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Oficio N°436 (28/01/1977)

Momento en que se devenga el IVA en en operaciones al crédito por los saldos insolutos.

Documentos relacionados

CIRCULAR

Circular N°21 (19/04/2016)

Instruye sobre la vigencia y transición de las normas contenidas en la Ley N° 20.899, de 8 de febrero de 2016, que simplifica el sistema de tributación a la renta y perfecciona otras disposiciones legales tributarias. (Reforma Tributaria).(Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 23.04.2016).

Circular N°13 (24/03/2016)

Imparte instrucciones sobre las modificaciones introducidas por la Ley N° 20.899, que simplifica el sistema de tributación a la renta y perfecciona otras disposiciones legales tributarias, en lo que dice relación con el D.L. N° 825 sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, Ley 20.780 y Art. 21°, del D.L. N° 910, sobre crédito especial de empresas constructoras.

Circular N°70 (23/07/2015)

Instruye sobre las modificaciones efectuadas por la Ley N° 20.780, sobre Reforma Tributaria, a los N°s 5, 6 y 8 del artículo 17 y al artículo 18, de la LIR referentes a ingresos no renta, enajenación de acciones y bienes raíces, y a los N°s 8 y 9, del inciso 1°, del artículo 41 de la misma ley, referente a las normas de corrección monetaria que rigen a contar del 1° de enero de 2017. Además, reemplazan dos ejemplos contenidos en la Circular N° 42 de 2015, referente a IVA en venta de inmuebles (Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 28.07.2015).Derogada por Circular N° 44, de 2016, excepto el N° 4 de su Capitulo II

Circular N°42 (05/06/2015)

Imparte instrucciones sobre modificaciones introducidas al D.L. N° 825/74, sobre la aplicación del IVA a la venta de inmuebles efectuada por vendedores habituales, por la Ley N° 20.780, sobre Reforma Tributaria(Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 11.06.2015).

Circular N°50 (03/10/2014)

Nuevas tasas de impuestos que afectan a la venta de cirgarrillos a contar del 01.10.2014, según modificaciones introducidas al artículo 4° del D.L. N° 828/74, por el artículo 4° de la Ley N° 20.780/2014 (Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 10.10.2014)

Circular N°53 (06/09/2010)

Corrige Circular N° 51, del 26 de Agosto de 2010, que regula las modificaciones introducidas al Decreto Ley N° 828 de 1974,por los artículos 6° y 7° de la Ley N° 20.455, de 31 de Julio de 2010, reemplazando el guarismo 0,000076 por 0,0000675 en los N° 1 y 3 de la letra c) del Capítulo III de la citada Circular (Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de 09.09.2010).

Circular N°51 (26/08/2010)

Instrucciones sobre modificaciones introducidas al Decreto Ley N° 828, de 1974, que establece normas para el cultivo, elaboración, comercialización e impuestos que afectan al tabaco, por los artículos 6° y 7° de la Ley N° 20.455, de 2010. (Cambio de tasas y estructura de los impuestos).Corregida por Circular N° 53, de 06.09.2010 (Extracto de Circular publicado en el Diario Oficial de fecha 28.08.2010).

Circular N°43 (31/08/2004)

Instrucciones sobre el establecimiento de Bolsas de Productos Agropecuarios. Ley N° 19.220, devengo especial del IVA.

Circular N°47 (12/09/2003)

Aumenta tasa del IVA y reitera instrucciones sobre devengo del impuesto.

Circular N°19 (08/04/1993)

Impuestos adicionales a los vehículos del artículo 43 bis no forman parte de la base imponible del IVA que grava la importación.

Circular N°44 (05/08/1988)

Modificaciones del pago del IVA en las operaciones con cobertura diferida.

Circular N°37 (30/06/1988)

Impuesto adicional que grava las importaciones y ventas de artículos de oro, platino y marfil; joyas, piedras preciosas naturales o sintéticas y pieles finas, manufacturadas o no. Se le da el mismo tratamiento del IVA.

Circular N°44 (23/11/1987)

Momento en que se devenga el impuesto establecido en el artículo primero de la Ley N° 18.502, que grava los vehículos autorizados para usar gas natural comprimido o gas licuado, como combustible, dentro del territorio nacional.

Circular N°29 (17/08/1987)

Establece que los reajustes que correspondan a la variación de la UF no forman parte de la base imponible del IVA.

Circular N°26 (05/08/1987)

Instrucciones generales sobre las modificaciones contenidas en la Ley N° 18.630, que incorporó la actividad de la construcción al Impuesto al Valor Agregado. Utilización como Crédito Fiscal del IVA soportado por construcción de inmuebles antes de la fecha de publicación de la Ley. Nuevo texto del Art. 21 del D.L. N° 910, de 1975. Se excluye de la base imponible del IVA, los reajustes que pagarán impuestos.

Circular N°63 (24/12/1986)

Impuesto adicional a la importación de vehículos, de conjuntos de partes o piezas necesarias para su armadura o ensamblaje.

Circular N°55 (29/10/1986)

Impuesto a los vehículos motorizados, autorizados para usar gas natural comprimido o gas licuado, como combustible, dentro del territorio nacional.

Circular N°26 (14/04/1980)

Devengo del IVA en las importaciones. Establece procedimientos de pago del IVA en las operaciones con cobertura diferida. (Ver Circular N° 44 de 1988).

Circular N°52 (01/06/1979)

Devengo del IVA en las importaciones. Oportunidad del pago del IVA.

Circular N°12 (03/02/1978)

Pago anticipado de cuotas diferidas en caso de importaciones con cobertura diferida. Complementa Circulares N° 45 y 127 de 1977.

Circular N°102 (02/10/1978)

Imparte instrucciones sobre diversas modificaciones introducidas por los DL Nºs 2.312, D.O. del 25/08/1978, y 2.324 D.O. del 31/08/78, al DL N° 825 sobre impuesto a las ventas y servicios. Se deroga exención del IVA a los cigarros, cigarrillos y tabacos artículos 8 inciso 1°, artículos 3 y 12. Se deroga impuesto adicional a bares, tabernas, cantinas, etc. Se deroga impuesto especial a ventas de vehículos destinados al activo fijo artículo 41. Sistema IVA para comerciantes de vehículos usados artículo 41. Se deroga exención del IVA a las ventas del gas licuado y otro tipo de combustibles. Igual situación con el suministro de electricidad, artículos 8 inciso primero, 12 y 3. Momento en que se devenga el impuesto en los suministros y servicios periódicos al gas combustible. Igual situación con el suministro de energía eléctrica artículo 9 letra e). Tributación con IVA a los servicios telefónicos artículos 8 inciso 1° y 9 letra e).

Circular N°45 (06/04/1977)

Resolución Nº 58 de 1977, delega facultad a los Directores Regionales para fijar las fechas y cuotas del pago del IVA respecto de importaciones con cobertura diferida.

Circular N°25 (28/01/1977)

Bebidas alcohólicas importadas. Algunos aspectos relacionados con la determinación de la base imponible y lugares en que deberá determinarse y pagarse el presente tributo, respecto del D.L N° 826 de 1974 actualmente derogado.

Circular N°127 (27/09/1977)

Concepto de cobertura diferida, fechas y cuotas del pago diferido del IVA.

Circular N°126 (23/09/1977)

Imparte instrucciones respecto de la incorporación al sistema del IVA el impuesto a los servicios; definición de los conceptos de "servicio" y "prestador de servicios", y modificaciones a los hechos gravados del artículo 8 del D.L Nº 825, de 1974.

Circular N°95 (29/07/1975)

Situación frente al IVA de los envases y de los depósitos constituidos por los compradores para garantizar su devolución.

Circular N°134 (05/11/1975)

Impuesto al Valor Agregado. Débito Fiscal. Crédito Fiscal. Notas de Débito. Notas de Crédito.Infracciones en IVA que pueden ser sancionadas al amparo del artículo 97 N°s 4 y 7 del Código Tributario.

Circular N°111 (29/08/1975)

Instrucciones generales sobre el impuesto a los servicios: sujeto, base imponible, crédito fiscal, momento en que se devenga el impuesto, declaración y pago.

Documentos relacionados

OFICIOS

Oficio N°868 (05/04/2016)

El SII carece de competencia para pronunciarse sobre la pertinencia de considerar el IVA de importación, para efectos del cálculo de la tasa de admisión temporal contemplada en el Art. 107 de la Ordenanza de Aduanas, ya que el control de dicha norma está especialmente encomendado por Ley a una autoridad diferente.

Oficio N°52 (08/01/2016)

La fórmula de cálculo del impuesto Adicional aplicable a los vehículos motorizados nuevos, durante el año calendario 2016 es la que dispone el artículo décimo transitorio, inciso segundo, numeral 2.-, de la Ley N° 20.780, para todos los pagos del impuesto que deban efectuarse a contar del 01.01.2016, sin distinguir la fecha en que se facturó la venta o consumó legalmente la importación. Hasta el 31 de diciembre de 2015 se estableció una fórmula aplicable de impuesto, fórmula que, trascurrida la fecha señalada, ha perdido vigencia de pleno derecho.

Oficio N°3312 (16/12/2016)

Aplicación de la Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios, en la venta de inmuebles, con motivo de la Reforma Tributaria de las leyes N° 20.780 y 20.899.

Oficio N°3008 (04/11/2016)

No existe la obligación de emitir documentos tributarios por los anticipos de dinero, en aquellas convenciones en que se pacta la entrega de las especies a futuro, por lo que si no se hace, no es posible aplicar sanción alguna. En el evento de que se emita una boleta, factura o comprobantes de pago por transacciones con tarjetas de crédito o débito por dicho anticipo de dinero antes de la entrega de los bienes, en ese momento se produciría el devengo del impuesto al valor agregado por el monto del anticipo, debiendo recargarse dicho tributo en el referido documento, por lo que no resulta procedente la emisión de una nota de crédito a su respecto.

Oficio N°2871 (18/10/2016)

En las operaciones en moneda extranjera, en las que no se ha establecido un plazo para el cumplimiento de las obligaciones emanadas de un contrato, las diferencias generadas debido a la variación del tipo de cambio ocurridas entre la fecha de la facturación y el tiempo que efectivamente se realizó el pago, forman íntegramente parte del precio pactado en la respectiva operación y si en el referido período se produce una baja en el tipo de cambio, teniendo como consecuencia el pago de una suma menor a la originalmente facturada, procede en tal caso la emisión de una Nota de Crédito, pues ello se traduce en una rebaja en el precio pactado. El criterio expuesto es plenamente aplicable si la operación es pactada en dólares y pagada en esa misma moneda, pues el elemento de referencia es el precio de venta consignado en la factura, la cual necesariamente debe encontrarse expresado en moneda de curso legal.

Oficio N°1712 (15/06/2016)

Se ratifica el criterio expresado en el Oficio N° 868 de 05 de abril del 2016, respecto a que el SII carece de competencia para pronunciarse sobre materias cuyo control estén encomendadas por Ley a una autoridad diferente, situación en la que precisamente se encuentra el gravamen establecido en el artículo 107 de la Ordenanza de Aduanas. En razón de lo anterior, respecto a las partidas consideradas y la forma de cálculo para determinar la base imponible afecta a la tasa de admisión temporal, establecida en el referido artículo 107, la única autoridad competente para conocer dicha materia es la Dirección Nacional de Aduanas.

Oficio N°943 (02/04/2015)

Los vehículos motorizados nuevos, livianos y medianos estarán exentos del impuesto adicional establecido en el artículo 3° de la Ley N° 20.780 en la medida que se encuentren permanente situados dentro del Departamento de Isla de Pascua. Para la debida aplicación de este beneficio y asegurar el cumplimiento de los requisitos legales, la persona que deba inscribir el vehículo respectivo debe hacerlo ante el Oficial Civil Adjunto de Isla de Pascua. Atendido que la exención se mantiene bajo condición que los bienes se encuentren efectivamente situados en el Departamento de Isla de Pascua, dicha exención se perderá al momento de incumplirse la condición.

Oficio N°3217 (21/12/2015)

En el caso de inmuebles en proceso de ejecución, en relación con el IVA que recaerá sobre ellos, la Ley N° 20780 establece dos excepciones a su aplicación: a) En ventas o transferencias que se efectúen por una promesa anterior al 1/1/2016 y b) Si se cuenta con permiso de edificación anterior al 1/1/2016 y la venta se realiza dentro de un año.

Oficio N°253 (29/01/2015)

Cálculo impuesto adicional vehículos motorizados nuevos, livianos y medianos.Las facturas de compraventa de vehículos nuevos se deben emitir incluyendo solamente el valor de la venta y el IVA correspondiente. Para los reembolsos de gasto, se deberá emitir un documento de carácter interno que dé cuenta fehaciente de esta operación accesoria a la venta. En caso que la operación incluya una comisión asociada a los reembolsos de gastos indicados anteriormente, está deberá ser facturada separadamente incluyendo el IVA cuando corresponda, monto que no debe ser considerado para el cálculo del impuesto establecido por el artículo 3° dela Ley N°20.780.

Oficio N°2210 (28/08/2015)

La explotación de máquinas tragamonedas de destreza se encuentra afecta al pago del Impuesto al Valor Agregado y las utilidades devengadas por las personas que desarrollan esa actividad se encuentras afectas con los impuestos generales de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Establecer un impuesto especial que grave a las máquinas tragamonedas de destrezas cuyo monto sea destinado a las comunas donde se emplacen las máquinas, constituye una materia de reserva legal cuya iniciativa es de competencia exclusiva del Presidente de la República.

Oficio N°1948 (29/07/2015)

La restitución de las sumas recibidas en virtud el art. 27 bis,del D.L N° 825, de 1974 debe efectuarse mediante los pagos efectivos que se realicen en Tesorería por concepto de IVA, es decir, el impuesto que resulte a pagar después de haber efectuado la deducción normal entre débitos y créditos del período. Las sumas recibidas por concepto de reservas, cuya finalidad es asegurar al turista que la efectúa, la disponibilidad de alojamientos, no se encuentran gravadas con IVA, en la medida que éstas no remuneren el servicio. Si dichas sumas son abonadas al valor final del servicio, éstas pasaran a formar parte del precio, debiendo emitirse en ese momento la documentación tributaria. Los servicios ofrecidos por una agencia de turismo pero prestados por otros operadores en el extranjero, la agencia estaría actuando como un mero mandatario en la venta de dichos servicios, por lo que no procede emitir una factura exenta a sus clientes.

Oficio N°1591 (05/09/2014)

El SII carece de competencia para pronunciarse sobre la determinación del impuesto aduanero a que se refiere el artículo 107 de la Ordenanza de Aduanas, ya que atendido el claro tenor del artículo primero de su Ley Orgánica a dicho organismo sólo le corresponde la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por la ley a una autoridad diferente, situación precisamente en la que se encuentra el gravamen establecido en el artículo 107 de la Ordenanza de Aduanas.

Oficio N°218 (01/02/2013)

En el caso de operaciones pactadas en dólares, cuando ambos contribuyentes llevan contabilidad en moneda extranjera, no procede la emisión de notas de crédito por la fluctuación negativa que pueda experimentar la moneda en que se pactó la operación, en el período que transcurre entre la emisión de la factura y el pago, por cuanto se estima que en dicho caso las diferencias de cambio que pudieran generarse entre la fecha de facturación y pago de la operación, no implican variaciones en el precio originalmente pactado, no generándose un mayor ingreso para el vendedor, ni un mayor desembolso para el comprador.

Oficio N°2037 (24/10/2013)

El SII carece de competencia para pronunciarse sobre la base de cálculo establecida en los contratos para la determinación de las multas por incumplimiento de los mismos, al ser esta una situación de carácter contractual que ha sido acordada por las partes. De la misma manera, los criterios para fijar las multas en los procesos licitarios en que tenga participación un organismo estatal, son ajenos a la competencia de este organismo fiscalizador.

Oficio N°1622 (26/07/2013)

El SII carece de competencia para pronunciarse sobre la base de cálculo establecida en los contratos para la determinación de las multas por incumplimiento de los mismos, al ser esta una situación de carácter contractual que ha sido acordada por las partes. De la misma manera, los criterios para fijar las multas en los procesos licitarios en que tenga participación un organismo estatal, son ajenos a la competencia de este organismo fiscalizador.

Oficio N°1355 (20/06/2013)

Tratamiento tributario frente a las normas de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR) y del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de los premios pagados y de las devoluciones de fichas vendidas y no usadas, en la explotación de máquinas electrónicas tragamonedas de destreza,fuera de un casino autorizado.

Oficio N°122 (22/01/2013)

Las máquinas tragamonedas calificadas como juegos de destreza, se encuentran gravadas con el IVA, al igual que su arrendamiento, usufructo o cualquier otra forma de cesión de su uso o goce temporal , como , su explotación al tratarse de una prestación de servicio, constituyendo una actividad destinada a otorgar diversión o esparcimiento a los clientes o a terceros. La base imponible para la aplicación del IVA está constituida por todo el dinero que introducen los clientes a las máquinas o la cantidad total pagada al adquirir las fichas u otros medios necesarios para jugar.

Oficio N°301 (31/01/2012)

Las maquinas de juego denominadas maquinas pelucheras, en su calidad de maquinas expendedoras de servicios, habilitadas para operar con monedas de curso legal o dinero en efectivo deben ser autorizadas previamente a su funcionamiento, siendo aplicable para estos efectos el procedimiento establecido por la Resolución Ex. SII N° 63, de 2005, de 2005 de acuerdo a lo instruido por este el SII en Ordinario 2.181 de 2009.

Oficio N°2935 (29/10/2012)

Se instruye sobre la documentación a emitir en la comercialización de hidrocarburos efectuada por un operador, en virtud de las facultades otorgadas en el Contrato Especial de Operación para la Exploración y Explotación de Yacimientos de Hidrocarburos y en el Acuerdo de Operación Conjunta (JOA).

Oficio N°2933 (29/10/2012)

Aplicación del Impuesto al Valor Agregado en el arrendamiento del inmueble sin edificar sobre el cual la arrendataria se compromete a construir un supermercado. En una primera etapa el arrendamiento del terreno desprovisto de muebles o instalaciones que permitan el ejercicio de una actividad comercial no se encontrará afecto al IVA, sin embargo, una vez construidas las instalaciones, al ser éstas de propiedad de la arrendadora, pasarán a formar parte integrante del inmueble, y por ende del contrato de arrendamiento, configurándose desde ese entonces el hecho gravado establecido en el artículo 8 letra g) del D.L. 825 de 1974, afectándose, en consecuencia el contrato con el IVA. Devengo del impuesto y conformación de la base imponible.

Oficio N°613 (14/03/2011)

La importación de gas natural licuado para su posterior suministro como gas natural licuado regasificado a los clientes, constituye un suministro de bienes afecto a las normas de la Ley del IVA que regula esta clase de empresas, en especial en lo relacionado con el devengo de dicho tributo, contenido en el artículo 9 letra e) del D.L N° 825/74. Respecto a la emisión de facturas se permite emitirlas indicando la información de la glosa referente a la cantidad suministrada, precio unitario, base imponible del IVA e impuesto y/o crédito SIPCO, conforme a la facultad establecida en el artículo 56 del D.L N°825/74.

Oficio N°38 (14/01/2010)

Tratamiento tributario de una operación a plazo pactada en dólares y pagada en esa misma moneda, resulta plenamente aplicable, la norma legal contenida en el Art. 15° N° 1, del D.L. N° 825, de 1974, por lo que de producirse un alza en el cambio de la moneda extranjera, en el lapso que medie entre la facturación y el pago en dólares de la operación a plazo, ésta se afectará o no con Impuesto al Valor Agregado, por constituir una forma de reajuste del precio pactado, según supere o no dicha alza, a la variación de la unidad de fomento en ese mismo período, de ese modo, si producto del alza del tipo de cambio, debe aplicarse Impuesto al Valor Agregado, el cobro debe ser formulado por el vendedor, mediante la emisión de una nota de débito. Ambas partes llevan contabilidad en moneda extranjera, por lo que la diferencia que se produce para efectos de la Ley de la Renta sólo afectará el resultado cuando no se tenga derecho al crédito fiscal del IVA.

Oficio N°352 (26/02/2010)

Información sobre aranceles e impuestos que se aplican a las importaciones y exportaciones de bienes.

Oficio N°330 (24/02/2010)

Base imponible del Impuesto al Valor Agregado que afecta al cobro de entradas por el ingreso a las salas de juego de un casino. Dicha base imponible está constituida por el precio de la operación y los impuestos que la gravan, salvo aquellos expresamente excluidos por la Ley o el Reglamento del IVA.

Oficio N°1683 (24/09/2010)

Tratamiento tributario que afecta a la venta de sepulturas tradicionales y de columbarios en verde, y la inclusión de otros servicios de asistencia funeraria.

Oficio N°1586 (09/09/2010)

En el caso de una venta entre el cliente y la casa comercial, en que el financiamiento de la operación es otorgado por una tercera empresa mediante un contrato de cuenta mercantil, debe entenderse que se trata de una venta pura y simple o al contado entre el cliente y la casa comercial respectiva, por lo que los intereses generados en cumplimiento del contrato antes indicado no deben formar parte de la base imponible del Impuesto al Valor Agregado.

Oficio N°13 (11/01/2010)

No existe la obligación de emitir documentación tributaria por el pago anticipado del precio de bienes corporales muebles confeccionados por encargo. En caso de facturarse dicho anticipo antes de la entrega, la emisión de la factura implicará el devengo del IVA correspondiente al anticipo, debiendo recargarse el monto del tributo en el referido documento.

Oficio N°1220 (22/07/2010)

En el caso de contribuyentes que llevan su contabilidad en moneda extranjera y que pacte y paguen sus operaciones en la misma moneda con otros contribuyentes que también llevan su contabilidad en moneda extranjera, no procede la emisión de notas de débitos ni de créditos por la fluctuación positiva o negativa que pueda experimentar la moneda extranjera en que se pactaron las operaciones en el plazo entre la emisión de la factura y el pago a plazo de la misma.

Oficio N°1219 (22/07/2010)

En las operaciones que se realicen en moneda nacional procede la emisión de notas de créditos o débitos, según corresponda, por las diferencias que se produzcan en la base imponible del impuesto producto de la variación del tipo de cambio; situación que no ocurre en el caso de que ambos contribuyentes lleven su contabilidad en moneda extranjera y pacten y paguen sus operaciones en esa misma moneda, ya que en la especie no existiría para ninguno de los involucrados una variación en el valor de la operación originalmente pactada.

Oficio N°3478 (10/12/2009)

Aplicación del Impuesto al Valor Agregado a la transacción que pone fin a un juicio arbitral cuando producto de una sentencia dictada en un juicio arbitral, se ratifica el cobro de un determinado estado de pago por el que ya se emitió válidamente una factura, la cual no fue pagada por el comprador. No procede la emisión de documentos que anulen el efecto de la factura emitida originalmente, toda vez que el devengo del impuesto se verificó, en la fecha de la emisión de la factura en el momento en que se produce la entrega real o simbólica de las especies.

Oficio N°275 (05/02/2009)

Tratamiento tributario de los pagos realizados por una institución pública a una empresa prestadora de servicios, por concepto de devolución de gastos de viáticos y pasajes.

Oficio N°2745 (03/09/2009)

Tratamiento tributario de proyecto de construcción y operación de terminal de recepción y regasificación de gas natural licuado. Emisión de documentos tributarios y facultad de tasar por parte del SII.

Oficio N°2181 (26/06/2009)

Las rentas provenientes de la explotación de máquinas de juegos al azar es una actividad que se clasifica en el N° 4 del artículo 20 de la Ley de la Renta, espercificamente como provenientes de las empresas de diversión y esparcimiento , y en virtud de tal clasificación se afectan con los impuestos generales de la ley del ramo, esto es, con el impuesto de Primera Categoría y Global Complementario o Adicional, con derecho al crédito establecido en los artículo 56 N° 3 y 63 de la ley antes mencionada.

Oficio N°1719 (15/05/2009)

Ventas a plazo. La base imponible de dichas operaciones, esta compuesta por los reajustes, intereses y gastos de financiamiento y por tanto se afectan con IVA, sólo cuando el crédito que origina dichos montos es otorgado directamente por el vendedor de los bienes. Forma de registrar el IVA agregado en las boletas de ventas y servicios.

Oficio N°866 (25/04/2008)

A los intereses cobrados por una sociedad de factoring, en el caso de una prórroga de plazo que otorga dicha sociedad al deudor, no le es aplicable la exención del artículo 12 letra E, N°10, de la Ley sobre el Impuesto al Valor Agregado, quedando sujetos a lo establecido en el artículo 15 N°1, de la citada ley, por lo que los intereses en cuestión, deben formar parte de la base imponible de la operación para su afectación con el Impuesto al Valor Agregado.

Oficio N°825 (24/04/2008)

Procedencia de emitir notas de crédito y débito, por facturas de suministro de energía eléctrica, cuyo precio es fijado en dólares.

Oficio N°702 (11/04/2008)

Contrato de venta de cosas futuras. Aplicación y devengo del IVA, de acuerdo con el artículo 9° del DL 825, de 1974, e Impuesto Adicional a las Bebidas Alcohólicas a un contrato de transferencia de vino en barricas de guarda.

Oficio N°1658 (07/08/2008)

Base imponible del IVA en la venta de artículos efectuada a un valor promocional, para aumentar las ventas de suscripciones a sus periódicos.

Oficio N°362 (12/02/2007)

Operación a plazo pactada en dólares y pagada en esa misma moneda.

Oficio N°3232 (27/11/2007)

Devolución de remanentes de crédito fiscal originado por retenciones de IVA en ventas de maderas. Resolución Ex. N° 4916 de 2000.

Oficio N°2909 (12/10/2007)

Impuesto al Valor Agregado a los servicios de recarga, mantención y reparación de extintores de incendio.

Oficio N°1162 (28/05/2007)

Determinación de la base imponible para la aplicación del IVA y del Impuesto al Tabaco Manufacturado en ventas de puros y entrega gratuita.

Oficio N°971 (16/03/2006)

Operación a plazo es pactada en dólares y pagada en esa misma moneda.

Oficio N°4906 (20/12/2006)

Tratamiento tributario de los ingresos obtenidos por un establecimiento particular subvencionado.

Oficio N°3976 (13/09/2006)

Solicita pronunciamiento respecto a si procede autorizar la devolución del IVA pagado en una importación que fue anulada por el Servicio Nacional de Aduanas.

Oficio N°290 (26/01/2006)

Arriendo y concesión de locales que prestan servicios de fotocopiado dentro de un recinto universitario.

Oficio N°4645 (23/11/2005)

Aplicación de IVA al usufructo de bosques.

Oficio N°3325 (05/09/2005)

Momento en que se devenga el IVA en el arrendamiento de bienes corporales inmuebles con instalaciones.

Oficio N°2888 (04/08/2005)

Precio de venta de cosas muebles a plazo expresado en moneda extranjera, pero el pago de las cuotas del precio se percibe en moneda nacional.

Oficio N°1823 (15/06/2005)

Tributación con Impuesto al Valor Agregado que afecta a la recuperación de las sumas pagadas por el derecho a explotar los servicios de cocina de vuelo a las líneas aéreas, los cuales según contrato deben ser reembolsados por el beneficiario del servicio. También consulta acerca de la documentación a emitir por tal concepto.

Oficio N°1259 (29/04/2005)

"Importación" a Chile de Productos Australianos producidos en el país.

Oficio N°1066 (20/04/2005)

Aplicación del Impuesto al Valor Agregado, establecido en los artículos 8° y 2° N° 2 del DL N° 825, de 1974, a diversos aportes en dinero efectuados por una sociedad inmobiliaria en cumplimiento de un convenio de mitigación de impacto vial.

Oficio N°934 (17/02/2004)

Resuelve consulta acerca del sujeto que debe asumir el aumento de la tasa del IVA, respecto de un contrato de servicios de aseo comunal, suscrito con anterioridad a la fecha de aumento de dicha tasa.

Oficio N°296 (20/01/2004)

Efectos del alza de tasa del IVA en la facturación de contratos vigentes de transporte y recolección de residuos sólidos domiciliarios y servicio de mantención de áreas verdes de la comuna de Macul.

Oficio N°2955 (09/07/2004)

Solicita aclaración del Oficio N° 2.608, de 30 de junio del 2000, en relación a la base imponible del Impuesto a los Tabacos Manufacturados, contenido en el D.L. N° 828, de 1974. Facultad de tasar del Servicio, para efectos de corregir errores en la declaración presentada por el importador, cuando el precio corriente en plaza sea notoriamente superior al declarado por el importador.

Oficio N°294 (20/01/2004)

Momento en que se devenga el IVA en los contratos generales de construcción. Responsable del pago del aumento del IVA en el cumplimiento de obligaciones contratadas con anterioridad al alza de tasa del referido tributo.

Oficio N°2465 (27/05/2004)

Impuesto al Valor Agregado en Obras complementarias a un Contrato de Concesión Municipal.

Oficio N°2261 (13/05/2004)

Tratamiento tributario del IVA aplicable a un contrato de construcción suscrito con anterioridad al aumento de la tasa de ese tributo. Devengo del impuesto.

Oficio N°1500 (30/03/2004)

Interpretación de la Ley Nº 19.888, que aumentó la tasa del IVA, de 18% a 19% y momento en que se devenga el IVA.

Oficio N°1274 (17/03/2004)

Momento en que se devenga el IVA en contrato de servicios de aseo comunal, suscritos con anterioridad al aumento de la tasa de ese tributo.

Oficio N°1109 (03/03/2004)

El IVA recargado en las facturas, por la adquisición de bienes corporales muebles, se devenga al momento de la emisión de ese documento o al de la entrega real o simbólica de tales bienes.

Oficio N°5138 (07/10/2003)

Tasa aplicable al IVA en las importaciones. Las importaciones que se consuman legalmente a contar del mes de octubre de 2003, quedarán afectas a la tasa del 19%, independiente que se hayan acogido a la modalidad de tramite anticipado hasta el 30.09.2003.

Oficio N°4268 (02/09/2003)

No corresponde a este Servicio, autorizar o fiscalizar, la legalidad del cobro llamado "cargo de facturación".

Oficio N°4121 (11/11/2002)

Situación del IVA frente a los servicios de corte y reposición del suministro de agua potable. Devengamiento del impuesto.

Oficio N°3398 (16/09/2002)

Tributación aplicable a los contratos de cesión de uso de inmuebles, bajo la modalidad de tiempos compartidos.

Oficio N°336 (28/01/2002)

Tratamiento tributario, en relación al Impuesto al Valor Agregado, de los servicios de telefonía de larga distancia internacional.

Oficio N°3170 (03/09/2002)

Tratamiento tributario del IVA aplicable a la venta de un inmueble construido mediante contrato de construcción por administración, por una empresa que entre otros, gira en el rubro construcción.

Oficio N°3074 (28/08/2002)

Oportunidad en que se produce el devengo del IVA respecto de los cobros por las prestaciones de corte de agua y reposición de suministro.

Oficio N°2664 (19/07/2002)

Momento en que se devenga el IVA en importaciones, para efectos de aplicar las multas establecidas en el N° 11 del artículo 97 del Código Tributario.

Oficio N°2367 (01/07/2002)

Sujeto del IVA en contrato de prestación de servicios que indica.

Oficio N°4336 (05/11/2001)

El suministro de agua potable efectuado a un complejo turístico, se encuentra afecto a IVA.

Oficio N°241 (19/01/2001)

Implicancias tributarias que se derivan del contrato de compraventa en depósito y convenio de asesoría en explotación de farmacias.

Oficio N°644 (25/02/2000)

IVA que afecta al arrendamiento de un predio agrícola que tiene como condición la adquisición por parte de la arrendataria de los vacunos de propiedad de la arrendadora que se encuentran en dicho predio. Devengo del impuesto.

Oficio N°3187 (14/08/2000)

Tratamiento tributario del IVA aplicable a la venta de vehículo adquirido por contrato de leasing en el cual se ejerció la opción de compra.

Oficio N°3150 (10/08/2000)

Tratamiento tributario de contrato de Concesión de Obra Pública.

Oficio N°619 (04/03/1998)

Momento en que se devenga el IVA en servicios periódicos de telefonía móvil.

Oficio N°3287 (01/12/1998)

Impuesto o crédito que afecta a la primera venta o importación de combustibles derivados del petróleo. Forma en que debe reflejarse en la factura.

Oficio N°2495 (09/09/1998)

Procedimiento para documentar la venta de medicamentos a diversas empresas mediante convenios suscritos con éstas.

Oficio N°1936 (23/07/1998)

Devengo y facturación del IVA por anticipos de dinero en compra de bienes corporales muebles.

Oficio N°952 (07/05/1997)

Aplicación de las ventas y Servicios en aporte de capital a la formación de una empresa constructora, consistente en el desarrollo parcial de un proyecto de construcción, planos de arquitectura, cálculo e instalaciones. Momento en que se devenga el impuesto.

Oficio N°1720 (30/07/1997)

Gastos de cobranza judicial de rentas de arrendamiento con opción de compra de cosas muebles, no forman parte de la base imponible del IVA.

Oficio N°1166 (04/06/1997)

Momento en que se devenga el IVA en un contrato de construcción de una nave.

Oficio N°1126 (28/05/1997)

Momento en que se devenga el IVA en la venta de bienes corporales muebles.

Oficio N°1051 (16/05/1997)

Tributación y determinación de la base imponible del IVA en operaciones de lease back.

Oficio N°796 (15/03/1996)

Tratamiento tributario de las concesiones municipales de los estacionamientos subterráneos en relación con las normas del IVA y de la Ley de la Renta. Normas sobre depreciación.

Oficio N°697 (05/03/1996)

Tratamiento tributario del IVA aplicable a un portador de tráfico telefónico de larga distancia. Momento en que se devenga el IVA en servicios domiciliarios periódicos mensuales de telefonía.

Oficio N°610 (23/02/1996)

Tributación que afecta a los intereses por mora en el pago del saldo de precio de venta de un inmueble.

Oficio N°3137 (11/11/1996)

Tratamiento tributario del IVA en la venta de inmuebles afectados por la variación de la UF entre la fecha de facturación y pago efectivo.

Oficio N°297 (30/01/1996)

Aplicación del IVA a las sumas invertidas por una compañía minera para financiar la adecuación de las instalaciones de conducción de agua.

Oficio N°2384 (27/08/1996)

Situación tributaria relacionada con las empresas constructoras, en lo que respecta a la oportunidad de la aplicación del impuesto al valor agregado y normas de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

Oficio N°2291 (19/08/1996)

Tratamiento tributario y aplicación del IVA por el cobro de intereses en operaciones gravadas o exentas del tributo y sobre la procedencia del uso del crédito fiscal.

Oficio N°2007 (16/07/1996)

Desde que los servicios quedaron afectos al impuesto al valor agregado y su base imponible constituida, por tanto, por el precio fijado a la prestación convenida, la ley no contempla rebaja alguna.

Oficio N°1596 (04/06/1996)

Tratamiento tributario aplicable a la concesión para la construcción, mantención y explotación de obra pública.

Oficio N°1532 (24/05/1996)

Tratamiento de IVA y de Ley de Impuesto a la Renta, en las concesiones de obras públicas (Aeropuertos).

Oficio N°1002 (10/04/1996)

Tratamiento tributario aplicable a la concesión para la construcción, mantención y explotación de obra una pública.

Oficio N°542 (22/02/1995)

Tratamiento tributario del IVA aplicable a la venta de energía eléctrica desde zona franca primaria a zona de extensión.

Oficio N°2620 (23/08/1995)

Tratamiento tributario del IVA aplicable a la obra pública denominada ""Acceso Vial Aeropuerto Arturo Merino Benítez"". Tratamiento tributario del IVA aplicable por concepto de uso y permanencia en los recintos de la Dirección General de Aeronáutica Civil.

Oficio N°2201 (26/07/1995)

Régimen tributario aplicable a la concesión para la construcción, mantención y explotación de una obra pública.

Oficio N°2058 (12/07/1995)

Régimen tributario aplicable a la concesión por licitación para la construcción de una obra pública (Aeropuerto).

Oficio N°1683 (16/06/1995)

Momento en que se devenga el IVA en la prestación de servicios de asistencia funeraria.

Oficio N°127 (12/01/1995)

Régimen tributario aplicable a las concesiones de obras públicas.

Oficio N°1206 (03/05/1995)

Régimen tributario aplicable a la concesión para la construcción, conservación, mantención y explotación de una Obra Pública. Mínimo garantizado; indemnización y compartir rentabilidad.

Oficio N°1089 (19/04/1995)

IVA en prestación de asistencia funeraria. Servicio integral.

Oficio N°4596 (28/12/1994)

Régimen tributable a la concesión de obra pública.

Oficio N°4094 (16/11/1994)

Desafectación de la prohibición de disponer libremente de mercaderías importadas al amparo de franquicias aduaneras y tributarias. Devengo del IVA aplicable a las mercaderías que ingresan al país acogidas a regímenes aduaneros especiales.

Oficio N°3620 (07/10/1994)

Aplicación de IVA a la construcción de un sistema de control de tránsito para la ciudad de Santiago.

Oficio N°3056 (30/08/1994)

Momento en que se devenga el IVA en las cotizaciones adicionales de los afiliados a las isapres que exceden de 4,2 unidades de fomento.

Oficio N°3775 (08/10/1993)

Situación tributaria frente al IVA de los ingresos obtenidos por una empresa concesionaria de explotación de juegos de azar.

Oficio N°2514 (20/07/1993)

Régimen tributario frente al IVA y la Ley de Impuesto a la Renta aplicable a la concesión para construir, mantener y explotar un camino público.

Oficio N°2237 (30/06/1993)

Aplicación de IVA en licitaciones de carteras de crédito.

Oficio N°2056 (14/06/1993)

Tributación de la prestación de servicios de dragado, derrocamiento y otras prestaciones similares. Afecto a IVA.

Oficio N°5181 (22/12/1992)

Procedencia de aplicar IVA a intereses moratorios, provenientes de venta de automóvil usado.

Oficio N°3154 (04/08/1992)

La base imponible del IVA, en la primera transferencia en el país de vehículos motorizados importados, debe incluir el monto de los impuestos pagados en la importación.

Oficio N°1848 (11/05/1992)

IVA en retenciones de pago del precio de contratos generales de construcción, o de instalación o confección de especialidades.

Oficio N°172 (14/01/1992)

El cobro de peaje no constituye un hecho gravado con IVA.

Oficio N°4333 (28/11/1991)

Tratamiento tributario del reintegro que beneficia al exportador.

Oficio N°3428 (04/10/1991)

Momento en que se devenga el IVA que grava a los reajustes pactados por saldos a cobrar.

Oficio N°2655 (09/08/1991)

Devolución de IVA correspondiente a una importación anulada.

Oficio N°2559 (01/08/1991)

Momento en que se devenga el IVA en suministro de alimentación.

Oficio N°4405 (31/12/1990)

Devolución de IVA pagado en virtud de importación anulada, pero que fue legalmente realizada.

Oficio N°2982 (10/09/1990)

Momento en que se devenga el impuesto de retención a los profesionales. Normas sobre retención, declaración y pago del impuesto.

Oficio N°207 (22/01/1990)

En la venta de letras de cambio que incluyen reajustes e intereses, el sujeto pasivo de la obligación tributaria de enterar el IVA será el titular primitivo de las letras.

Oficio N°2897 (12/09/1989)

Base imponible IVA, respecto de los contratos acogidos al régimen de transición establecido en el artículo 1º transitorio de la Ley N° 18.630.

Oficio N°4139 (07/12/1988)

Improcedencia de rebajar gastos reembolsables de la base imponible del IVA, por no contemplar la ley deducción de ningún tipo.

Oficio N°4428 (13/11/1987)

Los intereses moratorios forman parte de la base imponible del IVA.

Oficio N°4384 (09/11/1987)

Tasa pagada por control de calidad de armas de fuego, municiones, explosivos y otros artificios, forman parte de la base imponible del IVA que grava a la venta de esas especies.

Oficio N°4225 (28/10/1987)

Propuestas privadas se excluyen para efectos del artículo 1° transitorio de la Ley 18.630. Pago de anticipos con reajustes.

Oficio N°2590 (08/07/1987)

Momento en que se devenga el IVA en las importaciones. Recargos por el atraso en el pago de una cuota del IVA acogido al pago diferido.

Oficio N°205 (15/01/1987)

Momento en que se devenga el IVA en la importación de vehículos para personas lisiadas.

Oficio N°1289 (23/04/1986)

Forma de calcular el IVA en las facturas de proveedores cuando se otorga una bonificación.

Oficio N°1206 (15/04/1986)

Tributación del IVA por los ingresos percibidos en máquinas traga monedas de juegos de azar. Base imponible.

Oficio N°898 (12/03/1985)

Entrega a un agricultor, en mera tenencia, de un número determinado de animales hembras preñadas para que el ganadero las mantenga, cuide, alimente y haga reproducir en el predio agrícola que explote habitualmente. También se conviene en reparto de las crías producidas por la masa ganadera. El servicio prestado no constituye hecho gravado con IVA. Existe un servicio remunerado en especie.

Oficio N°4767 (24/12/1985)

Base imponible del IVA en remuneración de un servicio prestado en el extranjero.

Oficio N°4201 (06/11/1985)

IVA en subasta de cigarrillos y tabacos importados. Procedimiento a seguir por las unidades, en la aplicación de los tributos que afectan a este tipo de adjudicaciones.

Oficio N°3575 (26/09/1985)

Determinación de la base imponible del IVA y del tributo a la importación de cigarrillos, en la adjudicación en pública subasta aduanera de tales mercancías abandonadas.

Oficio N°2602 (18/07/1985)

Aplicación del IVA a las prestaciones de las agencias de viajes y turismo por tener el carácter de servicios afectos. Base imponible.

Oficio N°826 (20/03/1984)

IVA sobre intereses cobrados por atraso en el pago de servicios.

Oficio N°414 (06/02/1984)

Momento en que se devenga el IVA en el pago de seguros mediante letras de cambio.

Oficio N°4095 (30/11/1984)

Sistema de promoción a través de estampillas. Aplicación y devengo del IVA en la venta de estampillas a comerciantes que las entregan posteriormente en forma gratuita al público.

Oficio N°3109 (17/09/1984)

Sistema de promoción a través de estampillas. Aplicación y devengo del IVA en la venta de estampillas a comerciantes que las entregan posteriormente en forma gratuita al público. Determinación de la base imponible.

Oficio N°260 (24/01/1984)

IVA respecto de intereses y reajustes contenidos en operaciones a plazo. Venta de letras de cambio aceptadas por clientes sobre bienes vendidos a plazo. Cesión a título oneroso de un derecho real accesorio.

Oficio N°2251 (13/07/1984)

Envases que hayan sido garantizados y no sean devueltos por los compradores quedarán afectos al IVA en el período tributario que corresponda el vencimiento del plazo comprometido para su devolución.

Oficio N°431 (02/02/1983)

IVA en subasta de cigarrillos en Aduana.

Oficio N°3128 (28/09/1983)

Momento en que se devenga el IVA en las prestaciones de seguros.

Oficio N°3126 (28/09/1983)

El IVA en las ventas de minerales debe calcularse sobre el valor tarifario de éstos.

Oficio N°2827 (28/08/1983)

Normas sobre depreciación afectan exclusivamente a los propietarios de los bienes.

Oficio N°2578 (09/08/1983)

Momento en que se devenga el IVA en el transporte de carga cuya remuneración fue pagada anticipadamente a la prestación del servicio.

Oficio N°2571 (08/08/1983)

No procede autorización para usar factura y boletas que tienen adherido un vale o colilla desprendible, en el que se detalla el valor del depósito que constituyen los compradores para garantizar la devolución de los envases en que se expende la mercadería.

Oficio N°1459 (28/04/1983)

IVA en multas aplicadas por Emporchi.

Oficio N°1450 (28/04/1983)

Momento en que se devenga el IVA en intereses por crédito directo del proveedor extranjero en caso de importaciones.

Oficio N°111 (10/01/1983)

Situación de reembolso de gastos realizados por una municipalidad a una empresa, por concepto que se indica.

Oficio N°102 (07/01/1983)

Cualquier suma adicionada al precio primitivamente pactado con el comprador forma parte del mismo precio y, como tal, constituye base imponible del IVA.

Oficio N°1808 (03/06/1982)

Los intereses forman parte de la base imponible de IVA cuando se originan en un crédito directo del proveedor extranjero al importador que hace la adquisición.

Oficio N°1264 (26/04/1982)

Sobre la forma de calcular el interés máximo convencional para los efectos de determinar la base imponible del IVA en el caso de operaciones a plazo.

Oficio N°3738 (10/08/1981)

IVA en reembolso de gastos por mandantes productores a mandatarios exportadores.

Oficio N°2564 (25/05/1981)

Establecimiento de un precio mínimo de referencia en la base imponible del IVA cuando el precio definitivo de la venta se calcula con posterioridad a la entrega del producto.

Oficio N°914 (11/02/1980)

Base imponible del IVA en las importaciones de taxibuses.

Oficio N°8729 (02/12/1980)

Procedencia de la devolución del IVA enterado en arcas fiscales por venta de mercaderías, objeto de una estafa. Sólo puede recuperarse rebajándolo del débito fiscal en el caso que las especies sean restituidas dentro de los 3 meses siguientes a su entrega, mediante la emisión de una nota de crédito.

Oficio N°725 (01/02/1980)

Tasa aeronáutica no forma parte de la base imponible del IVA en las importaciones por no corresponder a un derecho de carácter aduanero.

Oficio N°7226 (29/09/1980)

La diferencia de cambio de moneda producida en la venta de un bien corporal mueble o en la remuneración de un servicio, forman parte de la base imponible del IVA.

Oficio N°704 (01/02/1980)

Incidencia del IVA en la base imponible del tributo especial establecido en el artículo 40 del DL N°3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales. Base imponible del IVA estará constituida por el valor del suministro, debiendo adicionarse a éste el tributo del artículo 40 del DL N°3.063.

Oficio N°608 (30/01/1980)

Tributación respecto al IVA en la venta de derechos de explotación de los árboles de un bosque. Determinar el momento en que se devengará el IVA y se emitirá la correspondiente factura. La madera como bien mueble por anticipación.

Oficio N°5490 (25/08/1980)

Base imponible del IVA en venta de una maquinaria, cuya facturación incluyó gastos e intereses.

Oficio N°5052 (06/08/1980)

Momento en que se devenga el IVA en las mercaderías internadas al amparo de franquicias aduaneras que, por autorización de la Junta General de Aduanas, queden a disposición de sus dueños, de conformidad con las facultades contempladas en el artículo 39 letra d) de la Ordenanza de Aduanas.

Oficio N°4708 (23/07/1980)

Reembolso de peaje forma parte de la base imponible de la prestación de servicio de transporte.

Oficio N°4146 (07/07/1980)

Diferencia de cambio por venta que se factura en moneda dólar.

Oficio N°3468 (09/06/1980)

La venta de mercaderías pagada con cheque de una cuenta cerrada, no puede ser considerada faltante de inventario para efectos de no pagar el IVA devengado en la venta.

Oficio N°2064 (08/04/1980)

Momento en que se devenga el IVA en las diferencias de cobro producidas por ventas de bienes muebles a plazo a través de letras de cambio en moneda extranjera.

Oficio N°2045 (07/04/1980)

Tratamiento tributario del IVA aplicable al arrendamiento, celebrado en EE.UU., de un helicóptero, para ser utilizado en actividades mineras dentro del país, realizado por una empresa chilena a una empresa extranjera sin domicilio ni residencia en el país.

Oficio N°2038 (07/04/1980)

Fecha en que se devenga el IVA que corresponde a remuneración de servicios.

Oficio N°1175 (22/02/1980)

Determinación del precio de productos en subasta.

Oficio N°947 (02/03/1979)

IVA en el sistema compensaciones en entrega combustibles empresas productoras y distribuidoras.

Oficio N°9460 (21/12/1979)

Tributación respecto del IVA en los contratos de leasing de buses de la locomoción colectiva. Transferencia de un bus efectuado por una empresa de leasing que lo adquirió a un importador o armador nacional. Ejercicio de la opción de compra.

Oficio N°7510 (24/10/1979)

Sobre tributación del IVA en la concesión de parquímetros.

Oficio N°6860 (05/10/1979)

Momento en que se devenga el IVA en el pago de mercancías acogidas a regímenes aduaneros especiales.

Oficio N°675 (09/02/1979)

Servicios prestados por una empresa de computación, respecto de la vigencia del concepto de servicios periódicos.

Oficio N°6479 (13/09/1979)

Tributación de las diferencias de cambio con el IVA.

Oficio N°6264 (05/09/1979)

Tratamiento tributario del IVA aplicable a la concesión de oficina o local con instalaciones. Concesión de espacios libres para líneas aéreas. Concesión de terrenos destinados a construcción de hangares. Concesión de estacionamientos de automóviles. Concesiones a porcentajes por la venta de artículos o productos. Intereses y multas cobradas a los concesionarios.

Oficio N°4928 (02/08/1979)

Se confirma criterio establecido en Oficio 282, de 17/01/1979. Respecto de determinados ingresos percibidos por la Asociación Chilena de Seguridad. Reembolso de gastos.

Oficio N°1585 (05/04/1979)

Momento en que se devenga el IVA y se debe emitir la respectiva factura en la venta de madera en pie.

Oficio N°916 (21/02/1978)

Aplicación del Impuesto a las Ventas y Servicios, a prestaciones de servicios y a la importación de equipos electrónicos de recepción, amplificación o grabación de sonido o imágenes está afecto al impuesto especial del artículo 37, letra f) del Decreto Ley 825. Derogado por Ley N° 18.682.

Oficio N°7731 (12/12/1978)

Tributación que afecta a la publicación de una revista.

Oficio N°7305 (22/11/1978)

La no emisión de boleta de venta por retiro de mercaderías configura infracción tributaria

Oficio N°7304 (22/11/1978)

Tratamiento tributario del IVA aplicable a los intereses originados en contratos de mutuo u operaciones de crédito que un importador haya suscrito con terceros para el financiamiento de la importación con cobertura deferida.

Oficio N°6916 (02/11/1978)

Momento en que se devenga el IVA en la transferencia de bienes corporales muebles.

Oficio N°6585 (24/10/1978)

Aplicación del IVA en multas aplicadas a los concesionarios en los aeropuertos por infracciones.

Oficio N°6422 (18/10/1978)

Aplicación del IVA en venta de automóviles nuevos pactados a plazo en moneda extranjera.

Oficio N°6299 (05/10/1978)

Tratamiento tributario de las ventas e importaciones de tabacos manufacturados.

Oficio N°5653 (29/08/1978)

Aplicación del IVA en venta de automóviles nuevos pactados a plazo en moneda extranjera.

Oficio N°5268 (08/08/1978)

Tributación respecto del IVA en la venta de piedras o rocas extraídas de una cantera. Concepto de muebles por anticipación. Devengo del tributo.

Oficio N°4219 (20/06/1978)

Base imponible del IVA en el caso del valor de los pasajes que deben efectuar las empresas de locomoción colectiva, para financiar el seguro obligatorio de accidentes de pasajeros y peatones.

Oficio N°4174 (19/06/1978)

Momento que se devenga el IVA por reajustes e intereses precio con pago a plazo.

Oficio N°4173 (19/06/1978)

Tributación respecto del IVA de los alimentos que vende y los servicios que presta a líneas aéreas. Forma en que la ocurrente debe facturar a las líneas aéreas que adquieren los alimentos y solicitan los servicios de ella.

Oficio N°4100 (14/06/1978)

Situación tributaria del cobro de la diferencia de cambio producida por venta facturada en dólares.

Oficio N°2960 (01/06/1978)

Base imponible del IVA a las sumas canceladas por concepto de la cuota de 1% del valor de los pasajes que deben efectuar por mandato de la ley, las empresas de la locomoción colectiva al Instituto de Seguros del Estado.

Oficio N°2556 (12/05/1978)

Cobro del IVA en una operación de compra de un camión realizada en base a una moneda extranjera.

Oficio N°217 (18/01/1978)

Mayor valor de IVA que resulta de la variación del tipo de cambio, producida entre la fecha de aceptación de la letra y la de su pago.

Oficio N°1992 (14/04/1978)

Momento en que se devenga el IVA en la importación de bienes de capital.

Oficio N°1289 (14/03/1978)

Momento en que se devengaría el IVA en la entrega que hace un importador a un tercero que efectuará diversas prestaciones.

Oficio N°1040 (24/02/1978)

IVA en diferencias de cambio producidas en compraventa a plazo de un automóvil nuevo cuyo saldo se pacto en letras de cambio en dólares que se pagan en Bancos encargados de su cobranza.

Oficio N°898 (25/02/1977)

Reembolso de gastos. Las sumas cobradas a título de reembolso de gastos por honorarios profesionales contratados por cuenta de quien encarga el servicio, no forman parte de la base imponible del IVA.

Oficio N°6708 (07/12/1977)

Tratamiento tributario de la diferencia de cambio en moneda extranjera y la base imponible del IVA.

Oficio N°6508 (28/11/1977)

Tratamiento tributario del IVA a la importación de barcos pesqueros usados.

Oficio N°6293 (16/11/1977)

Momento en que se devenga el IVA en la importación de avión en caso que indica.

Oficio N°6003 (03/11/1977)

Procedencia del IVA sobre los intereses percibidos como consecuencia de la mora en el pago de documentos mercantiles que han derivado de una operación gravada con dicho tributo.

Oficio N°5822 (25/10/1977)

Base imponible del IVA en préstamos industriales y dación en pago.

Oficio N°508 (02/02/1977)

Intereses por saldo de precio no integran base imponible del impuesto especial a la venta de vehículos motorizados usados.

Oficio N°456 (28/01/1977)

Momento en que se devenga el IVA en las ventas de libros y revistas entregados en consignación.

Oficio N°453 (28/01/1977)

Momento en que se devenga el IVA en la importación de especies retiradas de Aduana, según artículo el 3 de la Ley N° 16.768.

Oficio N°452 (28/01/1977)

Los agentes de seguros profesionales y no profesionales para los efectos de la ley ambas calidades de agentes tienen el mismo tratamiento tributario, vale decir, son considerados comisionistas.

Oficio N°3725 (15/07/1977)

Tributación aplicable a los intereses financieros establecidos en el DL N° 1057, que autorizó a las empresas del Estado y otras para cobrar un interés mayor que el legal por créditos concedidos a sus usuarios y compradores.

Oficio N°3324 (28/06/1977)

Procedencia del IVA en las diferencias de cambio producidas en una compraventa de plazo de un automóvil importado nuevo cuyo saldo de precio se pacto en letras de cambio en dólares.

Oficio N°3236 (23/06/1977)

Aplicación del IVA a diferencias de cambio originadas en ventas a plazo.

Oficio N°2711 (31/05/1977)

Base imponible las subastas de animales finos y ganado en general, efectuadas en Ferias de Animales.

Oficio N°265 (19/01/1977)

Entrega de especies en calidad de depósito. Consentimiento del depositante de vender. Convención que transfiere a título oneroso el dominio. Momento en que se devenga el IVA.

Oficio N°2603 (26/05/1977)

Momento en que se devenga el IVA que afecta a las primas de seguros, cuyos valores se expresan en dólares.

Oficio N°2518 (23/05/1977)

Momento en que se devenga el IVA en intereses y reajustes de ventas a plazo.

Oficio N°2223 (12/05/1977)

Reajustes, multas e intereses en pago atrasado de impuesto a los servicios retenidos.

Oficio N°2071 (05/05/1977)

Procedencia de cobro del IVA en importación de materias primas de origen extranjero para elaborar especies o productos afectos al D.L. 828, de 1974 sobre Impto. a los cigarrillos, cigarros y tabacos manufacturados.

Oficio N°1776 (20/04/1977)

Tratamiento tributario del IVA sobre los reajustes e intereses.

Oficio N°1200 (18/03/1977)

Momento en que se devenga el IVA en el caso de los intereses y reajustes.

Oficio N°945 (20/02/1976)

Suspensión en el devengo del IVA y de los derechos aduaneros para expositores que participan en una feria o exposición que tenga carácter oficial.

Oficio N°622 (04/02/1976)

Aplicación del IVA a contratos de confección o instalación de especialidades. Momento en que debe aplicarse el impuesto.

Oficio N°503 (29/01/1976)

Situación tributaria respecto al IVA de los ingresos percibidos por la Dirección de Aernonáutica por concepto de tasas y derechos aeronáuticos.

Oficio N°460 (27/01/1976)

Definición de servicios periódicos.

Oficio N°3494 (21/06/1976)

Situación tributaria del cobro de la diferencia de cambio producida por venta facturada en dólares.

Oficio N°5259 (09/09/1975)

Entrega de bienes en calidad de depósito gratuito, en que el depositario se obliga a la custodia y conservación de las mismas. Momento en que se devenga el IVA.

Oficio N°4868 (26/08/1975)

IVA que afecta a las ventas al crédito de semillas de trigo.

Oficio N°4679 (13/08/1975)

Momento en que se devenga el IVA en las ventas de concentrado de cobre por empresas mineras a ENAMI.

Documentos relacionados

RESOLUCIÓN

Resolución N°55 (18/06/2015)

Modifica Resolución N° 05, de 2015, que establece normas en relación a la emisión del comprobante o recibo de pago generado en transacciones pagadas a través de medios electrónicos(tarjetas de débito o de crédito), como sustituto de la boleta de ventas y servicios, de acuerdo a lo dispuesto por el art. 54 del D.L. N°825, de 1974. (Extracto de Resolución publicada en el Diario Oficial de 23.06.2015).

Resolución N°5 (22/01/2015)

Establece normas en relación a la emisión del comprobante o recibo de pago generado en transacciones pagadas a través de medios electrónicos, como sustituto de la boleta de ventas y servicios, de acuerdo a lo dispuesto por el art. 54 del D.L N°825, de 1974 (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 28.01.2015). Modificada por Resolución N° 55, de 2015.

Resolución N°119 (22/12/2014)

Fija procedimiento de pago, exención y devolución del impuesto adicional a los vehículos motorizados nuevos, livianos y medianos, establecido por el artículo 3° de la Ley N°20.780, sobre Reforma Tributaria.

Resolución N°91 (25/10/2013)

Establece requisitos y procedimientos para la emisión de documentos tributarios en operaciones de remate de bienes corporales muebles efectuadas por martilleros públicos (Extracto de Resolución publicado en el Diario Oficial de 30.10.2013).

Resolución N°58 (15/10/2003)

Emisión de documentos tributarios en restaurantes, establecimientos que venden comida preparada, bebidas o similares para ser consumidas en el mismo local.

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