.

Circular N°10 (19/02/2004)

Refunde y Actualiza Instrucciones de Uso y Proceso de Observaciones de los Formularios N° 2890 "Declaración Sobre Enajenación e Inscripción de Bienes Raíces". Modificada por Circular N° 26 de 2006.

Circular N°4 (10/01/2003)

Actualiza instrucciones de llenado del F-2890, "Declaración sobre Enajenación e Inscripción de un Bien Raíz". Complementa instrucciones contenidas en Circular N° 2, de 2000. Circular N° 4, de 2003 derogada por Circular N° 10, de 2004.

Circular N°4 (15/01/2002)

Imparte instrucciones sobre procedimiento de actualización, vía internet, de información de catastro de bienes raíces y de validación con los Conservadores de Bienes Raíces. Reemplazada por Circular N° 11 de 2007.

Circular N°68 (02/10/2001)

Instrucciones sobre modificaciones introducidas a la letra f) del N° 1 del artículo 20 y N° 3 del artículo 39 de la Ley de la Renta por la Ley N° 19.738, del año 2001, por las que se tiene derecho al crédito de las contribuciones de bienes raíces del Impuesto de Primera Categoría.

Circular N°31 (24/05/2001)

Modifica y complementa Circular N° 72, de 12-12-2000, sobre "solicitud de modificación al catastro de bienes raíces".

Circular N°28 (30/04/2001)

Procedimiento de asignación de roles de avalúo en trámite para saneamiento de títulos de dominio. Complementa instrucciones contenidas en Circulares N° 22 y 66, de 2000.

Circular N°72 (12/12/2000)

Establece instrucciones para el uso del F-2118 sobre "Solicitud de Modificaciones al Catastro de Bienes Raíces".

Circular N°66 (02/11/2000)

Posterga entrada en vigencia de requisito del procedimiento de asignación de roles de avalúo en trámite de saneamiento de título de dominio. Complementa instrucciones contenidas en Circular N° 22, de 2000.

Circular N°35 (26/05/2000)

Establece instrucciones para efectuar rectificaciones de Formularios 2890 declaración sobre enajenación e inscripción de bienes raíces, correspondientes a escrituras otorgadas hasta el 9 de Enero de 2000.

Circular N°28 (03/05/2000)

Establece instrucciones para la determinación de los avalúos de los bienes raíces, para la aplicación de la Ley de Impuesto de las Herencias, Asignaciones y Donaciones. Circular complementada por instrucciones contenidas en Circular N° 12, de 2005.

Circular N°22 (05/04/2000)

Complementa instrucciones sobre el procedimiento operativo a Ministerio de Bienes Nacionales, SERVIU, Empresa de Gestión Inmobiliaria y Propietarios en general, respecto de la solicitud de certificado de asignación de Roles de Avalúos en trámite. Complementa instrucciones contenidas en Circulares N° 60, de 1996 y 11, de 1997. Complementada por instrucciones contenidas en Circular N° 66, de 2000.

Circular N°2 (06/01/2000)

Establece instrucciones de llenado y observación de nuevo Formulario N° 2890 "Declaración Sobre enajenación e inscripción de Bienes Raíces", a utilizar a contar del 10 de Enero del 2000.

Circular N°52 (09/09/1999)

Establece procedimiento de emisión y cobro de los certificados de avalúo.

Circular N°42 (05/08/1999)

Refunde procedimientos operativos a propietarios de bienes raíces acogidos al régimen de copropiedad inmobiliaria, establecido en la Ley Nº19.537.

Circular N°5 (09/01/1998)

Refunde procedimientos operativos a notarías, conservadores de bienes raíces, Ministerio de Bienes Nacionales, SERVIU, empresas de gestión inmobiliaria y propietarios en general, respecto del certificado de asignación de roles de avalúo en trámite.

Circular N°49 (28/08/1998)

Suspensión transitoria del crédito por contribuciones de bienes raíces en contra del impuesto de Primera Categoría. Casos en que las contribuciones de bienes raices se pueden rebajar como gasto tributario, no siendo aplicable en esta situación lo dispuesto en la letra a) del artículo 55 de la LIR. Forma de calcular los PPM.

Circular N°41 (20/07/1998)

Sustituye obligación de llenado de Formulario N°2890 para los saneamientos de la pequeña propiedad y transferencias a titulo gratuito de bienes raíces, gestionados por el Ministerio de Bienes Nacionales, por procedimiento que se indica.

Circular N°35 (16/06/1998)

Rebaja por concepto de impuesto territorial pagado, contra el impuesto de Primera Categoría, en el caso de bienes raíces que se indica.

Circular N°28 (28/04/1998)

Procedimientos operativos a propietarios de bienes raíces acogidos al régimen de copropiedad inmobiliaria, establecido en la Ley N° 19.537.

Circular N°76 (22/12/1997)

Establece instrucciones de llenado de nuevo formulario 2.890 "Declaración sobre enajenación e inscripción de bienes raíces" a utilizar a contar del 01 de Enero de 1998.

Circular N°7 (29/01/1997)

Modificaciones de los avalúos de los bienes raíces agrícolas y no agrícolas, según las normas de la Ley N° 17.235.

Circular N°38 (01/07/1997)

Actualización y complementación de instrucciones para la clasificación, enrolamiento y tasación fiscal de predios rurales. Procedimiento de reclamación.

Circular N°37 (30/06/1997)

Aclara conceptos y actualiza instrucciones sobre el procedimiento de observaciones a los Notarios y Conservadores respecto del F-2890.

Circular N°20 (21/03/1997)

Establece procedimiento de distribución, recepción y observaciones a los notarios y conservadores respecto del F. 2.890 "declaración sobre enajenación e inscripción de bienes raíces".

Circular N°11 (10/02/1997)

Procedimientos operativos a notarias, conservadores de bienes raíces, Ministerio de Bienes Nacionales, Serviu, empresas de gestión inmobiliaria y propietarios en general, respecto del certificado de asignación de roles de avalúo en trámite.

Circular N°74 (16/12/1996)

Complementa procedimientos operativos de Notarias y Conservadores de Bienes Raíces para el traspaso de información al SII sobre transferencias de Bienes Raíces.

Circular N°61 (18/10/1996)

Establece procedimientos operativos a Notarias y Conservadores de Bienes Raíces para el traspaso de información al SII sobre transferencias de Bienes Raíces.

Circular N°60 (18/10/1996)

Establece procedimientos operativos a Notarias, Conservadores de Bienes Raíces, Ministerio de Bienes Nacionales, SERVIU, empresas de Gestión Inmobiliaria y Propietarios en general, respecto del certificado de Asignación de Roles de Avalúo en Trámite.

Circular N°58 (14/10/1996)

Instrucciones relacionadas con procedimientos administrativos en avaluaciones, respecto de la emisión de Certificados de Avalúos Fiscales.

Circular N°33 (01/07/1996)

Información que se debe proporcionar el SII para los efectos de la regularización de la posesión de la Pequeña Propiedad Raíz.

Circular N°30 (18/07/1995)

Procedimiento reclamos de avalúos fijados en la tasación general de la Ley Nº 19.380 de 1995 a través de un formulario N° 2.830.

Circular N°15 (08/03/1994)

Delegación de facultades para que el Jefe del Departamento Regional de Avaluaciones pueda determinar el valor efectivo de adquisición del terreno a deducir para la aplicación del IVA.

Circular N°38 (06/08/1990)

Precios bases de terrenos construcciones y definiciones técnicas para el reavalúo de bienes raíces de la serie II, no Agrícolas.

Circular N°21 (10/04/1990)

Tasaciones de predios destinados a la acuicultura. Concesiones Marítimas. Complementa instrucciones contenidas en Circular N° 13, 1990. Circular 21, de 1990 derogada por Circular N° 15, de 2010.

Circular N°15 (20/02/1990)

Instrucciones sobre facultad de los notarios para remitir en cintas magnéticas información sobre transferencias de bienes raíces.

Circular N°13 (14/02/1990)

Tasaciones de concesiones marítimas. Complementa instrucciones contenidas en Circular N° 51, de 1979. Circulares N° 13, de 1990, complementada por instrucciones contenidas en Circular N° 21, de 1990. Circular N° 13, de 1990 derogada por Circular 15, de 2010.

Circular N°44 (25/10/1989)

Instrucciones relativas a los aspectos normativos que debe considerarse en el caso de modificaciones de los avalúos de los bienes raíces agrícolas y no agrícolas.

Circular N°22 (14/03/1989)

Instrucciones sobre el procedimiento de reclamo de avalúos de bienes raíces.

Circular N°16 (08/02/1988)

Procedimientos a que deben ceñirse las divisiones de avaluaciones, en relación a situaciones que son de su competencia, en la aplicación del IVA a la construcción.

Circular N°35 (30/09/1987)

Imparte instrucciones acerca de las modificaciones introducidas al Artículo 75º del Código Tributario, por la Ley Nº 18.630, publicada en el Diario Oficial del 23 de Julio de 1987. En los casos de venta o promesa de venta de bienes corporales inmuebles, o de un contrato general de construcción, la obligación establecida en el inciso primero se entenderá cumplida dejando constancia del número y fecha de la factura o facturas correspondientes.

Circular N°37 (23/06/1986)

Imparte instrucciones sobre la forma de condonar intereses penales por la mora en el pago del Impuesto territorial.

Circular N°44 (11/10/1984)

Complementa Circular Nº 38, de 4 de Septiembre de 1984, relativa a instrucciones para la aplicación de las normas de la Ley Nº 18.337, sobre condonación de intereses y multas y facilidades para el pago de impuestos y contribuciones.

Circular N°38 (04/10/1984)

Imparte instrucciones sobre las normas de la Ley 18.337 relativas a condonación de intereses y multas por atraso en la declaración y/o pago de impuestos fiscales internos y contribuciones de Bienes Raíces al 3 de julio de 1984 y otorga facilidades de pago en los casos y formas que señala.Complementada por Circular N° 44 de 1984.

Circular N°31 (25/06/1982)

Instrucciones para acogerse a la condonación de intereses y multas dispuesta por la Ley N° 18.134 por impuestos que debieron enterarse en arcas fiscales hasta el 31 de Mayo de 1982.

Circular N°30 (15/05/1981)

Modificaciones introducidas por la Ley N°17990 en lo referente a contratos de compraventa, permuta sobre bienes raíces, escrituras públicas y privadas, no gravadas con el impuesto de timbres. Timbraje de documentos y su autorización por parte del SII.

Circular N°86 (01/12/1980)

Emisión de roles suplementarios y de reemplazo con motivo de modificaciones a los avalúos de los bienes raíces.

Circular N°31 (14/05/1980)

Peticiones de modificaciones de avalúos de bienes raíces.

Circular N°23 (09/04/1980)

Beneficios tributarios y otros de carácter general que favorecen a las Reservas Indígenas.

Circular N°16 (29/02/1980)

El D.L. N° 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales, establece que tanto el Fisco como las Municipalidades tendrán participación en el rendimiento que genere el Impuesto Territorial, y faculta al Presidente de la República a rebajar cierto porcentaje del Impuesto a una comuna determinada, hasta por 5 años.

Circular N°90 (25/09/1979)

Titular del derecho para objetar una tasación especial.

Circular N°69 (20/07/1979)

Establece reajuste para los bienes raíces y montos exentos de impuesto correspondiente al 2° semestre del año 1979. Recargo de contribuciones para los predios de la Primera Serie a contar del 2° semestre del año 1979.

Circular N°54 (06/06/1979)

Normas legales e instrucciones aplicables a la propiedad indígena.

Circular N°51 (29/05/1979)

Tasaciones de concesiones marítimas. Complementa instrucciones contenidas en Circular N° 3, del año 1979. Circular N° 51, de 1979, complementada por instrucciones contenidas en Circular N° 13, de 1990.

Circular N°33 (13/03/1979)

Instrucciones sobre la subdivisión de predios agrícolas

Circular N°3 (05/01/1979)

Textos legales que regulan las tasaciones comerciales de los bienes raíces fecales y municipales que corresponde efectuar al SII. Circular complementada mediante Circular N° 51, de 1979.

Circular N°85 (25/08/1978)

Procedimiento de expropiación de bienes raíces.

Circular N°27 (07/03/1978)

Aumento de montos exentos de predios habitacionales no agrícolas.

Circular N°110 (20/10/1978)

Establece reajuste automático del avalúo de bienes raíces agrícolas y no agrícolas. Fechas de pago de contribuciones.

Circular N°10 (26/01/1978)

Normas sobre adquisición y administración de los bienes raíces de propiedad del Estado.

Circular N°3 (05/01/1977)

Normas sobre apmpliaciones de Viviendas económicas a que se refiere el DFL N° 2/59.

Circular N°121 (13/09/1977)

Arrendamiento de bienes raíces por entidades del sector público en relación con el Impuesto Territorial.

Circular N°98 (23/08/1976)

Devolución de contribuciones de bienes raices pagadas indebidamente.

Circular N°67 (20/05/1976)

Disposiciones relacionadas con el Impuesto Territorial contenidas en el nuevo texto de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Circular complementada por Circular N° 119, de 1976.

Circular N°47 (29/04/1976)

Exención de impuesto que favorece a las Cooperativas y cambio de nombre en los registros del SII de los bienes raíces del SERVIU.

Circular N°119 (08/10/1976)

Complementa instrucciones impartidas mediante la Circular N° 67, de 1976 sobre el nuevo texto de la Ley General de Urbanismo y Construcciones relacionadas con el Impuesto Territorial de las viviendas económicas.

Circular N°115 (01/10/1976)

Derogación de la obligación que recaía sobre los Notarios de exigir un certificado del SII en las transferencias de predios rústicos para establecer si en dichos predios existen o no viñas.

Circular N°43 (16/04/1974)

Instrucciones sobre aplicación del reajuste de los avalúos de bienes raíces establecido en la Circular N° 24, de 1974.

Circular N°24 (04/02/1974)

Establece reajuste de avalúos de bienes raíces para el año 1974. Circular complementada por Circular N° 43, de 1974.

Circular N°14 (17/01/1974)

Establece sistema simplificado sobre tasaciones de nuevas construcciones.

Circular N°63 (19/05/1972)

Imparte instrucciones sobre modificaciones al Rol de Avalúos.

Documentos relacionados

OFICIOS

Oficio N°1076 (22/04/2016)

Solicita se confirme que para todas las propiedades que funcionan como una unidad debiera utilizarse el mismo parámetro para efectos de determinar sus avalúos fiscales y su calificación como agrícola o no agrícola. El contribuyente debe concurrir a las instancias de fiscalización correspondientes y, tras verificarse las circunstancias de hecho concretas, determinar el avalúo fiscal y su calificación como agrícola o no agrícola. Se hace presente que el hecho de formar parte de un predio agrícola no es óbice para que el predio se clasifique como no agrícola, en el caso que, de acuerdo con la ley, así corresponda.

Oficio N°1774 (08/07/2015)

En el caso de arriendo de locales ubicados en centros comerciales, parte de los cuales se encuentran emplazados en dos o más predios, en una misma o en distintas comunas, cada uno con su propio rol de avalúo fiscal, la determinación de la base imponible del IVA debe realizarse calculando el avaluó fiscal por metro cuadrado construido del centro comercial, para lo cual deben sumarse los avalúos fiscales de los distintos roles sobre los cuales se emplaza el centro comercial, dividiéndolos por los metros cuadrados del mismo, incluidos los espacios comunes, hecho lo cual, se determina el avalúo fiscal parcial de cada local comercial, el que resulta de multiplicar los metros cuadrados de cada local por el avalúo previamente determinado por metro cuadrado. Por último, sobre el avalúo parcial de cada local, debe aplicarse el 11%, obteniéndose el monto a rebajar de la renta de arrendamiento, determinándose de esta forma la base imponible del IVA.

Oficio N°1938 (04/09/2013)

El fundamento jurídico del cobro del Impuesto Territorial realizado a los titulares de las concesiones marítimas, se encuentra en lo dispuesto en los artículos 1° y 27 de la Ley N° 17.235, las que, respectivamente, establecen un impuesto a los bienes raíces aplicable sobre su avalúo, y que el concesionario u ocupante por cualquier título de bienes raíces fiscales, municipales o nacionales de uso público, debe pagar los impuestos correspondientes al bien raíz ocupado. En consecuencia, siendo los terrenos de playa y/o playa, bienes raíces nacionales de uso público, en el caso que una concesión marítima comprenda dichos bienes, el concesionario u ocupante deberá satisfacer el Impuesto Territorial correspondiente, de acuerdo a la tasación realizada por el SII.

Oficio N°1329 (18/06/2013)

Conforme a la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, la jurisprudencia administrativa de la Contraloría General de la República y las disposiciones legales pertinentes, se concluye inequívocamente que el impuesto establecido en la Ley N° 17.235, constituye un impuesto fiscal, de aquellos referidos en el artículo 74 del Código Tributario y no uno de carácter municipal. Por tal razón, los conservadores de bienes raíces están impedidos de inscribir en sus registros las transmisiones o transferencias de dominio, constitución de hipotecas, censos, servidumbres, usufructos, fideicomisos o arrendamientos, sin que se les compruebe el pago de los impuestos fiscales que afecten a la propiedad raíz objeto de aquellos actos jurídicos, tributos entre los cuales se encuentra el Impuesto Territorial establecido en la Ley N° 17.235.

Oficio N°1141 (03/06/2013)

La declaración de conservación histórica de un inmueble, no es una circunstancia que amerite por si sola la aplicación de un coeficiente de ajuste al avalúo. Al respecto, la aplicación de un ajuste basado en la causal contenida en el literal d) del número II de la Circular N° 10 de 2006 (casos excepcionales), por estar precisamente referida a las particularidades de un bien raíz determinado, debe evaluarse caso a caso considerando la situación específica del inmueble de que se trate, de acuerdo a lo que se determine en la fiscalización correspondiente.

Oficio N°814 (10/04/2012)

Reconsideración respecto de Resolución que deniega la exención de Impuesto Territorial a una Fundación. Si el bien raíz está conformado por un colegio técnico y una residencia universitaria, se entiende que está destinado a la educación por constituir una unidad educativa en un mismo inmueble, de acuerdo a la Ley N° 20.370, y por tanto, se puede acoger a la exención del 100% del Impuesto Territorial.

Oficio N°793 (04/04/2012)

Modificación en la periodicidad de traspaso de información y ampliación de envío de información sobre bienes raíces, raíces fiscales administrados por el Ministerio de Bienes Nacionales, que hayan sido arrendados o entregados en concesión a particulares, para la fiscalización de la situación tributaria respecto del Impuesto Territoria de dichos inmuebles.

Oficio N°3303 (03/12/2012)

Aplicación de los beneficios contemplados en el D.F.L. N° 2, de 1959. Requisitos que se deben cumplir para acogerse a ellos.

Oficio N°1950 (03/08/2012)

El artículo 1° de la Ley N° 17.235, sobre Impuesto Territorial, establece un impuesto a los bienes raíces, que se aplica sobre el avalúo, determinado de conformidad con las disposiciones de dicha ley. Este impuesto se aplica tanto respecto de los Bienes Raíces Agrícolas como No Agrícolas, a menos que se encuentre comprendido en la nómina de exenciones del impuesto, establecidas en el Cuadro Anexo de la referida Ley o que el valor de la tasación fiscal se encuentre dentro del tramo exento. A su vez, el artículo 25° de la Ley N° 17.235, señala que el obligado al pago del referido impuesto, será el dueño o el ocupante de la propiedad, ya sea éste un usufructuario, arrendatario o mero tenedor, sin prejuicio de la responsabilidad que afecte al propietario.

Oficio N°616 (14/03/2011)

Factibilidad para que la clasificación de los terrenos agrícolas, según su capacidad potencial de uso actual, tenga correspondencia con los derechos de agua que tiene el propietario del bien raíz, según artículos 1° y 4° de la Ley N° 17.235, sobre Impuesto Territorial.

Oficio N°3023 (16/12/2011)

Determinar si un inmueble es susceptible de subdivisión para los efectos del ajuste de corrección de superficie predial, establecido en la Circular N° 10, de 2006, es una cuestión que depende del caso concreto y debe efectuarse considerando la normativa vigente y aprovechamiento del inmueble. Si el inmueble no es susceptible de dividirse en dos o más sitios equivalente al normal conforme a la normativa legal y admistrativa, esa sola circunstancia objetiva justifica aplicar el factor de corrección, sin necesidad de considerar, en consecuencia, si afecta o no el aprovechamiento del inmueble. (Impuesto Territorial)

Oficio N°2369 (14/10/2011)

La sobretasa establecida en el texto vigente del artículo 8° de la Ley N° 17.235, sobre Impuesto Territorial, se aplica trascurrido 10 años contados desde la fecha de recepción de las obras de urbanización, sea que la recepción se haya verificado antes o después de su entrada en vigor el 01.01.2006, pues la ley no distingue.

Oficio N°2043 (01/09/2011)

La Ley N° 17.235, en el Párrafo I, letra A), N° 1 de su Cuadro Anexo, establece una exención de Impuesto Territorial a favor de la persona jurídica Fisco, privilegiando únicamente a las entidades, organismos o instituciones que actúan bajo dicha personalidad juridica. Los servicios públicos y otras entidades de derecho público, con personalidad jurídica propia, distinta del Fisco, no se benefician de la exención personal referida. De acuerdo a lo antes expuesto, CONICYT y sus propiedades no se encuentran exentas del Impuesto Territorial, ya que la Ley N° 17.235 no contempla una exención especifica que le favorezca, debido que dicha Corporación tiene personalidad jurídica propia y no queda comprendida en la exención personal que favorece al Fisco.

Oficio N°1946 (25/08/2011)

La calidad de inmueble declarado de conservación histórica, no está expresamente comprendida en la Circular N° 10, de 2006 del SII, y tampoco es jurídica y materialmente equivalente al caso de un inmueble declarado de utilidad pública. Por tanto, no es posible aplicar los coeficientes de ajuste para los inmuebles declarados de utilidad pública, así como tampoco entender que están sujetos a una prohibición total de edificar.

Oficio N°1790 (05/08/2011)

El bien raíz de propiedad del Instituto de Prevención Social, se encuentra afecto al Impuesto Territorial, debido a que tiene personalidad Jurídica distinta al Fisco, y no se encuentra especialmente exento de contribuciones de bienes raíces. El artículo 27 de la Ley 17.235, que obliga al cesionario u ocupante de bienes fiscales a cualquier título al pago del respectivo impuesto, se aplica también al caso de los funcionarios beneficiados conforme al inciso segundo del artículo 91 del Estatuto Administrativo, con la asignación de bienes fiscales, municipales o nacionales de uso público para su uso, y el de su familia, como casa habitación, en la medida que no se encuentren obligados a residir en ese inmueble por razones inherentes a su cargo.

Oficio N°132 (14/01/2011)

Reconsideración de avalúo fiscal para acogerse a la exención del impuesto territorial establecida en el artículo 2° de la Ley N° 17.235. Imposibilidad de otorgar un 100% de exención a predios rurales de carácter habitacional.

Oficio N°1313 (01/06/2011)

De acuerdo a la normativa vigente, el SII está facultado para condonar el interés por mora en el pago de Impuesto Territorial, examinando cada caso en particular, y no está facultado para otorgar condonaciones generales de intereses a todos los contribuyentes o a un sector de ellos.

Oficio N°963 (11/06/2010)

Requisitos que deben cumplir los establecimientos educacionales para acceder a la exención del Impuesto Territorial, de la Ley N° 17.235. Los inmuebles de propiedad de una Fundación que son entregados en arriendo o usufructo a un Centro de Formación Técnica e Instituto Profesional, al ser personas jurídicas distintas, no gozan de la exención del Impuesto Territorial, por no ser de los bienes raíces de su propiedad.

Oficio N°958 (10/06/2010)

Situación tributaria de predios fiscales con deuda históricas de impuesto territorial, según artículo 27 de la Ley N° 17.235.

Oficio N°957 (10/06/2010)

Calificación de inmueble para acogerse al beneficio de exención de impuesto territorial por el D.F.L. N° 2/59, en el caso de contenedores reciclados habilitados para la habitación. Inaplicabilidad de sobretasa para este caso.

Oficio N°46 (14/01/2010)

Situación de las cuotas de contribuciones, respecto de roles matrices, por el período que media entre la construcción de los conjuntos de viviendas y la enajenación de éstas.

Oficio N°2451 (29/12/2010)

Exención del impuesto Territorial a la Corporación Administrativa del Poder Judicial, según artículo 2° de la Ley N° 20.033 (N° 1, letra A), Párrafo I, del Cuadro Anexo de la Ley N° 17.235). Confirma Oficio 1.549, de 2010.

Oficio N°2450 (29/12/2010)

Aplicación de la exención de impuesto territorial establecida en el Párrafo I letra A) N° 1 del Cuadro Anexo de la Ley N° 17.235. Ajuste del avalúo y retroactividad del mismo.

Oficio N°1824 (12/10/2010)

Absuelve consulta sobre el procedimiento llevado a cabo por el Servicio de Impuestos Internos para el cobro de Impuesto Territorial, por los predios forestales acogidos al beneficio establecido en el artículo 13 del D.L. N° 701 de 1974, donde se establece un exención total del 100% del Impuesto Territorial para los terrenos calificados de aptitud preferentemente forestal, que cuenten con plantaciones bonificadas. La exención cesará dos años después de concluida la primera rotación. Formas para realizar la declaración anual de predios forestales por parte del contribuyente.

Oficio N°1795 (06/10/2010)

Gratuidad de los Certificados de Avalúo Fiscales de bienes raíces, de propiedades ubicadas en las zonas afectadas por el terremoto y/o maremoto del 27-02-2010, tratándose de solicitudes de regularización y constitución del dominio de la pequeña propiedad raíz.

Oficio N°1404 (19/08/2010)

La determinación del avalúo o reavalúo, así como de las cuotas de impuesto territorial, son materia de competencia del SII. Las modificaciones particulares al avalúo se comunican al contribuyente y se aplican por medio de cuotas de reemplazo o suplementarias, mientras que su cobro corresponde al Servicio de Tesorería.

Oficio N°1235 (26/07/2010)

La exención personal del 75% del Impuesto Territorial contenida en el Título II, Letra A), N°2, Cuadro Anexo, de la Ley 17.235, que favorece a ciertas instituciones que obtengan rentas de arrendamiento destinadas a actividades de beneficiencia, es procedente en la medida que las mencionadas rentas sean destinadas íntegramente a financiar las actividades de beneficencia de la referida institución.

Oficio N°3572 (29/12/2009)

Las estructuras metálicas denominadas containers, si bien originalmente han sido construidas y diseñadas para almacenar y transportar mercaderías, en el caso analizado fueron modificadas de forma tal que se han convertido en edificios permanentemente adheridos a la tierra, perdiendo su calidad de embalaje y transformándose en una vivienda, de manera tal que en conformidad a los permisos expendidos por la Municipalidad respectiva, les corresponde la exención de impuesto territorial a que se refiere el Párrafo III Letra A) N°2 del cuadro Anexo de la Ley N° 17.235, en concordancia con lo establecido en el D.FL. N°2 de 1959, en la medida que se cumplan todos los requisitos legales para gozar de dicha exención.

Oficio N°2920 (10/10/2009)

La Ley N° 20.033 reemplazó los Cuadros N° 1 y 2 de la Ley N° 17.235, por el único Cuadro Anexo que contiene dicho texto legal, y además, derogó las normas legales específicas que a la fecha establecían exenciones al Impuesto Territorial que no fueron reproducidas en el citado Cuadro Anexo. Por lo tanto, toda exención contemplada en los derogados Cuadro Anexo N° 1 y 2 que no figuran en el listado del nuevo Cuadro Anexo de la Ley N° 17.235, ya no siguen vigentes, ello aún cuando dichas exenciones hayan estado establecidas en virtud de leyes especiales, por cuanto el artículo 2° de la Ley N° 20.033 expresamente derogó las normas legales que establecían las exenciones al impuesto territorial recogidas en los antiguos Cuadros Anexos N° 1 y 2 de la Ley N° 17.235, que no fueron reproducidas en el Cuadro Anexo actualmente vigente.

Oficio N°2904 (23/09/2009)

Confirma criterio contenido en Oficio N° 1.430, de 2009, en el sentido de que si una Sociedad Educacional y un Instituto Profesional constituyen una misma persona jurídica, el inmueble destinado a las actividades de educación de propiedad de dicha persona jurídica queda exento del Impuesto Territorial.

Oficio N°2742 (03/09/2009)

Petición de exención de Impuesto Territorial a favor de adultos mayores. Explicación de ciertos beneficios y exenciones que benefician a las personas cuando poseen un bien raíz con carácter habitacional.

Oficio N°2107 (24/06/2009)

El concesionario del bien fiscal denominado Estadio Techado Parque OHiggins", es propiamente ocupante del bien raíz, por cuanto tiene las facultades de uso y goce exclusivo y excluyente del inmueble concesionado, de forma tal que en la especie es plenamente aplicable el artículo 27 de la Ley N° 17.235, sobre Impuesto Territorial, el cual le impone al ocupante de bienes raíces fiscales la obligación de pagar el impuesto correspondiente al bien raíz ocupado.

Oficio N°1430 (30/04/2009)

Cuando una Sociedad Educacional crea, mantiene y organiza un Instituto Profesional constituidos en el marco de la Ley N° 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza, se considera que son una misma persona jurídica, por lo que procede la exención del Impuesto Territorial, a favor de los establecimientos educacionales que establece la Ley N° 17.235.

Oficio N°591 (27/03/2008)

Información sobre las modificaciones catastrales efectuadas por el Servicio de Impuestos Internos a un terreno entregado en usufructo a una Municipalidad, respecto del Impuesto Territorial, de acuerdo a Resolución del SII Ex. N° 8, de 2006. Complementa Oficio N° 313-2008.

Oficio N°396 (25/02/2008)

Normas y reglas para informar sobre la clasificación de bienes raíces agrícolas y no agrícolas para los efectos de aplicar el Impuesto Territorial (Bienes Raíces de Primera o Segunda Serie).

Oficio N°394 (17/02/2008)

El concepto de urbanización excluye necesariamente la denominada área urbanizable, y por tanto, corresponde la aplicación de sobretasa a predios urbanos en ellas, cuando no se encuentran edificados. Imposibilidad de pronunciarse respecto de un reclamo pendiente de resolución.

Oficio N°313 (19/01/2008)

Informa sobre la situación en que se encuentran los inmuebles de propiedad de una Asociación, entregados en usufructo a una Municipalidad, quien construyó en dichos inmuebles, respecto de las modificaciones catastrales efectuadas por el SII, que generaron cobros suplementarios de contribuciones de bienes raíces, dentro del plazo de prescripción que establece el artículo 200 del Código Tributario. Obligación del SII de mantener actualizados los roles de avalúo definitivos.

Oficio N°2060 (07/09/2008)

Situación de inmueble de la empresa Metro S.A. declarado de utilidad pública para proceder a su expropiación, respecto del Impuesto Territorial.

Oficio N°1286 (19/06/2008)

Distinción entre exención de Impuesto Territorial a inmuebles destinados para la educación escolar, o superior y técnica superior. Los inmuebles entregados en comodato a un Centro de Formación Técnica para fines educacionales, no gozan de la exención del Impuesto Territorial establecida en la Ley N° 17.235, ya que para que proceda dicha liberación tributaria, los bienes raíces deben ser de propiedad de la institución que desarrolla las actividades educacionales. En el caso de que sea una institución de educación escolar o pre-escolar, no es necesario que éste sea dueño del terreno, pero debe verificarse el ocupante efectivo del predio y cuáles son las actividades efectivas que realiza.

Oficio N°1240 (12/06/2008)

Improcedencia de aplicar exención de Impuesto Territorial, de carácter personal o real, a los bienes inmuebles de dominio u otorgados por el Fisco a METRO S.A, en virtud de no cumplir con los requisitos establecidos por la Ley N° 17.235, ni con los requisitos de la Ley de Concesiones de Obras Públicas.

Oficio N°919 (24/04/2007)

Absuelve consulta sobre reavalúo y duplicidad de rol. Imposibilidad de emitir pronunciamiento cuando existe reclamo ante Tribunal Tributario.

Oficio N°560 (24/02/2005)

Caducidad de los beneficios, franquicias y exenciones que establece el D.F.L.N° 2, de 1959. Facultad de tasar las ampliaciones realizadas a una construcción.

Oficio N°4285 (27/10/2005)

Las infraestructuras viales concesionadas, como no son concesiones de ocupación (uso o goce privativo de la propiedad concesionada), sino que son calificadas como concesiones de actividad, se encuentran exentas del Impuesto Territorial.

Oficio N°5293 (10/12/2004)

Es improcedente requerir el otorgamiento de roles definitivos de avalúo de predios resultante de un proceso de subdivisión de un predio agrícola, en tanto ésta no se verifique efectivamente, por la enajenación de los retazos respectivos del terreno.

Oficio N°4882 (05/11/2004)

Impugnación de Resoluciones emitidas por los Directores Regionales, rechazando la solicitud de rebaja del avalúo fiscal de un predio. Pueden ser reclamadas y tramitarse conforme al Procedimiento General de Reclamaciones a que se refiere el artículo 123 y siguientes del Código Tributario; todo ello, sin perjuicio de los recursos de reposición y jerárquico que procedan, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley N° 19.880, sobre Procedimiento Administrativo.

Oficio N°4143 (22/08/2003)

Tratándose de bienes fiscales, municipales o nacionales de uso público, entregados en concesión en el marco de la Ley de Concesiones de Obras Públicas, por aplicación del artículo 27 de la Ley N° 17.235, resultan afectos al impuesto territorial únicamente aquellos respecto de los cuales el derecho del concesionario comprende las facultades de su uso y goce privativos, como ocurre con aquellos inmuebles o partes de éstos comprendidos en el área de concesión, pero destinados a fines comerciales privados, como restaurantes, tiendas, estaciones de servicios, estacionamientos, etc.

Oficio N°4084 (11/10/2001)

Posibilidad y requisitos para enrolar inmuebles adquiridos por compraventa de derechos sobre un bien raíz que se pretende subdividir, a fin de determinar el Impuesto Territorial aplicable a cada unidad.

Oficio N°1810 (15/05/2000)

Obtención de certificados de avalúos de bienes raíces vía internet. Estos certificados no acreditan el dominio de los bienes raíces solo informan ciertas características de tales bienes.

Oficio N°2742 (02/07/1999)

Las organizaciones de pescadores artesanales no pueden acogerse a la exención del Impuesto Territorial, respecto de las obras en general que corresponden a mejoras fiscales en terrenos de concesiones marinas.

Oficio N°50 (08/01/1996)

La condonación de contribuciones adeudadas por una entidad, sólo puede ser materia de Ley. Asimismo, la exención de Impuesto Territorial a las Municipalidades, no es aplicable a propiedades que se utilizan en virtud de un comodato.

Oficio N°1476 (17/05/1996)

Aclara procedimiento sobre solicitudes por reclamos de revisión de sobretasa de sitios no edificados. Sobretasa deberá ser eliminada a contar del 1 de enero del año en que se obtenga la Recepción Final Municipal.

Oficio N°3686 (14/10/1994)

Oportunidad y forma en que deben solicitarse los beneficios tributarios que establece la Ley N° 18.595, sobre renovación de zonas urbanas, en relación con el Impuesto Territorial.

Oficio N°2064 (27/05/1992)

El SII debe tasar los bienes raíces para determinar su avalúo, sólo cuando son susceptibles de quedar afectos al Impuesto Territorial. Diferencia entre bien exento y no afecto. Bienes raíces no agrícolas afectos y otros eventualmente no afectos.

Oficio N°2260 (20/07/1990)

Reclamo de avalúos de bienes raíces con motivo de retasación general.

Oficio N°414 (28/08/1989)

Solicitudes administrativas para modificación de avalúo de bienes raíces; forma y oportunidad de ejercer la acción procesal correspondiente en caso de que la respuesta del Servicio sea negativa. (Impuesto Territorial)

Documentos relacionados

RESOLUCIÓN

Resolución N°6 (02/02/2016)

Corrige error de transcripción en Resolución Ex. SII N° 118, de 29.12.2015, respecto del monto de avaluo exento a contar del 01.01.2016 de los bienes raices agrícolas (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 06.02.2016).

Resolución N°57 (22/06/2016)

Deja sin efecto los cobros por la emisión de Certificados de Avalúo Fiscal otorgados por las Oficinas del SII y deroga las Resoluciones N°s 700, de 1998; 810, de 1998; 5941, de 1999 y 49, de 2005.

Resolución N°98 (30/11/2015)

Dispone declaración de predios agrícolas con mejoras efectuadas por los propietarios.

Resolución N°71 (10/08/2015)

Modifica fecha de aceptación de propuesta de rebaja del Impuesto Territorial efectuada por el SII en el marco de la Ley N° 20.732. Sustitúyese en el párrafo tercero del Resolutivo 1° de la Resolución Ex. SII N° 53, de 30.05.2014, la expresión 15 de julio por 21 de agosto (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 18.08.2015).

Resolución N°12 (24/02/2015)

Modifica Resolución Ex. N° 19 de 2005, que establece obligación a los arrendatarios y a los corredores de propiedades o personas que entregan en arriendo propiedades por cuenta de terceros, de presentar una declaración jurada sobre los bienes raíces no agrícolas recibidos en arriendo en el caso de los arrendatarios; y sobre los bienes raíces entregados en arriendo, en el caso de los corredores y personas ya señalados (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 28.02.2015).

Resolución N°118 (29/12/2015)

Fija definiciones técnicas y aprueba tablas de valores de terrenos y construcciones para el reavalúo de los bienes raíces de la primera serie agrícola. (Extracto de Resolución publicado en el D.O de 05.01.2016). Resolución corregida por Resolución N° 6, de 2016.

Resolución N°85 (22/08/2014)

Reemplaza plano de precios de terrenos de la comuna de Melipilla contenido Resolución Ex. SII N°132, de 31.12.2012. (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 27.08.2014).

Resolución N°84 (22/08/2014)

Anexa tablas de Coeficientes Guías de terreno a plano de precios de terrenos de la comuna de Melipilla contenido en la resolución Ex. SII N°108, de 27.12.2013. (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 27.08.2014).

Resolución N°53 (30/05/2014)

Establece forma y plazo de aceptación de propuesta de rebaja del impuesto territorial efectuada por el SII y de presentación de antecedentes para solicitar el beneficio establecido en la Ley N° 20.732, para las cuotas 3 y 4 de un año y 1 y 2 del año siguiente (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 05.06.2014). Modificada por Resolución N° 71, de 2015.

Resolución N°37 (15/04/2014)

Amplía plazo de aceptación de propuesta de rebaja del Impuesto Territorial efectuada por el SII, en el marco de la Ley N°20.732, respecto de las cuotas 1 y 2 de 2014, para las Regiones de Arica y Parinacota y Tarapacá.Complementa Resolución Ex. N°33, de 2014. (Extracto de Resolución publicado en el D.O 21.04.2014).

Resolución N°33 (04/04/2014)

Establece forma y plazo de aceptación de propuesta de rebaja del impuesto territorial efectuada por el SII y de presentación de antecedentes para solicitar el beneficio para adultos mayores vulnerables economicamente, establecido en la Ley N°20.732, de 2014, para las cuotas 1 y 2 de 2014 (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 09.04.2014).

Resolución N°132 (31/12/2012)

Fija valores de terrenos y construcciones, y definiciones técnicas para el reavalúo de los bienes raíces de la segunda serie no agrícola con destino no habitacional.

Resolución N°13 (01/02/2011)

Complementa Resolución N° 164 de 2010, referente a que todos los actos y contratos otorgados ante Notarios y Conservadores de Bienes Raíces o que les presenten para su inscripción, referidos a transferencias y transmisiones de dominio de viviendas económicas, deberán informar al SII, conforme lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 1° del D.F.L N° 2, de 1959, mediante el formulario N° 2890 Declaración sobre enajenación e inscripción de bienes raíces".(Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 05.02.2011).

Resolución N°87 (27/05/2010)

"Aplicación de la facultad establecida en el artículo 23, inciso segundo de la Ley N° 17.235 para el Primer Semestre de 2010".

Resolución N°65 (09/04/2010)

"Establece Formulario 2961 (F2961) Solicitud de Revisión de Avalúo para propiedades destruidas o gravemente dañadas por Sismo y/o Tsunami del 27 de Febrero de 2010, ubicadas en zona declarada de catástrofe y fija procedimiento a seguir".

Resolución N°62 (01/04/2010)

Modifica Resolución Exenta N° 968, del 11 de Marzo de 1992, sobre autorización para delegar facultades que los Directores Regionales pueden realizar en los Jefes de Departamentos Regionales de Avaluaciones.( Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 08.04.2010).

Resolución N°200 (31/12/2010)

Establece procedimiento para que los propietarios de bienes raíces se acojan a la liberación de la sobretasa de Impuesto Territorial establecida en el inciso segundo del artículo 10° de la Ley N°20.455, de 2010. (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 06.01.2011).

Resolución N°176 (24/11/2010)

"Aplicación de la facultad establecida en el artículo 23, inciso segundo de la Ley N° 17.235 para el Segundo Semestre de 2010".

Resolución N°164 (29/10/2010)

Establece agregar, mediante timbre de goma, por parte de los Notarios y Conservadores, según corresponda, al Formulario N° 2890 Declaración sobre enajenación e inscripción de bienes raíces en soporte papel, inmediatamente bajo el título de dicho formulario, la siguiente frase: Inmueble acogido al D.F.L. N° 2 según escritura, en los casos en los cuales el inmueble que se transfiere está acogido a las normas del D.F.L. N° 2, de 1959, para efectos de hacer uso de los beneficios, franquicias y exenciones que contempla dicho texto legal según modificaciones introducidas por la Ley N° 20.455. (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 04.11.2010).

Resolución N°97 (30/06/2009)

Fija definiciones técnicas y aprueba tablas de valores de terrenos y construcciones para el reavalúo de los bienes raíces agrícolas.

Resolución N°79 (29/05/2009)

"Establece procedimiento para que las Municipalidades informen al Servicio de Impuestos Internos respecto de los Permisos de Obra Menores y de Edificación".

Resolución N°72 (25/05/2009)

"Dispone Declaración de Predios Agrícolas y de Mejoras efectuadas por los Propietarios. Resolución modificada por Resolución N° 152, de 2009".

Resolución N°70 (20/05/2009)

"Aplicación de la facultad establecida en el artículo 23, inciso segundo de la Ley N° 17.235 para el Primer Semestre de 2009".

Resolución N°202 (24/12/2009)

Fija valores de terrenos y construcciones para el reavalúo de los Bienes Raíces NO Agrícolas correspondientes a sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros ubicados en las áreas urbanas.

Resolución N°172 (23/11/2009)

"Aplicación de la facultad establecida en el artículo 23, inciso segundo de la Ley N° 17.235 para el Segundo Semestre de 2009".

Resolución N°152 (07/10/2009)

"Renueva plazo establecido en la Resolución N° 72, de 25 de Mayo de 2009, que dispone Declaración de Predios Agrícolas y de Mejoras efectuadas por los Propietarios".

Resolución N°109 (28/07/2009)

Amplia la autorización de las facultades que los Directores Regionales pueden delegar a los Jefes de Departamentos Regionales de Avaluaciones. Modifica Resolución Ex. N°968/1992. (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 31.07.2009)

Resolución N°65 (23/05/2008)

Aplicación de la facultad establecida en el Artículo 23, inciso segundo, de la Ley N° 17.235 referida a la división del pago de los impuestos incluidos en roles suplementario correspondientes al primer semestre del año 2008.

Resolución N°168 (19/12/2008)

Fija valores de terrenos y construcciones para el reavalúo de los bienes raíces no agrícolas correspondientes a sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros ubicados en las áreas urbanas.

Resolución N°154 (18/11/2008)

Aplicación de la facultad establecida en el Artículo 23, inciso segundo, de la Ley N° 17.235 referida a la división del pago de los impuestos incluidos en roles suplementario correspondientes al segundo semestre del año 2008.

Resolución N°111 (22/09/2008)

Impone a los propietarios de bienes raíces agrícolas, que cuenten con terrenos beneficiados con la exención del Impuesto Territorial, la obligación de informar al SII las superficies de terreno cortadas y las cubiertas con plantaciones forestales (forestaciones), bosques nativos y bosques de protección, en la forma y plazos que se señalan.

Resolución N°55 (23/05/2007)

"Aplicación de la facultad establecida en el artículo 23, inciso segundo de la Ley N° 17.235 para el Primer Semestre de 2007".

Resolución N°153 (20/12/2007)

Fija valores de terrenos y construcciones para el reavalúo de los bienes raíces de la segunda serie no agrícola correspondientes a sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros ubicados en las areas urbanas.

Resolución N°141 (26/11/2007)

"Aplicación de la facultad establecida en el artículo 23, inciso segundo de la Ley N° 17.235 para el Segundo Semestre de 2007".

Resolución N°55 (11/05/2006)

"Autoriza a los Directores Regionales para delegar facultad en los Jefes de Grupos del Área de Avaluaciones".

Resolución N°21 (01/03/2006)

"Complementa Resolución Exenta N° 968 del 11 de Marzo de 1992, sobre autorización para delegar facultades en los funcionarios de los Departamentos de Avaluaciones de las Direcciones Regionales".

Resolución N°20 (16/02/2006)

Modifica Resolución Exenta N°968 del 11 de Marzo de 1992, ampliando la autorización de facultades que los Directores Regionales pueden delegar a los Jefes de Departamentos Regionales de Avaluaciones.

Resolución N°17 (09/02/2006)

"Rectifica Resolución SII. Ex. N° 8, de 18 de enero de 2006, que fija Valores de Terrenos, Construcciones, Definiciones Técnicas y Montos de Avalúo Exento para el Reavalúo de los Bienes Raíces de la Segunda Serie No Agrícola".

Resolución N°169 (21/12/2006)

Fija valores de terrenos y construcciones para el reavalúo de los bienes raíces de la segunda serie no agrícola correspondientes a sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros ubicados en las áreas urbanas.

Resolución N°158 (05/12/2006)

"Aplicación de la facultad establecida en el artículo 23, inciso segundo de la Ley N° 17.235 para el Segundo Semestre de 2006".

Resolución N°149 (27/11/2006)

Establece Procedimiento para que las Municipalidades informen al SII la nómina correspondiente a inmuebles declarados propiedades abandonadas y pozos lastreros. Modificada por Resolución Exenta N° 194, de fecha 29.12.2010.

Resolución N°08 (18/01/2006)

"Fija Valores de Terrenos, Construcciones, Definiciones Técnicas y Monto de Avalúo Exento para el Reavalúo de los Bienes Raíces de la Segunda Serie No Agrícola. Resolución rectificada por Resolución N° 17, de 2006".

Resolución N°78 (01/08/2005)

"Modifica Resolución Exenta SII N°71 del 04 de Diciembre de 2003, relacionada con la facultad de actualizar el Catastro de Bienes Raíces".

Resolución N°32 (11/03/2005)

Establece valores de costo por productos relacionados al Catastro de Bienes Raíces Agrícola y No Agrícola. Reemplaza Resolución Ex. 119, de 2004.

Resolución N°30 (11/03/2005)

Modifica Resolución N° 19 de 2005, que Establece Obligación a los Arrendatarios y a los Corredores de Propiedades o Personas que Entregan en Arriendo Propiedades por Cuenta de Terceros, de Presentar una Declaración Jurada Sobre los Bienes Raíces no Agrícolas Recibidos en Arriendo en el Caso de los Arrendatarios; y Sobre los Bienes Raíces Entregados en Arriendo, en el Caso de los Corredores y Personas ya Señalados.

Resolución N°19 (11/02/2005)

Establece Obligación a los arrendatarios y a los corredores de propiedades o personas que entregan en arriendo propiedades por cuenta de terceros, de presentar una declaración jurada sobre los Bienes Raíces No Agrícolas recibidos en arriendo en el caso de los arrendatarios; y sobre los Bienes Raíces entregados en arriendo, en el caso de los corredores y personas ya señalados.(Declaración Jurada 1835), modificada por:modificada por : a) Resol. Ex .N° 30,de 11.03.2005 ; b) Resol. Ex. N° 64, de 30.06.2005.; c)Resol.Ex. N°12, de 24.02.2015.

Resolución N°61 (07/07/2004)

Corrige errores Resolución N° 57, de 2004.

Resolución N°57 (14/06/2004)

Fija definiciones técnicas y aprueba tablas de valores de terrenos yconstrucciones para el reavalúo de los bienes raíces de la primera serie, agrícola.Modificada por resolución Nº 61 de 2004.

Resolución N°56 (14/06/2004)

Exime de la obligación de declarar bienes raíces agrícolas y dispone declaración de mejoras efectuadas por los propietarios.

Resolución N°119 (31/12/2004)

Establece valores de costo por productos relacionados con Catastro de Bienes Raíces Agrícola y No Agrícola. Reemplazada mediante Resolución Ex. N° 32, de 2005.

Resolución N°71 (04/12/2003)

Deroga Resolución Ex. N° 7.212, de 1998, que establece la obligación de presentar el F-1824 sobre nómina actualizada de bienes raíces y socios y comuneros.

Resolución N°14 (06/03/2003)

Derógase la Resolución Ex. N° 7.212, de 02.12.98, que establece la obligación de presentar declaración jurada anual N° 1824 sobre nómina actualizada de socios y comuneros y porcentaje de participación en el capital y utilidades de la sociedad o comunidad.

Resolución N°06 (31/01/2002)

"Delega facultad de actualizar en forma centralizada el Catastro de Bienes Raíces".

Resolución N°01 (11/01/2002)

Establece procedimiento de actualización de la información del Catastro de Bienes Raíces, vía Internet.

Resolución N°48 (07/12/2001)

Establece obligación a los dueños de bienes raíces agrícolas y no agrícolas de informar la nómina de aquellas propiedades sobre las que han constituido o terminado un usufructo durante el año o parte de él. (Declaración Jurada 1897).Modificada por Resolución N° 34 de 23.02.2012.

Resolución N°47 (04/12/2001)

Fija valores de suelos agrícolas para Comunas que indican para los efectos de realizar la tasación de los bienes raíces de la Primera Serie.

Resolución N°278 (24/08/2001)

Designa Secretario en calidades que indica en el Tribunal Especial de Alzada de los Bienes Raíces de la Primera Serie de Valparaíso y en los Tribunales Especiales de Alzada de los Bienes Raíces de la Primera y Segunda Serie de Copiapó.

Resolución N°5207 (23/11/2000)

Establece validez a los certificados de avalúo fiscal emitidos vía internet.

Resolución N°5186 (22/11/2000)

Deroga Resolución N° 8.656, de 1999 sobre venta de información de bienes raíces. Entrega de información a la Administración del Estado.

Resolución N°3673 (26/07/2000)

Fija tarifa a los Municipios para incluir en los Boletines de Cobro del Impuesto Territorial el valor de los Derechos de Aseo Municipales a propiedades afectas al pago de Impuesto Territorial.

Resolución N°234 (12/01/2000)

Instruye a los conservadores de Bienes Raíces respecto a la remisión a este Servicio de una copia de los reglamentos de copropiedad que se inscriban en el registro de hipotecas y gravámenes de sus respectivas jurisdicciones.

Resolución N°220 (24/03/2000)

"Designa Secretario Titular y Suplente del Tribunal Especial Alzada de los Bienes Raíces de la Segunda Serie de Valdivia".

Resolución N°8693 (28/12/1999)

Establece tarifas a las Municipalidades sobre venta de información relativa a los bienes raíces y a las actividades económicas comerciales.

Resolución N°8656 (28/12/1999)

Establece tarifa al Sector Privado y al Sector Público no Municipal sobre venta de información relativa a los bienes raíces. Resolución derogada por Resolución Ex. N° 5186, de 2000.

Resolución N°8655 (27/12/1999)

Actualiza procedimientos de traspaso de información de Notarios y Conservadores de Bienes Raíces al SII a través de nuevo formulario N° 2890 "Declaración sobre enajenación e Inscripción de Bienes Raíces".

Resolución N°5941 (02/09/1999)

Dispone cobro y fija precio de los Certificados de Avalúo Fiscal de Bienes Raíces. Derogada por Resolución N° 57, de 2016.

Resolución N°300 (19/08/1999)

Designa Secretarios en calidad que se indica en el Tribunal Especial de Alzada de los Bienes Raíces de la Segunda Serie de Concepción.

Resolución N°7212 (02/12/1998)

Establece obligación de los contribuyentes de la primera categoría de informar al SII la nómina de los Bienes Raíces destinados a su actividad que dan derecho al crédito por contribuciones de Bienes Raíces y la nómina de socios y su porcentaje de participación en el capital y utilidades de la Empresa cuando se trate de nuevas sociedades o comunidades o las existentes que hayan sufrido modificaciones.

Resolución N°2804 (12/05/1998)

Autoriza a los Directores Regionales para delegar en el jefe del departamento regional de Avaluaciones y en el funcionario a cargo del área de Avaluaciones en las unidades de su dependencia la facultad de condonar la multa aplicada a los notarios o conservadores de bienes raíces por infracción al art. 2º de la ley 17.990.

Resolución N°1158 (19/02/1998)

Obligación de los contribuyentes de primera categoría de informar al SII la nómina de los bienes raíces destinados a su actividad comercial y el porcentaje de participación de los socios en el capital y las utilidades de la empresa.

Resolución N°6181 (09/12/1997)

Actualiza procedimiento de traspaso de información de Notarios y Conservadores de Bienes Raíces al SII a través de nuevo formato de formulario N° 2890 Declaración sobre Enajenación e Inscripción de Bienes Raíces.

Resolución N°6171 (09/12/1997)

Establece obligación de los contribuyentes de la primera categoría de informar al SII la nomina de los bienes raíces destinados a su actividad comercial y porcentaje de participación de los socios en el capital y las utilidades de la empresa.

Resolución N°4554 (30/09/1996)

Establece procedimiento de traspaso de información de notarios y conservadores de bienes raíces al Servicio de Impuestos Internos.

Resolución N°4553 (30/09/1996)

Establece el Certificado de ""Asignación de Roles de Avalúo en Trámite"" y reglamenta su uso.

Resolución N°3311 (16/07/1996)

Modifica Resolución Ex. N° 968, de 1992 que delega facultades en los funcionarios de los Departamentos de Avaluaciones de las Direcciones Regionales.

Resolución N°2908 (25/06/1996)

Modifica Resolución Ex. N° 968, de 1992 que delega facultades en los funcionarios de los Departamentos de Avaluaciones de las Direcciones Regionales.

Resolución N°5562 (19/12/1994)

Fija valores base de terrenos, construcciones y definiciones técnicas para realizar el reavalúo de los bienes raíces de la Segunda Serie No agrícolas.

Resolución N°0466 (27/09/1994)

Reemplaza Secretarios de los Tribunales Especiales de Alzada de los Bienes Raíces de la Primera y Segunda Serie de Punta Arenas.

Resolución N°0104 (14/02/1994)

Reemplaza Secretarios de los Tribunales Especiales de Alzada de los bienes que se indican.

Resolución N°648 (07/12/1993)

Reemplaza Secretarios de los Tribunales Especiales de Alzada de los Bienes Baíces de la Primera y Segunda Serie que se indican.

Resolución N°517 (04/10/1993)

Reemplaza Secretarios de los Tribunales Especiales de Alzada de los Bienes Raíces de la Primera Serie Agrícola de Coyhaique.

Resolución N°968 (11/03/1992)

Se autoriza a los Directores Regionales para delegar facultades en los funcionarios que indica. Aplicación de la Ley N° 17.235 sobre impuesto territorial, proporcionar información tributaria. Modificada por Resoluciones Ex. N° 2.410/1992, N° 618/1994, N° 2908/1996, N° 109/2009 y N° 62/2010; y rectificada por Resoluciones Ex. N° 3198/1996, N° 3311/1996, N° 76/1999, N° 20/2006, y N° 21/2006.

Resolución N°292 (21/04/1992)

Designa Secretarios Titulares y Suplentes de los Tribunales de Alzada de Bienes Raíces de la Primera Serie Agrícola de Arica, Iquique, Antofagasta, y Copiapó.

Resolución N°279 (07/04/1992)

Designa Secretario Suplente del Tribunal de Alzada de los Bienes Raíces de la Segunda Serie de Coyhaique.

Resolución N°131 (15/01/1992)

Prorroga plazo para presentar la declaración de bienes raíces agrícolas a que se refiere la Resolución Ex. N° 4152, de 1991.

Resolución N°1167 (25/03/1992)

Amplía Resolución N° Ex. 2794 de fecha 24.09.01 que condona intereses y multas respecto de impuestos que afectan a los agricultores de las comunas declaradas afectadas por la catástrofe derivada de la sequía de acuerdo al Decreto Supremo de Hacienda N° 324.

Resolución N°102 (28/02/1992)

Designa Secretario Suplente del Tribunal Especial de Alzada de los Bienes Raíces de la Segunda Serie No Agrícolas de Rancagua.

Resolución N°73 (28/02/1991)

Designa Secretario Titular y Suplente del Tribunal Especial de Alzada de los Bienes Raíces de la Segunda Serie de Santiago Sur.

Resolución N°4152 (30/12/1991)

Establece obligación para los propietarios de bienes raíces agrícolas de presentar una declaración jurada descriptiva y una estimación del valor de sus propiedades agrícolas. Resolución complementada por Resolución Ex. N° 131, de 1992 en cuanto a la prórroga del plazo para presentar la Declaración Jurada a que se refiere dicha Resolución.

Resolución N°2794 (24/09/1991)

Condona intereses, reajustes y multas respecto de impuestos que afectan a los agricultores de las comunas declaradas afectadas por la catástrofe de la sequía, de acuerdo al Decreto Supremo de Hacienda Nº 324, de 1991. Complentada por Resolución Exenta N° 1167, de 1992.

Resolución N°175 (28/05/1991)

Designa Secretario Titular y Suplente del Tribunal Especial de Alzada de los Bienes Raíces de la Segunda Serie de Temuco.

Resolución N°131 (16/04/1991)

Designa Secretario Titular y Suplente del Tribunal Especial de Alzada de los Bienes Raíces de la Segunda Serie de Antofagasta.

Resolución N°322 (05/12/1990)

Designa Secretario Titular Suplente del Tribunal Especial de Alzada de los Bienes Raíces de la Primera Serie de Santiago Sur.

Resolución N°311 (26/10/1989)

Designa Secretarios, Titulares y Suplentes, de los Tribunales Especiales de Alzada de Bienes Raíces de la Segunda Serie No Agrícolas.

Resolución N°2391 (15/10/1987)

Delega facultad en el Jefe de Departamento que indica para firmar mecanizadamente los avisos postales.

Resolución N°1150 (08/05/1987)

Rectifica errores de transcripción de la Resolución N° Ex. 1105, de 1987.

Resolución N°1105 (30/04/1987)

Actualiza e incorpora a los archivos del SII información técnica complementaria sobre bienes raíces no agrícolas, con el objeto de perfeccionar los procesos de control y determinación de avalúos e Impuesto Territorial. Resolución rectificada por Resolución N°1150, de 1987.

Resolución N°752 (15/03/1985)

Dispone Declaración Jurada obligatoria sobre Datos de Bienes Raíces.

Resolución N°1933 (26/12/1979)

Fija tablas para reavalúo de predios agrícolas de la Primera Serie.

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