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HACIENDA/Decreto Ley 8301 - Artículo 1 - del Artículo 1 - LIBRO PRIMERO DE LA ADMINISTRACION, FISCALIZACION Y PAGO - TITULO IV Medios especiales de fiscalización - Párrafo 1º. Del examen y secreto de las declaraciones y de la facultad de tasar.

Artículo 59 BIS (DEL ART. 1)

Texto

    Artículo 59 bis.- Será competente para conocer de
todas las actuaciones de fiscalización posteriores la
unidad del Servicio que practicó al contribuyente una
notificación, de conformidad a lo dispuesto en el número
1º del artículo único de la ley Nº 18.320, un
requerimiento de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 59 o
una citación, según lo dispuesto en el artículo 63.
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