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Oficio N°2260 (20/07/1990)

Reclamo de avalúos de bienes raíces con motivo de retasación general.

Documentos relacionados

CIRCULAR

Circular N°7 (20/01/2017)

Instruye sobre procedimiento a seguir ante presentaciones de revisiones y/o modificación individual de avalúos de los bienes raíces y/o de eliminación de la sobretasa del impuesto territorial a los sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros, en el área urbana, así como respecto de procedimientos iniciados de oficio sobre esta materia. Deroga Circular N°54 el 15 de noviembre del 2012.

Circular N°51 (29/07/2016)

Sustituye el numeral 1.7 del Capítulo Tercero de la Circular N° 33, de 2013, que actualiza los procedimientos para determinar el avalúo fiscal de bienes raíces acogidos al régimen de copropiedad inmobiliaria establecido en la Ley Nº 19.537 (Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 04.08.2016).

Circular N°5 (02/02/2016)

Norma aplicación de ajustes al avalúo de terreno a casos particulares de bienes raíces no agrícolas correspondientes a sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros ubicados en las áreas urbanas (Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 06.02.2016).

Circular N°38 (05/07/2016)

Actualiza instrucciones sobre procedimiento de Emisión de los Certificados de Avalúo Fiscal y deroga Circulares N°s 58, de 1996 y 52, de 1999 (Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 11.07.2016).

Circular N°20 (20/03/2015)

Norma aplicación de ajustes al avalúo de terreno a casos particulares de bienes raíces no agrícolas correspondientes a sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros ubicados en las áreas urbanas, que rige a contar del 1 de enero de 2015 conforme a lo dispuesto en la Ley N°20.650 de 2012 y a la Ley N°17.235 sobre Impuesto Territorial(Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 25.03.2015)

Circular N°68 (26/12/2014)

Establece procedimiento para determinar el avalúo fiscal de bienes raíces acogidos al régimen de Copropiedad Inmobiliaria, en conformidad a las modificaciones introducidas por la Ley N° 20.741 a la Ley N° 19,537, sobre Copropiedad Inmobiliaria, y actualiza el formulario N° 2802, "CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PREVIOS PARA EL CÁLCULO DEL AVALÚO FISCAL". Complementa Circular N° 33, de 2013(Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 31.12.2014).

Circular N°6 (31/01/2014)

Norma aplicación de ajustes al avalúo de terreno a casos particulares de bienes raíces no agrícolas habitacionales, estacionamientos y bodegas acogidos a copropiedad inmobiliaria, sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros reavaluados. Reemplaza a la Circular N° 10 de 2006.

Circular N°21 (04/04/2014)

Imparte instrucciones respecto del recurso de reposición del avalúo que formulen los contribuyentes y Municipalidades con motivo del proceso de retasación general o modificación individual de bienes raíces (Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 10.04.2014).

Circular N°7 (06/02/2013)

Norma aplicación de ajustes al avalúo de terreno a casos particulares de bienes raíces no agrícolas no habitacionales reavaluados (Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 11.02.2013).

Circular N°37 (30/07/2013)

Complementan las instrucciones impartidas mediante la Circular N° 15 de 2010, relativa a las tasaciones que debe efectuar el Servicio de Impuestos Internos en la tramitación de Concesiones Marítimas (Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 03.08.2013).

Circular N°33 (20/06/2013)

Actualiza las instrucciones relativas a los procedimientos para determinar el avalúo fiscal de los bienes raíces acogidos al régimen de copropiedad inmobiliaria establecido en la Ley N° 19.537. (Reemplaza Circular N°46, de 2006). Circular complementada por Circular N° 68, de 2014 y modificada por Circular 51, de 2016.

Circular N°54 (15/11/2012)

Instruye sobre procedimiento a seguir ante presentaciones de revisiones de avalúos de los bienes raíces y/o de eliminación de la sobretasa del impuesto territorial a los sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros en el área urbana, así como respecto de procedimientos iniciados de oficio sobre esta materia. Deroga Circular N° 14, de fecha 17 de febrero del 2012 (Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 21.11.2012). Derogada por Circular N° 7, de 2017.

Circular N°14 (17/02/2012)

Instruye sobre requerimiento de información a las Municipalidades, ante presentaciones de revisiones de avalúos de los bienes raíces y/o de eliminación de la sobretasa del Impuesto Territorial a los sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros ubicados en áreas urbanas. Circular derogada por Circular N° 54, del año 2012.

Circular N°2 (07/01/2011)

Aplicación de la sobretasa del 0,275% de Impuesto Territorial a los bienes raices no agrícolas establecida por el artículo 10° de la Ley N° 20.455. Condiciones que deben cumplirse para que se eximan de dicha sobretasa las personas naturales en edad de recibir pensiones de vejez y procedimiento para solicitarla (Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 13.01.2011).

Circular N°29 (15/04/2010)

Normas para la aplicación de la rebaja de los avalúos o contribuciones de bienes raíces agrícolas o no agrícolas en caso de siniestros u otros factores que disminuyan considerablemente el valor de una propiedad, por causas no imputables al propietario u ocupante, como es el caso de aquellas propiedades dañadas gravemente como consecuencia del sismo y/o posterior maremoto del 27 de febrero 2010. (Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 20.04.2010).

Circular N°15 (12/02/2010)

Actualiza instrucciones relacionadas con las tasaciones que corresponde efectuar al SII en la tramitación de las concesiones marítimas. Deroga instrucciones contenidas en Circulares N° 13 y 21, del año 1990. Circular complementada por Circular N°37, de 2013.

Circular N°12 (29/01/2010)

Imparte instrucciones relativas al procedimiento de revisión administrativa de los avalúos fiscales fijados en el reavalúo de los bienes raíces no agrícolas correspondientes a sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros, año 2010, el cual no obsta al ejercicio del derecho de los contribuyentes de reclamar del avalúo asignado a sus bienes raíces, en conformidad con lo establecido en el artículo 149 del Código Tributario, dentro del mes siguiente a la fecha de término de la exhibición de los roles de avalúo (Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de fecha 04.02.2010).

Circular N°44 (30/07/2009)

Imparte Instrucciones relativas a la reconsideración Administrativa durante el Proceso de Reavalúo Agrícola. (Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 04.08.2009)

Circular N°10 (09/02/2009)

Imparte instrucciones relativas a la reconsideración administrativa y reclamación subsidiaria, durante el proceso de reavalúo de los bienes raíces no agrícolas correspondientes a sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros ubicados en las áreas urbanas.

Circular N°8 (01/02/2008)

Instrucciones relativas a la reconsideración administrativa y reclamación subsidiaria, durante el proceso de reavalúo de los Bienes Raíces de la Segunda Serie no Agrícola correspondientes a sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros ubicados en áreas urbanas.

Circular N°57 (07/10/2008)

Actualiza Instrucciones Relacionadas con el Llenado del Formulario N° 2890, en los Casos en que el Comprador o Vendedor de un Bien Raíz sea un Fondo de Inversión Regido por la Ley N° 18.815 de 1989.

Circular N°39 (10/07/2008)

Instrucciones sobre modificaciones introducidas a los artículos 2°, 8, 18 y 27 de la Ley N° 17.235, por la Ley N° 20.280, de 2008.

Circular N°44 (01/08/2007)

Modifica Circular N° 42, de 03 de Agosto de 2006, publicada en el Diario Oficial de 05 de Agosto de 2006, sobre política de condonación de intereses y sanciones pecuniarias.

Circular N°39 (13/07/2007)

Establece nueva aplicación vía internet para el Formulario N° 2890 "Declaración sobre Enajenación e Inscripción de Bienes Raíces".

Circular N°12 (22/02/2007)

Instrucciones relativas a la reconsideración administrativa y reclamación subsidiaria, durante el proceso de reavalúo de los bienes raíces de la Segunda Serie no Agrícola correspondientes a sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros ubicados en áreas urbanas.

Circular N°46 (17/08/2006)

Reemplaza instrucciones contenidas en Circulares N°s 42, de 1999 y 40, de 2005 y actualiza procedimiento para determinar el avalúo fiscal de bienes raíces acogidos al régimen de copropiedad inmobiliaria, establecido en la Ley N° 19.537.

Circular N°42 (03/08/2006)

Establece política de condonación de intereses y sanciones pecuniarias que se impongan por infracciones a las obligaciones tributarias contempladas en el artículo 97 n° 1 inciso 1°, n° 2 y n° 11 del Código Tributario. Condonación en el caso de giros infraccionales que no acceden al pago de un impuesto y condonación en el caso de deudas por concepto de impuesto territorial. Modificada por Circulares N°7 de 2007 y N°44 de 2007. Deroga Circular N°80 de 2001.Derogada por Circular N°21 de 2013.

Circular N°4 (18/01/2006)

Imparte instrucciones relativas a la reconsideración administrativa y reclamación subsidiaria, durante el proceso de reavalúo de los bienes raíces no agrícolas.

Circular N°39 (13/07/2006)

Instruye sobre la Ley N° 20.114 de 2006, que establece un nuevo plazo para reclamar de los avalúos de los bienes raíces no agrícolas determinados en el proceso de reavalúo año 2006.

Circular N°26 (25/04/2006)

Modifica Circular N° 10 de 19/04/2004, que refunde y actualiza instrucciones de uso y proceso de observaciones de Los Formularios N° 2890 Y N° 2895, respecto de las obligaciones que en aquella se imponen, tratándose de transacciones en que participe un fondo de inversión, regido por la Ley 18815.

Circular N°10 (10/02/2006)

Instrucciones técnicas para la aplicación del reavalúo de los bienes raíces no agrícolas del año 2006.

Circular N°40 (21/07/2005)

Actualiza Formularios para uso de propietarios de bienes raíces acogidos al régimen de copropiedad inmobiliaria, establecida en la Ley N° 19.537. Modifica instrucciones contenidas en Circular N° 42, de 1999. Circular N° 40, de 2005 reemplazada por instrucciones contenidas en Circular N° 46, de 2006.

Circular N°32 (16/06/2004)

Implementa la vía de la reconsideración administrativa como etapa previa al procedimiento de reclamo de avalúos, fijados en la tasación general agrícola, a través del formulario N° 2827.

Circular N°10 (19/02/2004)

Refunde y Actualiza Instrucciones de Uso y Proceso de Observaciones de los Formularios N° 2890 "Declaración Sobre Enajenación e Inscripción de Bienes Raíces". Modificada por Circular N° 26 de 2006.

Circular N°4 (10/01/2003)

Actualiza instrucciones de llenado del F-2890, "Declaración sobre Enajenación e Inscripción de un Bien Raíz". Complementa instrucciones contenidas en Circular N° 2, de 2000. Circular N° 4, de 2003 derogada por Circular N° 10, de 2004.

Circular N°80 (08/11/2001)

Establece nueva política de condonación de intereses y sanciones pecuniarias que se impongan por infracciones a las obligaciones tributarias contempladas en el articulo 97 N° 1 Inciso 1°, N° 2 Y N° 11 del Código Tributario.Deroga la Circular Conjunta suscrita por el Servicio de Impuestos Internos y la Tesorería General de la República, de fecha 17 de octubre de 1995, la que fue publicada en el Diario Oficial de 27 de octubre de 1995. La Circular 80/01 fue derogada por la Circular 42/06.

Circular N°31 (24/05/2001)

Modifica y complementa Circular N° 72, de 12-12-2000, sobre "solicitud de modificación al catastro de bienes raíces".

Circular N°28 (30/04/2001)

Procedimiento de asignación de roles de avalúo en trámite para saneamiento de títulos de dominio. Complementa instrucciones contenidas en Circulares N° 22 y 66, de 2000.

Circular N°72 (12/12/2000)

Establece instrucciones para el uso del F-2118 sobre "Solicitud de Modificaciones al Catastro de Bienes Raíces".

Circular N°66 (02/11/2000)

Posterga entrada en vigencia de requisito del procedimiento de asignación de roles de avalúo en trámite de saneamiento de título de dominio. Complementa instrucciones contenidas en Circular N° 22, de 2000.

Circular N°35 (26/05/2000)

Establece instrucciones para efectuar rectificaciones de Formularios 2890 declaración sobre enajenación e inscripción de bienes raíces, correspondientes a escrituras otorgadas hasta el 9 de Enero de 2000.

Circular N°28 (03/05/2000)

Establece instrucciones para la determinación de los avalúos de los bienes raíces, para la aplicación de la Ley de Impuesto de las Herencias, Asignaciones y Donaciones. Circular complementada por instrucciones contenidas en Circular N° 12, de 2005.

Circular N°22 (05/04/2000)

Complementa instrucciones sobre el procedimiento operativo a Ministerio de Bienes Nacionales, SERVIU, Empresa de Gestión Inmobiliaria y Propietarios en general, respecto de la solicitud de certificado de asignación de Roles de Avalúos en trámite. Complementa instrucciones contenidas en Circulares N° 60, de 1996 y 11, de 1997. Complementada por instrucciones contenidas en Circular N° 66, de 2000.

Circular N°2 (06/01/2000)

Establece instrucciones de llenado y observación de nuevo Formulario N° 2890 "Declaración Sobre enajenación e inscripción de Bienes Raíces", a utilizar a contar del 10 de Enero del 2000.

Circular N°52 (09/09/1999)

Establece procedimiento de emisión y cobro de los certificados de avalúo.

Circular N°42 (05/08/1999)

Refunde procedimientos operativos a propietarios de bienes raíces acogidos al régimen de copropiedad inmobiliaria, establecido en la Ley Nº19.537.

Circular N°5 (09/01/1998)

Refunde procedimientos operativos a notarías, conservadores de bienes raíces, Ministerio de Bienes Nacionales, SERVIU, empresas de gestión inmobiliaria y propietarios en general, respecto del certificado de asignación de roles de avalúo en trámite.

Circular N°49 (28/08/1998)

Suspensión transitoria del crédito por contribuciones de bienes raíces en contra del impuesto de Primera Categoría. Casos en que las contribuciones de bienes raices se pueden rebajar como gasto tributario, no siendo aplicable en esta situación lo dispuesto en la letra a) del artículo 55 de la LIR. Forma de calcular los PPM.

Circular N°41 (20/07/1998)

Sustituye obligación de llenado de Formulario N°2890 para los saneamientos de la pequeña propiedad y transferencias a titulo gratuito de bienes raíces, gestionados por el Ministerio de Bienes Nacionales, por procedimiento que se indica.

Circular N°35 (16/06/1998)

Rebaja por concepto de impuesto territorial pagado, contra el impuesto de Primera Categoría, en el caso de bienes raíces que se indica.

Circular N°28 (28/04/1998)

Procedimientos operativos a propietarios de bienes raíces acogidos al régimen de copropiedad inmobiliaria, establecido en la Ley N° 19.537.

Circular N°25 (17/04/1998)

Elimina obligación de solicitar certificado de asignación de roles de avalúo en trámite y llenado de Formulario Nº 2890 para las sociedades concesionarias del Ministerio de Obras Públicas.

Circular N°76 (22/12/1997)

Establece instrucciones de llenado de nuevo formulario 2.890 "Declaración sobre enajenación e inscripción de bienes raíces" a utilizar a contar del 01 de Enero de 1998.

Circular N°7 (29/01/1997)

Modificaciones de los avalúos de los bienes raíces agrícolas y no agrícolas, según las normas de la Ley N° 17.235.

Circular N°38 (01/07/1997)

Actualización y complementación de instrucciones para la clasificación, enrolamiento y tasación fiscal de predios rurales. Procedimiento de reclamación.

Circular N°37 (30/06/1997)

Aclara conceptos y actualiza instrucciones sobre el procedimiento de observaciones a los Notarios y Conservadores respecto del F-2890.

Circular N°20 (21/03/1997)

Establece procedimiento de distribución, recepción y observaciones a los notarios y conservadores respecto del F. 2.890 "declaración sobre enajenación e inscripción de bienes raíces".

Circular N°11 (10/02/1997)

Procedimientos operativos a notarias, conservadores de bienes raíces, Ministerio de Bienes Nacionales, Serviu, empresas de gestión inmobiliaria y propietarios en general, respecto del certificado de asignación de roles de avalúo en trámite.

Circular N°74 (16/12/1996)

Complementa procedimientos operativos de Notarias y Conservadores de Bienes Raíces para el traspaso de información al SII sobre transferencias de Bienes Raíces.

Circular N°61 (18/10/1996)

Establece procedimientos operativos a Notarias y Conservadores de Bienes Raíces para el traspaso de información al SII sobre transferencias de Bienes Raíces.

Circular N°60 (18/10/1996)

Establece procedimientos operativos a Notarias, Conservadores de Bienes Raíces, Ministerio de Bienes Nacionales, SERVIU, empresas de Gestión Inmobiliaria y Propietarios en general, respecto del certificado de Asignación de Roles de Avalúo en Trámite.

Circular N°58 (14/10/1996)

Instrucciones relacionadas con procedimientos administrativos en avaluaciones, respecto de la emisión de Certificados de Avalúos Fiscales.

Circular N°50 (27/08/1996)

Tasación de los estacionamientos construidos en el subsuelo de bienes nacionales de uso público entregados en concesión.

Circular N°33 (01/07/1996)

Información que se debe proporcionar el SII para los efectos de la regularización de la posesión de la Pequeña Propiedad Raíz.

Circular N°26 (31/05/1996)

Complementa Instrucciones para la aplicación de sobretasa de contribuciones a sitios no edificados.

Circular N°22 (08/05/1996)

Instruye procedimientos para resolver solicitudes y reclamos referidos a la aplicación de sobretasa a sitios no edificados. Complementada por Circular N° 26, de 1996.

Circular N°10 (28/02/1996)

Imparte instrucciones sobre aplicación de sobretasa de contribuciones a sitios no edificados establecida por la Ley N° 19.388.

Circular N°31 (18/07/1995)

Instruir sobre aspectos considerados en la técnica de tasación utilizada por el Servicio de impuestos Internos para la determinación de los avalúos de los bienes raíces no agrícolas.

Circular N°30 (18/07/1995)

Procedimiento reclamos de avalúos fijados en la tasación general de la Ley Nº 19.380 de 1995 a través de un formulario N° 2.830.

Circular N°21 (06/06/1995)

Modificación introducida por la Ley N° 19.388, de 1995. A contar del 01/07/1995, el crédito por contribución bienes raíces procede respecto de las efectivamente pagadas.

Circular N°15 (08/03/1994)

Delegación de facultades para que el Jefe del Departamento Regional de Avaluaciones pueda determinar el valor efectivo de adquisición del terreno a deducir para la aplicación del IVA.

Circular N°29 (28/06/1993)

Instrucciones sobre cobros retroactivos de contribuciones en caso de enajenación de inmuebles.

Circular N°49 (03/10/1990)

Ley N° 19.000 (D.O. 26 de Septiembre de 1990). Deja sin efecto reavalúo de los bienes raíces no agrícolas y ordena nueva tasación a contar de 01 Julio de 1991.

Circular N°38 (06/08/1990)

Precios bases de terrenos construcciones y definiciones técnicas para el reavalúo de bienes raíces de la serie II, no Agrícolas.

Circular N°21 (10/04/1990)

Tasaciones de predios destinados a la acuicultura. Concesiones Marítimas. Complementa instrucciones contenidas en Circular N° 13, 1990. Circular 21, de 1990 derogada por Circular N° 15, de 2010.

Circular N°13 (14/02/1990)

Tasaciones de concesiones marítimas. Complementa instrucciones contenidas en Circular N° 51, de 1979. Circulares N° 13, de 1990, complementada por instrucciones contenidas en Circular N° 21, de 1990. Circular N° 13, de 1990 derogada por Circular 15, de 2010.

Circular N°44 (25/10/1989)

Instrucciones relativas a los aspectos normativos que debe considerarse en el caso de modificaciones de los avalúos de los bienes raíces agrícolas y no agrícolas.

Circular N°22 (14/03/1989)

Instrucciones sobre el procedimiento de reclamo de avalúos de bienes raíces.

Circular N°16 (08/02/1988)

Procedimientos a que deben ceñirse las divisiones de avaluaciones, en relación a situaciones que son de su competencia, en la aplicación del IVA a la construcción.

Circular N°35 (30/09/1987)

Imparte instrucciones acerca de las modificaciones introducidas al Artículo 75º del Código Tributario, por la Ley Nº 18.630, publicada en el Diario Oficial del 23 de Julio de 1987. En los casos de venta o promesa de venta de bienes corporales inmuebles, o de un contrato general de construcción, la obligación establecida en el inciso primero se entenderá cumplida dejando constancia del número y fecha de la factura o facturas correspondientes.

Circular N°44 (11/10/1984)

Complementa Circular Nº 38, de 4 de Septiembre de 1984, relativa a instrucciones para la aplicación de las normas de la Ley Nº 18.337, sobre condonación de intereses y multas y facilidades para el pago de impuestos y contribuciones.

Circular N°38 (04/10/1984)

Imparte instrucciones sobre las normas de la Ley 18.337 relativas a condonación de intereses y multas por atraso en la declaración y/o pago de impuestos fiscales internos y contribuciones de Bienes Raíces al 3 de julio de 1984 y otorga facilidades de pago en los casos y formas que señala.Complementada por Circular N° 44 de 1984.

Circular N°90 (15/12/1980)

Normas e instrucciones relacionadas con las tasaciones especiales o comerciales que corresponde efectuar al SII. Complementa Circular N° 68, de 1980.

Circular N°86 (01/12/1980)

Emisión de roles suplementarios y de reemplazo con motivo de modificaciones a los avalúos de los bienes raíces.

Circular N°68 (29/09/1980)

Normas e instrucciones relacionadas con las tasaciones especiales o comerciales que corresponde efectuar al SII. Circular complementada por Circular N° 90, de 1980.

Circular N°48 (14/07/1980)

Establece reajuste de los bienes raíces correspondiente al segundo semestre del año 1980 y actualiza los montos exentos de impuesto.

Circular N°31 (14/05/1980)

Peticiones de modificaciones de avalúos de bienes raíces.

Circular N°23 (09/04/1980)

Beneficios tributarios y otros de carácter general que favorecen a las Reservas Indígenas.

Circular N°91 (26/09/1979)

Normas sobre las viviendas sociales y viviendas de emergencias. Extinción de los Comités Habitaciones Comunales.

Circular N°90 (25/09/1979)

Titular del derecho para objetar una tasación especial.

Circular N°69 (20/07/1979)

Establece reajuste para los bienes raíces y montos exentos de impuesto correspondiente al 2° semestre del año 1979. Recargo de contribuciones para los predios de la Primera Serie a contar del 2° semestre del año 1979.

Circular N°54 (06/06/1979)

Normas legales e instrucciones aplicables a la propiedad indígena.

Circular N°53 (05/06/1979)

Instrucciones sobre reavalúo de los bienes raíces agrícolas.

Circular N°51 (29/05/1979)

Tasaciones de concesiones marítimas. Complementa instrucciones contenidas en Circular N° 3, del año 1979. Circular N° 51, de 1979, complementada por instrucciones contenidas en Circular N° 13, de 1990.

Circular N°33 (13/03/1979)

Instrucciones sobre la subdivisión de predios agrícolas

Circular N°3 (05/01/1979)

Textos legales que regulan las tasaciones comerciales de los bienes raíces fecales y municipales que corresponde efectuar al SII. Circular complementada mediante Circular N° 51, de 1979.

Circular N°23 (15/02/1979)

Venta de inmuebles innecesarios para sus servicios de la empresa Ferrocarriles del Estado.

Circular N°85 (25/08/1978)

Procedimiento de expropiación de bienes raíces.

Circular N°44 (20/04/1978)

Rebaja de contribuciones de bienes raíces para los predios habitacionales del sector pasivo.

Circular N°27 (07/03/1978)

Aumento de montos exentos de predios habitacionales no agrícolas.

Circular N°110 (20/10/1978)

Establece reajuste automático del avalúo de bienes raíces agrícolas y no agrícolas. Fechas de pago de contribuciones.

Circular N°10 (26/01/1978)

Normas sobre adquisición y administración de los bienes raíces de propiedad del Estado.

Circular N°43 (25/03/1977)

Establece reajuste de avalúo de bienes raíces para el primer semestre del año 1977, exenciones de impuesto territorial y otras normas.

Circular N°142 (31/10/1977)

Faculta a las Municipalidades para trasferir terrenos de su propiedad a sus actuales ocupantes.

Circular N°121 (13/09/1977)

Arrendamiento de bienes raíces por entidades del sector público en relación con el Impuesto Territorial.

Circular N°98 (23/08/1976)

Devolución de contribuciones de bienes raices pagadas indebidamente.

Circular N°67 (20/05/1976)

Disposiciones relacionadas con el Impuesto Territorial contenidas en el nuevo texto de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Circular complementada por Circular N° 119, de 1976.

Circular N°47 (29/04/1976)

Exención de impuesto que favorece a las Cooperativas y cambio de nombre en los registros del SII de los bienes raíces del SERVIU.

Circular N°35 (18/03/1976)

Rebaja sobre el Impuesto de Primera Categoría de la Ley de la Renta del impuesto territorial pagado.

Circular N°119 (08/10/1976)

Complementa instrucciones impartidas mediante la Circular N° 67, de 1976 sobre el nuevo texto de la Ley General de Urbanismo y Construcciones relacionadas con el Impuesto Territorial de las viviendas económicas.

Circular N°115 (01/10/1976)

Derogación de la obligación que recaía sobre los Notarios de exigir un certificado del SII en las transferencias de predios rústicos para establecer si en dichos predios existen o no viñas.

Circular N°65 (26/06/1974)

Instrucciones sobre rebaja al impuesto de Primera Categoría por contribuciones de bienes raíces que habrían debido pagarse en caso de no existir la exención del impuesto territorial.

Circular N°14 (17/01/1974)

Establece sistema simplificado sobre tasaciones de nuevas construcciones.

Circular N°63 (19/05/1972)

Imparte instrucciones sobre modificaciones al Rol de Avalúos.

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OFICIOS

Oficio N°1774 (08/07/2015)

En el caso de arriendo de locales ubicados en centros comerciales, parte de los cuales se encuentran emplazados en dos o más predios, en una misma o en distintas comunas, cada uno con su propio rol de avalúo fiscal, la determinación de la base imponible del IVA debe realizarse calculando el avaluó fiscal por metro cuadrado construido del centro comercial, para lo cual deben sumarse los avalúos fiscales de los distintos roles sobre los cuales se emplaza el centro comercial, dividiéndolos por los metros cuadrados del mismo, incluidos los espacios comunes, hecho lo cual, se determina el avalúo fiscal parcial de cada local comercial, el que resulta de multiplicar los metros cuadrados de cada local por el avalúo previamente determinado por metro cuadrado. Por último, sobre el avalúo parcial de cada local, debe aplicarse el 11%, obteniéndose el monto a rebajar de la renta de arrendamiento, determinándose de esta forma la base imponible del IVA.

Oficio N°1972 (09/09/2013)

De acuerdo a lo establecido en el Oficio N° 212, de 2013, el criterio actualmente vigente de este Servicio sobre exención de Impuesto Territorial, es que quedan también amparados en la exención de dicho tributo establecida en el párrafo I, letra A, número 1) del Cuadro Anexo, de la Ley Nº 17.235, los inmuebles pertenecientes a los Servicios Públicos con personalidad jurídica y patrimonio propios, con excepción de los bienes raíces de sus sedes matrices.

Oficio N°1330 (18/06/2013)

Los recintos deportivos, canchas y estadios pertenecientes a una organización deportiva, y emplazados en terrenos municipales, pueden gozar de la exención establecida en el Cuadro Anexo, Párrafo I, letra B, N° 3 de la Ley sobre Impuesto Territorial, en la medida que se cumplan los demás requisitos legales exigidos.

Oficio N°1141 (03/06/2013)

La declaración de conservación histórica de un inmueble, no es una circunstancia que amerite por si sola la aplicación de un coeficiente de ajuste al avalúo. Al respecto, la aplicación de un ajuste basado en la causal contenida en el literal d) del número II de la Circular N° 10 de 2006 (casos excepcionales), por estar precisamente referida a las particularidades de un bien raíz determinado, debe evaluarse caso a caso considerando la situación específica del inmueble de que se trate, de acuerdo a lo que se determine en la fiscalización correspondiente.

Oficio N°313 (31/01/2012)

La exención de Impuesto Territorial que establece la Ley N° 17.235, a favor del Fisco, en el N° 1 letra A), del Título I, del Cuadro Anexo, no rige respecto de los inmuebles de su propiedad que han sido objeto de concesión a terceros, a cualquier título. En estos casos, por expresa disposición de la ley antes mencionada, el concesionario u ocupante deberá pagar los impuestos correspondientes al bien raíz fiscal ocupado. En consecuencia, tratándose de un inmueble fiscal dado en concesión, no se encuentra la concesionaria exenta del Impuesto Territorial, siendo obligada por la ley al pago de las contribuciones que correspondan; todo ello de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 27 de la ley antes citada.

Oficio N°312 (31/01/2012)

La legislación no contempla una exención de Impuesto Territorial que sea aplicable a Fundación que se indica, o al bien raíz de su propiedad, ya que al ser una institución sin fines de lucro, no constituye, por sí misma, una causal para su exención.

Oficio N°1386 (05/06/2012)

La exención de todo impuesto o contribución que establece el artículo único de la Ley N° 13.713 se encuentra actualmente vigente y su alcance tributario se contiene en el Oficio de SII N°746, de 2010 publicado en Internet; pero dicha liberación tributaria no favorece a la Sociedad Anónima continuadora legal de la empresa del Estado a que se refiere el artículo 3° de la Ley N°18.851, ya que el alcance de esta última norma legal es limitado y no incluye el régimen tributario de exención antes señalado. Por lo tanto, no procede otorgar la exención del 100% del Impuesto Territorial a los inmuebles de propiedad de la referida Sociedad Anónima y tampoco la devolución retroactiva de dicho tributo.

Oficio N°616 (14/03/2011)

Factibilidad para que la clasificación de los terrenos agrícolas, según su capacidad potencial de uso actual, tenga correspondencia con los derechos de agua que tiene el propietario del bien raíz, según artículos 1° y 4° de la Ley N° 17.235, sobre Impuesto Territorial.

Oficio N°342 (04/02/2011)

El catastro de bienes raíces que lleva el SII, no constituye un registro que acredite el dominio o la propiedad de los inmuebles, respecto de las personas que aparecen como titulares de ellos; circunstancia que se acredita con la respectiva escritura pública inscrita en el Conservador de Bienes Raíces y/o certificado de dominio vigente. Por lo tanto, mientras no se acredite el dominio o la propiedad de un bien raíz, el SII está impedido de enrolar o asignar un rol a un inmueble.

Oficio N°3023 (16/12/2011)

Determinar si un inmueble es susceptible de subdivisión para los efectos del ajuste de corrección de superficie predial, establecido en la Circular N° 10, de 2006, es una cuestión que depende del caso concreto y debe efectuarse considerando la normativa vigente y aprovechamiento del inmueble. Si el inmueble no es susceptible de dividirse en dos o más sitios equivalente al normal conforme a la normativa legal y admistrativa, esa sola circunstancia objetiva justifica aplicar el factor de corrección, sin necesidad de considerar, en consecuencia, si afecta o no el aprovechamiento del inmueble. (Impuesto Territorial)

Oficio N°2649 (15/11/2011)

El SERNATUR, al ser una persona jurídica con patrimonio propio, distinto del Fisco, no goza de la exención personal de Impuesto Territorial, contenida en el Cuadro Anexo de la Ley N° 17.235, Párrafo A) N° 1, por lo que el SII debe dejar sin efecto la exención del 100% del Impuesto Territorial respecto de los bienes raíces registrados a nombre del SERNATUR.

Oficio N°2043 (01/09/2011)

La Ley N° 17.235, en el Párrafo I, letra A), N° 1 de su Cuadro Anexo, establece una exención de Impuesto Territorial a favor de la persona jurídica Fisco, privilegiando únicamente a las entidades, organismos o instituciones que actúan bajo dicha personalidad juridica. Los servicios públicos y otras entidades de derecho público, con personalidad jurídica propia, distinta del Fisco, no se benefician de la exención personal referida. De acuerdo a lo antes expuesto, CONICYT y sus propiedades no se encuentran exentas del Impuesto Territorial, ya que la Ley N° 17.235 no contempla una exención especifica que le favorezca, debido que dicha Corporación tiene personalidad jurídica propia y no queda comprendida en la exención personal que favorece al Fisco.

Oficio N°1946 (25/08/2011)

La calidad de inmueble declarado de conservación histórica, no está expresamente comprendida en la Circular N° 10, de 2006 del SII, y tampoco es jurídica y materialmente equivalente al caso de un inmueble declarado de utilidad pública. Por tanto, no es posible aplicar los coeficientes de ajuste para los inmuebles declarados de utilidad pública, así como tampoco entender que están sujetos a una prohibición total de edificar.

Oficio N°1790 (05/08/2011)

El bien raíz de propiedad del Instituto de Prevención Social, se encuentra afecto al Impuesto Territorial, debido a que tiene personalidad Jurídica distinta al Fisco, y no se encuentra especialmente exento de contribuciones de bienes raíces. El artículo 27 de la Ley 17.235, que obliga al cesionario u ocupante de bienes fiscales a cualquier título al pago del respectivo impuesto, se aplica también al caso de los funcionarios beneficiados conforme al inciso segundo del artículo 91 del Estatuto Administrativo, con la asignación de bienes fiscales, municipales o nacionales de uso público para su uso, y el de su familia, como casa habitación, en la medida que no se encuentren obligados a residir en ese inmueble por razones inherentes a su cargo.

Oficio N°132 (14/01/2011)

Reconsideración de avalúo fiscal para acogerse a la exención del impuesto territorial establecida en el artículo 2° de la Ley N° 17.235. Imposibilidad de otorgar un 100% de exención a predios rurales de carácter habitacional.

Oficio N°1313 (01/06/2011)

De acuerdo a la normativa vigente, el SII está facultado para condonar el interés por mora en el pago de Impuesto Territorial, examinando cada caso en particular, y no está facultado para otorgar condonaciones generales de intereses a todos los contribuyentes o a un sector de ellos.

Oficio N°963 (11/06/2010)

Requisitos que deben cumplir los establecimientos educacionales para acceder a la exención del Impuesto Territorial, de la Ley N° 17.235. Los inmuebles de propiedad de una Fundación que son entregados en arriendo o usufructo a un Centro de Formación Técnica e Instituto Profesional, al ser personas jurídicas distintas, no gozan de la exención del Impuesto Territorial, por no ser de los bienes raíces de su propiedad.

Oficio N°957 (10/06/2010)

Calificación de inmueble para acogerse al beneficio de exención de impuesto territorial por el D.F.L. N° 2/59, en el caso de contenedores reciclados habilitados para la habitación. Inaplicabilidad de sobretasa para este caso.

Oficio N°46 (14/01/2010)

Situación de las cuotas de contribuciones, respecto de roles matrices, por el período que media entre la construcción de los conjuntos de viviendas y la enajenación de éstas.

Oficio N°260 (10/02/2010)

Procedimiento y requisitos para solicitar la aplicación del beneficio tributario que establece el artículo 99 del D.S. N° 485, de 1975, sobre Ley General de Urbanismo y Construcción en las áreas declaradas de utilidad pública (exención de contribuciones de bienes raíces), cuando se trate de la división de un predio afecto a utilidad pública por el instrumento de planificación territorial que no contempla apertura de vías públicas por iniciativa de propietario. Forma de otorgar el beneficio cuando el inmueble sea susceptible de ampararse además a otra franquicia.

Oficio N°2450 (29/12/2010)

Aplicación de la exención de impuesto territorial establecida en el Párrafo I letra A) N° 1 del Cuadro Anexo de la Ley N° 17.235. Ajuste del avalúo y retroactividad del mismo.

Oficio N°1824 (12/10/2010)

Absuelve consulta sobre el procedimiento llevado a cabo por el Servicio de Impuestos Internos para el cobro de Impuesto Territorial, por los predios forestales acogidos al beneficio establecido en el artículo 13 del D.L. N° 701 de 1974, donde se establece un exención total del 100% del Impuesto Territorial para los terrenos calificados de aptitud preferentemente forestal, que cuenten con plantaciones bonificadas. La exención cesará dos años después de concluida la primera rotación. Formas para realizar la declaración anual de predios forestales por parte del contribuyente.

Oficio N°1795 (06/10/2010)

Gratuidad de los Certificados de Avalúo Fiscales de bienes raíces, de propiedades ubicadas en las zonas afectadas por el terremoto y/o maremoto del 27-02-2010, tratándose de solicitudes de regularización y constitución del dominio de la pequeña propiedad raíz.

Oficio N°1404 (19/08/2010)

La determinación del avalúo o reavalúo, así como de las cuotas de impuesto territorial, son materia de competencia del SII. Las modificaciones particulares al avalúo se comunican al contribuyente y se aplican por medio de cuotas de reemplazo o suplementarias, mientras que su cobro corresponde al Servicio de Tesorería.

Oficio N°1151 (07/07/2010)

La exención de impuesto territorial establecida en el Párrafo I, letra B), N° 3 del Cuadro Anexo de la Ley N° 17.235, para recintos deportivos privados, puede ser invocada sólo cuando el particular cumpla todos los requisitos para ello.

Oficio N°478 (16/03/2009)

Exención del Impuesto Territorial contenida en la letra A), N° 1, del cuadro anexo de la Ley N° 17.235.

Oficio N°2920 (10/10/2009)

La Ley N° 20.033 reemplazó los Cuadros N° 1 y 2 de la Ley N° 17.235, por el único Cuadro Anexo que contiene dicho texto legal, y además, derogó las normas legales específicas que a la fecha establecían exenciones al Impuesto Territorial que no fueron reproducidas en el citado Cuadro Anexo. Por lo tanto, toda exención contemplada en los derogados Cuadro Anexo N° 1 y 2 que no figuran en el listado del nuevo Cuadro Anexo de la Ley N° 17.235, ya no siguen vigentes, ello aún cuando dichas exenciones hayan estado establecidas en virtud de leyes especiales, por cuanto el artículo 2° de la Ley N° 20.033 expresamente derogó las normas legales que establecían las exenciones al impuesto territorial recogidas en los antiguos Cuadros Anexos N° 1 y 2 de la Ley N° 17.235, que no fueron reproducidas en el Cuadro Anexo actualmente vigente.

Oficio N°2905 (26/09/2009)

Límites y alcance de la exención de Impuesto Territorial que favorece establecimientos destinados a proporcionar auxilio o habitación gratuita a los indigentes o desvalidos, de acuerdo al N° 3, letra D), del Párrafo I del Cuadro Anexo de la Ley N° 17.235.

Oficio N°2902 (24/09/2009)

Imposibilidad de la Biblioteca Nacional de acogerse totalmente a exención de impuesto territorial en razón de ser monumento histórico, por realizarse una actividad de tipo comercial en su interior. Posibilidad de acogerse parcialmente a exención a favor de inmuebles fiscales. Registro de avalúo independiente sobre una misma propiedad.

Oficio N°2742 (03/09/2009)

Petición de exención de Impuesto Territorial a favor de adultos mayores. Explicación de ciertos beneficios y exenciones que benefician a las personas cuando poseen un bien raíz con carácter habitacional.

Oficio N°2107 (24/06/2009)

El concesionario del bien fiscal denominado Estadio Techado Parque OHiggins", es propiamente ocupante del bien raíz, por cuanto tiene las facultades de uso y goce exclusivo y excluyente del inmueble concesionado, de forma tal que en la especie es plenamente aplicable el artículo 27 de la Ley N° 17.235, sobre Impuesto Territorial, el cual le impone al ocupante de bienes raíces fiscales la obligación de pagar el impuesto correspondiente al bien raíz ocupado.

Oficio N°591 (27/03/2008)

Información sobre las modificaciones catastrales efectuadas por el Servicio de Impuestos Internos a un terreno entregado en usufructo a una Municipalidad, respecto del Impuesto Territorial, de acuerdo a Resolución del SII Ex. N° 8, de 2006. Complementa Oficio N° 313-2008.

Oficio N°396 (25/02/2008)

Normas y reglas para informar sobre la clasificación de bienes raíces agrícolas y no agrícolas para los efectos de aplicar el Impuesto Territorial (Bienes Raíces de Primera o Segunda Serie).

Oficio N°394 (17/02/2008)

El concepto de urbanización excluye necesariamente la denominada área urbanizable, y por tanto, corresponde la aplicación de sobretasa a predios urbanos en ellas, cuando no se encuentran edificados. Imposibilidad de pronunciarse respecto de un reclamo pendiente de resolución.

Oficio N°3543 (24/11/2008)

La exención de impuesto territorial que beneficia a las Municipalidades, no comprende los bienes raíces que ocupa en virtud de un contrato de leaseback celebrado con un banco, según el artículo 25 de la Ley N° 17.235, y su tasa, así como su aplicación, no pueden ser consideradas manifiestamente desproporcionada o injusta, ni discriminatoria.

Oficio N°3406 (06/11/2008)

Resuelve consulta sobre supuesta superposición de roles o propiedades.

Oficio N°313 (19/01/2008)

Informa sobre la situación en que se encuentran los inmuebles de propiedad de una Asociación, entregados en usufructo a una Municipalidad, quien construyó en dichos inmuebles, respecto de las modificaciones catastrales efectuadas por el SII, que generaron cobros suplementarios de contribuciones de bienes raíces, dentro del plazo de prescripción que establece el artículo 200 del Código Tributario. Obligación del SII de mantener actualizados los roles de avalúo definitivos.

Oficio N°2060 (07/09/2008)

Situación de inmueble de la empresa Metro S.A. declarado de utilidad pública para proceder a su expropiación, respecto del Impuesto Territorial.

Oficio N°1286 (19/06/2008)

Distinción entre exención de Impuesto Territorial a inmuebles destinados para la educación escolar, o superior y técnica superior. Los inmuebles entregados en comodato a un Centro de Formación Técnica para fines educacionales, no gozan de la exención del Impuesto Territorial establecida en la Ley N° 17.235, ya que para que proceda dicha liberación tributaria, los bienes raíces deben ser de propiedad de la institución que desarrolla las actividades educacionales. En el caso de que sea una institución de educación escolar o pre-escolar, no es necesario que éste sea dueño del terreno, pero debe verificarse el ocupante efectivo del predio y cuáles son las actividades efectivas que realiza.

Oficio N°1240 (12/06/2008)

Improcedencia de aplicar exención de Impuesto Territorial, de carácter personal o real, a los bienes inmuebles de dominio u otorgados por el Fisco a METRO S.A, en virtud de no cumplir con los requisitos establecidos por la Ley N° 17.235, ni con los requisitos de la Ley de Concesiones de Obras Públicas.

Oficio N°1154 (27/05/2008)

En relación con el bien nacional de uso público concesionado denominado Estación de Intercambio Modal La Cisterna, en conformidad a lo prescrito en el artículo 27 de la Ley N° 17.235, sólo deben enrolarse los espacios que correspondan a las denominadas concesiones de ocupación, es decir, todas aquellas áreas respecto de las cuales el concesionario posea facultades de uso y goce privativos, para los efectos del cobro del Impuesto Territorial; no así las que correspondan a las de concesión de actividad, ya que éstas mantienen su calidad de bien nacional de uso público y no les afecta lo establecido por el artículo antes mencionado.

Oficio N°919 (24/04/2007)

Absuelve consulta sobre reavalúo y duplicidad de rol. Imposibilidad de emitir pronunciamiento cuando existe reclamo ante Tribunal Tributario.

Oficio N°3593 (17/08/2006)

Solicitud de información a Dirección de Presupuestos, en relación con superficie utilizada por sedes matrices de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, de los Ministerios, Servicios Públicos, Intendencias y Gobernaciones, a fin de aplicar o no la exención al Impuesto Territorial.

Oficio N°560 (24/02/2005)

Caducidad de los beneficios, franquicias y exenciones que establece el D.F.L.N° 2, de 1959. Facultad de tasar las ampliaciones realizadas a una construcción.

Oficio N°5429 (27/12/2004)

Es procedente efectuar la tasación comercial por parte del SII de los inmuebles de propiedad de la Armada de Chile, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 17.174.

Oficio N°5293 (10/12/2004)

Es improcedente requerir el otorgamiento de roles definitivos de avalúo de predios resultante de un proceso de subdivisión de un predio agrícola, en tanto ésta no se verifique efectivamente, por la enajenación de los retazos respectivos del terreno.

Oficio N°4882 (05/11/2004)

Impugnación de Resoluciones emitidas por los Directores Regionales, rechazando la solicitud de rebaja del avalúo fiscal de un predio. Pueden ser reclamadas y tramitarse conforme al Procedimiento General de Reclamaciones a que se refiere el artículo 123 y siguientes del Código Tributario; todo ello, sin perjuicio de los recursos de reposición y jerárquico que procedan, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley N° 19.880, sobre Procedimiento Administrativo.

Oficio N°2914 (14/08/2002)

Toda modificación de avalúo de un bien raíz, se entenderá notificada al momento del envío de un aviso postal simple, de acuerdo al artículo 11 del Código Tributario, en relación con el artículo 23 de la Ley sobre Impuesto Territorial.

Oficio N°4084 (11/10/2001)

Posibilidad y requisitos para enrolar inmuebles adquiridos por compraventa de derechos sobre un bien raíz que se pretende subdividir, a fin de determinar el Impuesto Territorial aplicable a cada unidad.

Oficio N°1810 (15/05/2000)

Obtención de certificados de avalúos de bienes raíces vía internet. Estos certificados no acreditan el dominio de los bienes raíces solo informan ciertas características de tales bienes.

Oficio N°3571 (30/12/1998)

Sistema de reclamos de avaluaciones.

Oficio N°50 (08/01/1996)

La condonación de contribuciones adeudadas por una entidad, sólo puede ser materia de Ley. Asimismo, la exención de Impuesto Territorial a las Municipalidades, no es aplicable a propiedades que se utilizan en virtud de un comodato.

Oficio N°1476 (17/05/1996)

Aclara procedimiento sobre solicitudes por reclamos de revisión de sobretasa de sitios no edificados. Sobretasa deberá ser eliminada a contar del 1 de enero del año en que se obtenga la Recepción Final Municipal.

Oficio N°3686 (14/10/1994)

Oportunidad y forma en que deben solicitarse los beneficios tributarios que establece la Ley N° 18.595, sobre renovación de zonas urbanas, en relación con el Impuesto Territorial.

Oficio N°2517 (21/07/1993)

Las vivienda económicas acogidas al régimen especial establecido por el D.F.L. N° 2, del año 1959, que sean destinadas a servicios de alojamiento bajo la modalidad de apart-hotel o apart-departamento, pierden el derecho al régimen de franquicias, beneficios y exenciones que establece dicha norma legal. (Impuesto Territorial)

Oficio N°2064 (27/05/1992)

El SII debe tasar los bienes raíces para determinar su avalúo, sólo cuando son susceptibles de quedar afectos al Impuesto Territorial. Diferencia entre bien exento y no afecto. Bienes raíces no agrícolas afectos y otros eventualmente no afectos.

Oficio N°414 (28/08/1989)

Solicitudes administrativas para modificación de avalúo de bienes raíces; forma y oportunidad de ejercer la acción procesal correspondiente en caso de que la respuesta del Servicio sea negativa. (Impuesto Territorial)

Oficio N°9478 (24/12/1979)

Tributación de los avalúos de los predios agrícolas y del proceso de reclamaciones.

Documentos relacionados

RESOLUCIÓN

Resolución N°6 (02/02/2016)

Corrige error de transcripción en Resolución Ex. SII N° 118, de 29.12.2015, respecto del monto de avaluo exento a contar del 01.01.2016 de los bienes raices agrícolas (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 06.02.2016).

Resolución N°57 (22/06/2016)

Deja sin efecto los cobros por la emisión de Certificados de Avalúo Fiscal otorgados por las Oficinas del SII y deroga las Resoluciones N°s 700, de 1998; 810, de 1998; 5941, de 1999 y 49, de 2005.

Resolución N°129 (30/12/2016)

Fija valores de terrenos y construcciones para el reavalúo de los bienes raíces no agrícolas correspondientes a sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros ubicados en las áresas urbanas (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 07.01.2017).

Resolución N°98 (30/11/2015)

Dispone declaración de predios agrícolas con mejoras efectuadas por los propietarios.

Resolución N°12 (24/02/2015)

Modifica Resolución Ex. N° 19 de 2005, que establece obligación a los arrendatarios y a los corredores de propiedades o personas que entregan en arriendo propiedades por cuenta de terceros, de presentar una declaración jurada sobre los bienes raíces no agrícolas recibidos en arriendo en el caso de los arrendatarios; y sobre los bienes raíces entregados en arriendo, en el caso de los corredores y personas ya señalados (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 28.02.2015).

Resolución N°118 (29/12/2015)

Fija definiciones técnicas y aprueba tablas de valores de terrenos y construcciones para el reavalúo de los bienes raíces de la primera serie agrícola. (Extracto de Resolución publicado en el D.O de 05.01.2016). Resolución corregida por Resolución N° 6, de 2016.

Resolución N°102 (21/12/2015)

Fija valores de terrenos y construcciones para el reavalúo de los bienes raíces no agrícolas correspondientes a sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros ubicados en las áreas urbanas (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 28.12.2015).

Resolución N°85 (22/08/2014)

Reemplaza plano de precios de terrenos de la comuna de Melipilla contenido Resolución Ex. SII N°132, de 31.12.2012. (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 27.08.2014).

Resolución N°84 (22/08/2014)

Anexa tablas de Coeficientes Guías de terreno a plano de precios de terrenos de la comuna de Melipilla contenido en la resolución Ex. SII N°108, de 27.12.2013. (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 27.08.2014).

Resolución N°123 (26/12/2014)

Fija valores de terrenos y construcciones para el reavalúo de los bienes raíces no agrícolas correspondientes a sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros ubicados en las áreas urbanas(Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 31.12.2014).

Resolución N°12 (31/01/2014)

Fija valores de montos de avalúo exento y de avalúo para cambio de tasa del impuesto territorial, para predios no agrícolas reavaluados con vigencia 1° de enero de 2014 (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 05.02.2014).

Resolución N°108 (27/12/2013)

Fija valores de terrenos y construcciones, y definiciones técnicas para el reavalúo de los bienes raíces de las segunda serie no agrícola con destino habitacional y los correspondientes a sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros ubicados en las áreas urbanas (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 04.01.2014).

Resolución N°132 (31/12/2012)

Fija valores de terrenos y construcciones, y definiciones técnicas para el reavalúo de los bienes raíces de la segunda serie no agrícola con destino no habitacional.

Resolución N°13 (01/02/2011)

Complementa Resolución N° 164 de 2010, referente a que todos los actos y contratos otorgados ante Notarios y Conservadores de Bienes Raíces o que les presenten para su inscripción, referidos a transferencias y transmisiones de dominio de viviendas económicas, deberán informar al SII, conforme lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 1° del D.F.L N° 2, de 1959, mediante el formulario N° 2890 Declaración sobre enajenación e inscripción de bienes raíces".(Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 05.02.2011).

Resolución N°65 (09/04/2010)

"Establece Formulario 2961 (F2961) Solicitud de Revisión de Avalúo para propiedades destruidas o gravemente dañadas por Sismo y/o Tsunami del 27 de Febrero de 2010, ubicadas en zona declarada de catástrofe y fija procedimiento a seguir".

Resolución N°62 (01/04/2010)

Modifica Resolución Exenta N° 968, del 11 de Marzo de 1992, sobre autorización para delegar facultades que los Directores Regionales pueden realizar en los Jefes de Departamentos Regionales de Avaluaciones.( Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 08.04.2010).

Resolución N°200 (31/12/2010)

Establece procedimiento para que los propietarios de bienes raíces se acojan a la liberación de la sobretasa de Impuesto Territorial establecida en el inciso segundo del artículo 10° de la Ley N°20.455, de 2010. (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 06.01.2011).

Resolución N°194 (29/12/2010)

Modifica Resolución Exenta N° 149, de 27.11.2006, que establece procedimiento para que las Municipalidades informen al SII la nómina correspondiente a inmuebles declarados pozos lastreros. (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 03.01.2011).

Resolución N°164 (29/10/2010)

Establece agregar, mediante timbre de goma, por parte de los Notarios y Conservadores, según corresponda, al Formulario N° 2890 Declaración sobre enajenación e inscripción de bienes raíces en soporte papel, inmediatamente bajo el título de dicho formulario, la siguiente frase: Inmueble acogido al D.F.L. N° 2 según escritura, en los casos en los cuales el inmueble que se transfiere está acogido a las normas del D.F.L. N° 2, de 1959, para efectos de hacer uso de los beneficios, franquicias y exenciones que contempla dicho texto legal según modificaciones introducidas por la Ley N° 20.455. (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 04.11.2010).

Resolución N°97 (30/06/2009)

Fija definiciones técnicas y aprueba tablas de valores de terrenos y construcciones para el reavalúo de los bienes raíces agrícolas.

Resolución N°72 (25/05/2009)

"Dispone Declaración de Predios Agrícolas y de Mejoras efectuadas por los Propietarios. Resolución modificada por Resolución N° 152, de 2009".

Resolución N°50 (16/04/2009)

"Amplía plazo establecido en la Resolución N° 111, de 22 de Septiembre de 2008, que impone a los Propietarios de Bienes Raíces Agrícolas, que cuenten con terrenos beneficiados con la exención del Impuesto Territorial la obligación de informar al SII las superficies de terreno cortadas y las cubiertas con Plantaciones Forestales (Forestaciones), Bosques Nativos y Bosques de Protección".

Resolución N°202 (24/12/2009)

Fija valores de terrenos y construcciones para el reavalúo de los Bienes Raíces NO Agrícolas correspondientes a sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros ubicados en las áreas urbanas.

Resolución N°152 (07/10/2009)

"Renueva plazo establecido en la Resolución N° 72, de 25 de Mayo de 2009, que dispone Declaración de Predios Agrícolas y de Mejoras efectuadas por los Propietarios".

Resolución N°109 (28/07/2009)

Amplia la autorización de las facultades que los Directores Regionales pueden delegar a los Jefes de Departamentos Regionales de Avaluaciones. Modifica Resolución Ex. N°968/1992. (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 31.07.2009)

Resolución N°65 (23/05/2008)

Aplicación de la facultad establecida en el Artículo 23, inciso segundo, de la Ley N° 17.235 referida a la división del pago de los impuestos incluidos en roles suplementario correspondientes al primer semestre del año 2008.

Resolución N°168 (19/12/2008)

Fija valores de terrenos y construcciones para el reavalúo de los bienes raíces no agrícolas correspondientes a sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros ubicados en las áreas urbanas.

Resolución N°154 (18/11/2008)

Aplicación de la facultad establecida en el Artículo 23, inciso segundo, de la Ley N° 17.235 referida a la división del pago de los impuestos incluidos en roles suplementario correspondientes al segundo semestre del año 2008.

Resolución N°111 (22/09/2008)

Impone a los propietarios de bienes raíces agrícolas, que cuenten con terrenos beneficiados con la exención del Impuesto Territorial, la obligación de informar al SII las superficies de terreno cortadas y las cubiertas con plantaciones forestales (forestaciones), bosques nativos y bosques de protección, en la forma y plazos que se señalan.

Resolución N°153 (20/12/2007)

Fija valores de terrenos y construcciones para el reavalúo de los bienes raíces de la segunda serie no agrícola correspondientes a sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros ubicados en las areas urbanas.

Resolución N°8 (18/01/2006)

Fija valores de terrenos, construcciones, definiciones técnicas y monto de avalúo exento para el reavalúo de los bienes raíces de la segunda serie no agrícola.

Resolución N°55 (11/05/2006)

"Autoriza a los Directores Regionales para delegar facultad en los Jefes de Grupos del Área de Avaluaciones".

Resolución N°21 (01/03/2006)

"Complementa Resolución Exenta N° 968 del 11 de Marzo de 1992, sobre autorización para delegar facultades en los funcionarios de los Departamentos de Avaluaciones de las Direcciones Regionales".

Resolución N°20 (16/02/2006)

Modifica Resolución Exenta N°968 del 11 de Marzo de 1992, ampliando la autorización de facultades que los Directores Regionales pueden delegar a los Jefes de Departamentos Regionales de Avaluaciones.

Resolución N°17 (09/02/2006)

"Rectifica Resolución SII. Ex. N° 8, de 18 de enero de 2006, que fija Valores de Terrenos, Construcciones, Definiciones Técnicas y Montos de Avalúo Exento para el Reavalúo de los Bienes Raíces de la Segunda Serie No Agrícola".

Resolución N°169 (21/12/2006)

Fija valores de terrenos y construcciones para el reavalúo de los bienes raíces de la segunda serie no agrícola correspondientes a sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros ubicados en las áreas urbanas.

Resolución N°149 (27/11/2006)

Establece Procedimiento para que las Municipalidades informen al SII la nómina correspondiente a inmuebles declarados propiedades abandonadas y pozos lastreros. Modificada por Resolución Exenta N° 194, de fecha 29.12.2010.

Resolución N°08 (18/01/2006)

"Fija Valores de Terrenos, Construcciones, Definiciones Técnicas y Monto de Avalúo Exento para el Reavalúo de los Bienes Raíces de la Segunda Serie No Agrícola. Resolución rectificada por Resolución N° 17, de 2006".

Resolución N°78 (01/08/2005)

"Modifica Resolución Exenta SII N°71 del 04 de Diciembre de 2003, relacionada con la facultad de actualizar el Catastro de Bienes Raíces".

Resolución N°64 (30/06/2005)

Modifica Resolución N° 19 de 2005, que establece obligación a los arrendatarios y a los corredores de propiedades o personas que entregan en arriendo propiedades por cuenta de terceros, de presentar una Declaración Jurada sobre los Bienes Raíces no Agrícolas recibidos en arriendo en el caso de los Arrendatarios; y sobre los Bienes Raíces entregados en arriendo, en el caso de los Corredores y Personas ya señalados.

Resolución N°32 (11/03/2005)

Establece valores de costo por productos relacionados al Catastro de Bienes Raíces Agrícola y No Agrícola. Reemplaza Resolución Ex. 119, de 2004.

Resolución N°30 (11/03/2005)

Modifica Resolución N° 19 de 2005, que Establece Obligación a los Arrendatarios y a los Corredores de Propiedades o Personas que Entregan en Arriendo Propiedades por Cuenta de Terceros, de Presentar una Declaración Jurada Sobre los Bienes Raíces no Agrícolas Recibidos en Arriendo en el Caso de los Arrendatarios; y Sobre los Bienes Raíces Entregados en Arriendo, en el Caso de los Corredores y Personas ya Señalados.

Resolución N°19 (11/02/2005)

Establece Obligación a los arrendatarios y a los corredores de propiedades o personas que entregan en arriendo propiedades por cuenta de terceros, de presentar una declaración jurada sobre los Bienes Raíces No Agrícolas recibidos en arriendo en el caso de los arrendatarios; y sobre los Bienes Raíces entregados en arriendo, en el caso de los corredores y personas ya señalados.(Declaración Jurada 1835), modificada por:modificada por : a) Resol. Ex .N° 30,de 11.03.2005 ; b) Resol. Ex. N° 64, de 30.06.2005.; c)Resol.Ex. N°12, de 24.02.2015.

Resolución N°61 (07/07/2004)

Corrige errores Resolución N° 57, de 2004.

Resolución N°57 (14/06/2004)

Fija definiciones técnicas y aprueba tablas de valores de terrenos yconstrucciones para el reavalúo de los bienes raíces de la primera serie, agrícola.Modificada por resolución Nº 61 de 2004.

Resolución N°56 (14/06/2004)

Exime de la obligación de declarar bienes raíces agrícolas y dispone declaración de mejoras efectuadas por los propietarios.

Resolución N°119 (31/12/2004)

Establece valores de costo por productos relacionados con Catastro de Bienes Raíces Agrícola y No Agrícola. Reemplazada mediante Resolución Ex. N° 32, de 2005.

Resolución N°71 (04/12/2003)

Deroga Resolución Ex. N° 7.212, de 1998, que establece la obligación de presentar el F-1824 sobre nómina actualizada de bienes raíces y socios y comuneros.

Resolución N°14 (06/03/2003)

Derógase la Resolución Ex. N° 7.212, de 02.12.98, que establece la obligación de presentar declaración jurada anual N° 1824 sobre nómina actualizada de socios y comuneros y porcentaje de participación en el capital y utilidades de la sociedad o comunidad.

Resolución N°06 (31/01/2002)

"Delega facultad de actualizar en forma centralizada el Catastro de Bienes Raíces".

Resolución N°01 (11/01/2002)

Establece procedimiento de actualización de la información del Catastro de Bienes Raíces, vía Internet.

Resolución N°48 (07/12/2001)

Establece obligación a los dueños de bienes raíces agrícolas y no agrícolas de informar la nómina de aquellas propiedades sobre las que han constituido o terminado un usufructo durante el año o parte de él. (Declaración Jurada 1897).Modificada por Resolución N° 34 de 23.02.2012.

Resolución N°47 (04/12/2001)

Fija valores de suelos agrícolas para Comunas que indican para los efectos de realizar la tasación de los bienes raíces de la Primera Serie.

Resolución N°278 (24/08/2001)

Designa Secretario en calidades que indica en el Tribunal Especial de Alzada de los Bienes Raíces de la Primera Serie de Valparaíso y en los Tribunales Especiales de Alzada de los Bienes Raíces de la Primera y Segunda Serie de Copiapó.

Resolución N°5207 (23/11/2000)

Establece validez a los certificados de avalúo fiscal emitidos vía internet.

Resolución N°5186 (22/11/2000)

Deroga Resolución N° 8.656, de 1999 sobre venta de información de bienes raíces. Entrega de información a la Administración del Estado.

Resolución N°3673 (26/07/2000)

Fija tarifa a los Municipios para incluir en los Boletines de Cobro del Impuesto Territorial el valor de los Derechos de Aseo Municipales a propiedades afectas al pago de Impuesto Territorial.

Resolución N°220 (24/03/2000)

"Designa Secretario Titular y Suplente del Tribunal Especial Alzada de los Bienes Raíces de la Segunda Serie de Valdivia".

Resolución N°8693 (28/12/1999)

Establece tarifas a las Municipalidades sobre venta de información relativa a los bienes raíces y a las actividades económicas comerciales.

Resolución N°8656 (28/12/1999)

Establece tarifa al Sector Privado y al Sector Público no Municipal sobre venta de información relativa a los bienes raíces. Resolución derogada por Resolución Ex. N° 5186, de 2000.

Resolución N°5941 (02/09/1999)

Dispone cobro y fija precio de los Certificados de Avalúo Fiscal de Bienes Raíces. Derogada por Resolución N° 57, de 2016.

Resolución N°300 (19/08/1999)

Designa Secretarios en calidad que se indica en el Tribunal Especial de Alzada de los Bienes Raíces de la Segunda Serie de Concepción.

Resolución N°7212 (02/12/1998)

Establece obligación de los contribuyentes de la primera categoría de informar al SII la nómina de los Bienes Raíces destinados a su actividad que dan derecho al crédito por contribuciones de Bienes Raíces y la nómina de socios y su porcentaje de participación en el capital y utilidades de la Empresa cuando se trate de nuevas sociedades o comunidades o las existentes que hayan sufrido modificaciones.

Resolución N°2804 (12/05/1998)

Autoriza a los Directores Regionales para delegar en el jefe del departamento regional de Avaluaciones y en el funcionario a cargo del área de Avaluaciones en las unidades de su dependencia la facultad de condonar la multa aplicada a los notarios o conservadores de bienes raíces por infracción al art. 2º de la ley 17.990.

Resolución N°1158 (19/02/1998)

Obligación de los contribuyentes de primera categoría de informar al SII la nómina de los bienes raíces destinados a su actividad comercial y el porcentaje de participación de los socios en el capital y las utilidades de la empresa.

Resolución N°6171 (09/12/1997)

Establece obligación de los contribuyentes de la primera categoría de informar al SII la nomina de los bienes raíces destinados a su actividad comercial y porcentaje de participación de los socios en el capital y las utilidades de la empresa.

Resolución N°4553 (30/09/1996)

Establece el Certificado de ""Asignación de Roles de Avalúo en Trámite"" y reglamenta su uso.

Resolución N°3311 (16/07/1996)

Modifica Resolución Ex. N° 968, de 1992 que delega facultades en los funcionarios de los Departamentos de Avaluaciones de las Direcciones Regionales.

Resolución N°2908 (25/06/1996)

Modifica Resolución Ex. N° 968, de 1992 que delega facultades en los funcionarios de los Departamentos de Avaluaciones de las Direcciones Regionales.

Resolución N°5562 (19/12/1994)

Fija valores base de terrenos, construcciones y definiciones técnicas para realizar el reavalúo de los bienes raíces de la Segunda Serie No agrícolas.

Resolución N°0466 (27/09/1994)

Reemplaza Secretarios de los Tribunales Especiales de Alzada de los Bienes Raíces de la Primera y Segunda Serie de Punta Arenas.

Resolución N°0104 (14/02/1994)

Reemplaza Secretarios de los Tribunales Especiales de Alzada de los bienes que se indican.

Resolución N°648 (07/12/1993)

Reemplaza Secretarios de los Tribunales Especiales de Alzada de los Bienes Baíces de la Primera y Segunda Serie que se indican.

Resolución N°517 (04/10/1993)

Reemplaza Secretarios de los Tribunales Especiales de Alzada de los Bienes Raíces de la Primera Serie Agrícola de Coyhaique.

Resolución N°968 (11/03/1992)

Se autoriza a los Directores Regionales para delegar facultades en los funcionarios que indica. Aplicación de la Ley N° 17.235 sobre impuesto territorial, proporcionar información tributaria. Modificada por Resoluciones Ex. N° 2.410/1992, N° 618/1994, N° 2908/1996, N° 109/2009 y N° 62/2010; y rectificada por Resoluciones Ex. N° 3198/1996, N° 3311/1996, N° 76/1999, N° 20/2006, y N° 21/2006.

Resolución N°292 (21/04/1992)

Designa Secretarios Titulares y Suplentes de los Tribunales de Alzada de Bienes Raíces de la Primera Serie Agrícola de Arica, Iquique, Antofagasta, y Copiapó.

Resolución N°279 (07/04/1992)

Designa Secretario Suplente del Tribunal de Alzada de los Bienes Raíces de la Segunda Serie de Coyhaique.

Resolución N°131 (15/01/1992)

Prorroga plazo para presentar la declaración de bienes raíces agrícolas a que se refiere la Resolución Ex. N° 4152, de 1991.

Resolución N°1167 (25/03/1992)

Amplía Resolución N° Ex. 2794 de fecha 24.09.01 que condona intereses y multas respecto de impuestos que afectan a los agricultores de las comunas declaradas afectadas por la catástrofe derivada de la sequía de acuerdo al Decreto Supremo de Hacienda N° 324.

Resolución N°102 (28/02/1992)

Designa Secretario Suplente del Tribunal Especial de Alzada de los Bienes Raíces de la Segunda Serie No Agrícolas de Rancagua.

Resolución N°73 (28/02/1991)

Designa Secretario Titular y Suplente del Tribunal Especial de Alzada de los Bienes Raíces de la Segunda Serie de Santiago Sur.

Resolución N°4152 (30/12/1991)

Establece obligación para los propietarios de bienes raíces agrícolas de presentar una declaración jurada descriptiva y una estimación del valor de sus propiedades agrícolas. Resolución complementada por Resolución Ex. N° 131, de 1992 en cuanto a la prórroga del plazo para presentar la Declaración Jurada a que se refiere dicha Resolución.

Resolución N°2794 (24/09/1991)

Condona intereses, reajustes y multas respecto de impuestos que afectan a los agricultores de las comunas declaradas afectadas por la catástrofe de la sequía, de acuerdo al Decreto Supremo de Hacienda Nº 324, de 1991. Complentada por Resolución Exenta N° 1167, de 1992.

Resolución N°208 (14/01/1991)

Dispone información que deben entregar los Notarios sobre transferencia de bienes raíces. Deja sin efecto Resolución Ex. N° 1106, del 3 de Mayo de 1988.

Resolución N°175 (28/05/1991)

Designa Secretario Titular y Suplente del Tribunal Especial de Alzada de los Bienes Raíces de la Segunda Serie de Temuco.

Resolución N°131 (16/04/1991)

Designa Secretario Titular y Suplente del Tribunal Especial de Alzada de los Bienes Raíces de la Segunda Serie de Antofagasta.

Resolución N°322 (05/12/1990)

Designa Secretario Titular Suplente del Tribunal Especial de Alzada de los Bienes Raíces de la Primera Serie de Santiago Sur.

Resolución N°272 (29/01/1990)

Delégase a los Directores Regionales, la atribución de asumir la calidad de parte en las apelaciones que deban conocer los Tribunales Especiales de Alzada, en el procedimiento de reclamo de los bienes raíces, y la de conferir patrocinio y otorgar poder en dichas causas a los abogados que deban actuar ante los mencionados tribunales.

Resolución N°311 (26/10/1989)

Designa Secretarios, Titulares y Suplentes, de los Tribunales Especiales de Alzada de Bienes Raíces de la Segunda Serie No Agrícolas.

Resolución N°1106 (03/05/1988)

Fija obligaciones de notarios. Derogada por Resolución Ex. N° 208, de 1991.

Resolución N°2391 (15/10/1987)

Delega facultad en el Jefe de Departamento que indica para firmar mecanizadamente los avisos postales.

Resolución N°1150 (08/05/1987)

Rectifica errores de transcripción de la Resolución N° Ex. 1105, de 1987.

Resolución N°1105 (30/04/1987)

Actualiza e incorpora a los archivos del SII información técnica complementaria sobre bienes raíces no agrícolas, con el objeto de perfeccionar los procesos de control y determinación de avalúos e Impuesto Territorial. Resolución rectificada por Resolución N°1150, de 1987.

Resolución N°752 (15/03/1985)

Dispone Declaración Jurada obligatoria sobre Datos de Bienes Raíces.

Resolución N°1933 (26/12/1979)

Fija tablas para reavalúo de predios agrícolas de la Primera Serie.

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