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Resolución N°54 (15/01/1982)

Elimina obligación de presentar balance tributario de ocho columnas en declaración anual del Impuesto a la Renta.

Documentos relacionados

CIRCULAR

Circular N°53 (24/06/2015)

Imparte instrucciones sobre la publicación de información y estadísticas en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos, de acuerdo a modificación introducida al artículo 35 del Código Tributario por la Ley N° 20.780, sobre Reforma Tributaria (Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 27.06.2015).

Circular N°13 (04/03/2011)

Listado de obras específicas de naturaleza pública y privada que se pueden financiar con donaciones susceptibles de acogerse a los beneficios tributarios a que se refiere la Ley N° 20.444/2010, que crea el Fondo Nacional de la Reconstrucción.(Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 13.01.2011).

Circular N°8 (14/01/2010)

Imparte instrucciones sobre procesos de recopilación de antecedentes por delitos tributarios. Crea el Comité de Análisis de Casos, se establecen sus funciones, integrantes y atribuciones, señalando el procedimiento a seguir para dicha recopilación de antecedentes en las Direcciones Regionales y en la Dirección Grandes Contribuyentes. Deroga Circulares N°s 78, de 23 diciembre de 1997 y 60, de 04 de septiembre de 2001 (Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 20.01.2010).

Circular N°46 (06/08/2010)

Instrucciones sobre modificaciones legales introducidas al Código Tributario por la Ley N° 20.406, publicada en el Diario Oficial el 05 de diciembre de 2009, relativas al procedimiento al cual debe sujetarse el requerimiento de la información bancaria de personas determinadas solicitada por la autoridad tributaria (Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de fecha 11.08.2010).

Circular N°44 (30/07/2010)

Tratamiento tributario de las donaciones efectuadas al Fondo Nacional de la Reconstrucción en caso de catástrofes, creado por la Ley N° 20.444, publicada en el Diario Oficial el 28 de mayo de 2010. Impuesto sujeto a retención, ínformación amparada en el secreto tributario y devolución de exceso de impuesto, conforme a los artículos 24, 35 y 126 del Código Tributario, respectivamente. (Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial con fecha 03.08.2010).

Circular N°48 (25/08/2006)

Antecedentes tributarios presentados por contribuyentes a través de aplicación de Internet.

Circular N°37 (16/07/2004)

Imparte instrucciones sobre procedimiento de declaración y rectificatoria del Formulario 50 de declaración y pago simultáneo mensual de impuestos.

Circular N°19 (08/04/2004)

Imparte instrucciones sobre los procedimientos de determinación y pago del impuesto a las asignaciones por causa de muerte y a las donaciones.

Circular N°98 (24/12/2001)

Instruye sobre obligación de cancelar los giros efectuados por concepto de declaración fuera de plazo y/o rectificatorias de Formulario 29, para efectos de solicitar autorización de timbraje de documentos.

Circular N°63 (14/09/2001)

El Director Regional podrá anular las denuncias notificadas por infracciones que no constituyan amenazas para el interés fiscal u omitir los giros de las multas que se apliquen en estos casos, de acuerdo a normas o criterios de general aplicación que fije el Director.

Circular N°14 (22/02/1999)

Instrucciones relativas a la aplicación de sanciones por la presentación de declaraciones rectificatorias a las declaraciones juradas que efectúan los contribuyentes.

Circular N°67 (05/11/1998)

Tratamiento tributario de las modificaciones introducidas al Código Tributario por la Ley N° 19.578, de 1998. Suprimió la presentación de declaraciones por carta certificada. Introduce infracción relacionada con el retardo u omisión en la presentación de informes referidos a operaciones realizadas o antecedentes relacionados con terceras personas. Se dispone que deberá suspenderse la dictación de la resolución que se pronuncie sobre la reclamación deducida por el contribuyente en contra de la notificación de la infracción sancionada en el Artículo 97 Nº 20 del Código Tributario, en tanto se dicte el fallo en el procedimiento de reclamación de los impuestos liquidados.

Circular N°44 (31/07/1998)

Instruye nuevos procedimientos administrativos respecto a declaraciones rectificatorias, modificatorias y declaraciones fuera de plazo.

Circular N°43 (24/07/1998)

Imparte instrucciones acerca de la entrega de información relativa a los contribuyentes que soliciten los tribunales de justicia u otros organismos.

Circular N°11 (29/01/1998)

Imparte instrucciones acerca del otorgamiento de documentos relacionados con los formularios 29 de declaración y pago mensual y 22 de impuestos anuales a la renta.

Circular N°48 (21/08/1997)

Tratamiento tributario de las modificaciones introducidas al Código Tributario por la Ley N° 19.506, de 1997 en relación a las notificaciones y al domicilio. Notificación tácita.

Circular N°10 (24/02/1982)

Suprime obligación de acompañar balance y otros antecedentes a las declaraciones anuales de impuesto a la Renta.

Circular N°58 (04/12/1981)

Reitera instrucciones sobre entrega de informaciones de relevancia tributaria.

Circular N°115 (02/09/1977)

Instrucciones sobre las declaraciones de impuestos de acuerdo al artículo 30 del Código Tributario, respecto a las declaraciones por carta certificada. La Ley 19.578 suprimió la declaración por carta certificada. Ver Circular N° 67 de 1998.

Documentos relacionados

OFICIOS

Oficio N°883 (05/04/2016)

Solicita eliminar exención de impuesto específico al petróleo diesel de que gozan las grandes mineras. No corresponde establecer, por vía administrativa, que cierta clase o categoría de contribuyentes, no señalados por la ley, resulten excluidos de su aplicación, si cumplen los requisitos legales.

Oficio N°276 (02/02/2015)

Resulta innecesaria la obligación, para efectos tributarios, que los estados financieros sean firmados por un contador colegiado o con certificaciones al día, por cuanto nuestra legislación contempla otros mecanismos para velar por la correcta confección de los registros contables, inventarios y declaraciones, incluyendo la posibilidad de requerir al contador que atestigüe respecto de ellos. Establecer una obligación como la señalada, requiere una norma con jerarquía de ley y no una simple instrucción administrativa.

Oficio N°1013 (14/04/2015)

No resultan aplicables a la fusión de sociedades de personas los requisitos exigibles para las sociedades anónimas, contemplados en la Ley N° 18.046. Sin perjuicio de lo anterior, en virtud de lo dispuesto en el artículo 35 del Código Tributario, este Servicio está facultado para solicitar a los contribuyentes todos los antecedentes necesarios que justifiquen el monto de la renta declarada y las partidas anotadas en su contabilidad, entre ellos, la valorización de los activos y pasivos y los balances respectivos.

Oficio N°454 (11/03/2013)

Por regla general, todas las empresas deben acreditar sus rentas efectivas mediante contabilidad completa y balance general, salvo norma legal en contrario. Respecto una sociedad extranjera constituida fuera de Chile, sin domicilio, agencia o rol único tributario, que no ejerce ni ha ejercido actividad comercial alguna en nuestro país, en principio no estaría obligada a llevar libros de contabilidad ni confeccionar balance general en Chile.

Oficio N°453 (11/03/2013)

La obligación de presentar la declaración mensual a que se refieren los artículos 64 y siguientes del D.L N° 825, de 1974 (Formulario 29), comienza con el aviso de inicio de actividades dispuesto en el artículo 68 del Código Tributario o, antes, con el inicio material de las actividades en la forma que indica el inciso tercero del mismo artículo, debiendo estarse a lo que ocurra primero. La obligación de presentar dichas declaraciones mensuales de impuesto, debe cumplirse aún si no se realizan operaciones en el período respectivo, y subsiste hasta el término de giro del contribuyente.

Oficio N°132 (22/01/2013)

El crédito tributario establecido en la Ley N° 20.365, en favor de las empresas constructoras que instalen Sistemas Solares Técnicos en bienes corporales inmuebles destinados a la habitación construidos por ellas, se devenga en el mes en que se obtenga la recepción municipal definitiva del respectivo inmueble. Este crédito se podrá imputar sólo en tanto se cumplan la totalidad de los requisitos habilitantes, establecidos en el artículo 3°, del mismo texto legal, y el registro de los Depósitos Acumuladores (DA), ante la SEC a que se refiere el N° 1, del artículo 9, de la Ley, requisito este último que, para los efectos tributarios, podrá cumplirse con posterioridad a la recepción municipal definitiva, sin hacer perder el derecho a la utilización del crédito; lo que se entiende sin perjuicio de las facultades que en las materias de su competencia correspondan a la SEC, conforme al citado texto legal y su Reglamento.

Oficio N°2255 (25/08/1998)

Amplía las instrucciones de la Circular Nº 43 de 1998 sobre entrega de la información requerida al S.I.I. por los Tribunales ordinarios de justicia u otros organismos.

Oficio N°895 (29/03/1995)

Regula procedimiento para que conforme al artículo 35 del Código Tributario, el SII proporcione a los tribunales de justicia información necesaria para la prosecución de juicios sobre alimentos.

Oficio N°2263 (20/07/1990)

Procedencia de entrega de información de antecedentes tributarios de contribuyentes.

Oficio N°1505 (17/05/1990)

Procedencia de entregar información a un liquidador de seguros respecto de los antecedentes relativos a la existencias de mercaderías.

Oficio N°3215 (21/09/1988)

Deber del S.I.I de guardar reserva o secreto respecto a información solicitada por un Tribunal.

Oficio N°983 (01/04/1982)

Información de carácter tributario requerida por un tribunal en un proceso por cuasidelito. Obligación de reserva.

Oficio N°5697 (20/10/1977)

Los funcionarios del Servicio de Impuestos Internos les está prohibido revelar la fuente de las rentas o cualquier dato relativo a ellas que figuren en las declaraciones obligatorias, salvo los casos de excepción previstos en el artículo 35 del Código Tributario. Deber de reserva o secreto.

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RESOLUCIÓN

Resolución N°94 (23/09/2016)

Incorpórase a contribuyente que se indica en la nómina de entidades para ser receptora de la carpeta tributaria.

Resolución N°80 (12/08/2016)

Establece requisitos que deben cumplir las entidades que se indican para ser receptoras de la carpeta tributaria electrónica (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 19.08.2016).

Resolución N°57 (22/06/2016)

Deja sin efecto los cobros por la emisión de Certificados de Avalúo Fiscal otorgados por las Oficinas del SII y deroga las Resoluciones N°s 700, de 1998; 810, de 1998; 5941, de 1999 y 49, de 2005.

Resolución N°56 (22/06/2016)

Incorpora y regula el uso de cédula RUT electrónica (e-RUT). Modifica Resolución N°6289, de 1998.

Resolución N°52 (14/06/2016)

Fija nuevo plazo para presentar la Declaración Jurada Anual sobre Balance de 8 Columnas y Otros Antecedentes, Formulario N°1847, y Declaración Jurada Anual sobre Base Imponible de Primera Categoría y Datos Contables Balance, Formulario N°1926, hasta el 31 de Agosto de 2016, para el año tributario 2016 (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 20.06.2016).

Resolución N°51 (07/06/2016)

Fija nuevo plazo para presentar la Declaración Jurada Anual de Fondo de Utilidades Tributables (FUT), Formulario N° 1925, hasta el 31 de Agosto de 2016, para el año Tributario 2016(Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 13.06.2016).

Resolución N°73 (28/08/2015)

Modifica diseño del Formulario 29, sobre Declaración Mensual y Pago Simultáneo de Impuesto, incorporando una nueva línea 27, con los códigos que se indican, de acuerdo a la modificación introducida al artículo 23 N° 4 D.L. 825, de 1974, por la Ley N° 20.780, sobre Reforma Tributaria (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 07.09.2015).

Resolución N°112 (24/12/2015)

Establece forma y plazo para presentar la Declaración Jurada Anual N° 1926 a los contribuyentes que indica; dispone la obligación para las medianas empresas de presentar la Declaración Jurada N° 1847; y deroga Resoluciones Exentas N°s 1, del 2012 y 41, del 2014. (Extracto de Resolución publicado en el D.O de 04.01.2016).

Resolución N°111 (24/12/2015)

Establece forma y plazo para presentar la Declaración Jurada Anual sobre Fondo de Utilidades Tributables (FUT), Formulario N° 1925. (Extracto de Resolución publicado en el D.O de 04.01.2016).

Resolución N°110 (24/12/2015)

Se establece la obligación de presentar anualmente la Declaración Jurada N° 1913 denominada Declaración Jurada Anual de Caracterización Tributaria Global, la que tiene como propósito obtener información cualitativa en materia de procesos u operaciones que revisten interés para efectos de la caracterización de los grandes contribuyentes en el marco de la gestión del cumplimiento tributario. (Extracto de Resolución publicado en el D.O de 04.01.2016).

Resolución N°101 (17/12/2015)

Fija plazo para el Año Tributario 2016 para presentación al SII de las Declaraciones Juradas que se indican (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 23.12.2015).

Resolución N°9 (22/01/2014)

Sustituye estructura y contenido del Formulario N° 50 sobre Declaración y Pago Simultáneo Mensual de Impuestos establecida mediante Resolución EX. N° 10, de 2013 (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 27.01.2014).

Resolución N°69 (21/07/2014)

Modifica contenido del Formulario N° 50, sobre Declaración y Pago Simultáneo Mensual de Impuestos. Se incorpora nueva linea referente al Art. 43 ter de la Ley N°18.892 de Pesca y Acuicultura modificada por Ley N° 20.657, de 2013 (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 25.07.2014).

Resolución N°41 (25/04/2014)

Establece forma y plazo para presentar Declaración Jurada anual sobre Diferencia de Valores Financieros y Tributarios , a los contribuyentes pertenecientes a la Nómina de Grandes Contribuyentes y reemplaza resolución Exenta N°03, de 2012 (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 03.05.2014). Derogada por Resolución N° 112, de 2015.

Resolución N°17 (07/02/2014)

Aprueba protocolo de acuerdo entre el Servicio de Impuestos Internos, la Subsecretaría del Interior, Carabineros de Chile, Policia de Investigaciones de Chile, Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante.

Resolución N°112 (04/12/2014)

Fija plazo a contar del Año Tributario 2015 para presentación al SII de las Declaraciones Juradas que se indican (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 12.12.2014).Derogada por Resolución 101, de 2015.

Resolución N°23 (21/02/2013)

Modifica plazos para la presentación de determinadas Declaraciones Juradas de la siguiente manera: Plazo para la presentación de las Declaraciones Juradas Formulario N° 1802 y 1803, hasta el último día hábil del mes de junio. Plazo para la presentación de las Declaraciones Juradas Formulario N° 1846, 1847 y 1872 hasta el 15 de junio de cada año o el día hábil siguiente (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 27.02.2013).

Resolución N°14 (31/01/2013)

Establece obligación de presentar Declaración Jurada Anual informativa de precios de transferencia, a través del Formulario N° 1907, denominado Declaración Anual sobre Precios de Transferencia(Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de fecha 06.02.2013).

Resolución N°103 (16/12/2013)

Fija plazo a contar del Año Tributario 2014 para la presentación de las siguientes Declaraciones Juradas: F-1831-1891-1902-1896-1898-1817-1830-1832-1835-1850-1851-1852-1853-1862-1870-1871-1873-1884-1890-1812-1887-1895-1897-1899-1904-1811-1813-1818-1821-1822-1829-1834-1836-1844-1861-1879-1885-1888-1804-1805-1806-1823-1828-1840-1841-1843-1849-1874-1886-1889-1894-1837-1846-1847-1802-1803-1807-1838-1848-1854-1855-1856-1857-1858-1859-1860-1864-1865-1866-1867-1868 y 1907 (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficila de 20.12.2013).

Resolución N°10 (23/01/2013)

Sustituye estructura y contenido del Formulario N° 50 sobre Declaración y Pago Simultáneo Mensual de Impuestos establecida mediante Resolución EX. N° 41 del 2011.

Resolución N°61 (15/05/2012)

Amplía hasta el 04 de junio de 2012, el plazo de presentación de los Formularios N° 1846 denominado Declaración Jurada Anual Base Imponible y Datos Contable Balance; N° 1847 denominado Declaración Jurada Anual sobre Balance de 8 Columnas y N° 1872 denominado "Declaración Jurada Anual sobre Diferencia de Valores Financieros y Tributarios, correspondientes al Año Tributario 2012, establecidos por las Resoluciones EX. SII N°s 01, 02 y 03, todas de fecha 11 de enero de 2012, respectivamente (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 19.05.2012).

Resolución N°59 (07/05/2012)

Establece procedimiento de emisión de cupón de pago del Formulario N° 29, que sea presentado por Internet.

Resolución N°3 (11/01/2012)

Reemplaza Resolución N°15, de 2011. Los contribuyentes que se encuentren calificados como Grandes Contribuyentes, deberán presentar al Servicio de Impuestos Internos una Declaración Jurada Anual a través del Formulario N° 1872 denominado "Declaración Jurada Anual sobre Diferencia de Valores Financieros y Tributarios.Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de fecha 14.01.2012. Remplazada por Resolución N° 41, de 2014.

Resolución N°21 (16/02/2012)

Fija plazo para presentación de las Declaraciones Juradas y emisión de Certificados establecidos mediante Resoluciones Exentas, en los casos que se indican.

Resolución N°2 (11/01/2012)

Reemplaza Resolución N°18 de 2011. Establece forma y plazo de Declaración Jurada Anual, Formulario N° 1847 denominado "Declaración Jurada Anual sobre Balance de 8 Columnas, a presentar por los contribuyentes clasificados en el segmento de gran empresa o pertenecientes a la nómina de Grandes Contribuyentes.Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de fecha 14.01.2012.

Resolución N°14 (31/01/2012)

Establece forma y plazo de Declaración Jurada F-1874 mediante la cual los intermediarios de instrumentos de deuda de oferta pública deben dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 104 N° 5 de la Ley sobre Impuesto a la Renta y modifica Resolución N° 187, de 23-12-2010.

Resolución N°1 (11/01/2012)

Reemplaza Resolución N°16, de 2011. Los contribuyentes que se encuentren clasificados por este Servicio como Gran Empresa o pertenecientes a la nómina de Grandes Contribuyentes, deberán presentar al Servicio de Impuestos Internos una declaración jurada anual a través del Formulario N° 1846 denominado "Declaración Jurada Anual Base Imponible y Datos Contable Balance.Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de fecha 14.01.2012.Derogada por Resolución N° 112, de 2015.

Resolución N°97 (05/08/2011)

Amplía hasta el día 31 de agosto de 2011, el plazo para la presentación de las declaraciones que se realizan en el Formulario 29, de "Declaración y Pago Simultáneo Mensual, para aquellas declaraciones que no involucren pago de impuesto y aquellas sin movimiento que se presenten a través de Internet. (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 10.08.2011).

Resolución N°66 (13/05/2011)

Amplía hasta el 15 de junio de 2011, el plazo de presentación de los Formularios N° 1872 denominado "Declaración Jurada Anual sobre Diferencia de Valores Financieros y Tributarios; N° 1846 denominado Declaración Jurada Anual Base Imponible y Datos Contable Balance y N° 1847 denominado Declaración Jurada Anual sobre Balance de 8 Columnas, correspondientes al año tributario 2011, establecidos por las Resoluciones EX. SII N°s 15, 16 y 18, todas de fecha 04 de febrero de 2011.(Extracto de Resolución publicado en el D.O de 19.05.2011).

Resolución N°65 (13/05/2011)

Modifica Folio Único de las Declaraciones Anuales de Impuesto a la Renta, Formulario N° 22, que se presenten en papel en el al Año Tributario 2011.(Extracto de Resolución publicado en el D.O de 19.05.2011).

Resolución N°44 (29/03/2011)

Establece obligación de los Depósitos de Valores de informar sobre operaciones relativas a instrumentos de deuda de oferta pública, conforme a lo dispuesto en el artículo 104 de la Ley sobre Impuesto a la Renta. El plazo para dar cumplimiento a esta obligación, será hasta el 31 de marzo de cada año, a partir del año tributario 2011. Sanciones por no presentación o presentación tardía, incompleta o fuera de plazo.(Extracto de Resolución publicado en Diaro Oficial de 01.04.2011).

Resolución N°42 (29/03/2011)

Introduce modificaciones al Formulario N° 29, sobre Declaración Mensual y Pago Simultáneo de Impuestos. Modifica Resolución Ex. N° 74, de 2003.(Extracto de Resolución publicado en Diaro Oficial de 01.04.2011).

Resolución N°41 (29/03/2011)

Sustituye estructura y contenido del Formulario N° 50 sobre Declaración y Pago Simultáneo de Impuestos, establecida mediante Resolución Ex. N° 27, de 2001, actualizada mediante Resolución Ex N° 144, de 2010. (Extracto de Resolución publicado en Diaro Oficial de 01.04.2011).

Resolución N°34 (04/03/2011)

Modifica Resolución N°18 de 2011, que establece forma y plazo de Declaración Jurada Anual, Formulario N° 1847 denominado "Declaración Jurada Anual sobre Balance de 8 Columnas, a los contribuyentes clasificados en el segmento de gran empresa, en relación a los plazos para su presentación.(Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 09.03.2011).

Resolución N°2 (06/01/2011)

Aprueba Convenio de Cooperación entre el Servicio de Impuestos Internos, Servicio Nacional de Aduanas y Tesoreria General de la República.

Resolución N°18 (04/02/2011)

Establece forma y plazo de Declaración Jurada Anual, Formulario N° 1847 denominado "Declaración Jurada Anual sobre Balance de 8 Columnas, a los contribuyentes clasificados en el segmento de gran empresa. (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 10.02.2011).(Modificada por Resolución N° 66, de 2011).

Resolución N°16 (04/02/2011)

Los contribuyentes que se encuentren clasificados por este Servicio como Gran Empresa, deberán presentar al Servicio de Impuestos Internos una declaración jurada anual a través del Formulario N° 1846 denominado "Declaración Jurada Anual Base Imponible y Datos Contable Balance.(Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 10.02.2011).(Modificada por Resolución N° 66, de 2011).

Resolución N°15 (04/02/2011)

Los contribuyentes que se encuentren calificados como Grandes Contribuyentes, deberán presentar al Servicio de Impuestos Internos una Declaración Jurada Anual a través del Formulario N° 1872 denominado "Declaración Jurada Anual sobre Diferencia de Valores Financieros y Tributarios.(Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 10.02.2011). (Modificada por Resolución N° 66, de 2011).

Resolución N°120 (12/10/2011)

Establece procedimiento de emisión de Cupón de Pago del Formulario N° 50, para que sea presentado por Internet (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 17.10.2011)

Resolución N°82 (18/05/2010)

Convenio de entrega de información tributaria entre el Servicio de Impuestos Internos y el Servicio de Tesorerías, para poner a disposición de esta última institución información básica de los contribuyentes, que le permita fortalecer el ejercicio de la acción de cobranza de las deudas tributarias de su competencia.

Resolución N°69 (13/04/2010)

Amplíase, hasta el día 30 de abril, el plazo para la presentación de las declaraciones que se realizan en el Formulario 29, de ""Declaración y Pago Simultáneo Mensual"", para aquellas declaraciones que no involucren pago de impuesto y aquellas sin movimiento, que se presenten a través de Internet o por aplicación telefónica, para los contribuyentes que pertenezcan a los segmentos de Personas, Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, cuya casa matriz se encuentre domiciliada en alguna comuna comprendida en la VII Región del Maule o en la VIII Región del Bío Bío, por las operaciones realizadas en el mes de marzo del 2010 (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 17.04.2010).

Resolución N°48 (10/03/2010)

Amplia excepcionalmente hasta el 30.03.2010 el plazo de presentación de declaraciones mensuales realizadas en Formulario 29, por internet o por aplicación telefónica, que no importen pago de impuesto y aquellas sin movimiento, para todos los contribuyentes del país por las operaciones realizadas en el mes de enero de 2010 y para aquellos contribuyentes que pertenezcan a los segmentos de Personas, Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, cuya casa matriz se encuentre domiciliada en alguna comuna comprendida en la VII Región del Maule o en la VIII Región del Bío Bío, por las operaciones realizadas en el mes de febrero del 2010(Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de fecha 17.03.2010).

Resolución N°31 (08/02/2010)

Acuerdo celebrado entre el Servicio de Impuestos Internos y la Unidad de Análisis Financiero (UAF), en relación a permitir que el SII ponga a disposición de ésta información básica de los contribuyentes, asociada al RUT, a la vez que pueda recibir información proporcionada por la UAF, siempre que dicha información no se encuentre afecta a las restricciones de divulgación establecidas en los artículos 2° inciso tercero, 6° inciso segundo y 13 de la Ley N° 19.913.

Resolución N°187 (23/12/2010)

Establece forma y plazo para presentar declaraciones juradas sobre operaciones de instrumentos de deuda de oferta pública acogidos al artículo 104 y retenciones de impuesto e intereses devengados efectuados conforme a lo establecido en artículo 74 N° 7, ambos de la LIR. (Declaración Jurada 1805, 1806 y 1849) (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 29.12.2010). Modificada por Resolución N° 14 de fecha 31.01.2012.

Resolución N°144 (31/08/2010)

Establece nueva estructura del F- 50, sobre Declaración y Pago Simultáneo de Impuestos establecida mediante Resolución Ex. N°27, de 2001 y Resolución N° 78, de 2009. (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial con fecha 03.09.2010).

Resolución N°143 (31/08/2010)

Establece nueva estructura del F- 29, sobre Declaración y Pago Simultáneo de Impuestos. (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial con fecha 03.09.2010). Modifica Resolución Ex. N° 74, de 2003.

Resolución N°139 (20/08/2010)

Delégase en el Jefe del Departamento de Defensa Judicial y Delitos Tributarios las facultades relacionadas con los procesos de recopilación de antecedentes a que se refiere el N° 10 del artículo 161 del Código Tributario, y de firmar los oficios ordinarios o reservados en los que se entregue información. Deroga la Resolución Exenta N° 207, de 29 de Diciembre de 2009.

Resolución N°130 (09/08/2010)

Establece especificaciones y formalidades de los certificados que debe emitir el Ministerio de Hacienda, la información que se debe remitir al Servicio de Impuestos Internos y la forma en que debe registrarse y documentarse la entrega de las especies donadas, de acuerdo a la Ley N° 20.444, sobre donaciones al Fondo Nacional de la Reconstrucción (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de fecha 12.08.2010).

Resolución N°11 (14/01/2010)

Aprueba protocolo de acuerdo entre el Servicio de Impuestos Internos y la Unidad Administradora de los Tribunales Tributarios y Aduaneros, tendiente a poner a disposición de los Tribunales Tributarios y Aduaneros información básica asociada a RUT, con el objeto de facilitar a aquéllos el tratamiento y digitación de los datos de identificación de los contribuyentes que ocurran ante ellos.

Resolución N°78 (28/05/2009)

Sustituye estructura y contenido del Formulario N°50 sobre Declaración Mensual y Pago Simultáneo de Impuestos.

Resolución N°58 (24/04/2009)

Deber de entrega de información, relacionada con Ley N° 20.285, sobre Transparencia.

Resolución N°56 (24/04/2009)

Modifica Formulario 29, sobre Declaración Mensual y Pago Simultáneo de Impuestos, para poner a disposición de los contribuyentes que presentan formulario impreso, una línea que les permita hacer uso del crédito a que se refiere el Artículo 6° de la Ley N° 20.326, publicada en el Diario Oficial el día 29 de enero de 2009.

Resolución N°207 (29/12/2009)

Delégase en el Jefe del Departamento de Defensa Judicial y Delitos Tributarios las facultades relacionadas con los procesos de recopilación de antecedentes, de representar judicialmente al SII y de firmar los oficios en los que se entregue información. Deroga la Resolución Exenta Nº 145/2008 y la Resolución N°30/1981.(Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 04.01.2010). (Derogada por Resolución Exenta N° 139, de fecha 30.08.2010).

Resolución N°158 (26/10/2009)

Introduce modificaciones al Formulario N° 29, sobre Declaración y Pago Simultáneo de Impuestos, incorporando en la línea 35: Recuperación de Impuesto Específico al Petróleo Diesel" y en la línea 36 Recuperación Impuesto Específico Petróleo Diesel soportado por transportistas de carga" (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 30.10.2009)

Resolución N°165 (18/12/2008)

Modifica diseño del Formulario 29 de declaración mensual y pago simultáneo de impuestos. Contribuyentes de IVA que podrán agregar al crédito fiscal del IVA el Impuesto de Timbres y Estampillas que paguen o soporten.

Resolución N°94 (22/09/2005)

Nuevo diseño para el Formulario 50 sobre declaración mensual y pago simultáneo de impuestos.

Resolución N°151 (29/12/2005)

Modifica diseño del Formulario 29 de declaración mensual y pago simultáneo de impuestos.

Resolución N°87 (08/09/2004)

Modifica Resolución N° 27, de 2001 y agrega nueva línea en el Formulario N° 50 para declarar impuesto que se indica.

Resolución N°76 (28/07/2004)

Establece obligación de presentar declaración de impuestos en Formulario N° 50 mediante transmisión electrónica de datos vía internet a contribuyentes que indica.

Resolución N°75 (16/07/2004)

Instruye sobre presentación de Declaraciones Mensuales (Formulario 29) sin Pago.

Resolución N°62 (13/07/2004)

Modifica Resolución Ex. N° 74, de 2003, sobre nuevo diseño del Formulario 29 de declaración y pago simultáneo de impuestos.

Resolución N°51 (24/05/2004)

Renueva autorización otorgada a la Tesorería General de la República por Resoluciones N°s 2.045, de 2000 y 12 de 2002, relacionadas con la recepción de declaraciones de impuestos y pagos de giros.

Resolución N°74 (16/12/2003)

Nuevo diseño para el Formulario 29 de declaración mensual y pago simultáneo de impuestos. Modificada por Resolución Ex. N° 42, de 2011.

Resolución N°65 (11/11/2003)

Ampliase el plazo para presentar por teléfono declaraciones Sin Movimiento del Formulario 29 hasta el 28 de cada mes.

Resolución N°57 (15/10/2003)

Instruye sobre presentación de Declaraciones Mensuales (Formulario 29) sin movimiento.

Resolución N°113 (27/12/2003)

Declara como secretos o reservados ciertos actos administrativos y documentos que sirven de sustento o complemento directo o esencial al SII.

Resolución N°40 (18/12/2002)

Acredita y autoriza a contribuyente que indica para actuar como prestador de servicios de certificación digital de identidades y emitir certificados digitales de uso y pago tributario.

Resolución N°27 (24/10/2002)

Autoriza a los contribuyentes para presentar por teléfono declaraciones "Sin Movimiento" en Formulario 29.

Resolución N°21 (11/10/2002)

Amplia plazo en la presentación de declaraciones mensuales realizadas en formulario 29 por internet, que no importe el pago de impuesto.

Resolución N°12 (13/05/2002)

Amplía autorización otorgada a la Tesorería General de la República por Resolución N° 2.045, de 2000, relacionada con la recepción de declaraciones de impuestos y pagos de giros.

Resolución N°9 (15/02/2001)

Establece normas que regulan el uso de la firma electrónica en el ámbito tributario. Modificada por Resolución N° 69, de 2005.

Resolución N°59 (24/12/2001)

Concede facultad al Jefe de la Unidad de Control Documentario, dependiente del Departamento Informática Fiscalización de la Dirección Nacional, para que remita a Tribunales de Justicia y a otros organismos el Formulario Nº 29, 50 y 22.

Resolución N°58 (24/12/2001)

Autoriza a los Directores Regionales para delegar la facultad de otorgar copia computacional de declaración de los formularios 29, 50 y 22 en los funcionarios que indica.

Resolución N°57 (21/12/2001)

Fija monto a que se encuentra afecto el otorgamiento de copias computacionales de declaración, y de copias autentificadas del Formulario N° 29, de declaración y pago simultaneo mensual, del Formulario N° 50 de declaración y pago simultáneo mensual de impuestos y del Formulario N° 22, de impuestos anuales a la renta.

Resolución N°31 (13/08/2001)

Establece obligaciones relacionadas con la presentación del Formulario N° 29 de declaración y pago simultáneo mensual.

Resolución N°29 (31/07/2001)

Establece procedimientos de recepción de Formularios N° 50 de declaración y pago simultáneo mensual de impuestos y la entrega centralizada al SII de dichos formularios.

Resolución N°28 (31/07/2001)

Establece procedimiento de recepción de giros formularios 21 y 45 y la entrega centralizada al SII de dichos formularios.

Resolución N°27 (27/07/2001)

Dispone la creación de Formulario N° 50 de declaración y pago simultáneo mensual de impuestos. Modificada por Resolución N° 10 de Enero de 2012.

Resolución N°26 (29/06/2001)

Modifica Resolución N° 10, de 2001, cambiando la fecha que obliga a los bancos a la implementación de la solución informática que soporta el Formulario N° 01 electrónico.

Resolución N°25 (29/06/2001)

Establece procedimiento de recepción de giros formularios 21 y la entrega centralizada al SII de dichos formularios.

Resolución N°22 (12/06/2001)

Establece indice o registro actualizado de los documentos que se encuentren a disposición del público en la página web del S.I.I.

Resolución N°18 (17/04/2001)

Establece procedimientos a que deben ajustarse las instituciones recaudadoras para la confección y entrega de cajas diarias como consecuencia de declaraciones y pagos simultáneos de impuestos efectuadas a través de internet.

Resolución N°17 (10/04/2001)

Complementa Resolución N° 10, de 2001, precisando procedimientos de recepción de declaraciones, que involucran pagos y no generan Formulario N° 01 electrónico.

Resolución N°12 (28/02/2001)

Establece validez de copias de declaraciones de impuestos presentadas por internet y de los certificados de recepción de dichas declaraciones, obtenidos desde el sitio web del SII y sistema de verificación de autenticidad de dichas copias.

Resolución N°10 (16/02/2001)

Establece procedimiento de recepción de declaraciones Formularios 22 y 29 y la entrega centralizada al SII de dichos formularios.

Resolución N°2045 (03/04/2000)

Resuelve sobre la autorización a la Tesorería General de la República para recibir las declaraciones de impuestos que presentan los contribuyentes en los Formularios 22 y 29 en moneda extranjera, las declaraciones presentadas en las tesorerías móviles de zonas aisladas y declaraciones generadas en la propia tesorería producto de una resolución de imputación según el artículo 51 del Código Tributario y sobre su entrega centralizada al SII.

Resolución N°1870 (27/03/2000)

Establece procedimiento de recepción de declaraciones Formularios 22 y 29 y la entrega centralizada al SII de dichos formularios.

Resolución N°879 (03/02/1999)

Resuelve sobre la autorización a la Tesorería General de la Republica de recepcionar las declaraciones de impuestos que presentan los contribuyentes en lo Formularios 22 y 29 en moneda extranjera, las declaraciones presentadas en las tesorerías móviles de zonas aisladas y declaraciones generadas en la propia Tesorería producto de una resolución de imputación según el Articulo 51 del Código Tributario y sobre su entrega centralizada al Servicio de Impuestos Internos.

Resolución N°785 (29/01/1999)

Complementa Resolución Nº 7.603, de 1998. Autoriza a los contribuyentes para presentar, a través de Internet, las declaraciones de impuestos que deben efectuarse en el Formulario N° 29.

Resolución N°7390 (30/11/1999)

Establece procedimiento a que deben ajustarse las instrucciones de cargo correspondientes a diferencias de impuestos como consecuencia de una declaración rectificatoria a través de internet.

Resolución N°2382 (09/04/1999)

Modifica Resoluciones Nºs 1.101 y 1.112, de 1999.

Resolución N°1228 (19/02/1999)

Establece procedimiento a que deben ajustarse las instrucciones de cargo que se indican al presentar una declaración y pago simultáneo de impuestos a través de internet.

Resolución N°1112 (12/02/1999)

Complementa Resoluciones N°s 6.352 y 7.603, de 1998.

Resolución N°1101 (12/02/1999)

Modifica Resolución Nº 785, de 1999. Autoriza a los contribuyentes para presentar, a través de Internet, las declaraciones de impuestos que deben efectuarse en el Formulario N° 29.

Resolución N°7635 (17/12/1998)

Resuelve sobre el procedimiento de recepción de declaraciones Formulario 29 y Formulario 22 y sobre su entrega centralizada al SII.

Resolución N°7603 (17/12/1998)

Resuelve sobre el procedimiento de recepción de declaraciones Formulario 29 y la entrega centralizada al SII de dicho formulario y del formulario 22.

Resolución N°7601 (17/12/1998)

Modifica Resolución Nº 6.430, de 1998, sobre el procedimiento de recepción de declaraciones formulario 22 y su entrega al SII.

Resolución N°701 (28/01/1998)

Fija monto a que se encuentra afecto el otorgamiento de copias computacionales de declaración, y de copias autentificadas del Formulario 29, de declaración y pago simultaneo "mensual" y del Formulario 22, de impuestos anuales a la renta.

Resolución N°700 (28/01/1998)

Fija monto a que se encuentra afecto el otorgamiento de copias computacionales de declaración, y de copias autentificadas del Formulario 29, de declaración y pago simultaneo "mensual" y del Formulario 22, de impuestos anuales a la renta. Derogada por Resolución N° 57, de 2016.

Resolución N°699 (28/01/1998)

Concede facultad al Jefe de la Unidad de Control Documentario, dependiente del Departamento Informática Fiscalización de la Dirección Nacional, para que remita a Tribunales de Justicia y a otros organismos el Formulario Nº 29 y 22.

Resolución N°6430 (30/10/1998)

Resuelve sobre el procedimiento de recepción de declaraciones Formulario 22 y su entrega al SII.

Resolución N°6352 (29/10/1998)

Resuelve sobre recepción de declaraciones Formulario 22, su envío al SII y su procesamiento.

Resolución N°495 (21/01/1998)

Modifica Resolución N° Ex-5.178 de 1995, sobre recepción de Declaraciones Anuales de Impuestos a la Renta por entidades financieras.

Resolución N°3330 (07/07/1997)

Dispone que el procesamiento del formulario 29 será realizados por el Servicio de Impuestos Internos.

Resolución N°313 (21/01/1997)

Modifica Resolución Ex. N° 5178, de 1995 sobre presentación de declaraciones de impuestos a la renta por las entidades financieras.

Resolución N°4861 (16/10/1996)

Modifica Resolución Ex. 5.178, de 1995, sobre recepción de Declaraciones Anuales de Impuesto a la Renta.

Resolución N°5766 (01/12/1995)

Modifica Resolución Ex. 5.178, de 31 de Octubre de 1995, sobre recepción de las Declaraciones Anuales de los Impuestos a la Renta.

Resolución N°5178 (31/10/1995)

Las entidades que se encuentran autorizadas, por aplicación de las normas del Decreto Supremo N° 255, de Hacienda, de 1979, para recibir las declaraciones de los impuestos anuales a la renta y que deseen seguir realizando esta función, deberán suscribir un convenio con el SII, antes del 1 de febrero de 1996. Modificada por Resoluciones Exs. N° 5766, de 1995 , 4861, de 1996 , 313, de 1997 y 495, de 1998

Resolución N°2154 (19/07/1991)

Sustituye la Resolución N° 891, de 1985, y mantiene la obligación de determinar la Renta Líquida Imponible de Primera Categoría de la Ley de la Renta y las utilidades tributables en los libros o documentos que se indican.

Resolución N°891 (28/03/1985)

Establece obligación de determinar la renta imponible de Primera Categoría de la Ley de la Renta y las utilidades tributarias y otras partidas en un libro especial(FUT).

Resolución N°200 (05/02/1982)

Elimina obligación de presentar documentos anexos que indica a declaración anual del Impuesto a la Renta.

Resolución N°231 (23/02/1978)

Agregados y deducciones de la Renta Líquida Imponible en el mismo cuerpo del balance general.

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